DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 205 Martes, 23 de octubre de 2007 Pág. 17.058

I. DISPOSICIONES GENERALES

CONSELLERÍA DE EDUCACIÓN Y ORDENACIÓN UNIVERSITARIA

DECRETO 196/2007, de 20 de septiembre, por el que se establece la ordenación del grado elemental de las enseñanzas de régimen especial de danza.

La Ley orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de educación, establece en su artículo 45 que las enseñanzas artísticas tienen como finalidad proporcionar al alumnado una formación artística de calidad y garantizar la calificación de los futuros profesionales de la danza, y en el artículo 48 preceptúa que las enseñanzas elementales de danza tendrán las características y la organización que las administraciones educativas determinen.

La Comunidad Autónoma de Galicia estableció el currículo del grado elemental de las enseñanzas de danza mediante el Decreto 260/1994, de 29 de julio, por el que se establece el currículo del grado elemental de las enseñanzas de danza, en desarrollo del Real decreto 755/1992, de 26 de junio, por el que se establecen los aspectos básicos del currículo del grado elemental de las enseñanzas de danza.

La experiencia alcanzada desde la promulgación del citado decreto, junto con el desarrollo de la nueva ley de educación, aconsejan establecer un nuevo marco normativo para la ordenación académica de las enseñanzas elementales de danza.

La finalidad del grado elemental de las enseñanzas de régimen especial de danza es la de promover la autonomía del alumnado para que su capacidad de expresión dancística adquiera la calidad artística necesaria que permita acceder al grado profesional.

Por tanto, el presente decreto establece el currículo del grado elemental de las enseñanzas de régimen especial de danza para el ámbito de competencia de la Consellería de Educación y Ordenación Universitaria, regula el acceso a estas enseñanzas, así como los requisitos mínimos de los conservatorios elementales de danza y de los centros autorizados elementales de danza en lo relativo a la relación numérica entre estudiantes y profesorado, instalaciones docentes y número de puestos escolares.

De conformidad con lo expuesto, por propuesta de la conselleira de Educación y Ordenación Universitaria, en el ejercicio de la facultad otorgada por el artículo 34 de la Ley 1/1983, de 23 de febrero, reguladora de la Xunta y de su Presidencia, modificada por la Ley 11/1988, de 20 de octubre, y por la Ley 2/2007, del 28 de marzo, del trabajo en igualdad de las mujeres de Galicia, previo informe del Consejo Escolar de Galicia, oído el Consejo Consultivo, y tras la deliberación del Consello de la Xunta de Galicia, en su reunión del día veinte de septiembre de dos mil siete.

DISPONGO:

Capítulo I

De la finalidad y la organización de las enseñanzas elementales de danza

Artículo 1º.-Objeto y ámbito de aplicación.

1. El presente decreto regula el currículo de la enseñanza de danza del grado elemental conforme a lo establecido en el artículo 48 de la Ley orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de educación.

2. Asimismo, la presente disposición regula los criterios de ingreso en el grado elemental.

3. Este decreto tiene igualmente la finalidad de establecer los requisitos mínimos de los conservatorios elementales de danza y de los centros autorizados elementales de danza en lo relativo a la relación numérica entre estudiantes y profesorado, instalaciones docentes y número de puestos escolares.

4. El presente decreto es de aplicación en la Comunidad Autónoma de Galicia, en los conservatorios de danza y en los centros autorizados de danza que cuenten con la autorización para la impartición del grado elemental de danza.

Artículo 2º.-Finalidad.

1. La finalidad del grado elemental de las enseñanzas de régimen especial de danza es promover la autonomía del alumnado para que su capacidad de expresión dancística adquiera la calidad artística necesaria que permita acceder al grado profesional.

2. La enseñanza de danza en el grado elemental se organiza en cuatro cursos.

Artículo 3º.-Objetivos generales.

El grado elemental de las enseñanzas de danza contribuirá a desarrollar en el alumnado las siguientes capacidades:

a) Apreciar la importancia de la danza como lenguaje artístico y medio de expresión cultural de los pueblos y de las personas.

b) Conocer y valorar el dominio del propio cuerpo y su importancia en el desarrollo de la técnica y de la expresión artística.

c) Relacionar los conocimientos musicales con los códigos de movimiento aprendidos con el fin de adquirir las bases que permitan desarrollar la interpretación artística.

d) Desarrollar la memoria como medio indispensable para la formación artística de los bailarines y de las bailarinas.

e) Reconocer la importancia de la concentración previa a la interpretación artística como punto de partida para una correcta ejecución.

f) Participar con actitud de interés, atención y respeto, asumiendo los papeles que rigen la interpretación escénica, y valorar la importancia de la actitud del público en la transmisión de la música y de la danza, tanto en los aprendizajes de aula y en los complementarios como en los extraescolares.

g) Asistir a las manifestaciones escénicas relacionadas con la danza y la música, para formar su cultura dancística e iniciar el desarrollo de su criterio artístico.

h) Desarrollar la creatividad y la expresión artística del alumnado mediante la improvisación individual de pequeñas variaciones, con el fin de que se apliquen los conocimientos adquiridos a partir de las pautas indicadas por el profesorado.

i) Aplicar la sensibilidad corporal para la obtención de una calidad de movimiento y de una interpretación rica en expresividad.

j) Fomentar la utilización del patrimonio dancístico y musical en general, y la del gallego en particular, como medio indispensable en el enriquecimiento de la persona y de su formación artística.

Capítulo II

Del currículo

Artículo 4º.-Currículo.

1. Las materias correspondientes a cada curso del grado elemental y los tiempos lectivos son los que se establecen en el anexo I del presente decreto.

2. Los objetivos, los contenidos y los criterios de evaluación de las enseñanzas elementales de danza son los que se establecen en el anexo II del presente decreto.

3. De acuerdo con lo establecido en el artículo 121 de la Ley orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de educación, los centros docentes concretarán y complementarán, dentro del proyecto educativo de centro, el currículo de las enseñanzas de danza del grado elemental mediante la elaboración de concreciones curriculares.

4. El proyecto educativo del centro incluirá, asimismo, la distribución por cursos de los objetivos, los contenidos y los criterios de evaluación de cada materia. Dicha distribución no deberá variar para un mismo grupo de alumnado a lo largo del grado.

5. Los departamentos didácticos desarrollarán las programaciones de su actividad docente conforme el currículo y el proyecto educativo del centro.

Artículo 5º.-Materias que constituyen el currículo.

Las enseñanzas elementales de danza se organizan en las materias siguientes:

Danza clásica.

Danza de carácter.

Danza gallega.

Introducción a la danza contemporánea.

Introducción a la danza española y al baile flamenco.

Música.

Capítulo III

Del acceso y matrícula

Artículo 6º.-Requisitos y prueba de acceso.

1. Para acceder a las enseñanzas de grado elemental de danza será requisito imprescindible superar una prueba específica de acceso, que garantiza los principios de igualdad, mérito y capacidad.

2. El procedimiento de acceso al primer curso de grado elemental atenderá exclusivamente a la evaluación de las aptitudes físicas y expresivas de las personas aspirantes en relación con la danza, con su sentido musical y con la edad idónea para iniciar estos estudios.

3. La prueba para evaluar las aptitudes dancísticas incluirá, como mínimo, los siguientes aspectos:

a) Ejercicios que permitan valorar la amplitud articular y la flexibilidad muscular de las extremidades y del tronco.

b) Ejercicios de coordinación corporal que permitan valorar la capacidad psicomotriz de las personas aspirantes.

c) Ejercicios de salto para medir la potencia de los miembros inferiores.

d) Ejercicios de carácter musical para valorar las aptitudes musicales de las personas aspirantes.

4. La realización de estos ejercicios se efectuará de manera que ninguno de ellos tenga carácter eliminatorio. La valoración se realizará considerando tanto cada uno de los aspectos señalados en el punto anterior como el conjunto de la prueba globalmente.

Artículo 7º.-Acceso a otros cursos.

1. Se podrá acceder a cualquier otro curso del grado elemental sin haber superado los anteriores, siempre que se supere la correspondiente prueba. En cualquier caso, el acceso a otro curso del grado elemental estará supeditado a la existencia de plazas vacantes en los respectivos cursos.

