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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 240 Martes, 18 de diciembre de 2012 Pág. 47070

VI. Anuncios

b) Administración local

Ayuntamiento de Vigo

ANUNCIO de las bases para los procesos selectivos para la provisión de las plazas vacantes contenidas en las ofertas de empleo público de los años 2010 y 2011.

La Junta de Gobierno Local, en sesión del día 14 de septiembre de 2012, adoptó el siguiente

acuerdo:

«Primero. Autorizar la convocatoria de los procesos selectivos para la provisión de las plazas vacantes contenidas en las ofertas de empleo público correspondientes a los años 2010 y 2011, de conformidad con las bases de las convocatorias respectivas.

Segundo. Aprobar las bases generales que regirán las convocatorias para cubrir en propiedad y contratar en régimen laboral fijo todas las plazas y puestos que se relacionan en los apartados A) y B) de dichas bases.

Tercero. Aprobar las bases específicas correspondientes a las plazas y puestos que configurarán la primera fase de esta oferta pública de empleo, que se relacionan a continuación: administrativo/a de Administración general, técnico/a de Empresas y Actividades Turísticas, técnico/a medio/a de Archivos, técnico/a de Gestión, técnico/a medio/a de Servicios Económicos, encargado/a de Obras medioambientales, técnico/a de Mantenimiento de Informática, inspector/a de Obras, Servicios e Infraestructuras, inspector/a de Sanidad, inspector/a de Control de Concesionarias, inspector/a de Consumo, inspector/a de Medio Ambiente, capataz de Vías y Obras, capataz de Jardines, capataz de Desinfección, capataz de Instalaciones Culturales, capataz de Electromecánicos y oficial de Instalaciones Municipales.

Cuarto. Contra el presente acuerdo se podrá interponer recurso potestativo de reposición en el plazo de 1 mes que cuenta desde el día siguiente al de su publicación, o bien recurso contencioso-administrativo en el plazo de 2 meses contados desde el día siguiente al de la publicación del acto que ponga fin la vía administrativa, en los supuestos, términos y condiciones de lo previsto en los artículos, 8, 25 y 46 de la vigente Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa».

Bases generales

A) Personal funcionario:

Primera. Objeto de la convocatoria

Es objeto de esta convocatoria la provisión en propiedad de plazas de funcionarios/as de carrera vacantes en la plantilla de personal del Ayuntamiento de Vigo de los años 2010 y 2011, incluidas en las ofertas de empleo público publicadas en el BOP de 4 de febrero de 2011 y el en DOG de 18 del mismo mes (oferta de empleo 2010) y, de 16 de febrero de 2012 y 28 del mismo mes, en lo que respecta a la oferta de empleo 2011, y que comprende la cobertura de las siguientes plazas de personal funcionario:

Plaza

Técnico/a de Administración general

3 plazas

Administrativo/a de Administración general

13 plazas

Auxiliar de Administración general

6 plazas

Alguacil

1 plaza

Técnico/a de Empresas y Actividades Turísticas

1 plaza

Ingeniero/a técnico/a industrial

1 plaza

Técnico/a medio/a de Archivos

1 plaza

Diplomado/a en Trabajo Social

7 plazas

Técnico/a de Gestión

1 plaza

Técnico/a medio/a de Servicios Económicos

1 plaza

Técnico/a medio/a de Igualdad

1 plaza

Encargado/a de Obras Ambientales

1 plaza

Técnico/a de Mantenimiento de Informática

1 plaza

Inspector/a de Obras, Servicios e Infraestructuras

8 plazas

Inspector/a de Sanidad

1 plaza

Inspector/a de Control de Concesionarias

3 plazas

Inspector/a de Consumo

2 plaza

Inspector/a de Medio Ambiente

3 plazas

Inspector/a Principal de Policía Local

2 plazas

Policía

23 plazas

Cabo de Extinción de Incendios

1 plaza

Bombero

4 plazas

Condutor-bombero

1 plaza

Segunda. Naturaleza y características

En cada convocatoria específica se indicarán las plazas que se reservan para turnos distintos del libre (promoción interna o cuota de discapacidad).

