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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 77 Lunes, 23 de abril de 2012 Pág. 14879

VI. Anuncios

a) Administración autonómica

Consellería del Medio Rural y del Mar

RESOLUCIÓN de 16 de abril de 2012, de la Secretaría General de Medio Rural y Montes, por el que se establecen las limitaciones a las autorizaciones de cortas de especies sensibles al nematodo del pino (Bursaphelenchus xylophilus) en la zona demarcada de As Neves.

Desde el año 1999 se vienen realizando prospecciones y controles para evitar la entrada en nuestra Comunidad Autónoma de la plaga conocida como nematodo de la madera del pino (NMP), que está causada por el organismo de cuarentena Bursaphelenchus xylophilus (Steiner et Buhrer) Nickle et al. y presente en Portugal desde ese mismo año.

Esta plaga que se propaga mediante el insecto vector Monochamus galloprovincialis es objeto además de una vigilancia extrema por las autoridades nacionales y comunitarias para evitar que se expanda por el resto del territorio nacional, imponiendo a las zonas afectadas unas medidas drásticas de erradicación.

A finales del año 2010 se confirmó la presencia del nematodo en una masa forestal del término municipal de As Neves (Pontevedra).

En consecuencia con lo anteriormente expuesto, la Consellería del Medio Rural publicó, después de una primera resolución en la que declaraba el foco, el Decreto 10/2011, de 28 de enero (DOG n.º 24, de 4 de febrero), por lo que se declara de utilidad pública la erradicación del organismo de cuarentena del nematodo del pino Bursaphelenchus xylophilus (Steiner et Buhrer) Nickle et al. y se ordenan las medidas para evitar su propagación.

En este decreto se establece un área demarcada en un radio de 20 km alrededor del punto en el que se detectó el nematodo en la que se tomarán las medidas necesarias para evitar su dispersión.

Una de las medidas recogidas en el apartado 2 del artículo 5 de dicho decreto es que las autorizaciones de cortas en el área demarcada están sujetas a una autorización especial (autorización de corta para zona demarcada de cuarentena fitosanitaria).

El 29 de marzo de 2012 se publicó en el DOG la Orden de 22 de marzo de 2012 por la que se establecen medidas sobre la sanidad vegetal en un área demarcada por el organismo de cuarentena Bursaphelenchus xylophilus en la que se especifica que los períodos en los que se permitirán las cortas en la zona demarcada serán autorizados por el secretario general de Medio Rural y Montes después de consultados los informes técnicos y científicos del seguimiento sobre los vuelos del insecto vector.

Teniendo en cuenta los informes técnicos y científicos consultados sobre el seguimiento de los vuelos del vector Monochamus galloprovincialis y del foco, así como de las condiciones meteorológicas,

RESUELVO:

Autorizar como período hábil de cortas de especies sensibles al nematodo del pino dentro de la zona demarcada de As Neves hasta el día 29 de abril de 2012, incluido, salvo que las condiciones de vuelo del insecto vector hagan que se tenga que cerrar antes, en cuyo caso se publicaría oportunamente. A partir de esta fecha dichas autorizaciones quedan suspendidas temporalmente hasta la publicación de la nueva fecha en la que se vuelva abrir o un nuevo período hábil de cortas.

Santiago de Compostela, 16 de abril de 2012.

Tomás Fernández-Couto Juanas
Secretario general de Medio Rural y Montes