2. Estas pruebas evaluarán, además de las aptitudes dancísticas y de la edad idónea, la capacidad y los conocimientos de los alumnos y de las alumnas para continuar los estudios en el curso en que se solicite la plaza.

Artículo 8º.-Calificación de las pruebas de acceso.

1. Las puntuaciones definitivas obtenidas por el alumnado en las pruebas de acceso a cualquiera de los cursos del grado elemental se ajustaran a la calificación numérica de 1 a 10, hasta un máximo de un decimal, y es necesario obtener, como mínimo, la calificación de 5 puntos para superar la prueba.

2. La superación de la prueba de acceso faculta exclusivamente para matricularse en el curso académico en que fuera convocada.

3. Las puntuaciones definitivas obtenidas en la prueba de acceso serán las que determinen la matriculación del alumnado.

Artículo 9º.-Matriculación.

La Consellería de Educación y Ordenación Universitaria establecerá las normas de admisión y matrícula, así como las condiciones de los traslados de centro.

Artículo 10º.-Matrícula excepcional.

Es competencia del consejo escolar de cada centro autorizar, con carácter excepcional, la ampliación de matrícula al curso siguiente al alumnado que, previa orientación del profesorado, así lo solicite, siempre que el informe de la totalidad del profesorado del alumno o de la alumna asegure su adecuada capacidad de aprendizaje del curso actual y del que aspire a acceder.

Capítulo IV

De la evaluación, la promoción y la permanencia

Artículo 11º.-Evaluación.

1. La Consellería de Educación y Ordenación Universitaria regulará el procedimiento de evaluación, promoción y permanencia del alumnado, que se ajustará a lo dispuesto en los puntos siguientes.

2. La evaluación en el grado elemental se llevará a cabo teniendo en cuenta los objetivos y los criterios de evaluación establecidos en el currículo.

3. La evaluación del aprendizaje del alumnado será continua, cualitativa e integradora, aunque diferenciada según las materias del currículo.

4. La evaluación, supervisada por la jefatura de estudios, la realizará el conjunto del profesorado del alumno o de la alumna coordinado por el profesor o la profesora que desempeñen la tutoría. Este profesorado actuará de manera integrada a lo largo del proceso de evaluación y en la adopción de decisiones resultantes de dicho proceso.

5. El profesorado evaluará tanto el aprendizaje de los alumnos y las alumnas como los procesos de enseñanza y su propia práctica docente.

6. Los resultados de la evaluación final de las materias que componen el currículo se expresarán mediante la escala numérica de 1 a 10 sin decimales. Se considerarán positivas las calificaciones iguales o superiores a cinco, y negativas las inferiores a cinco.

7. La Consellería de Educación y Ordenación Universitaria regulará las condiciones para que los centros organicen las oportunas pruebas extraordinarias con el fin de facilitarle al alumnado la recuperación de materias con evaluación negativa.

Artículo 12º.-Promoción.

1. El alumnado se promoverá al curso superior cuando haya superado las materias cursadas o tenga evaluación negativa, como máximo, en una materia, excepto que esta sea la de danza clásica. En este último supuesto será necesario repetir la totalidad del curso.

2. En el caso de materias pendientes, la recuperación de la materia deberá realizarse en la clase del curso siguiente, si esta forma parte de él. En el resto de los casos, el alumnado deberá asistir a las clases de la materia no superada en el curso anterior.

3. La calificación negativa en dos o más materias de un curso o de varios impedirá la promoción del alumnado al curso siguiente.

4. El alumnado que al final del cuarto curso tuviera pendiente de evaluación positiva dos o más materias deberá repetir el curso en su totalidad. Cuando la calificación negativa se produzca en una materia sólo será necesario realizar la materia pendiente.

5. En relación con el punto anterior, los centros podrán, según su disponibilidad, autorizar la asistencia del alumnado con una materia pendiente a las clases de las materias ya superadas.

Artículo 13º.-Permanencia.

1. El límite de permanencia en cada curso de grado elemental será de dos años, sin que el alumnado pueda permanecer más de cinco años en dicho grado.

2. Con carácter excepcional, la Consellería de Educación y Ordenación Universitaria podrá autorizar la ampliación en un año de la permanencia en el grado elemental, en supuestos de enfermedad que perturbe sustancialmente el desarrollo de los estudios u otros supuestos que merezcan igual consideración.

Capítulo V

De los documentos de evaluación

Artículo 14º.-Documentos de evaluación.

1. Son documentos de evaluación de las enseñanzas elementales de danza el expediente académico personal, las actas de evaluación y los informes de evaluación individualizados.

2. La Consellería de Educación y Ordenación Universitaria determinara las características y la validez de los documentos de evaluación a los que hace referencia el punto anterior.

Artículo 15º.- Certificado.

1. El alumnado recibirá, al finalizar el grado elemental, un certificado expedido por la dirección del centro educativo en que consten los cursos y las materias, así como las calificaciones obtenidas.

2. La Consellería de Educación y Ordenación Universitaria determinará las características y la validez de la certificación a la que hace referencia este artículo.

Capítulo VI

De los requisitos mínimos de los centros que impartan enseñanzas de grado elemental de danza

Artículo 16º.-Instalaciones.

1. Con carácter general, las enseñanzas correspondientes al grado elemental de danza se impartirán en los conservatorios elementales o profesionales de danza y en los centros autorizados elementales o profesionales de danza.

2. Los centros elementales de enseñanza de danza deberán situarse en edificios independientes y contar, como mínimo, con las instalaciones siguientes:

a) Un aula para música, con una superficie mínima de 30 metros cuadrados.

b) Una superficie de 40 metros cuadrados, como mínimo, destinada a los servicios de biblioteca, videoteca y fonoteca, acorde con las necesidades de las enseñanzas que imparta el centro.

c) Un espacio de usos polivalentes acondicionado para representaciones de danza, con una superficie no inferior a 100 metros cuadrados, una altura mínima de 3 metros y pavimento flotante.

d) Un despacho de dirección.

e) Una secretaría.

f) Una sala para el profesorado de tamaño adecuado al número de puestos escolares autorizados y nunca inferior a 30 metros cuadrados.

g) Aseos y servicios higiénico-sanitarios en número adecuado a la capacidad del centro, tanto para el alumnado como para el profesorado.

h) Vestuarios, con duchas, adecuados a la capacidad del centro.

i) Una dependencia para almacenaje de vestuario y material adecuada a las necesidades del centro.

j) Gabinete médico.

k) El número de aulas destinadas a las clases de danza, con una superficie mínima de 70 metros cuadrados, que se precise para que pueda garantizarse el horario lectivo que se establezca en el plan de estudios, teniendo en cuenta el horario de funcionamiento del centro, el número de puestos escolares y la relación numérica entre el profesorado y el alumnado. Las citadas aulas tendrán una altura mínima de 3 metros y pavimento flotante.

Artículo 17º.-Puestos escolares y relación numérica entre profesorado y alumnado.

1. Los centros elementales de enseñanzas de danza tendrán un mínimo de 80 puestos escolares.

2. En el grado elemental de danza se mantendrá, como máximo, una relación numérica entre profesorado y alumnado de 1/17.

Disposiciones adicionales

Primera.-Implantación del grado elemental e incorporación a este del alumnado que esté cursando las enseñanzas reguladas por el Real decreto 755/1992, de 26 de junio.

1. En cumplimiento de lo establecido en el artículo 20 del Real decreto 806/2006, de 30 de junio, por el que se establece el calendario de aplicación de la nueva ordenación del sistema educativo, establecida por la Ley orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de educación, en el año académico 2007-2008 se implantarán los cuatro cursos del grado elemental y dejarán de impartirse las enseñanzas del grado elemental de danza reguladas por el Real decreto 755/1992, de 26 de junio, por el que se establecen los aspectos básicos del currículo del grado elemental de las enseñanzas de danza.

2. El alumnado procedente del plan de estudios regulado por el Real decreto 755/1992, de 26 de junio, se incorporará al curso que le corresponda según la nueva ordenación establecida en este decreto.

Segunda.-Equivalencia entre las enseñanzas del grado elemental y las reguladas por el Real decreto 755/1992, de 26 de junio.