Tercera. Publicidad de las convocatorias

El texto íntegro de las bases generales y específicas se publicará en el Boletín Oficial de la provincia, en el Diario Oficial de Galicia y en el tablón de edictos del Ayuntamiento, sin prejuicio de la publicación de su anuncio en los diarios y boletines oficiales en que proceda, en la prensa local y en la página web municipal www.vigo.org.

Cuarta. Condiciones generales de los/as aspirantes

Para ser admitidos/as a la realización de las pruebas selectivas, de conformidad con los establecido en el artículo 56 de la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto básico del empleado público, las y los candidatos que deseen participar en el proceso selectivo deberán poseer el día de finalización del plazo de presentación de solicitudes y mantener hasta el momento de la toma de posesión, además de los que se establezcan en las respectivas bases específicas para cada una de las plazas convocadas, los siguientes requisitos:

a) Tener nacionalidad española o encontrarse comprendido en el ámbito de aplicación del artículo 57 de la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto del empleado público.

b) Tener cumplidos 16 años de edad y no exceder de la edad establecida como máxima para el ingreso en un cuerpo o escala, así como no exceder, en su caso, de la edad máxima de jubilación forzosa.

c) Estar en posesión de la titulación que se fije en las bases específicas de las respectivas convocatorias o estar en condiciones de obtenerla en la fecha en que termine el plazo de presentación de solicitudes para tomar parte en las pruebas selectivas.

d) En el caso de equivalencia u homologación, deberá justificarse con certificado expedido por el organismo competente para establecerlas y expedirlas.

e) Poseer la capacidad funcional para el desarrollo de las tareas, sin perjuicio de que sean admitidas las personas con discapacidad en igualdad de condiciones con los demás aspirantes, según lo dispuesto en la disposición adicional decimonovena de la Ley 30/1984, en la redacción dada por la Ley 53/2003, de 10 de diciembre.

Las convocatorias no establecerán exclusiones por limitaciones físicas o psíquicas, excepto que vengan establecidas por ley o que sean incompatibles con el desarrollo de las tareas o funciones correspondientes.

En la presente oferta de empleo se reserva un 5 % de las vacantes para ser cubiertas entre personas con discapacidad igual o superior al 33 %. La opción a estas plazas reservadas deberá formularse en la solicitud de participación en las convocatorias, con la aportación de declaración expresa de las personas interesadas de reunir el grado de discapacidad requerido, acreditado mediante certificado expedido al efecto por los órganos competentes del Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales o, en su caso, de la Comunidad Autónoma. En la propia solicitud el/la interesado/a deberá reflejar las necesidades específicas que tenga para acceder al proceso selectivo en igualdad de condiciones que el resto de los aspirantes. Igualmente deberá acreditarse, mediante certificado expedido al efecto por los órganos competentes, la compatibilidad del grado de discapacidad con el puesto de trabajo al que se solicita concurrir.

En todo caso, para el desarrollo del proceso selectivo con plena garantía del derecho de acceso a la función pública en condiciones de igualdad, se observará lo dispuesto en el Real decreto 2271/2004, de 3 de diciembre, por el que se regulan el acceso al empleo público y la provisión de puestos de trabajo de las personas con discapacidad, así como la normativa vigente en materia de función pública de concordante aplicación.

Para resolver, los órganos de selección podrán requerir informe y, de ser el caso, colaboración de los órganos técnicos competentes de la Administración laboral o sanitaria de la Xunta de Galicia.

f) No estar separado/a del servicio en ninguna Administración pública en virtud de expediente disciplinario, ni encontrarse inhabilitado/a por sentencia firme para el ejercicio de funciones públicas.

g) No encontrarse incurso/a en ninguna de las causas de incapacidad o incompatibilidad que determine la legislación vigente.

h) Justificante de haber ingresado la tasa para participar en los procedimientos de selección y promoción de personal.

El ingreso de la tasa se exigirá en régimen de autoliquidación, utilizando el impreso normalizado que se podrá obtener telemáticamente, a través de la página web del Ayuntamiento de Vigo (https://cdixital.vigo.org/expedientes/formularios/autoliq_oposiciones.jsp), o bien presencialmente en la Oficina de Información del Ayuntamiento de Vigo sita en la planta baja de la Casa Consistorial.

