En atención a los méritos que concurren en la Real Academia Gallega, y al amparo de lo dispuesto en el artículo 4 del Decreto 1/1991, de 11 de enero, por el que se regula la concesión de la Medalla de Oro de Galicia, modificado por el Decreto 215/2003, de 3 de abril, es voluntad del Gobierno gallego otorgarle su más alta distinción.
Por tanto, a propuesta del conselleiro de Presidencia, Administraciones Públicas y Justicia y previo acuerdo del Consello de la Xunta de Galicia en su reunión del día trece de julio de dos mil seis,
DISPONGO:
Conceder la Medalla de Oro de Galicia a la Real Academia Gallega.
Santiago de Compostela, trece de julio de dos mil seis.
Emilio Pérez Touriño
Presidente
José Luis Méndez Romeu
Conselleiro de Presidencia, Administraciones
Públicas y Justicia