1. En cumplimiento de lo establecido en el artículo 20 del Real decreto 806/2006, de 30 de junio, por el que se establece el calendario de aplicación de la nueva ordenación del sistema educativo, establecida por la Ley orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de educación, las certificaciones acreditativas del grado elemental de danza del plan de estudios regulado por el Real decreto 755/1992, de 26 de junio, tendrán los mismos efectos que las certificaciones a las que hace referencia el artículo 15 del presente decreto.

2. A estos efectos, las equivalencias entre las enseñanzas del grado elemental recogidas en este decreto y las establecidas por el Real decreto 755/1992, de 26 de junio, son las siguientes:

Ver referencia pdf "20500D001P006.PDF"

Tercera.-Incorporación del alumnado procedente de planes de estudios anteriores con materias pendientes.

1. Cuando un alumno o una alumna tengan no superadas dos o más materias del curso que estén realizando de las enseñanzas establecidas en el Real decreto 755/1992, de 26 de junio, se incorporarán al mismo curso de las enseñanzas reguladas por este decreto, que deberán realizar completo.

2. Asimismo, cuando se tenga calificación negativa en una materia del curso que se esté realizando de las enseñanzas establecidas en el Real decreto 755/1992, de 26 de junio, se incorporará al curso siguiente de las enseñanzas reguladas por este decreto.

3. En relación con el punto anterior, la equivalencia de las materias del grado elemental dispuestas en el Decreto 260/1994, de 29 de julio, por el que se establece el currículo del grado elemental de las enseñanzas de danza con distinta denominación a las establecidas en el presente decreto son:

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Cuarta.-Alumnado con discapacidad.

1. En el marco de las disposiciones establecidas en la Ley 51/2003, de 2 de diciembre, de igualdad de oportunidades, no discriminación y accesibilidad universal de las personas con discapacidad, los centros escolares de nueva creación deberán cumplir las disposiciones vigentes en materia de promoción de la accesibilidad. El resto de los centros deberán adecuarse a dicha ley en los plazos y con los criterios establecidos en esta.

2. La Consellería de Educación y Ordenación Universitaria adoptará las medidas oportunas para la adaptación del currículo a las necesidades del alumnado con discapacidad. En todo caso, estas adaptaciones deberán respetar en lo esencial los objetivos fijados en el presente decreto.

Quinta.-Adscripción de las materias del currículo.

Conforme al artículo 4 del Real decreto 989/2000, del 2 de junio, por el que se establecen las especialidades del cuerpo de profesorado de música y artes escénicas, se adscriben a ellas los profesores y las profesoras de dicho cuerpo y se determinan las materias que deberán impartir, las materias establecidas en el artículo 6 del presente decreto no incluidas en el anexo I del precitado Real decreto 989/2000, de 2 de junio, quedan adscritas como se indica:

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Sexta.-Preparación de las pruebas.

1. A los efectos de preparar el acceso del alumnado a las enseñanzas del grado elemental, y según la disponibilidad de los centros, la Consellería de Educación y Ordenación Universitaria podrá autorizar a los centros que lo soliciten un curso o cursillo preparatorio, previo al grado elemental y con la duración que se determine, que no tendrá carácter oficial a los efectos de selección, promoción, permanencia y evaluación del alumnado.

2. En relación con el dispuesto en el punto anterior, la eventual superación de dicho curso por parte del alumnado no le dará derecho a la continuación de los estudios en el grado elemental.

Disposición transitoria

Única.-Pruebas extraordinarias.

Sin perjuicio de lo establecido en la disposición adicional tercera de este decreto, en el año académico 2007-2008 la Consellería de Educación y Ordenación Universitaria establecerá una prueba extraordinaria para el alumnado procedente del plan de estudios anterior, con una materia pendiente, siempre que esta sea la de danza de carácter.

Disposición derogatoria

Única.-Derogación normativa.

Queda derogado el Decreto 260/1994, de 29 de julio, por el que se establece el currículo del grado elemental de las enseñanzas de danza, así como cuantas disposiciones de igual o inferior rango se opongan a lo establecido en el presente decreto.

Disposiciones finales

Primera.-Habilitación normativa.

Se autoriza a la Consejería de Educación y Ordenación Universitaria para dictar cuantas normas se consideren oportunas para el desarrollo de este decreto.

Disposiciones final

Segunda.-Entrada en vigor.

Este decreto entrará en vigor a los veinte días siguientes a los de su publicación en el Diario Oficial de Galicia.

Santiago de Compostela, veinte de septiembre de dos mil siete.

Emilio Pérez Touriño

Presidente

Laura Sánchez Piñón

Conselleira de Educación y Ordenación Universitaria

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ANEXO II

Danza clásica

Introducción

Tras un proceso que comienza en la cultura europea occidental en los albores del Renacimiento, el ballet cristaliza como forma artística definida entre los siglos XVII y XIX. De éste se funda y universaliza la que hoy en día es llamada danza clásica, cimiento de todas las expresiones cultas del baile en la sociedad moderna.

La danza clásica, en su término común, o más correctamente ballet académico, es hoy la disciplina universal de base que todo bailarín y bailarina debe poseer en primer lugar, para poder realizar, crear o transmitir después cualquier tipo de danza escénica. Su técnica es un verdadero lenguaje del movimiento rítmico humano, y se adquiere, como cualquier forma o idioma de expresión o comunicación, de manera gradual y progresiva; su aprendizaje desarrolla en el alumnado el conocimiento y dominio de su cuerpo, haciendo de éste el instrumento de su expresión artística.

La ejecución e interpretación de la danza clásica o académica supone una preparación y total dominio del cuerpo para que la práctica de los diferentes estilos refleje su valor estético y adquieran un mensaje significativo en lo artístico superando la mera calistenia.

La formación y desarrollo de estas capacidades exige un largo proceso en el que resulta imprescindible la sistematización del estudio, con una dedicación diaria que precisa de la tutela permanente del profesorado. Este proceso de enseñanza y aprendizaje, por sus propias características especiales, se localiza siempre en el ámbito de la escuela.

Los contenidos del grado elemental se concentran en el aprendizaje de los elementos fundamentales de la técnica del ballet académico para la correcta colocación del cuerpo, que permita el desarrollo de una base sólida de las cualidades físicas y expresivas. La célula básica de este proceso de enseñanza y aprendizaje es la clase de ballet, entendida hoy en día en sus diversas modalidades de complejidad y según el esquema históricamente aceptado, barra y centro, que tuvo su origen en la definición manual de Carlo Blasis. La clase se organiza alrededor de los siguientes aspectos:

* La estirada y sujeción controlada de todo el cuerpo.

* La elasticidad controlada de las articulaciones de cadera y otros puntos anatómicos.

* El control primero y la flexibilidad después, de la espalda como elemento axial básico.

* El desarrollo controlado de las resistencias y musculación del cuerpo y las extremidades inferiores.

* El control de la pelvis.

* El desarrollo de la postura llamada técnicamente en dehors (sic. hacia fuera) como punto de partida del vocabulario corporal del ballet.

* El desarrollo del pie en cuanto a su fuerza, estirada y capacidad como punto de soporte dinámico; su utilización como elemento de transición, pausa y descanso.

* El mayor dominio del plie (sic. doblado), en cuanto a la elasticidad y estirada por su conveniencia en la obtención de un rendimiento óptimo del equilibrio y la flexibilidad.

* El dominio de la coordinación interior y rítmica de todos los movimientos (cabeza, brazos y piernas).

* El descubrimiento del propio equilibrio corporal.

* El desarrollo del empleo dinámico del espacio en los ejercicios mediante la utilización progresiva de desplazamientos al tiempo que se incentiva la coordinación de las partes del cuerpo.

* El aprendizaje de la respiración correcta tanto en el tiempo como en la dinámica específica del ejercicio para obtener su máximo rendimiento.

El aprovechamiento óptimo del grado elemental revierte sobre el futuro bailarín y la futura bailarina como la célula de preparación básica capaz de situarlo en condiciones de afrontar conocimientos más complejos y específicos de las distintas ramas de la danza y el ballet. Es por ello que el ballet académico imprime en el alumnado el rigor y los condicionantes técnicos de apertura a otras expresiones, entendiendo que, por su antigüedad y grado de madurez en la didáctica, el ballet es la cuna histórica natural de todas las ramas de la danza culta y escénica, independientemente de que, en sus manifestaciones artísticas terminales, aparezcan muy diferenciadas entre sí. El cimiento formativo del artista de la danza pasa necesariamente por la iniciación progresiva que se establece en este grado elemental.