Una vez obtenido el impreso de autoliquidación, los/as interesados/as deberán ingresar el importe que corresponda, que se podrá realizar telemáticamente o en cualquier entidad de depósito autorizada.

A estos efectos, las cantidades establecidas en la vigente ordenanza son las siguientes:

– Plazas integradas en el grupo A, subgrupos A1 y A2: 34,15 euros.

– Plazas integradas en el grupo C, subgrupos C1 y C2: 19,10 euros.

– Plazas integradas en el subgrupo transitorio E: 19,10 euros.

Las referidas cuantías se actualizarán en aplicación de la ordenanza municipal aprobada por el Pleno de la corporación para cada ejercicio económico.

i) Cualquier otro requisito que se fije en las bases específicas de cada convocatoria.

En el caso de que se trate de funcionarios/as de carrera de este ayuntamiento, la anterior documentación se sustituirá por original o copia compulsada del título exigido para el acceso a la plaza y certificado expedido de oficio, en el cual se haga constar que el/la interesado/a cumple las condiciones para participar exigidas en la convocatoria y, en todo caso, carta de pago de los derechos de examen.

Todos los requisitos anteriores deberán tenerse en el mismo momento de terminar el plazo de admisión de solicitudes y se conservarán, al menos, hasta la fecha de nombramiento.

Quinta. Forma de presentación de la documentación a aportar para la fase de concurso

En el supuesto de la promoción interna, y cuando el sistema de selección sea el de concurso-oposición, los/as aspirantes deberán presentar, junto con la solicitud y, en todo caso, antes de la finalización del plazo de presentación de instancias, la documentación acreditativa de los méritos que aleguen de los establecidos en el correspondiente baremo, a través de original o copia compulsada, junto con una vida laboral actualizada expedida por la Administración de la Seguridad Social, donde consten los períodos alegados como experiencia profesional.

Para la justificación de los méritos el/la aspirante que deba aportar documentación procedente de otros organismos oficiales que no se la hubiesen facilitado antes de la finalización del plazo de presentación de instancias, deberá aportar en dicho plazo la correspondiente solicitud o copia compulsada, junto con una declaración comprometiéndose a presentarla en los dos días siguientes a aquel en el que le fuese expedida. En todo caso, no procederá su valoración si no hubiese sido presentada antes de la fecha de la sesión de valoración del concurso.

El órgano de selección podrá solicitar que se complete o aclare la documentación presentada para justificar los méritos alegados, pero no pedir nueva documentación para acreditar méritos solo alegados.

Como excepción, si el mérito que se alega es haber prestado servicios en el Ayuntamiento de Vigo, bastará con hacerlo constar en declaración jurada que se presentará junto con la solicitud y en la cual figure la fecha o fechas de inicio y finalización de los servicios al Ayuntamiento y el departamento, servicio o unidad en la que se prestaron.

En caso contrario, se deberá aportar la correspondiente certificación de los servicios prestados por parte del/de la aspirante.

Sexta. Presentación de solicitudes

Las solicitudes se dirigirán al alcalde-presidente del Ayuntamiento de Vigo y se presentarán en el Registro General en el plazo de 20 días naturales a partir del siguiente a aquel en el que aparezca el anuncio de la convocatoria en el Boletín Oficial del Estado para personal funcionario y laboral y anuncio de la convocatoria en el Boletín Oficial de la provincia para personal laboral por el turno de promoción interna. La solicitud contendrá, al menos, los datos personales del/de la solicitante, dirección, núm. de teléfono fijo/móvil, dirección de correo electrónico y la denominación de la plaza convocada a la cual opta, junto con una copia del DNI y justificación del pago de los derechos de examen.

En ningún caso la presentación del pago de la tasa por derechos de examen supondrá la sustitución del trámite de presentación de solicitud. Asimismo, la falta de pago de los derechos de examen dentro del plazo reglamentario de presentación de solicitudes no podrá ser objeto de subsanación y determinará la exclusión del/de la aspirante.

Los modelos normalizados de solicitud estarán a disposición de las y de los solicitantes en el servicio de Información del Ayuntamiento y en la página web municipal (http://www.vigo.org).

