La Resolución de la Agencia Gallega de Innovación de 7 de agosto de 2012 (DOG núm. 158, de 21 de agosto) aprueba las bases y convoca, en el anexo I, las ayudas correspondientes a las prórrogas del Programa Isidro Parga Pondal 2009, al amparo de las acciones financiables por el FSE de formación de investigadores, del Plan gallego de innvestigación, innovación y crecimiento I2C (2011-2015).
En el artículo 2 del anexo I de la mencionada resolución se determinaban los requisitos que deberían cumplir los candidatos a ser contratados por los beneficiarios de las ayudas concedidas para la contratación de doctores del Programa Isidro Parga Pondal, adjudicación del año 2009.
La Comisión de Selección establecida en el artículo 9 de las bases generales de dicha resolución, en la reunión de 5 de noviembre de 2012, teniendo en cuenta los criterios de selección establecidos en las bases de la convocatoria (artículo 6 del anexo I) y los créditos disponibles, acordó:
1. Proponer la concesión de una prórroga de dos años de duración de las ayudas correspondientes al Programa Isidro Parga Pondal 2009 (anexo I de la resolución de convocatoria), adjudicadas por Resolución de la Dirección General de Investigación, Desarrollo e Innovación de 30 de diciembre de 2009 (DOG de 13 de enero de 2010), a los seis solicitantes que se relacionan en el anexo I de esta resolución.
2. Proponer la denegación de la prórroga a la solicitante del Programa Isidro Parga Pondal 2009 que se relaciona en el anexo II de esta resolución.
Consecuentemente con todo lo anterior, atendiendo a la propuesta de la Comisión de Selección y en ejercicio de las facultades que me confiere el artículo 17.3 del Decreto 50/2012, de 12 de enero, por el que se crea la Agencia Gallega de Innovación,
RESUELVO:
Primero
Conceder las ayudas correpondientes a las entidades que contraten a los seis candidatos seleccionados del Programa Isidro Parga Pondal 2009 que se relacionan en el anexo I de esta resolución.
Segundo
Denegar la ayuda correspondiente a la entidad de la candidata del Programa Isidro Parga Pondal 2009 que se relaciona en el anexo II de esta resolución.
Tercero
Las seis ayudas Parga Pondal concedidas se financiarán con cargo a las aplicaciones presupuestarias de los presupuestos generales de la Comunidad Autónoma de Galicia para los años 2013, 2014 y 2015 que seguidamente se indican, con la siguiente distribución, considerando como fecha de inicio de los contratos el 1 de enero de 2013 y su duración de dos años:
Aplicación presupuestaria |
Organismo beneficiario |
Nº plazas |
Año 2013 |
Año 2014 |
Año 2015 |
Total |
08.A3.561A.403.0 |
CSIC |
2 |
62.700 |
68.400 |
5.700 |
136.800 |
Total |
2 |
62.700 |
68.400 |
5.700 |
136.800 |
|
08.A3.561A.432.0 |
Ingacal |
1 |
31.350 |
34.200 |
2.850 |
68,400 |
Total |
1 |
31.350 |
34.200 |
2.850 |
68,400 |
|
08.A3.561A.443.0 |
Cetmar |
1 |
31.350 |
34.200 |
2.850 |
68,400 |
Total |
1 |
31.350 |
34.200 |
2.850 |
68,400 |
|
08.02.561A.480.1 |
IDICHUS |
1 |
31.350 |
34.200 |
2.850 |
68,400 |
FBCHUAC |
1 |
31.350 |
34.200 |
2.850 |
68,400 |
|
Total |
2 |
62.700 |
68.400 |
5.700 |
136.800 |
|
Total general |
6 |
188.100 |
205.200 |
17.100 |
410.400 |
Este programa está cofinanciado por el Fondo Social Europeo (FSE), en el marco del programa operativo FSE de Galicia 2007-2013, eje 3 y tema prioritario 74, con una tasa de cofinanciación del 80 %.
Cuarto. Formalización de las correspondientes prórrogas
1. Publicada la resolución en el DOG, las instituciones y entidades beneficiarias procederán a la contratación de las personas investigadoras seleccionadas mediante la formalización de la prórroga de los correspondientes contratos laborales de acuerdo con lo que establece el texto refundido del Estatuto de los trabajadores, aprobado por el Real decreto legislativo 1/1995, de 24 de marzo. En la prórroga de los contratos deberá hacerse referencia expresa a:
a) Su financiación con cargo a la prórroga del Programa Isidro Parga Pondal, nueva adjudicación 2009.
b) Fecha de inicio y duración de la correspondiente prórroga, así como la retribución bruta anual.
Quinto
El pago de las ayudas por la Agencia Gallega de Innovación a las instituciones o entidades beneficiarias se realizará de la forma indicada en el anexo I de la resolución de convocatoria.
Sexto
Todas las solicitudes para las que se propone su financiación cumplen los requisitos establecidos en las correspondientes bases da convocatoria.
Séptimo
Las propuestas que resultaron seleccionadas pasarán a formar parte de la lista pública de beneficiarios prevista en los artículos 6 y 7.2.d) del Reglamento (CE) nº 1828/2006, de la Comisión, de 8 de diciembre.
Octavo
Las entidades beneficiarias deberán cumplir las obligaciones de información y publicidad establecidas en los artículos 8 y 9 del Reglamento (CE) nº 1828/2006 y en el artículo 1, números 1) y 2), del Reglamento (CE) nº 846/2009, de la Comisión, de 1 de septiembre; particularmente deberán instalar carteles visibles al público para que la publicidad de cofinanciación del FSE llegue a los beneficiarios del programa.
Noveno
La inobservancia por parte de los beneficiarios de cualquiera de las bases establecidas en la Resolución de convocatoria de 7 de agosto de 2012 (DOG núm. 158, de 21 de agosto) supondrá la pérdida del derecho a percibir la ayuda correspondiente.
Décimo
Contra esta resolución, sin prejuicio de que las personas interesadas puedan ejercer cualquier otro que consideren procedente, podrán interponer recurso de alzada en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente a la publicación de esta resolución en el Diario Oficial de Galicia, ante el presidente de la Agencia Gallega de Innovación, según lo dispuesto en los artículos 114 y 115 de la Ley 30/1992, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común.
Santiago de Compostela, 5 de diciembre de 2012
Ricardo Capilla Pueyo
Director de la Agencia Gallega de Innovación
ANEXO I
Prórrogas concedidas del Progama Isidro Parga Pondal 2009
Centro |
1er apellido |
2º apellido |
Nombre |
NIF |
CSIC (IIM) |
Pazos |
Palmeiro |
Manuel |
32683744-P |
CSIC (MBG) |
Santiago |
Carabelos |
Rogelio |
44077564-L |
Ingacal |
Mirás |
Avalos |
José Manuel |
53163296-S |
Cetmar |
Martín |
Míguez |
Belén |
25462315-G |
IDICHUS |
García |
González |
Miguel |
76827288-C |
FCHUAC |
Mayán |
Santos |
María Dolores |
52931736-L |
ANEXO II
Prórroga denegada del Progama Isidro Parga Pondal 2009
Centro |
1er apellido |
2º apellido |
Nombre |
NIF |
FCHUAC |
Fernández |
Burguera |
Elena |
33299939-X |