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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 30 Lunes, 13 de febrero de 2012 Pág. 5788

VI. Anuncios

a) Administración autonómica

Consellería del Medio Rural y del Mar

ANUNCIO de 20 de enero de 2012, de la Jefatura Territorial de A Coruña, de toma de posesión provisional de las fincas de reemplazo de la zona de concentración parcelaria de Maceda, Orois (Melide, A Coruña)

Después de publicar el acuerdo de concentración parcelaria de la zona de Maceda, Orois (Melide, A Coruña) y teniendo en cuenta que el número de recursos presentados y pendientes de resolver no excede del seis por ciento de los titulares de las explotaciones, ni los reclamantes representan más del diez por ciento de la superficie concentrada, la Dirección General de Desarrollo Rural resolvió dar posesión provisional de las nuevas fincas con fecha 13 de enero.

Todas las personas interesadas tomarán posesión de sus terrenos obligatoriamente, sin perjuicio de las rectificaciones que procedan como consecuencia de los recursos que prosperen (según el artículo 44 de la Ley 10/1985, de 14 de agosto, de concentración parcelaria para Galicia).

Si algún propietario no permitiese la toma de posesión de las nuevas fincas en el plazo que se indica en este anuncio, será apercibido y luego será objeto de compulsión directa (artículo 45 de dicha ley), además de imponerle las sanciones económicas que procedan, conforme a lo dispuesto en los artículos 69 y siguientes de la misma.

Los interesados podrán reclamar sobre las diferencias superiores al dos por ciento entre la cabida real de las nuevas fincas y lo que conste en el expediente de concentración, en el plazo de sesenta días naturales que contarán a partir de la fecha en que las fincas se pongan a su disposición (artículo 46). Deberán presentar con la reclamación dictamen pericial visado por el colegio correspondiente.

Los plazos para la toma de posesión son los siguientes:

a) Labradíos sin cosecha pendiente, prados y pastos: el día siguiente al de la publicación de este anuncio en el Diario Oficial de Galicia.

b) Las restantes fincas, en el momento de ser retiradas las cosechas que estuviesen pendientes de recolección en el citado día.

c) Se entiende que hay cosecha pendiente desde que se hubiese realizado alguna de las labores necesarias para la siembra.

d) En relación con los árboles existentes en las fincas, se recomienda, en la medida de lo posible, conseguir un acuerdo entre aportante y adjudicatario. En caso contrario, podrán ser retirados por los propietarios de las parcelas de aportación en el plazo de cuatro meses a contar desde la publicación de este anuncio en el Diario Oficial de Galicia, previa petición a la Jefatura del Servicio de Conservación de la Naturaleza de la Consellería de Medio Ambiente, Territorio e Infraestructuras, en el caso de ser especies autóctonas protegidas; sin perjuicio de las demás autorizaciones que legalmente procedan.

Asimismo, deberán adoptarse las medidas relativas a la prevención de incendios forestales previstas en la legislación vigente.

A Coruña, 20 de enero de 2012.

Antonio Manuel Aguión Fernández
Jefe territorial de A Coruña