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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 129 Miércoles, 9 de julio de 2014 Pág. 30628

III. Otras disposiciones

Consellería de Trabajo y Bienestar

ORDEN de 1 de julio de 2014 por la que se hace pública la ampliación del importe existente para la concesión de ayudas destinadas a la programación de acciones formativas dirigidas prioritariamente a personas trabajadoras desempleadas en la Comunidad Autónoma de Galicia, correspondiente al ejercicio 2014, convocadas por la Orden de 23 de diciembre de 2013.

La Orden de 23 de diciembre de 2013 (DOG nº 6, de 10 de enero de 2014), establece en su disposición adicional cuarta que se podrán dictar resoluciones complementarias cuando existan fondos provenientes de renuncias de subvenciones inicialmente concedidas, de incrementos de las cantidades asignadas a la comunidad autónoma por la Administración del Estado o de otros remanentes de los módulos.

En consecuencia, como existen otras dotaciones que pueden ser utilizadas para los mismos fines, hace falta ampliar el importe de los créditos destinados a las ayudas que podrán ser concedidas al amparo de la referida Orden de 23 de diciembre de 2013, con la finalidad de hacer llegar estas al mayor número de beneficiarios posibles.

Por todo lo expuesto y en el uso de las facultades que me fueron concedidas,

DISPONGO:

Artículo único

Primero. Se amplía el importe total de las ayudas que se van a conceder al amparo de la Orden de 23 de diciembre de 2013, en las siguientes cuantías y aplicaciones presupuestarias, que figuran dotadas en los presupuestos generales de la Comunidad Autónoma de Galicia para el año 2014:

Aplicación

Proyecto

Importe €

11.03.323A.471.0

2009 01008

111.215,46

11.03.323A.471.0

2011 00643

23.988,87

11.03.323A.471.0

2012 00617

166.528,79

11.03.323A.471.0

2013 00545

438.266,99

11.03.323A.481.0

2009 01008

1.212,13

11.03.323A.481.0

2010 00817

21.391,01

11.03.323A.481.0

2011 00643

6.542,82

11.03.323A.481.0

2012 00617

64.966,31

11.03.323A.481.0

2013 00545

731.261,05

Total

1.565.373,43

Segundo. Esta modificación no afecta al plazo establecido en la referida orden para la presentación de solicitudes.

Disposición final única

Esta orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de Galicia.

Santiago de Compostela, 1 de julio de 2014

Beatriz Mato Otero
Conselleira de Trabajo y Bienestar