Asimismo, también se podrán presentar en las demás formas que determina el artículo 38 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y de procedimiento administrativo común.

Las solicitudes suscritas por españoles en el extranjero se podrán cursar en el plazo señalado a través de las representaciones diplomáticas o consulares españolas correspondientes, que las remitirán seguidamente al organismo competente.

En la solicitud deberá hacerse constar expresamente el turno por el que se presenta el/la aspirante cuando se convoque conjuntamente (libre, promoción interna o reserva para aspirantes con discapacidad).

Cuando sea necesaria la adaptación de tiempos, se llevará a cabo de conformidad con lo dispuesto en la Orden PRE/1822/2006, de 9 de junio, por la que se establecen criterios generales para adaptación de tiempos adicionales en los procesos selectivos para el acceso al empleo público de personas con discapacidad y normativa concordante de aplicación.

Séptima. Admisión

Finalizado el plazo de presentación de instancias, en el plazo máximo de dos meses la Junta de Gobierno Local adoptará acuerdo en el que se apruebe la lista provisional de aspirantes admitidos/as y excluidos/as con los motivos de la exclusión, así como el lugar y la fecha de la realización de las pruebas y la designación del órgano de selección.

La resolución se publicará en el Boletín Oficial de la provincia y en el tablón de edictos de la corporación, así como en la página web del ayuntamiento, y contendrá la indicación de que las listas certificadas completas de admitidos/as y excluidos/as están expuestas al público en dicho tablón de edictos junto con la composición del órgano de selección. Se concede un plazo de 10 días a partir del siguiente al de la publicación de la resolución en el Boletín Oficial de la provincia, para la corrección, por parte de quien hubiese sido excluido/a, de los defectos a que alude al artículo 71 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, modificada por la Ley 4/1999, así como para promover la recusación de los miembros de los órganos de selección. La publicación de dicha resolución en el Boletín Oficial de la provincia será determinante a los efectos de posibles impugnaciones y recursos, de conformidad con lo previsto en la invocada ley.

La lista provisional se elevará a definitiva por el transcurso del plazo de reclamaciones, si no las hubiese. En caso contrario, se expondrá de nuevo la lista definitiva, en el mismo lugar que la provisional, así como la resolución de las solicitudes de abstención o recusación, sin necesidad de nuevo anuncio en los diarios oficiales, en un plazo máximo de un mes a partir de la finalización del plazo de reclamaciones.

El hecho de figurar incluido/a en la relación de admitidos/as no presupone que se les reconozca a los/las interesados/as la posesión de los requisitos exigidos en el procedimiento selectivo convocado, los cuales deberán ser justificados documentalmente en el supuesto de que los/as aspirantes admitidos/as superen las pruebas selectivas.

Octava. Órgano de selección

El órgano de selección deberá acordar en la sesión constitutiva el número máximo de sesiones, incidencia que se recogerá en la correspondiente acta, y solo se podrá ampliar por causa justificada mediante nuevo acuerdo, debidamente motivado.

8.1. Composición.

El órgano de selección de las pruebas selectivas tendrá carácter colegiado y estará integrado por 5 miembros, un/una presidente/a, un/una secretario/a y tres vocales, así como los respectivos suplentes, designados por el concejal-delegado del Área de Gestión Municipal.

La pertenencia a los órganos de selección será siempre a título individual y no podrá ejercerse ésta en representación por cuenta de nadie.

La composición de los órganos de selección será predominantemente técnica, y todos los miembros deberán contar con un nivel de titulación o especialización igual o superior a la exigida para el acceso a la plaza; no podrá formar parte el personal de elección o designación política, los funcionarios interinos y el personal eventual.

Le corresponde a la presidencia acordar las convocatorias de las sesiones ordinarias y extraordinarias, presidir las sesiones, moderar el desarrollo de los debates y suspenderlos por causas justificadas, asegurar el cumplimiento de las leyes, dirimir con su voto los empates en los términos legalmente previstos, visar las actas y certificaciones de los acuerdos del órgano de selección y los demás que le otorgue la legislación vigente.