Objetivos

-Adoptar una correcta colocación del cuerpo que permita una base técnica sólida, a través de la realización de ejercicios en el suelo, en la barra y en el centro.

-Coordinar los movimientos de las piernas, torso, cabeza y brazos de manera progresiva en los ejercicios de cada nivel.

-Realizar los ejercicios en la barra con una correcta colocación y coordinación de las diferentes partes del cuerpo, como base de futuras complejidades técnicas.

-Realizar en el centro los ejercicios trabajados en la barra y mostrar un control del eje corporal que permita el desarrollo técnico posterior.

-Mostrar sentido del equilibrio en la ejecución de los diferentes ejercicios como preparación de la técnica del giro.

-Conocer los pequeños saltos, a través del estudio de sus diferentes fases: el empuje, la fijación y la recepción, para conseguir la elasticidad y la fuerza necesarias en la ejecución de las combinaciones de este nivel.

-Realizar pequeñas variaciones, diagonales y desplazamientos para comprender la importancia de una utilización idónea del espacio.

-Ser consciente de la importancia de la respiración en la ejecución de ejercicios y en la interpretación de la danza para conseguir un movimiento armonioso.

-Ejecutar con sentido rítmico y musicalidad los ejercicios correspondientes al grado para conseguir su coordinación con el movimiento.

-Conocer la terminología propia del lenguaje de la danza académica, mediante la explicación y la descripción de cada paso para facilitar las combinaciones de estos y su aplicación coreográfica.

-Utilizar la percepción visual para aprender a primera vista un paso, un ejercicio o un conjunto de ellos, mediante la realización de distintas combinaciones que permitan el desarrollo de la capacidad memorística.

-Aplicar la sensibilidad corporal para la obtención de una calidad de movimiento y de una interpretación rica en expresividad.

-Desarrollar la creatividad y la expresión artística del alumnado mediante la improvisación, de manera individual, de pequeñas variaciones, con el fin de que aplique los conocimientos adquiridos a partir de las pautas indicadas por el profesorado.

-Fomentar la asistencia a manifestaciones escénicas relacionadas con la danza para formar al alumnado en la cultura de la danza e iniciar el desarrollo de su criterio artístico.

Contenidos

-Conocimiento del cuerpo y su correcta colocación.

-Coordinación de brazos, piernas y cabeza en la ejecución de los diferentes movimientos.

-Trabajo de la respiración y de la dinámica para obtener una buena calidad de movimiento.

-Ejercicios en el suelo, en la barra y en el centro.

-Realización de movimientos para el desarrollo del en dehors, el equilibrio, la elasticidad y la fuerza.

-Toma de conciencia de la importancia del correcto repartimiento del peso del cuerpo en el trabajo sobre una y dos piernas.

-El relevé: trabajo para el fortalecimiento de pies y piernas.

-Trabajo del eje corporal y de la coordinación de cabeza, brazos y torso, en la preparación y en la ejecución de los giros en dehors y en dedans.

-Realización de ejercicios en los que se trabajen las diferentes fases de los pequeños saltos sobre una y dos piernas.

-Exploración del espacio en sus distintos planos, en sus direcciones, en sus niveles y trayectos, etc., a través de ejercicios o variaciones individuales, por parejas o en grupo.

-Percepción, identificación e interiorización de las estructuras rítmicas de los diferentes pasos.

-Toma de conciencia de la importancia de la precisión en la ejecución de la danza, de forma individual y en grupo.

-Conocimiento de la utilidad de los pasos básicos y de su terminología.

-Entrenamiento permanente y progresivo de la memoria.

-Utilización de la improvisación para el desarrollo de la creatividad.

-La coordinación y su función en el movimiento, en relación con la intención expresiva.

-La expresividad y la sensibilidad corporal como elemento imprescindible en la interpretación.

-Asistencia y participación en manifestaciones escénicas relacionadas con la danza.

-Mantenimiento de manera continua y rigurosa de la disciplina estética y de la conducta en la clase.

-Realización de trabajos teóricos, comentarios y debates sobre actividades propuestas.

Criterios de evaluación

-Realizar todos los ejercicios que componen la barra de una clase de ballet de este nivel que el profesor o profesora marque en el momento. Con este criterio, se valorará si el alumnado consiguió una correcta colocación, el control sobre el peso del cuerpo, la coordinación de piernas, brazos y cabeza..., para la obtención de una base sólida que le permita más adelante realizar ejercicios más avanzados.

-Realizar en el centro los ejercicios estudiados en la barra que el profesor o profesora marque en el momento. Este criterio pretende comprobar que el alumnado tomó conciencia de la colocación del eje corporal, de su equilibrio, de la coordinación de piernas, torso y cabeza y de la correcta distribución de los movimientos en el espacio.

-Reproducir un ejercicio de port de bras. Este criterio pretende comprobar la correcta colocación de los brazos y su coordinación con la mirada, la cabeza y la respiración.

-Realizar pequeñas variaciones de pasos que incluyan los ejercicios fundamentales de la técnica del giro en dehors y en dedans. Con este criterio, se comprobará el control del eje corporal, el sentido del equilibrio y la coordinación de torso, brazos, piernas y cabeza.

-Realizar ejercicios de pequeños saltos sobre una y dos piernas que el profesor o profesora marque en el momento. Este criterio pretende comprobar el control y la sujeción del demi-plié en el empuje y recepción del salto, el control y sujeción del torso y la correcta utilización de la pelvis y de las caderas en éste.

-Conocer y reconocer los pasos básicos aprendidos y entender su vocabulario técnico. Este criterio de evaluación permite comprobar que el alumnado aprendió el nombre de los pasos y su significado técnico en la danza.

-Realizar pequeñas variaciones que incluyan desplazamientos por el espacio. Con este criterio, se busca observar el sentido del alumnado con respecto al espacio, a las dimensiones y a las direcciones.

-Realizar en el centro pequeñas variaciones con ritmos diferentes que el alumnado debe memorizar y reproducir. Este criterio pretende comprobar su memoria y su sentido rítmico.

-Realizar una improvisación de un fragmento musical que el pianista toque en el momento, a partir de una escucha previa. A través de este criterio, se comprobará si el alumnado desarrolló su creatividad y expresión artística, así como también la musicalidad, la sensibilidad y el correcto empleo del espacio.

En todos los ejercicios se valorará el correcto empleo de la respiración, así como la capacidad artística, la sensibilidad y la musicalidad del alumnado.

Danza de carácter

Introducción

Desde el inicio de la historia, la primera forma de comunicación del hombre fue a través del movimiento. El ritmo vital de la persona la lleva a expresarse a través de la danza. Surge así la danza del pueblo, la danza tradicional. Posteriormente, en los albores del siglo XVII, cristaliza una nueva forma de danza, la que hoy se conoce como danza clásica.

De la necesidad de incorporar la danza folclórica tradicional a la danza académica surge la danza de carácter, que utiliza los pasos de la danza tradicional y emplea el èpaulement y port de bras de una forma más estilizada.

La formación de los bailarines y de las bailarinas debe ir encaminada a un concepto global de artista, con una cultura complementaria a la especialidad que desarrolle después, para que así pueda encarar el trabajo profesional desde la perspectiva de un conocimiento amplio de la danza, como un arte con muchas ramas y formas de expresión.

La danza de carácter en los dos primeros cursos del grado elemental, entendida no como especialidad, sino como parte de la formación global del futuro bailarín o bailarina, contribuye así al desarrollo de las capacidades técnicas y expresivas recogidas en los objetivos de este nivel de estudio, fomentando la musicalidad, intensificando el sentido del ritmo, la flexibilidad y la percepción coreográfica. No existe, pues, contradicción de base entre los conocimientos de ballet académico y los de danza de carácter, sino que, al contrario, se complementan ambos, porque de su interrelación deriva una calidad de movimientos más depurada y un mayor enriquecimiento expresivo del alumnado.

