Descargar PDF Galego | Castellano

DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 32 Miércoles, 15 de febrero de 2012 Pág. 5975

IV. Oposiciones y concursos

Universidad de Santiago de Compostela

RESOLUCIÓN de 30 de enero de 2012 por la que se modifica la Resolución de 7 de julio de 2011, por la que se convocan pruebas selectivas para cubrir cuatro plazas de la categoría profesional especialista de oficios, jardinero, grupo IV1, dos por el turno de promoción interna y dos por el turno de acceso libre, vacantes en la plantilla de personal laboral de la Universidad de Santiago de Compostela (USC).

Por Resolución del día 7 de julio de 2011, publicada en el Diario Oficial de Galicia de 29 de julio de 2011, se convocan pruebas selectivas para cubrir cuatro plazas vacantes de la categoría profesional especialista de oficios, jardinero, grupo IV1, dos por el turno de promoción interna y dos por el turno de acceso libre.

Producida una modificación de la relación de puestos de trabajo aprobada en el Consejo de Gobierno de 7 de noviembre de 2011, que afecta a los requisitos exigidos para el acceso a la categoría de especialista de oficios, jardinero, es necesario hacer la siguiente modificación:

En la base 2.1.e) de la convocatoria, donde dice:

«e) Estar en posesión del curso básico de aplicador y manipulador de productos fitosanitarios y de uso ganadero».

Debe decir:

«e) Estar en posesión del curso básico de aplicador y manipulador de productos fitosanitarios y de uso ganadero, o poseer el curso básico de aplicador-manipulador de productos fitosanitarios».

Contra la presente resolución, que agota la vía administrativa, se podrá interponer un recurso contencioso-administrativo, ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Santiago de Compostela, en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de su publicación, de conformidad con lo dispuesto en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa.

No obstante, las personas interesadas podrán interponer recurso potestativo de reposición, en el plazo de un mes, ante el órgano que la dictó. En este caso no se podrá interponer el recurso contencioso-administrativo anteriormente indicado mientras no recaiga resolución expresa o presunta del recurso administrativo de reposición, al amparo del artículo 116 y seguientes de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero.

Santiago de Compostela, 30 de enero de 2012.

Juan José Casares Long
Rector de la Universidad de Santiago de Compostela