El/la secretario/a, que intervendrá con voz y sin voto, desempeñará funciones de asesoramiento legal al órgano de selección, custodia de los exámenes y actas, elaboración de actas de los acuerdos e informe jurídico en relación con los recursos administrativos que se puedan presentar contra los actos y acuerdos del órgano de selección. Igualmente, deberá realizar las funciones previstas en el artículo 25 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, modificada por la Ley 4/1999.

8.2. Asesores especialistas.

El órgano de selección podrá contar con asesores/as especialistas para la realización de todas o alguna de las pruebas, éstos/as colaborarán con el órgano de selección exclusivamente en el ejercicio de sus especialidades técnicas y deberán comparecer a título individual, con voz y sin voto.

8.3. Asistencia técnico-administrativa.

Los órganos de selección contarán con la asistencia técnico-administrativa del personal del Servicio de Recursos Humanos, con funciones vinculadas al desarrollo de los distintos ejercicios previstos. Dichas funciones se ejercerán siempre de acuerdo con las instrucciones recibidas del órgano de selección, tras el acuerdo adoptado por éste en la sesión constituyente y documentado en la correspondiente acta.

8.4. Reglas de funcionamiento.

8.4.1. Constitución del órgano de selección.

Cada presidente/a convocará a los demás miembros de su órgano de selección, con indicación del lugar, fecha y hora de constitución.

Para la válida constitución del órgano de selección a los efectos de la realización de las distintas pruebas, deliberaciones, calificaciones y adopción de acuerdos, se requerirá, en cualquier caso, la presencia del presidente y del secretario o, en su caso, de quien los sustituya, y más de la mitad, al menos, de los vocales integrantes.

En el caso de vacante por ausencia, enfermedad o cualquier otra causa legal, el/la presidente/a será sustituido/a, según lo dispuesto en la resolución que lo/la nombró. En el caso de que tampoco pueda concurrir la persona sustituta, le corresponderá la presidencia del órgano de selección al vocal de mayor antigüedad y de más edad, de entre sus miembros.

En el caso de vacante por ausencia, enfermedad o cualquier otra causa legal, el/la secretario/a será sustituido/a, según lo dispuesto por el órgano que lo/la nombró. En el caso de que tampoco pueda concurrir la persona sustituta, corresponderá la función de secretario a uno de los vocales, tras el acuerdo adoptado por el órgano de selección en la primera sesión tras su constitución.

Las resoluciones del órgano de selección vinculan a la Administración, sin prejuicio de que ésta, en su caso, pueda proceder a su revisión, conforme a los previsto en el artículo 102 y siguientes de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común.

Contra las resoluciones y actos del órgano de selección y sus actos de trámite cualificados se podrán interponer los recursos que legalmente procedan en derecho.

El órgano de selección adaptará el tiempo y los medios de realización de los ejercicios de los/las aspirantes con discapacidad, de forma que se garantice la igualdad de oportunidades con los demás participantes, en los términos establecidos en la normativa vigente.

8.4.2. Ausencias temporales de los miembros del órgano de selección.

Una vez constituido válidamente el órgano de selección, cuando alguno de sus miembros se ausente durante la realización o corrección de las pruebas, el/la secretario/a lo hará constar en la correspondiente acta.

Si la ausencia tiene lugar durante la corrección mediante lectura pública de un ejercicio, el/la secretario/a deberá hacer constar expresamente tal circunstancia en el acta; el/la vocal ausente no podrá otorgar puntuación al ejercicio realizado.

8.4.3. Abstención y recusación.

Los miembros del órgano de selección se deberán abstener de intervenir, y lo notificarán al órgano que los designe, cuando concurran en ellos circunstancias de las previstas en el artículo 28 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, así como cuando hubiesen realizado tareas de preparación de aspirantes a pruebas selectivas de acceso en los cinco años inmediatamente anteriores a la publicación de esta convocatoria, conforme a lo dispuesto en el artículo 13.2 del Real decreto 364/1995, de 10 de marzo, del Reglamento general de ingreso.

Asimismo, las personas interesadas podrán recusar a los miembros del órgano de selección cuando, a su juicio, concurra en ellas alguna de las circunstancias previstas en el párrafo anterior, conforme a lo establecido en el artículo 29 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común.