Los contenidos se centrarán, esencialmente, en el conocimiento y estudio de las danzas tradicionales de Polonia, Rusia e Italia que le permitan al alumnado experimentar vivencias con formas coreográficas.

Objetivos

-Conocer la importancia de las danzas de Rusia, Polonia e Italia en el repertorio clásico, su origen y ritmos, a través de la visión de danzas de diversos tipos.

-Coordinar los movimientos de piernas, torso, cabeza y brazos para emplear el èpaulement, a través de la realización de ejercicios de port de bras típicos de estas danzas, combinados con caminatas y pasos básicos, tanto con la zapatilla como con los zapatos de carácter.

-Comprender la importancia de los recursos sonoros que acompañarán las distintas danzas, a través de primeras experiencias, con las palmas, las panderetas y los zapatos de carácter.

-Ejecutar con sentido rítmico y musical los pasos básicos aprendidos mediante variaciones coreográficas, tanto con la zapatilla como con los zapatos, que ayuden a introducir el estilo y que permitan un reconocimiento de términos elementales.

-Comprender la importancia de una utilización adecuada del espacio en cada uno de los ejercicios, introduciendo variaciones coreográficas simples, en grupo o en pareja.

-Aplicar los conocimientos técnicos de la danza clásica en las combinaciones de ejercicios de danzas de carácter, para comprender la colocación básica.

-Utilizar la percepción visual para aprender a primera vista un paso, un ejercicio o un conjunto de ellos, mediante la realización de distintas combinaciones que permitan el desarrollo de la capacidad memorística.

-Mostrar una sensibilidad corporal y musical que capacite la ejecución básica de una danza, para la obtención de una interpretación rica en expresión, sin la pérdida de la colocación y el porte necesarios.

-Adquirir consciencia de la importancia de la respiración en la ejecución del ejercicio y en la interpretación de la danza para obtener su máximo rendimiento y calidad interpretativa.

-Fomentar la asistencia a manifestaciones escénicas relacionadas con la danza para formar al alumnado en la cultura de la danza e iniciar el desarrollo de su criterio artístico.

Contenidos

-Conocimiento teórico del vestuario, el estilo y el origen de la polca, la polonesa, la tarantela y la danza rusa.

-Ejercicios de pies, brazos y cabeza, con los èpaulement específicos para cada danza.

-Entrenamiento permanente y progresivo de la memoria.

-Estudio de variaciones breves, haciendo énfasis en el fraseo y en la terminación de los pasos, la intención expresiva, los acentos y matices musicales.

-Coordinación con los zapatos y con las palmas en el caso de la danza rusa y de la pandereta en la tarantela.

-Estudio de las danzas de estructura simple para el desarrollo de la capacidad de bailar coordinadamente en grupo o en pareja, con énfasis en la relación entre los intérpretes y en su proyección espacial.

-Montaje básico de danzas.

-Empleo de la improvisación para el desarrollo de la creatividad. La coordinación y su función en el movimiento en relación con la intención expresiva.

-Disciplina, respeto y actitud positiva en las clases.

-Asistencia y participación en manifestaciones escénicas relacionadas con la danza.

-Realización de trabajos teóricos, comentarios y debates sobre actividades propuestas.

Criterios de evaluación

-Conocer la importancia de las danzas de Rusia, Polonia e Italia en el repertorio clásico, su origen y ritmos básicos. Este criterio de evaluación pretende comprobar que el alumnado comprende los contenidos teóricos explicados.

-Ejecutar ejercicios de pies y piernas básicos dentro del estilo de cada danza. Este criterio pretende observar el conocimiento y la asimilación por parte del alumnado de los pasos básicos de cada danza.

-Interpretar pequeñas variaciones de sonido con la pandereta, los pitos, las palmas y los zapatos de carácter, junto con los pasos básicos. Este criterio pretende comprobar el nivel de destreza, la coordinación y el sentido rítmico del alumnado, sin perder la colocación de manos, brazos y espalda.

-Conocer las posiciones de los brazos y sus combinaciones básicas, según el estilo de danza. Este criterio pretende comprobar que el alumnado ejecuta correctamente las posiciones de los brazos dentro del estilo.

-Realizar, siguiendo las indicaciones del profesor o de la profesora, los ejercicios iniciales de la técnica del zapato de carácter. Este criterio pretende comprobar la colocación del cuerpo, el control y sujeción de la espalda y la correcta posición de los pies.

-Ejecutar sobre un fragmento musical variaciones coreográficas marcadas por el profesor o por la profesora que serán elaboradas con pasos elementales y básicos y sus respectivos brazos y recursos sonoros. Este criterio de evaluación pretende comprobar la coordinación de movimientos y su ejecución técnica dentro del ritmo.

-Realizar pequeñas variaciones que incluyan desplazamientos, así como danzas en pareja y en grupo. Con este criterio, se busca observar el sentido del alumnado con respeto al espacio, a las dimensiones y a las direcciones, así como la relación entre los intérpretes y su proyección espacial.

-Caminar tanto con zapato como con zapatilla. Con este criterio, se busca iniciar la coordinación de todos los movimientos, el porte y la elegancia dentro del estilo elegido.

-Memorizar pequeñas variaciones coreográficas marcadas por el profesor o por la profesora. Con este criterio, se pretende comprobar la capacidad del alumnado para aprender a primera vista y memorizar un paso, un ejercicio o un conjunto de ellos.

-Improvisar danzas sencillas, empleando el ritmo y el fraseo musical adecuado, creatividad, espacio, recursos técnicos e instrumentales, así como los conocimientos básicos adquiridos. Con este criterio, se pretende observar la capacidad creativa, el concepto de estilo, el grado de comprensión coreográfica y de comunicación que posee el alumnado.

-Reproducir e interpretar un ejercicio de saludo adecuado a este nivel sobre un fragmento musical. Este criterio pretende comprobar el desarrollo artístico, expresivo y musical del alumnado.

En todos los ejercicios se valorará el correcto empleo de la respiración, así como la capacidad artística, la sensibilidad y la musicalidad del alumnado.

Danza gallega

Introducción

Galicia posee una gran variedad y riqueza de danzas, enraizadas en la sociedad y en la cultura, gracias a su desarrollo en fiestas y romerías a lo largo de su historia.

De la necesidad de formar al futuro bailarín o bailarina en todas las facetas dancísticas y artísticas posibles surge el estudio más específico de la danza tradicional gallega, entendida no como especialidad, sino como parte de la formación global del futuro bailarín o bailarina.

El objetivo fundamental de esta enseñanza es introducir los fundamentos básicos del folclore gallego, desde un punto de vista teórico y práctico: origen, estilos, trajes y pasos básicos.

La incorporación de esta materia en las enseñanzas del grado elemental pretende contribuir, así, al desarrollo y recuperación de las danzas tradicionales del pueblo, mediante su aplicación más estilizada en este nivel de estudio, fomentando en el alumnado el interés por el folclore y la tradición e intensificando el sentido del ritmo y la percepción coreográfica. Los contenidos se centran, fundamentalmente, en los conocimientos básicos de los distintos pasos dentro del ritmo y del estilo de la muñeira y de la jota, como complemento de la formación académica.

Objetivos

-Conocer y reconocer distintos tipos de danzas folclóricas tradicionales de Galicia, mediante ejercicios con ritmos de muñeira y jota para obtener un conocimiento general de la riqueza del folclore gallego.

-Conocer las posiciones básicas de los pies, de las piernas y de los brazos en las danzas gallegas.

-Ejecutar con sentido rítmico y musical los pasos básicos de la muñeira, mediante variaciones coreográficas que permitan la obtención del estilo, mediante el empleo de la técnica de piernas y brazos y su coordinación con el torso y con la cabeza.

-Comprender la importancia de una utilización idónea del espacio en cada uno de los ejercicios, introduciendo variaciones coreográficas simples, en grupo o en pareja.

-Utilizar la percepción visual para aprender a primera vista un paso, un ejercicio o un conjunto de ellos, mediante la realización de distintas combinaciones que permitan el desarrollo de la capacidad de memoria.

-Mostrar una sensibilidad corporal y musical que capacite la ejecución básica de una danza, para la obtención de una interpretación rica en expresión y creatividad, sin la pérdida del estilo.

