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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 6 Martes, 10 de enero de 2012 Pág. 1616

V. Administración de justicia

Juzgado de lo Social número 5 de A Coruña

EDICTO (849/2011).

María Jesús Hernando Arenas, secretaria judicial del Juzgado de lo Social número 5 de A Coruña, hago saber que en el procedimiento despido/ceses en general 857/2011 de este juzgado de lo social, seguido a instancia de Juan Ramón Galiñanes García contra la empresa Dygra Films, S.L., sobre despido, se ha dictado la siguiente sentencia: que estimando las demandas interpuestas por el actor, Juan Ramón Galiñanes García, contra la empresa Dygra Films, S.A.:

«Debo declarar y declaro la extinción de la relación laboral que le unía con la empresa Dygra Films, S.A. a la fecha de la presente resolución. Declarando, a su vez, la improcedencia del despido, condenando a la empresa a que abone al actor la suma de 30.623,78 euros en concepto de indemnización, más 9.666,58 euros por salarios de tramitación. Condeno a la demandada a abonar al actor la cantidad de 33.833,33 por salarios y otros conceptos impagados, más el 10% por demora en el pago de la misma, condenado a la demandada a estar y pasar por esta resolución. Notifíquese esta resolución a las partes a las que se hará saber que contra la misma sólo cabe recurso de suplicación ante el Tribunal Superior de Justicia de Galicia, debiendo anunciarlo ante este juzgado en el plazo de cinco días a contar a partir de la notificación de esta sentencia, y en el propio término si el recurrente no goza del beneficio de justicia gratuita deberá al anunciar el recurso entregar resguardo acreditativo de haber consignado la cantidad objeto de condena en la cuenta de depósitos y consignaciones que este juzgado tiene abierta en Banesto de esta ciudad. E igualmente deberá en el momento de interponer el recurso consignar la suma de 150 euros en concepto de depósito especial para recurrir. Así por esta mi sentencia, definitivamente juzgando en primera instancia, lo pronuncio, mando y firmo».

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la oficina judicial, salvo el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia, o cuando se trate de emplazamiento.

Y para que sirva de notificación a la empresa Dygra Films, en ignorado paradero, extiendo y firmo el presente en A Coruña, 20 de diciembre de 2011.

La secretaria judicial