8.4.4. Publicidad.

Todas las actuaciones del órgano de selección se publicarán en el tablón de edictos de la corporación y en el de anuncios del lugar donde se lleven a cabo las pruebas, así como en la página web del Ayuntamiento.

8.4.5. Propuesta de nombramiento.

El órgano de selección no podrá proponer el acceso a la condición de funcionario o declarar que superó las pruebas un número de aspirantes superior al de las plazas que se convocan, salvo cuando así lo determine la propia convocatoria.

Con todo, siempre que los órganos de selección hubiesen propuesto el nombramiento de igual número de aspirantes que el de plazas convocadas, y con el fin de asegurar la cobertura de éstas, cuando se produzcan renuncias de aspirantes seleccionados, antes de su nombramiento o toma de posesión, el órgano convocante podrá requerir del órgano de selección una relación complementaria de aspirantes que sigan a los propuestos, para su posible nombramiento como funcionarios de carrera o personal laboral fijo, en los términos de lo establecido en la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto básico del empleado público.

8.4.6. Derechos económicos de los miembros del órgano de selección.

La categoría de cada órgano de selección, y los consiguientes derechos económicos por la asistencia a las distintas sesiones, se regularán por lo dispuesto en el Real decreto 462/2002, de 24 de mayo, sobre indemnizaciones por razón de servicio.

Los derechos económicos de los asistentes a los órganos de selección, técnicos especialistas y administrativos se regirán también por dicho real decreto, y percibirán la misma cantidad que la correspondiente a un vocal, siempre que su asistencia hubiese sido requerida por el/la presidente/a del citado órgano y así conste expresamente en el acta.

Estas mismas normas regirán en cuanto a la determinación del número máximo de asistencias para cada proceso selectivo, que determinará el presidente del órgano de selección, una vez conocido el número de aspirantes admitidos.

Las asistencias se devengarán por cada sesión realizada, con independencia de si la misma se extiende a más de un día. En el caso de que en un mismo día se realice más de una sesión, se devengará únicamente una asistencia.

Novena. Comienzo de los ejercicios

El comienzo de los ejercicios deberá anunciarse con 15 días de antelación en el Boletín Oficial de la provincia y en el tablón de edictos de la corporación, atrasándose la fecha de inicio de las pruebas para cumplir dicho plazo si fuera preciso.

Los ejercicios y las pruebas se practicarán en llamamiento único. La no presentación de un/a aspirante a cualquiera de los ejercicios en el momento de ser llamado/a determinará automáticamente el decaimiento de su derecho a participar en el mismo ejercicio y en los sucesivos, quedando excluido/a, en consecuencia, del procedimiento selectivo. Deberán presentarse para la realización de cada ejercicio provistos/as del DNI o documento fidedigno acreditativo de su identidad, a juicio del órgano de selección, así como de los medios materiales adecuados y necesarios para la práctica de las pruebas.

En los concursos-oposiciones relativos a plazas reservadas para la promoción interna se comenzará por la fase de concurso. El órgano de selección se reunirá con la antelación necesaria para que se cumpla la fecha de realización de los ejercicios y pruebas.

La calificación de la fase de concurso y de los ejercicios de la oposición, así como la relación de aprobados por orden de puntuación, se publicará en el tablón de edictos y en el de anuncios del lugar donde se realicen, así como en la página web municipal.

Décima. Sistemas de selección

Con carácter general se establecerá la oposición libre, salvo para el turno de promoción interna, para el cual se establece el sistema de concurso-oposición.

Cuando el sistema de selección sea el concurso-oposición, se regirá por las siguientes normas:

10.1. Fase de oposición.

Salvo que por disposición legal, reglamentaria o en las bases específicas se disponga otra cosa, la fase de oposición constará como mínimo de 2 ejercicios, uno teórico y otro práctico.

El ejercicio teórico se realizará con carácter general por escrito. Asimismo, el órgano de selección podrá acordar la lectura de los ejercicios por los/las aspirantes una vez finalizada su realización, siempre en sesión pública; en el caso de que el ejercicio sea eliminatorio el/la aspirante que no acuda a la lectura pública será declarado no apto/a y, por lo tanto, eliminado/a del proceso selectivo.