-Adquirir consciencia de la importancia de la respiración en la ejecución del ejercicio y en la interpretación de la danza para conseguir el máximo rendimiento y un movimiento armonioso.

-Fomentar el interés por el folclore gallego: trajes, costumbres, tradición e instrumentos.

-Fomentar la asistencia a manifestaciones escénicas relacionadas con la danza para formar al alumnado en la cultura de la danza e iniciar el desarrollo de su criterio artístico.

Contenidos

-Estudio del origen histórico de las danzas gallegas y su clasificación.

-Práctica y ejecución de los pasos básicos de las danzas gallegas (muñeira o jota), por pareja o en grupo.

-Recursos técnicos necesarios: paseos, puntos, picados y vueltas.

-Interpretación de variantes coreográficas: danzar en espejo, danzar al contrario, abrir y cerrar ruedas, etc.

-Coordinación y colocación de brazos y cabeza.

-Identificación de los instrumentos que acompañan a las danzas (pandero, pandereta, gaita, etc.).

-Conocimiento de los trajes y significado sociocultural de las danzas gallegas más representativas.

-Entrenamiento permanente y progresivo de la memoria.

-Montaje de danzas sencillas.

-Empleo de la improvisación para el desarrollo de la creatividad.

-La coordinación y su función en el movimiento en relación con la intención expresiva.

-Disciplina, respeto y actitud positiva en las clases.

-Asistencia y participación en manifestaciones escénicas relacionadas con la danza.

-Realización de trabajos teóricos, comentarios y debates sobre actividades propuestas.

Criterios de evaluación

-Conocer la riqueza y la variedad del folclore gallego, su origen, su indumentaria y sus ritmos básicos. Con este criterio de evaluación se busca que el alumnado conozca las danzas tradicionales gallegas y que reconozca los estilos básicos, a través de su visualización (trajes y pasos) y su audición (ritmos).

-Demostrar el conocimiento básico de distintos ritmos: muñeira y jota. Este criterio pretende comprobar el sentido rítmico del alumnado.

-Demostrar el conocimiento de los recursos técnicos de pies y piernas: paseos, puntos, picados y vueltas. Este criterio pretende observar si el alumnado interioriza la técnica elemental.

-Ejecutar sobre un fragmento musical variaciones coreográficas marcadas por el profesor o por la profesora y elaboradas con pasos elementales y básicos, y sus respectivos brazos. Este criterio de evaluación pretende comprobar la coordinación de movimientos y su ejecución técnica dentro del ritmo.

-Realizar ejercicios que incluyan desplazamientos, así como danzas en pareja y en grupo, y sus variantes. Con este criterio se busca observar el sentido del alumnado con respecto al espacio, a las dimensiones y a las direcciones, así como la relación entre los intérpretes y su proyección espacial.

-Memorizar pequeñas variaciones coreográficas marcadas por el profesor o por la profesora. Con este criterio se pretende comprobar la capacidad del alumnado para aprender a primera vista y memorizar un paso, un ejercicio o un conjunto de ellos.

-Improvisar danzas sencillas, empleando ritmo y fraseo musical adecuado, creatividad, espacio y recursos técnicos, así como los conocimientos básicos adquiridos. Con este criterio se pretende observar la capacidad creativa, el concepto de estilo y el grado de comprensión coreográfica y de comunicación que posee el alumnado.

En todos los ejercicios se valorará el correcto empleo de la respiración, así como la capacidad artística, la sensibilidad y la musicalidad del alumnado.

Introducción a la danza contemporánea

Introducción

La danza contemporánea surgió como consecuencia de un proceso cultural y artístico de inconformismo social.

Es a finales del siglo XIX y comienzos del XX cuando surgen figuras como Isadora Duncan, Ruth St. Denis, Loie Fullerm, etc., que exploran las posibilidades expresivas de sus cuerpos. Sus danzas eran sencillas y estrechamente relacionadas con la naturaleza, con clara tendencia de retorno a lo auténtico.

Es con la generación posterior cuando se consolida esta especialidad, con figuras como Marha Graham, Doris Humphey, Merce Cunningham y José Limón, que fueron, a su vez, titulares de una técnica coreográfica bien definida por cada uno de ellos.

La inclusión de esta materia en el currículo del grado elemental de danza surge, además de la necesidad de que el alumnado conozca de una manera muy general en que consiste esta especialidad de danza, que se comienza a estudiar como tal en el grado profesional. Teniendo un conocimiento básico de esta materia, los alumnos y las alumnas podrán escoger de manera más objetiva si quieren optar a la especialidad de danza contemporánea, en el caso de continuar los estudios de danza en el grado profesional.

La danza contemporánea es una especialidad que precisa de una madurez física e intelectual y, por esta razón, la visión en este curso es muy general y globalizadora.

Objetivos

-Conocer de manera teórica y visual las distintas técnicas de danza contemporánea para favorecer su orientación.

-Improvisar formas libres de danza con sentido coreográfico para incentivar la creatividad del alumnado.

-Abordar, de manera práctica y muy general, aquellas técnicas de danza contemporánea que sean más acordes con la edad y la madurez del alumnado: Limón, Cunnighan, Release, etc.

-Realizar con sentido rítmico y musicalidad los ejercicios y los movimientos que configuran la danza.

-Expresarse libremente, a través de improvisaciones dirigidas, para conseguir la elaboración de un lenguaje propio.

-Demostrar, a través de la realización de pequeñas coreografías, el entendimiento de las posibilidades interpretativas del bailarín o de la bailarina en relación con el espacio.

-Fomentar la asistencia a manifestaciones escénicas relacionadas con la danza para formar el alumnado en la cultura de la danza e iniciar el desarrollo de su criterio artístico.

Contenidos

-Ejercicios en el suelo: diferenciación de la fuerza y de las sensaciones de las diferentes partes del cuerpo.

-Diseño del espacio, utilizando los tres planos: (bajo, medio y alto), a partir de la naturalidad del gesto.

-Acciones dentro de los diferentes planos espaciales individuales: delante, detrás, abajo, arriba, lento, rápido, simétrico, asimétrico, etc.

-Práctica de la improvisación libre, con y sin objetos, individuales y en pequeños grupos.

-Construcción de frases coreográficas sencillas.

Criterios de evaluación

-Realización de algún ejercicio teórico y comparativo de las técnicas estudiadas. Con este criterio se pretende comprobar que el alumnado comprendió las características específicas de cada una de estas técnicas.

-Realización de un ejercicio de exploración espacial. Con este criterio se valorará la asimilación de los planos espaciales por parte del alumnado.

-Improvisar individualmente una variación libre, a partir de un fragmento musical propuesto. Este criterio de evaluación pretende comprobar el desarrollo creativo del alumnado.

-Interpretar una frase coreográfica creada por el alumno o por la alumna. Con este criterio se comprobará su capacidad creativa e interpretativa, así como su sensibilidad artística y la musicalidad.

En todos los ejercicios se valorará el correcto empleo de la respiración, así como la capacidad artística, la sensibilidad y la musicalidad del alumnado.

Introducción a la danza española y al baile flamenco

Introducción

La danza española, tal y como se entiende hoy en día, es la síntesis del patrimonio folclórico, la escuela bolera y el flamenco, en un proceso de estilización, codificación y didáctica que discurrió en el tiempo y que va a desembocar en un cuarto estilo: la danza estilizada y el clásico español.

La formación del bailarín y de la bailarina debe ir encaminada a un concepto global de artista, con una cultura complementaria a la especialidad que desarrolle después, para que así pueda encarar el trabajo profesional desde la perspectiva de un conocimiento amplio de la danza, como un arte con muchas ramas y formas de expresión. La inclusión de esta materia en el currículo de grado elemental de danza surge, además, de la necesidad de que el alumnado conozca, de una manera muy general, en que consiste esta especialidad de danza, que se comienza a estudiar como tal en el grado profesional. Teniendo un conocimiento básico de esta materia, el alumnado podrá escoger de manera más objetiva si quiere optar a la especialidad de danza española, en el caso de continuar o no los estudios de danza en el grado profesional.

