Examinado el expediente nº 26/99, relativo al proyecto de expropiación forzosa de los bienes y derechos afectados en la UE-4 del PERI del núcleo histórico de Ourense para la construcción de viviendas de protección oficial, promovido por el Instituto Gallego de la Vivienda y Suelo a los efectos que determina el artículo 145.6º de la Ley 1/1997, de 24 de marzo, del suelo de Galicia (DOG nº 59, del 26 de marzo) y la Orden de 19 de agosto de 1997 por la que se delegan atribuciones en materia de urbanismo en los delegados provinciales (DOG nº 166, del 29 de agosto).
RESUELVO:
Primero.-Aprobar definitivamente el proyecto de expropiación forzosa de los bienes y derechos afectados en la UE-4 del PERI del casco histórico de Ourense, necesarios para la construcción de viviendas de protección oficial de Ourense, promovido por el Instituto Gallego de la Vivienda y Suelo por el procedimiento de tasación conjunta previsto en los artículos 145 y siguientes de la Ley 1/1997, de 24 de marzo, del suelo de Galicia (DOG nº 59, del 26 de marzo) haciendo constar que la presente resolución implicará la declaración de urgencia de ocupación de los bienes y derechos afectados por el proyecto
de expropiación de conformidad con lo establecido en el artículo 146.1º de la Ley 1/1997, de 24 de marzo.
En consecuencia, el abono del depósito del importe de la valoración establecida producirá los efectos previstos en los nº 6, 7 y 8 del artículo 52 de la Ley de expropiación forzosa, sin perjuicio de que continúe la tramitación del procedimiento para la definitiva fijación del precio justo (artículo 146.2º de la Ley 1/1997, de 24 de marzo).
Segundo.-Notificar la resolución aprobatoria del expediente a todos los interesados titulares de los bienes y derechos que figuran en el mismo, concediéndoles un tiempo de veinte días durante el cual podrán manifestar por escrito ante esta delegación provincial su disconformidad con la valoración establecida en el expediente aprobado, conforme dispone el artículo 145 punto 7º de la Ley 1/1997, de 24 de marzo, advirtiéndoles que transcurrido el citado plazo sin que se formulase oposición a la valoración, se entenderá aceptada la que se fijó en el acto aprobatorio del expediente, entendiéndose determinado el precio justo definitivamente y de conformidad con el artículo 145 punto 8º de la Ley 1/1997, de 24 de marzo.
Tercero.-Publicar el presente acuerdo en el DOG así como los siguientes bienes y derechos afectados por el proyecto de expropiación:
FINCA PROPIETARIO M PTAS.
SUPERFICIE
JUSTIPRECIO
INQUILINO GONZALO ALONSO MÉNDEZ 2.260.550
JOSÉ RAMÓN FERNÁNDEZ MARTÍNEZ
ETELVINO SILVA NOVOA
ISOLINA VÁZQUEZ BOÁN
ROSALÍA LORENZO PEREIRA 71,76 8.978.632
1.641.750
1.641.750
CONCEPCIÓN MARTÍNEZ COUGIL
Mª CARMEN MARTÍNEZ COUGIL
MÓNICA MARTÍNEZ IGLESIAS
0
SERAFÍN RODRÍGUEZ RODRÍGUEZ 41,01 1.193.832
USUFRUCTO MILAGROS BLANCO DÍAZ
USUFRUCTO CONCEPCIÓN RODRÍGUEZ SANTOS
MANUELA SANTOS CUQUEJO 86,62 2.448.205
MANUELA SANTOS JARDÓN
CAIXA DE AFORROS PROVINCIAL DE OURENSE 104,14 2.991.359
1
FRANCISCO CERVIÑO CASANOVA
102,36 11.493.932
2 MANUEL RODRÍGUEZ VÁZQUEZ
71,76
8.978.632
3 LUIS Y MARÍA DE LAS VICTORIAS ÁLVAREZ RODRÍGUEZ 1.993,65 56.639.768
4 ÁNGEL Y ANTONIO BARREIROS SOTO 223,55 6.802.089
5 EMILIO DELGADO SALGADO 93,07 3.755.557
6 MANUEL MARTÍNEZ COUGIL
424,71 13.573.733
7 JENSARICO VÁZQUEZ CID 26,35 653.252
8 JOSÉ FERNÁNDEZ PÉREZ Y SERAFINA GONZÁLEZ BLANCO 32,00 3.377.685
9 JOSÉ VÍCTOR FERNÁNDEZ RODRÍGUEZ 32,56 756.551
10 MILAGROS RODRÍGUEZ RODRÍGUEZ
11
MANUEL BLANCO DÍAZ
91,90 2.343.075
12 MARÍA FERNÁNDEZ TERRAZOS 149,05 3.860.545
13
MANUELA SANTOS CUQUEJO
14 CELSO GRANDE SANTO
JOSÉ ÁLVAREZ SEARA
JOSÉ REY PÉREZ14 B FELISINDO ÁLVAREZ GÓMEZ
64,80 1.874.558
FINCA PROPIETARIO M PTAS.
SUPERFICIE
JUSTIPRECIO
Mª PURIFICACIÓN DONIZ FEIJÓO
BANCO GALLEGO, S.A. ANTONIA VISPO TAÍN
CELIA MOSQUERA VARELA 1.641.750
PURIFICACIÓN FERNÁNDEZ REINOSO 95,73 2.739.446
PILAR RODRÍGUEZ IGLESIAS
Mª TERESA RODRÍGUEZ IGLESIAS
JOSÉ RODRÍGUEZ IGLESIAS AUGUSTO VAZQUEZ VÁZQUEZ AUGUSTO VÁZQUEZ VÁZQUEZ 151,9315 RAIMUNDO REINOSO PÉREZ
95,38 2.727.281
15 B ARTURO MARTÍNEZ TOUZA
59,89 1.712.291
16 CARMEN Y OLGA GONZÁLEZ CASTRO 79,47 1.828.708
17 JOSÉ VILLAR RODRÍGUEZ 121,61 2.964.285
18 MIGUEL GARCÍA FERRÓN
93,18 4.560.253
19 MANUEL RODRÍGUEZ VELO
20 JOSÉ ACEVEDO TEIJEIRA
96,40 4.358.094
21 EVENCIO FERNÁNDEZ OROZCO
247,60 7.284.063
22 EVENCIO FERNÁNDEZ OROZCO
5.245.759
23 JULIO PRIETO, S.L. 432,03 12.597.131
Asimismo, la publicación de esta resolución servirá de notificación a los propietarios desconocidos, a los que se ignore el lugar de notificación, o bien tramitada la notificación no se pudiera realizar. Todo esto de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 59.4º de la Ley 4/1999, de modificación de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común (BOE del 14 de enero de 1999).
Contra la citada resolución, que es definitiva en vía administrativa, cabe interponer con carácter potestativo el recurso de reposición ante este mismo órgano, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de la notificación de esta resolución, el recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Galicia, en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente al de la notificación de esta resolución. En todo caso no se podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que sea resuelto expresamente o se produzca la desestimación presunta del recurso de reposición.
Ourense, 20 de mayo de 1999.
José Elier Ojea Ureña
Delegado provincial de Ourense