La forma de practicarse el ejercicio será acordada por el órgano de selección en cada caso, en función de las características de la plaza y lo previsto en las bases específicas de cada convocatoria.

En el ejercicio práctico el órgano de selección podrá proponer los casos prácticos que se señalen en las bases específicas de cada convocatoria, siempre relacionados con las materias del temario específico, y con base en ellos, establecer su duración, sin prejuicio de lo que se pueda establecer en las bases específicas. Asimismo, cuando las características de este ejercicio requieran el uso de legislación, no se permitirá el manejo de textos comentados ni libros de formularios.

La solución de los casos prácticos o, al menos, los criterios para su evaluación, deberán ser fijados por el órgano de selección antes de iniciar el examen, y constar en la correspondiente acta.

También podrá realizar una prueba de informática y/o conocimiento de idiomas oficiales de la Unión Europea, adecuada al nivel de titulación y funciones de la plaza, y que figurará en las bases específicas.

Además se realizará una prueba de conocimiento de la lengua gallega, que fijará el órgano de selección atendiendo a la categoría y a las funciones de la plaza, sin prejuicio de lo establecido reglamentariamente o en las bases específicas de cada convocatoria.

Estarán exentos de la realización de este ejercicio los/las aspirantes que acrediten en el plazo reglamentario de presentación de solicitudes, poseer el título Celga o equivalente debidamente homologado, correspondiente al nivel de estudios exigido para participar en las pruebas selectivas de que se trate, según la Orden de 16 de julio de 2007, por la que se regulan los certificados oficiales acreditativos de los niveles de conocimiento de la lengua gallega (anexo I) a los cuales se les asignará 2 puntos.

Las y los aspirantes que aleguen estar exentos de este ejercicio deberán aportar en el plazo reglamentario de presentación de solicitudes, copia compulsada de dicho título o equivalente correspondiente.

Los ejercicios teórico y práctico se calificarán con un máximo de 10 puntos cada uno y quedará eliminado quien no obtenga un mínimo de 5 puntos en cada uno de ellos.

La prueba de informática se calificará con un máximo de 2 puntos, y la/el aspirante que no obtenga un mínimo de 1 punto está obligado/a a participar en el primer curso que realice el ayuntamiento, con el fin de obtener la debida capacitación, salvo que en las bases específicas se disponga otra cosa.

La prueba de conocimiento de lengua gallega y, en su caso, la de idiomas oficiales de la Unión Europea, se calificarán con un máximo de 2 puntos.

La/el aspirante que no hubiese obtenido 1 punto, como mínimo, en esta prueba deberá participar en el primer curso de lengua gallega que realice la Secretaría General de Política Lingüística u organismo autonómico competente, con el fin de obtener la debida capacitación.

La puntuación obtenida en la fase de concurso no podrá exceder el 40 % del total de la puntuación máxima alcanzable en la fase de oposición.

La suma de las puntuaciones obtenidas en la fase de concurso, con el límite expuesto en el párrafo anterior, en los ejercicios de oposición y en las pruebas de conocimiento de informática y de lengua gallega, supondrá la puntuación total de la prueba selectiva, que servirá para elaborar la relación de personas aprobadas por orden de puntuación.

La puntuación de cada aspirante en los diferentes ejercicios será la media aritmética de las calificaciones de todos los miembros del órgano de selección asistentes a la sesión. No se tendrán en cuenta la puntuación más alta y la más baja (solo una de ellas en caso de empate), siempre que entre ellas exista una diferencia de 3 puntos o más.

Según los grupos a los que pertenezcan las plazas, el número de temas para el turno libre será, como mínimo, el siguiente, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 8 del Real decreto 896/1991, de 7 de junio:

– Subgrupo A1: 90 temas.

– Subgrupo A2: 60 temas.

– Subgrupo C1: 40 temas.

– Subgrupo C2: 20 temas.

– Agrupaciones profesionales: 10 temas.

Para el turno de promoción interna, establece el siguiente número mínimo de temas:

– Subgrupo A1: 90 temas.

– Subgrupo A2: 50 temas.

– Subgrupo C1: 15 temas.