Los contenidos de esta materia se centran, fundamentalmente, en el conocimiento teórico y visual de los cuatro estilos que conforman la danza española (escuela bolera, flamenco, folclore y danza estilizada) y sus recursos escénicos y sonoros: palillos, falda, palmas y zapatos de tacón, entre otros. La práctica de esta materia se centrará en el inicio experimental a los fundamentos básicos, técnicos y de estilo, tanto de la escuela bolera como del flamenco.

Objetivos

-Conocer la importancia de la danza española, su origen y sus distintas vertientes (escuela bolera, folclore, escuela flamenca y danza estilizada), a través de la visualización de distintos tipos de danzas de cada estilo y desde un punto de vista teórico.

-Coordinar los movimientos de piernas, torso, cabeza y brazos para iniciar el estilo de la escuela bolera y del flamenco, a través de la realización de ejercicios de brazos y torso, combinados con caminatas y pasos básicos, tanto con la zapatilla como con los zapatos de tacón.

-Comprender la importancia de los recursos sonoros que acompañarán las distintas danzas, a través de primeras experiencias con los palillos, las palmas y los zapatos de tacón.

-Ejecutar con sentido rítmico y musical los pasos básicos aprendidos mediante variaciones coreográficas, tanto con la zapatilla como con los zapatos, que ayuden a introducir el estilo de la danza española y que permitan un reconocimiento inicial de términos técnicos elementales.

-Conocer y reconocer de manera visual y musical danzas folclóricas tradicionales españolas, experimentando algún ejercicio inicial para obtener un mayor conocimiento de la riqueza del folclore español.

-Comprender la importancia de una utilización adecuada del espacio en cada uno de los ejercicios, introduciendo variaciones coreográficas simples, en grupo o pareja.

-Aplicar los conocimientos técnicos de la danza clásica en las combinaciones de ejercicios de escuela bolera, para comprender la colocación básica del cuerpo en la danza española académica.

-Utilizar la percepción visual para aprender a primera vista un paso, un ejercicio o un conjunto de ellos, mediante la realización de distintas combinaciones que permitan el desarrollo de la capacidad memorística.

-Mostrar una sensibilidad corporal y musical que capacite la ejecución básica y la improvisación de una danza con estilo español, para la obtención de una interpretación rica en expresión, sin la pérdida de la colocación y del porte necesarios.

-Adquirir consciencia de la importancia de la respiración en la ejecución del ejercicio y en la interpretación de la danza, para obtener su máximo rendimiento y calidad interpretativa.

-Fomentar la asistencia a manifestaciones escénicas relacionadas con la danza para formar al alumnado en la cultura de la danza e iniciar el desarrollo de su criterio artístico.

Contenidos

-Percepción básica del carácter y estilo de la danza española y de sus diferentes estilos.

-Estudio de las posiciones de brazos.

-Práctica de los palillos: carretilla, posticeos y primeras combinaciones.

-Coordinación de brazos, torso y cabeza.

-Pasos básicos de la escuela bolera.

-Pequeñas variaciones de danzas en pareja y en grupo.

-Ejercicios de pies y muñecas para el inicio del estudio del zapateado.

-Iniciación al acompañamiento rítmico con palmas.

-Iniciación al estudio del giro de las manos y a la técnica de la falda.

-Aprendizaje de variaciones breves que contengan, entre otros elementos, formas de andar (lentas y rápidas), paradas y finales, vueltas simples, con el apoyo sonoro de las palmas y del zapato, haciendo énfasis en el fraseo y en la terminación de los pasos, la intención expresiva, los acentos y matices musicales.

-Iniciación a ritmos de flamenco adecuados a este nivel.

-Inicio teórico y visual a la variedad y riqueza del folclore español.

-Inicio teórico y visual al repertorio del clásico español.

-Disciplina, respeto y actitud positiva en las clases prácticas, teóricas y de visión.

-Asistencia y participación en manifestaciones escénicas relacionadas con la danza.

Criterios de evaluación

-Conocer la importancia de la danza española y de sus cuatro vertientes dentro del mundo de la danza. Este criterio de evaluación pretende comprobar que el alumnado comprende los contenidos teóricos explicados.

-Interpretar pequeñas variaciones de sonido con los palillos: (carretillas, posticeos y combinaciones). Este criterio pretende comprobar el nivel de destreza, calidad de sonido y sentido rítmico del alumnado, sin perder la colocación de manos, brazos y espalda.

-Conocer las distintas posiciones de brazos y sus combinaciones básicas. Este criterio pretende comprobar que el alumnado reconoce los braceos típicos de la danza española.

-Reconocer los nombres de pasos básicos de la escuela bolera. Según este criterio, el alumnado deberá demostrar que aprendió los nombres de algunos pasos y que sabe como desarrollarlos.

-Ejecutar sobre un fragmento musical variaciones coreográficas marcadas por el profesor o por la profesora y elaboradas con pasos elementales y básicos y con sus respectivos braceos o toques de palillos (escuela bolera). Este criterio de evaluación pretende comprobar la coordinación de movimientos (pasos, cuerpo, brazos, cabeza y palillos) y su ejecución técnica dentro del ritmo.

-Conocer la riqueza y la variedad del folclore español. Con este criterio de evaluación se busca que el alumnado conozca las danzas tradicionales españolas y que reconozca, a través de su visión o audición, la comunidad autónoma a la que pertenece.

-Realizar pequeñas variaciones que incluyan desplazamientos, así como danzas en pareja y en grupo. Este criterio de evaluación pretende hacer énfasis en la relación entre los intérpretes y en su proyección espacial y demostrar en la danza una identificación e incorporación del carácter y estilo, tanto de la escuela bolera como del folclore.

-Realizar, siguiendo las indicaciones del profesor o de la profesora, los ejercicios iniciales de la técnica del zapateado. Este criterio pretende comprobar la correcta colocación del cuerpo, el control y sujeción de la espalda, la flexión de las rodillas y la calidad sonora de los pies.

-Realizar, siguiendo las indicaciones del profesor o de la profesora, los ejercicios de brazos y manos específicos para la iniciación del flamenco. Este criterio pretende comprobar que el alumnado ejecuta el giro de manos y el movimiento de los brazos, sin perder la colocación de la espalda.

-Realizar, siguiendo las indicaciones del profesor o de la profesora, los ejercicios de iniciación a la técnica de la falda, en el caso de las alumnas. Este criterio pretende comprobar si el alumnado comprende el modo de emplear la falda en la danza estilizada y en el flamenco.

-Demostrar el conocimiento básico de distintos ritmos flamencos a través de las palmas. Este criterio pretende comprobar el sentido rítmico del alumnado y el conocimiento de algunos ritmos de flamenco.

-Caminar tanto con zapato como con zapatilla. Con este criterio se busca iniciar la coordinación de todos los movimientos, el porte y la elegancia dentro del estilo elegido.

-Conocer y reconocer de manera visual y musical el estilo de la danza estilizada. Este criterio pretende comprobar si el alumnado reconoce el estilo de la danza estilizada en vídeos mostrados por el profesor o por la profesora.

-Memorizar pequeñas variaciones coreográficas marcadas por el profesor o por la profesora. Con este criterio se pretende comprobar la capacidad del alumnado para aprender a primera vista y memorizar un paso, un ejercicio o un conjunto de ellos.

-Improvisar danzas sencillas, empleando ritmo y fraseo musical adecuado, creatividad, espacio, recursos técnicos e instrumentales, así como los conocimientos básicos adquiridos. Con este criterio se pretende observar la capacidad creativa, el concepto de estilo y el grado de comprensión coreográfica y de comunicación que posee el alumnado.

-Reproducir e interpretar un ejercicio de braceo o saludo adecuado a este nivel sobre un fragmento musical. Este criterio pretende comprobar el desarrollo artístico, expresivo y musical del alumnado.

En todos los ejercicios se valorará el correcto empleo de la respiración, así como la capacidad artística, la sensibilidad y la musicalidad del alumnado.

Música

Introducción

La mayor difusión y presencia de la música en la experiencia cultural de nuestro tiempo reclama una sólida formación musical, como elemento indispensable en la educación de los futuros bailarines y bailarinas. Con ella se pretende que el alumnado sea capaz de observar, analizar y apreciar las realidades sonoras, en concreto, la realidad musical producida tanto por instrumentos como por la propia voz humana. Es decir, se busca desarrollar la capacidad de escucha activa y de interpretación propia.

