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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 14 Lunes, 21 de enero de 2013 Pág. 1648

III. Otras disposiciones

Consellería de Medio Ambiente, Territorio e Infraestructuras

DECRETO 9/2013, de 10 de enero, por el que se aprueba el cambio de titularidad de la carretera LU-143 Celeiro (LU-862)-puerto de Celeiro a favor del Ayuntamiento de Viveiro.

A tenor de lo previsto en el artículo 5 de la Ley 4/1994, de 14 de septiembre, de carreteras de Galicia, los cambios de titularidad de las carreteras incluidas en las redes dependientes de la Comunidad Autónoma deberán ser aprobados por decreto de la Xunta de Galicia, a propuesta de la consellería competente en materia de carreteras y después del acuerdo entre las administraciones afectadas.

Por otra parte, la citada ley de carreteras dispone, en el artículo 54, que las carreteras autonómicas o provinciales, o los tramos determinados de ellas en los que la circulación adquiere características urbanas, se les entregarán a los respectivos ayuntamientos. El expediente se promoverá a propuesta del ayuntamiento o de la administración titular de la carretera y será resuelto por el Consello de la Xunta de Galicia, a propuesta de la consellería competente en materia de carreteras, previo informe de ambos organismos.

Finalizado el convenio firmado el día 17.11.2006 entre la extinguida CPTOPT y el Ayuntamiento de Viveiro para llevar a cabo la reposición de firme y construcción de aceras en la calle Lavandeiras, es preciso transferir la carretera LU-143 Celeiro (LU-862)-puerto de Celeiro con una longitud de 870 metros.

Al amparo de las previsiones legales, Puertos de Galicia, por afectar a terrenos del puerto de Celeiro, remite informe de conformidad al cambio de titularidad, y el Área de Planificación y Programación de la Agencia Gallega de Infraestructuras informa favorablemente el cambio de titularidad del siguiente tramo:

• LU-143 Celeiro (LU-862)-puerto de Celeiro con una longitud de 870 metros.

Por lo expuesto, conforme a lo previsto en la Ley 4/1994, de 14 de septiembre, de carreteras de Galicia, tras el acuerdo entre las administraciones afectadas, a propuesta del conselleiro de Medio Ambiente, Territorio e Infraestructuras, previa deliberación del Consello de la Xunta de Galicia, en su reunión del día diez de enero de dos mil trece,

DISPONGO:

Artículo 1

Se aprueba el cambio de titularidad a favor del Ayuntamiento de Viveiro de la carretera autonómica LU-143 Celeiro (LU-862)-puerto de Celeiro de 870 metros de longitud.

Artículo 2

En aplicación del artículo 4 de la Ley 4/1994, de 14 de septiembre, de carreteras de Galicia, las entidades locales en el marco de sus competencias, y de acuerdo con los correspondientes planes de carreteras, aprobarán la relación de carreteras de su titularidad. De acuerdo con lo expuesto, el Ayuntamiento de Viveiro deberá incorporar a su Plan de carreteras el vial a que se refiere este decreto.

Artículo 3

La entrega del vial se formalizará, en el plazo de los dos meses siguientes a la publicación de este decreto en el Diario Oficial de Galicia, mediante la firma de la correspondiente acta de entrega.

Artículo 4

Le corresponden al Ayuntamiento de Viveiro, a partir de la formalización de la entrega, todas las actividades de gestión, mantenimiento, conservación y explotación del vial, así como el ejercicio de las funciones de disciplina viaria y cualquier otra que pudiese corresponderle como nueva Administración titular de la carretera.

Disposición final

El presente decreto surtirá efectos desde el día siguiente a su publicación en el Diario Oficial de Galicia.

Santiago de Compostela, diez de enero de dos mil trece

Alberto Núñez Feijóo
Presidente

Agustín Hernández Fernández de Rojas
Conselleiro de Medio Ambiente, Territorio e Infraestructuras