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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 12 Lunes, 20 de enero de 2014 Pág. 2048

VI. Anuncios

a) Administración autonómica

Agencia Tributaria de Galicia

RESOLUCIÓN de 13 de enero de 2014 por la que se solicita a los distintos colegios, asociaciones o corporaciones profesionales legalmente reconocidos el envío de una lista de colegiados o asociados que estén dispuestos a actuar como peritos terceros en las tasaciones periciales contradictorias.

El artículo 29.4 del Decreto legislativo 1/2011, de 28 de julio, por el que se aprueba el texto refundido de las disposiciones legales de la Comunidad Autónoma de Galicia en materia de tributos cedidos por el Estado, establece que cada jefatura territorial de la consellería competente en materia de hacienda solicitará en el mes de enero de cada año a los distintos colegios, asociaciones o corporaciones profesionales legalmente reconocidos el envío de una lista de colegiados o asociados que estén dispuestos a actuar como peritos terceros, que se agruparán por orden alfabético en diferentes listas, teniendo en cuenta la naturaleza de los bienes y derechos a valorar. Elegido por sorteo público uno de cada lista, las designaciones se efectuarán por orden correlativo.

Será necesaria la aceptación expresa por el perito elegido por sorteo, en un plazo de cinco días desde la comunicación de su propuesta de designación. Dicha aceptación determinará, asimismo, la aceptación de los honorarios aprobados por la Administración. La renuncia del perito tercero en cualquiera de las listas impedirá su designación en el ejercicio corriente y en los dos posteriores a este.

Con el fin de elaborar dicha lista para el ejercicio 2014,

RESUELVO:

Primero. Los distintos colegios, asociaciones o corporaciones profesionales legalmente reconocidos podrán enviar a cada delegación de la Agencia Tributaria de Galicia una lista de los colegiados o asociados que estén dispuestos a actuar como peritos terceros en cada ámbito territorial.

Segundo. Se presentará una lista por cada colegio o asociación y delegación de la Agencia Tributaria de Galicia, pudiendo los colegiados o asociados anotarse en uno o más ámbitos territoriales. La lista presentada en cada delegación incluirá exclusivamente a los colegiados o asociados que deseen actuar en el ámbito territorial de dicha delegación. A estos efectos los ámbitos territoriales de cada delegación de la Agencia Tributaria de Galicia serán los establecidos en la Orden de 19 de diciembre de 2012 por la que se establece el ámbito territorial de las delegaciones de la Agencia Tributaria de Galicia (DOG de 26 de diciembre).

Tercero. Las solicitudes de inclusión en las listas para actuar como peritos terceros se deberán presentar en el plazo de quince (15) días hábiles contados a partir del siguiente a la publicación de esta resolución en el Diario Oficial de Galicia, acompañadas de la relación de colegiados o asociados en soporte informático.

Santiago de Compostela, 13 de enero de 2014

Ulpiano L. Villanueva Rodríguez
Director de la Agencia Tributaria de Galicia