Visto el texto del acta de la comisión paritaria del convenio colectivo del sector de transporte de viajeros por carretera de Ourense (código convenio nº 3200315) a fin de actualizar los salarios para el año 2000, con entrada en esta delegación provincial el día 23-2-2000, suscrita en representación de la parte económica por la Asociación de Empresarios de Transporte de Viajeros por Carretera de Ourense, y, de la parte social, por las centrales sindicales CC.OO., UGT y CIG, el día 21-2-2000, y, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 90.2º y 3º, del Real decreto legislativo 1/1995, de 24 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los trabajadores, Real decreto 1040/1981, de 22 de mayo, sobre registro y depósito de convenios colectivos de trabajo y Real decreto 2412/1982, de 24 de julio, sobre traspaso de funciones y servicios de la Administración del Estado a la Comunidad Autónoma de Galicia en materia de trabajo.
Esta delegación provincial,
ACUERDA:
Primero.-Ordenar su inscripción en el libro de registro de convenios colectivos de trabajo, obrante en esta delegación provincial, y notificación a la representación ecoinómica y social de la comisión negociadora.
Segundo.-Ordenar su depósito en el Servicio de Relaciones Laborales, Unidad de Mediación, Arbitraje y Conciliación de esta delegación.
Tercero.-Disponer su publicación en el Diario Oficial de Galicia.
Ourense, 29 de febrero de 2000.
José Lage Lage
Delegado provincial de Ourense
Acta de la comisión paritaria del convenio colectivo del sector de transporte de viajeros por carretera de la provincia de Ourense para los años 1999 y 2000
Asistentes:
Por la parte sindical:
CC.OO., José Gómez Gómez.
UGT, Juan José Mateos Galache.
CIG, Xan Losada González.
Por la parte empresarial:
Asociación de Empresarios de Transporte de Viajeros por Carretera de Ourense, Antonio Pérez González, Ángel Villalón del Río, Manuel Maneiro, Fidel Martínez.
En Ourense, siendo las 19 horas del día 21 de febrero de 2000, se reúnen los miembros de la comisión paritaria del convenio colectivo del sector de transporte de viajeros por carretera de la provincia de Ourense para los años 1999 y 2000 con el fin de actualizar los salarios para el segundo año de aplicación del convenio.
La representante empresarial dice que, de acuerdo con lo establecido en el párrafo segundo del artículo 16 del convenio colectivo vigente el incremento a aplicar es el IPC a 31 de diciembre más 0,75%. Teniendo en cuenta que el IPC a 31 de diciembre ha sido el 2,9%, ello hace que el incremento salarial a aplicar sea del 3,65%.
Teniendo esto en cuenta, se llega a los siguientes acuerdos:
1. Modificación del artículo 31 del convenio colectivo, actualizando la cuantía de la gratificación de actividad:
Todo el personal afectado por el presente convenio percibirá una gratificación de actividad equivalente a 556 pesetas por día efectivamente trabajado.
2. Modificación del artículo 39 del convenio colectivo, actualizando la cuantía de la gratificación por el transporte de correo:
Los cobradores de líneas interurbanas que sean portadores de correo percibirán una gratificación de 66 pesetas los días que efectivamente presten tal servicio.
3. Modificación de la tabla salarial, actualizando a su cuantía en un 3,65%.
ANEXO I
Tabla salarial 2000
Y, sin más puntos que tratar, se levanta la sesión cuando son las 20 horas, en el mismo lugar y fecha establecido al inicio, levantándose al efecto la presente acta que, en prueba de conformidad, firman los presentes por sextuplicado ejemplar.
actividad
Grupos y categorías profesionales Salario base Gratificación de
Grupo I. Personal superior y técnico
Jefe de servicio 120.965 556 ptas./día
Ingenieros y licenciados 118.784 556 ptas./día
Ingeniero técnico y Aux. titulado 106.920 556 ptas./día
ATS 106.920 556 ptas./día
Grupo II. Personal administrativo
Jefe de sección 88.932 556 ptas./día
Jefe de negociado 88.587 556 ptas./día
Oficial de 1ª 88.211 556 ptas./día
Oficial de 2ª 87.011 556 ptas./día
Auxiliar administrativo 86.414 556 ptas./día
Aspirante 86.387 556 ptas./día
actividad
Grupos y categorías profesionales Salario base Gratificación de
Grupo III. Personal de movimiento
Jefe de estación 1ª 88.934 556 ptas./día
Jefe de estación 2ª 87.734 556 ptas./día
Jefe de administración 1ª 88.934 556 ptas./día
Jefe de administración en ruta 88.211 556 ptas./día
Empleado despacho billetes 84.483 556 ptas./día
Factor 84.483 556 ptas./día
Grupo IV. Transporte de viajeros en autobuses y microbuses
Jefe de tráfico de 1ª 88.934 556 ptas./día
Jefe de tráfico de 2ª 88.934 556 ptas./día
Jefe de tráfico de 3ª 87.734 556 ptas./día
Inspector 2.875 ptas. día natural 556 ptas./día
Conductor-chófer 2.875 ptas. día natural 556 ptas./día
Conductor-perceptor 2.875 ptas. día natural 556 ptas./día
Cobrador 2.875 ptas. día natural 556 ptas./día
Grupo V. Personal de servicios de talleres y auxiliares
Jefe de taller 88.947 556 ptas./día
Encargado contramaestre 87.767 556 ptas./día
Encargado general 87.767 556 ptas./día
Encargado almacén 87.767 556 ptas./día
Jefe de equipo 2.900 ptas. día natural 556 ptas./día
Oficial de 1ª 2.900 ptas. día natural 556 ptas./día
Grupo VI. Personal de talleres auxiliares
Oficial de 2ª 2.871 ptas. día natural 556 ptas./día
Oficial de 3ª 2.815 ptas. día natural 556 ptas./día
Conductor mecánico 2.952 ptas. día natural 556 ptas./día
Mozo de taller 2.798 ptas. día natural 556 ptas./día
Aprendiz de primer año Según legislación vigente
Aprendiz de 2º o 3 año Según categoría profesional
Grupo VII. Personal subalterno
Cobrador de facturas 84.831 556 ptas./día
Telefonista 84.831 556 ptas./día
Portero 84.831 556 ptas./día
Vigilante 84.831 556 ptas./día
Limpiadora 84.831 556 ptas./día