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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 242 Miércoles, 21 de diciembre de 2011 Pág. 37530

III. Otras disposiciones

Consellería del Medio Rural

RESOLUCIÓN de 28 de noviembre de 2011, de la Dirección General de Conservación de la Naturaleza, por la que se delimitan las áreas prioritarias de reproducción, de alimentación, de dispersión y de concentración local de aves incluidas en el Catálogo gallego de especies amenazadas, y se dispone la publicación de las zonas de protección existentes en la Comunidad Autónoma de Galicia en las que serán de aplicación medidas para la protección de la avifauna contra la colisión y la electrocución en líneas eléctricas de alta tensión.

Las líneas eléctricas de alta tensión son una fuente potencial de mortalidad para muchas especies de aves, especialmente para aquellas de tamaño corporal mediano y grande. La creciente demanda de energía eléctrica exige el incremento del número de líneas y tendidos eléctricos instalados en el medio natural, con el consiguiente riesgo de electrocución o de colisión de las aves en dichas infraestructuras. La electrocución y la colisión en las estructuras de conducción eléctrica están entre las principales causas de mortalidad no natural más frecuentes en la avifauna, hasta el punto de suponer actualmente el mayor problema de conservación para diversas especies de grandes rapaces.

Para minimizar los efectos negativos sobre las aves de las líneas eléctricas de alta tensión se publicó el Real decreto 1432/2008, de 29 de agosto, por el que se establecen medidas para la protección de la avifauna contra la colisión y la electrocución en líneas eléctricas de alta tensión.

En el artículo 4 de este decreto se establece que cada comunidad autónoma publicará en el correspondiente diario oficial las zonas de protección para la avifauna existentes en su territorio, incluyendo dentro de esas zonas de protección: a) los territorios designados como zona de especial protección para las aves (ZEPA), de acuerdo con los artículos 43 y 44 de la Ley 42/2007, de 13 de diciembre, de patrimonio natural y de la biodiversidad; b) los ámbitos de aplicación de los planes de recuperación y conservación elaborados por las comunidades autónomas para las especies de aves incluidas en el Catálogo español de especies amenazadas o en los catálogos autonómicos; y c) las áreas prioritarias de reproducción, alimentación, dispersión y concentración local de aquellas especies de aves incluidas en el Catálogo español de especies amenazadas, o en los catálogos autonómicos, cuando dichas áreas no se encuentren ya comprendidas en las correspondientes a los tipos anteriores.

La propuesta de delimitación de las zonas para la protección de la avifauna contra la colisión y la electrocución en líneas eléctricas de alta tensión en la Comunidad Autónoma de Galicia presentada por la Xunta de Galicia de acuerdo con lo previsto en el artículo 4.2. del Real decreto 1432/2008, de 29 de agosto, por el que se establecen medidas para la protección de la avifauna contra la colisión y la electrocución en líneas eléctricas de alta tensión, fue informada favorablemente por la Comisión Estatal para el Patrimonio Natural y la Biodiversidad en su sesión de 30 de mayo de 2011.

Teniendo en cuenta las competencias y funciones que me confiere, en materia de conservación y protección de la biodiversidad de Galicia, el Decreto 318/2009, de 4 de junio, por el que se establece la estructura orgánica de la Consellería del Medio Rural y del Fondo Gallego de Garantía Agraria, y el Decreto 8/2011, de 28 de enero, por el que se fija la estructura orgánica de las consellerías de la Xunta de Galicia, y por las razones anteriormente descritas,

RESUELVO:

Primero. Aprobar la delimitación de las áreas prioritarias de reproducción, de alimentación, de dispersión y de concentración local de las especies de aves incluidas en el Catálogo gallego de especies amenazadas que figura en el anexo I.

Segundo. Recoger en el anexo II la lista de especies consideradas para la delimitación de las áreas prioritarias definidas en el punto anterior.

Tercero. Publicar las zonas de protección para la avifauna del ámbito gallego a las que serán de aplicación las medidas de protección contra la colisión y la electrocución en líneas eléctricas de alta tensión establecidas en el Real decreto 1432/2008, de 29 de agosto.

Dichas zonas de protección, recogidas en el anexo I de la presente resolución, incluyen:

a) Las zonas de especial protección para las aves, ZEPA, designadas de acuerdo con los artículos 43 y 44 de la Ley 42/2007, de 13 de diciembre, de patrimonio natural y de la biodiversidad.

b) Las áreas prioritarias de reproducción, de alimentación, de dispersión y de concentración local de las especies de aves incluidas en el Catálogo gallego de especies amenazadas.

Cuarto.Se puede acceder a una versión en soporte digital de las zonas de protección a través del portal web de la Dirección General de Conservación de la Naturaleza de la Consellería del Medio Rural (http://mediorural.xunta.es/areas/conservacion/presentacion/) y como documento integrado en el Sistema de Información Territorial y de la Biodiversidad de Galicia (http://inspire.xunta.es/siteb/acceso.php).

Contra la presente resolución se podrá interponer recurso de alzada ante el conselleiro del Medio Rural en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de su publicación, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 107.1, 114 y 115 de la Ley 4/1999, de modificación de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común.

Santiago de Compostela, 28 de noviembre de 2011.

Ricardo García-Borregón Millán
Director general de Conservación de la Naturaleza

ANEXO II

Avetoro común (Botaurus stellaris).

Avetorillo común (Ixobrychus minutus).

Cerceta común (Anas crecca).

Milano real (Milvus milvus).

Alimoche común (Neophron pernocpterus).

Aguilucho pálido (Circus cyaneus).

Aguilucho cenizo (Circus pygargus).

Águila real (Aquila chrysaëtos).

Águila-azor perdicera (Hieraeetus fasciatus).

Águila pescadora (Pandion haliaetus).

Urogallo común (Tetrao urogallus cantabricus).

Perdiz pardilla (Perdix perdix hispaniensis).

Sisón común (Tetrax tetrax).

Ostrero euroasiático (Haematopus ostralegus).

Cigüeñuela común (Himantopus himantopus).

Alcaraván común (Burhinus oedicnemus).

Chorlitejo patinegro (Charadrius alexandrinus).

Avefría europea (Vanellus vanellus).

Agachadiza común (Gallinago gallinago).

Chocha perdiz (Scolopax rusticola).

Zarapito real (Numenius arquata).

Búho real (Bubo bubo).

Pechiazul (Luscinia svecica).

Escribano palustre noroccidental (Emberiza schoeniclus lusitanica).

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