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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 79 Miércoles, 25 de abril de 2012 Pág. 15187

V. Administración de justicia

Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 3 de O Porriño

EDICTO (300/2011).

En el procedimiento de referencia se ha dictado sentencia cuyo encabezamiento y fallo son del siguiente tenor literal:

«Sentencia número 8/12.

En O Porriño a 24 de enero de 2012.

Demandantes: Adolfo Varela Rey; Germán Blanco Fernández y José Carlos Blanco Sotelo.

Procuradora: Sra. De Miguel González.

Letrado: Sr. Lago Franco.

Demandada: Zona Sur Producciones, S.L.

Fallo que estimo íntegramente la demanda presentada por la procuradora Sra. De Miguel González, en nombre y representación de Adolfo Varela Rey, Germán Blanco Fernández y José Carlos Blanco Sotelo, y condeno a la entidad Zona Sur Producciones, S.L. a abonar a los actores la cantidad de sesenta mil euros (60.000 euros), incrementada en los intereses previstos en el fundamento jurídico tercero de la presente resolución, y todo ello con expresa condena en costas a la parte demandada.

Notifíquese a las partes en legal forma.

Modo de impugnación: esta resolución no es firme, y contra la misma cabe interponer, ante este juzgado, recurso de apelación, para ante la Audiencia Provincial de Pontevedra, dentro del plazo de 20 días contados desde el día siguiente a la notificación de esta resolución.

Conforme a la disposición adicional decimoquinta de la LOPJ, para la admisión del recurso se deberá acreditar haber constituido, en la cuenta de depósitos y consignaciones de este órgano, un depósito de 50 euros, salvo que el recurrente sea beneficiario de justicia gratuita, el Ministerio Fiscal, el Estado, comunidad autónoma, entidad local u organismo autónomo dependiente.

El depósito deberá constituirlo ingresando la citada cantidad en el Banesto, en la cuenta de este expediente 1942 0000 03 030011, señalando en el campo concepto, la indicación Recurso seguida del código 02 Civil-Apelación.

Si el ingreso se hace mediante transferencia bancaria deberá incluir, tras la cuenta referida, separada por un espacio la indicación recurso seguida del código 02 Civil-Apelación.

En el caso de que deba realizar otros pagos en la misma cuenta, deberá verificar un ingreso por cada concepto, incluso si obedecen a otros recursos de la misma o distinta clase indicando, en este caso, en el campo observaciones la fecha de la resolución recurrida con el formato dd/mm/aaaa».

Y, como consecuencia del ignorado paradero de Zona Sur Producciones, S.L. se extiende el presente para que sirva de notificación de la sentencia recaída en las actuaciones.

O Porriño, 8 de marzo de 2012.

El/la secretario/a judicial