La música, como manifestación artística de las relaciones sonoro-temporales, presenta una total correspondencia con el mundo de la danza, el movimiento y el lenguaje corporal. De hecho, la danza representó, desde sus orígenes, la vivencia corporal de la música: la imagen plástica que expresa el contenido del pensamiento musical. Esta correspondencia música-danza-plástica supone, de hecho, la sinestesia más antigua y fructífera de la historia de las manifestaciones artísticas.

La educación musical contribuye, de forma decisiva, a la adquisición y al desarrollo de capacidades básicas recogidas en los objetivos generales del grado elemental de danza, tales como:

-Una mejor comprensión de las relaciones espacio-temporales y de su vinculación con la organización formal del lenguaje sonoro.

-Una correcta coordinación de movimientos a través del sentido rítmico.

-Una sensibilidad corporal para expresar con la precisión necesaria la dinámica y el fraseo en relación con las exigencias del estilo.

Educar en la percepción musical -escucha activa- implica la sensibilización del alumnado al mundo sonoro, principalmente a su contorno. Como prolongación, deberá iniciarse en el conocimiento de la música como expresión de una cultura. Para su valoración, es imprescindible conocer y comprender el lenguaje musical: diferenciación de la altura, duración, ritmo, identificación de frases musicales, formas, etc.

En lo referente a la expresión musical, el aprendizaje se realiza a través de la voz, de la práctica instrumental con instrumentos de técnicas no complejas y de la percusión corporal. El canto es el vehículo adecuado para desarrollar la expresión y la comunicación, por la fusión que se produce entre la música y el lenguaje. De hecho, es un elemento básico del comportamiento musical cotidiano del alumnado. La formación instrumental, por su parte, favorece el desarrollo tanto de las capacidades auditivas y motrices como de la cooperación. Las edades que comprende el grado elemental de danza son idóneas para el desarrollo del sentido del ritmo, que encuentra un perfecto aliado en la danza.

En resumen, la educación musical en el grado elemental de danza se propone preparar al alumnado, no como intérprete, sino como auditor y receptor de la música, como realizador expresivo y creativo y como conocedor de los elementos iniciales de la técnica y del lenguaje musical.

Objetivos

-Valorar la música como instrumento de la creación coreográfica, mediante el análisis de la relación del movimiento con el ritmo, la melodía y la forma musical.

-Demostrar la coordinación corporal necesaria para la correcta comprensión e interpretación rítmica, utilizando las destrezas de asociación y disociación correspondientes.

-Percibir el silencio como elemento estructurador del sonido, e incorporándolo al análisis de las producciones musicales escuchadas o interpretadas.

-Interpretar obras musicales sencillas, tanto con la voz como con los instrumentos escolares, para comprender mejor los parámetros que rigen la composición musical.

-Improvisar estructuras melódico-rítmicas sencillas, mediante el uso de la voz, de la percusión corporal o de instrumentos, para favorecer el desarrollo de la creatividad, de manera individual y colectiva.

-Disfrutar de la escucha activa, realizando correctamente las actividades que se propongan como apoyo a la audición musical, empleando el lenguaje musical, la práctica instrumental y vocal, y el movimiento.

-Desarrollar la audición interior y la representación mental de la música, interpretando de memoria ritmos y melodías que conduzcan a una mejor comprensión de los distintos parámetros musicales.

-Participar en las actividades musicales con actitud de interés, atención y respeto, asumir los papeles que rigen la interpretación escénica y valorar la importancia de la actitud del público en la transmisión de la música y de la danza.

-Desarrollarse con facilidad en el manejo de partituras sencillas, para el conocimiento y el gozo de la música, aplicando la terminología apropiada para referirse al hecho musical.

Contenidos

El aprendizaje de los contenidos se realizará de forma globalizadora y se partirá, siempre que sea posible, de las experiencias que posea el alumnado, potenciando su actividad constructiva.

La práctica vocal e instrumental, la percusión corporal, la escucha activa y el movimiento serán los procedimientos para emplear en el aprendizaje del lenguaje musical.

Ritmo.

-Pulso y acento.

-Métrica: anacrusa, puntillo, signos de prolongación, fórmulas rítmicas básicas, síncopes, contratiempo.

-Reconocimiento de unidades métricas binarias, ternarias y cuaternarias.

-Lectura fluida en clave de sol y conocimiento a nivel teórico de otras claves.

-Polirritmias sencillas en compás binario.

-Conocimiento, identificación y práctica de grupos rítmicos ternarios contenidos en un pulso binario.

-Conocimiento, identificación y práctica de grupos rítmicos binarios contenidos en un pulso ternario.

-Improvisación de estructuras rítmicas sencillas con propuesta previa. Ritmos de danza: polca, vals, polonesa, tarantela, pasodoble, muñeira, jota, etc.

Voz.

-Respiración, emisión e impostación.

-Control postural, relajación y decontracción muscular.

-Notas naturales y alteradas.

-Intervalos sencillos para introducir la noción del acorde que se empleará en la práctica vocal e instrumental.

-Clasificación de las voces.

-Ejercicios vocales e interpretación de canciones, cuidando especialmente la entonación.

-Canto al unísono y polifonías sencillas, a cappella o con acompañamiento.

-Improvisación de estructuras melódicas sencillas con propuesta previa.

Audición.

-Sensibilización y reconocimiento de los movimientos melódicos.

-Tono y semitono.

-Sensibilización de los modos mayor y menor.

-Conocimiento de la tonalidad.

Formas musicales.

-Conocimiento de las secuencias de fraseo, células, motivos, frases, signos de repetición elementales, etc.

-Procedimientos compositivos de frases: repetición, imitación y variación; pregunta-respuesta; tensión y reposo; conclusivo y suspensivo.

-Formas básicas: lied, canon y rondó.

Dinámica y agógica.

-Términos básicos de expresión y su interpretación.

Música en el tiempo.

-Escucha activa de obras musicales representativas de la historia de la música, así como de música folclórica, con especial atención al folclore gallego, apoyada por la realización de actividades globalizadoras basadas en la práctica vocal, instrumental o de movimiento.

Criterios de evaluación

-Reconocer el pulso y el acento de una obra musical, tanto en una audición como en una interpretación. Con este criterio se trata de constatar la percepción de estos contenidos como referencia básica para la ejecución rítmica y para la correcta percepción del acento periódico y los compases binarios, ternarios y cuaternarios.

-Mantener el pulso durante períodos breves de silencio. Tiene por objetivo lograr una correcta interiorización del pulso, que le permita una adecuada ejecución individual o colectiva.

-Imitar estructuras melódicas y rítmicas breves con la voz y con la percusión. Este criterio pretende comprobar el grado de memoria y la capacidad de reproducir con fidelidad el mensaje recibido, tanto en sus aspectos sonoros como en su realización motriz.

-Interpretar de manera individual, con la voz, instrumentos, percusión corporal o movimiento, fragmentos de obras trabajadas en el aula. Se trata de comprobar en el alumnado el grado de aprovechamiento de las actividades realizadas en el aula, estimulando su responsabilidad por el trabajo bien hecho.

-Reproducir por escrito fragmentos rítmicos sencillos. Mediante este criterio se pretende comprobar la capacidad del alumnado de reconocer aspectos rítmicos y la asimilación de la grafía musical.

-Leer internamente un fragmento melódico propuesto y reproducirlo de memoria con la voz o con instrumentos. Con este criterio se trata de comprobar la capacidad del alumnado de reproducir y memorizar imágenes sonoras de carácter melódico-rítmico, a partir de la observación y de la comprensión de la partitura.

-Improvisar secuencias rítmicas y melódicas a partir de una propuesta previa adecuada al nivel. Con este criterio se evalúa, por una parte, la interiorización del fraseo por el alumnado y, por la otra, se pretende estimular su capacidad creativa.

-Describir con posterioridad a una audición los rasgos característicos de las obras escuchadas o interpretadas. Este criterio de evaluación pretende constatar la capacidad del alumnado para percibir los distintos aspectos (rítmicos, melódicos, formales, tímbricos, etc.) que constituyen la obra musical, aplicando la terminología apropiada para referirse a estos.