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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 182 Lunes, 24 de septiembre de 2012 Pág. 37045

V. Administración de justicia

Juzgado de lo Social número 3 de A Coruña

EDICTO (965/2009).

Juan Rey Pita, secretario de lo Social número 3 de A Coruña, hago saber que en el proceso seguido a instancia de José Luis Fernández del Valle, José María Ponte Pan, Francisco Javier Barral Míguez, Juan Manuel García Taibo, José Taibo Díaz, Antonio Sobrino Palla, Carlos Taibo Díaz, Rafael Sánchez Mahía, Francisco Javier Ares Ares, Abel Castiñeiras Iglesias, José Vázquez Varela, José Luis Yáñez Lamas, José Marcial Vázquez Varela, Bienvenido Castor Rodríguez Varela, Víctor Espiñeira Vázquez, Pablo Platas Seoane, Manuel Sánchez Fernández, Pablo Platas García, José Fernández Novo, José Manuel Sánchez Vázquez, Miguel Ángel Seoane Lagares, José Manuel Costa Morlán contra Aplistone, S.L., el Fogasa, Eurogalia, S.L.U., Alianco Contratas y Canteras, S.L., en reclamación por ordinario, registrado con el número 965/2009, se ha dictado la siguiente resolución:

«A Coruña, 30 de julio de 2012.

Carlos Villarino Moure, magistrado juez del Juzgado de lo Social número 3 de A Coruña tras haber visto los presentes autos sobre ordinario entre partes, de una y como demandantes José Luis Fernández del Valle, José María Ponte Pan, Francisco Javier Barral Míguez, Juan Manuel García Taibo, José Taibo Díaz, Antonio Sobrino Palla, Carlos Taibo Díaz, Rafael Sánchez Mahía, Francisco Javier Ares Ares, Abel Castiñeiras Iglesias, José Vázquez Varela, José Luis Yáñez Lamas, José Marcial Vázquez Varela, Bienvenido Castor Rodríguez Varela, Víctor Espiñeira Vázquez, Pablo Platas Seoane, Manuel Sánchez Fernández, Pablo Platas García, José Fernández Novo, José Manuel Sánchez Vázquez, Miguel Ángel Seoane Lagares, José Manuel Costa Morlán, representados por el letrado Santiago Güemez Abad, y de otra como demandado Eurogalia, S.L.U., en cuyo nombre y representación comparece la letrada Almudena Jiménez Batista, las empresas Aplistone, S.L., Alianco Contratas y Canteras, S.L., y el Fogasa, que no comparecen pese a estar citadas en legal forma.

Fallo

1º Estimo la demanda formulada por Abel Castiñeira Iglesias, Antonio Sobrino Palla, José Taibo Díaz, José Manuel Costa Morlán, Rafael Sánchez Mahía, José Vázquez Varela, José Manuel Sánchez Vázquez, José María Ponte Pan, Francisco Javier Ares Ares, Francisco Javier Barral Míguez, Víctor Espiñeira Vázquez, Bienvenido Castor Rodríguez Varela, Pablo Platas Seoane, Carlos Taibo Díaz, Pablo Platas García, José Marcial Vázquez Varela, José Fernández Novo, José Luis Yáñez Lamas, Manuel Sánchez Fernández, José Luis Fernández Valle, Miguel Ángel Seoane Lagares y Juan Manuel García Taibo, frente a la empresa Aplistone, S.L., con condena de esta demandada al abono de las siguientes cantidades a los demandantes:

Abel Castiñeira Iglesias: 2.070,24 euros; Antonio Sobrino Palla: 1.778,24 euros; José Taibo Díaz: 1.778,25 euros; José Manuel Costa Morlán: 1.405,84 euros; Rafael Sánchez Mahía: 1.356,30 euros; José Vázquez Varela: 1.067,49 euros; José Manuel Sánchez Vázquez: 1.067,49 euros; José María Ponte Pan: 1.152,53 euros; Francisco Javier Ares Ares: 1.062,69 euros; Francisco Javier Barral Míguez: 1.141,19 euros; Víctor Espiñeira Vázquez: 1.164,25 euros; Bienvenido Castor Rodríguez Varela: 1.155,32 euros; Pablo Platas Seoane: 1.184,93 euros; Carlos Taibo Díaz: 1.391,32 euros; Pablo Platas García: 1.238,92 euros; José Marcial Vázquez Varela: 1.101,26 euros; José Fernández Novo: 1.074,83 euros; José Luis Yáñez Lamas: 654,75 euros; Manuel Sánchez Fernández: 1.385,72 euros; José Luis Fernández Valle: 1.375,62 euros; Miguel Ángel Seoane Lagares: 1.067,49 euros, y Juan Manuel García Taibo: 2.308,58 euros.

2º Desestimo la acción ejercitada frente a las codemandadas Alianco Contratas y Canteras, S.L., Eurogalia, S.L.U. y el Fogasa.

Notifíquese a las partes y adviértase que contra esta sentencia no cabe interponer recurso alguno, al amparo de lo dispuesto en el artículo 191 LRJS.

Así por esta sentencia, lo pronuncio, mando y firmo».

Publicación. Leída y publicada fue la anterior sentencia por el magistrado que la dictó, hallándose celebrando audiencia pública en el día de la fecha, de lo que doy fe.

Y para que sirva de notificación a Aplistone, S.L., Alianco Contratas y Canteras, S.L., se expide el presente para su publicación en Diario Oficial de Galicia y colocación en el tablón de anuncios.

A Coruña, 5 de septiembre de 2012

El secretario judicial