DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 93 Lunes, 16 de mayo de 2005 Pág. 8.210

III. OTRAS DISPOSICIONES

CONSELLERÍA DE LA PRESIDENCIA, RELACIONES INSTITUCIONALES Y ADMINISTRACIÓN PÚBLICA

ORDEN de 27 de abril de 2005 por la que se clasifica como de interés social la Fundación Compostela Deporte.

Visto el expediente de clasificación de la Fundación Compostela Deporte, con domicilio en Santiago de Compostela.

Supuestos de hecho.

1. La fundación formuló solicitud de clasificación a efectos de su inscripción en el Registro de Fundaciones de Interés Gallego.

2. La Fundación Compostela Deporte fue constituida en escritura pública otorgada en Santiago de Compostela el día dos de marzo de dos mil cinco, ante el notario Héctor Ramiro Pardo García, con número de protocolo cuatrocientos ochenta y tres, por José Antonio Sánchez Bugallo y Manuel Portas Fernández en representación del Ayuntamiento de Santiago de Compostela, Luis Vela Alarco en representación de Caixanova, Víctor Tobio Barreira y Ángel Remesar Zabaleta en representación de Editorial Compostela, S.A., Sergio Miguel Soriano Ruiz en representación de Aquagest, Promoción Técnica y Financiera de Abastecimiento de Agua S.A., José Antonio Bernárdez Fontaiña y Mario Otero Nogareda en representación de Construcciones Ruafer S.A., Jesús José Chenel Noya en representación de Noyamovil, S.L., José Manuel Riba García en representación de Alcampo, S.A., y por Antonio Luis Lodeiro Raposo y Julio Vázquez Suárez, en representación de Cermel Inversioes, S.A.

3. El objeto de la fundación es, según establece el artículo seis de los estatutos el fomento y promoción del deporte a través del apoyo, difusión y ayuda a las entidades deportivas de la ciudad de Santiago y la consolidación o atracción de eventos deportivos que puedan celebrarse en la ciudad de Santiago, como medio de promoción y difusión de la cultura deportiva, posibilitando un mayor acercamiento a la sociedad en general.

4. El patronato de la fundación estará integrado por José Antonio Sánchez Bugallo como presidente, Manuel Portas Fernández como vicepresidente y Luis Vela Alarco, Jorge Miguel Santos López, Víctor Tobio Barreira, Ángel Remesar Zabaleta, José Antonio Bernárdez Fontaiña, Mario Otero Nogareda, Sergio Miguel Soriano Ruiz, Alfonso Luciano Luaces Anca, Jesús José Chenel Noya, Jesús Manuel Chenel Botana, Antonio Luis Lodeiro Raposo, Julio Vázquez Suárez, José Manuel Riba García y Juan Carlos Losada Rey como vocales.

5. La comisión integrada por los secretarios generales de todas las consellerías eleva al conselleiro de Presidencia, Relaciones Institucionales y Administración Pública, propuesta de clasificación como de interés social de la Fundación Compostela Deporte dado su objeto y finalidad, por lo que, viéndose cumplidos los requisitos exigidos en la Ley 7/1983, de 22 de junio, y en la Ley 11/1991, de 8 de noviembre, de reforma de la ley anterior, de régimen de las fundaciones de interés gallego, y según establece el artículo 32.1º y 2º del Decreto 248/1992, de 18 de junio,

por el que se aprueba el reglamento de organización y funcionamiento del protectorado de las fundaciones de interés gallego, procede su clasificación como de interés social y su adscripción a la Consellería de Familia, Juventud, Deporte y Voluntariado.

Fundamentos de derecho.

1. El artículo 34 de la Constitución española reconoce el derecho de fundación para fines de interés general de acuerdo con la ley, y el artículo 27.26º del Estatuto de autonomía para Galicia le otorga competencia exclusiva sobre el régimen de las fundaciones de interés gallego.

2. De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 32.2º c) del Decreto 248/1992, de 18 de junio, por el que se aprueba el reglamento de organización y funcionamiento del protectorado de las fundaciones de interés gallego, corresponde a esta consellería la clasificación de la fundación y la adscripción a la consellería correspondiente, que ejercerá plenamente el protectorado sobre ella.

3. A la vista de lo que antecede, se pueden considerar cumplidas las finalidades tanto legales como reglamentarias establecidas para el caso, de acuerdo con la propuesta realizada por la Comisión de Secretarios Generales en su reunión del día 26 de abril de 2005.

Vista la Constitución española de 1978, el Estatuto de autonomía de Galicia (Ley orgánica 1/1981, de 6 de abril); la Ley 7/1983, de 22 de junio, y en la Ley 11/1991, de 8 de noviembre, de reforma de la anterior, de régimen de las fundaciones de interés gallego, así como las demás normas de desarrollo y de general aplicación. En su virtud,

DISPONGO:

Clasificar como de interés social la Fundación Compostela Deporte adscribiéndola a la Consellería de Familia, Juventud, Deporte y Voluntariado, que ejercerá plenamente el protectorado sobre ella.

Santiago de Compostela, 27 de abril de 2005.

Jaime Pita Varela

Conselleiro de la Presidencia, Relaciones

Institucionales y Administración Pública

CONSELLERÍA DE POLÍTICA TERRITORIAL, OBRAS PÚBLICAS

Y VIVIENDA