– Subgrupo C2: 8 temas.

– Agrupaciones profesionales: 5 temas.

Si los exámenes no fuesen corregidos a la finalización de la prueba, se introducirán en un sobre que se cerrará y sellará; sobre el precinto firmarán todos los miembros del órgano de selección presentes, así como, siempre que fuese posible, un número similar de aspirantes. El sobre quedará bajo custodia del/de la secretario/a para su apertura al inicio de la sesión en que se corrijan.

El orden de puntuación de los miembros del órgano de selección será el que se acuerde con anterioridad a la corrección de los ejercicios y deberá hacerse constar en el acta.

Los miembros del órgano de selección solo podrán calificar los exámenes en que tuviesen una intervención directa en su corrección, conforme a lo dispuesto en la base 8.4.2.

En el caso de empate, el desempate se resolverá a favor del/ de la aspirante con mayor puntuación en la fase de oposición; de persistir el empate, por el que obtuviese mayor puntuación en el epígrafe de conocimientos o experiencia profesional. De seguir persistiendo el empate, la/el de mayor edad.

En aquellos ejercicios en los que sea preciso establecer un orden de actuación de los/las aspirantes, el órgano de selección, antes del primer ejercicio de la oposición y en sesión pública, efectuará el sorteo para establecer dicho orden.

10.2. Fase de concurso.

Para la calificación de la fase de concurso regirá el siguiente baremo de méritos, salvo que legalmente se exija otro:

a) Conocimiento y experiencia profesional:

Se valorará con 0,10 puntos por cada fracción de seis meses, hasta un máximo de 2 puntos. Se deberá acreditar que corresponden a funciones propias de la plaza a la que se aspira, y se justificarán con certificación de servicios prestados expedida por el organismo oficial en el que se prestaron y vida laboral expedida por la Tesorería General de la Seguridad Social, a la cual se deberá adjuntar contrato de trabajo inscrito en el Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) o nóminas, si los servicios se prestaron en empresas privadas, en los cuales se pueda comprobar que las funciones o tareas realizadas se corresponden con las de la plaza.

b) Por participación en cursos homologados, acreditado mediante el correspondiente certificado de asistencia, los cuáles sean expedidos por un organismo oficial, centro homologado para impartirlos o colegio profesional, y que tengan relación directa con las funciones de cualquiera de los puestos a los que se adscriba la plaza.

En el caso de centros o cursos homologados, en la certificación que el/la aspirante presente dentro del plazo establecido para esto, deberá constar la resolución expresa de homologación.

En las convocatorias específicas podrá figurar la relación de cursos con derecho a ser valorados.

Para que los cursos puedan ser evaluados deberán tener relación directa con las funciones de los puestos a los que puedan ser adscritos los titulares de la plaza, relación que establecerá motivadamente el órgano de selección en la sesión en la que tenga lugar a valoración de los méritos de los/las aspirantes en la fase de concurso.

Si se trata de personal de oficios, también computarán como mérito los cursos impartidos por el Servicio Público de Empleo Estatal u organismo que lo sustituya en las distintas comunidades autónomas, siempre que tengan relación directa con las funciones del puesto al que se aspira. Asimismo, también se podrán valorar los de otros organismos oficiales competentes para impartir los cursos propios de cada oficio y los derivados de los acuerdos nacionales de formación continua (FORCEM) impartidos por sindicatos o confederaciones de empresarios, siempre y cuando tengan relación directa con las funciones del puesto al que se aspira.

– Por cada curso de 60 horas de duración o, en su defecto, 10 jornadas como mínimo: 0,60 puntos.

– Por cada curso entre 30 y 59 horas de duración o, en su defecto, de 5 a 9 jornadas: 0,40 puntos.

– Por cada curso entre 10 e 29 horas de duración o, en su defecto, entre 2 y 4 jornadas: 0,20 puntos.

– Por cada curso en el que no se especifique la duración o inferior a dos jornadas: 0,10 puntos.

Respeto a la acreditación del conocimiento de la lengua gallega, solo podrán ser valorados:

– Por superar el curso de lenguaje jurídico-administrativo medio: 0,25 puntos.

– Por superar el curso de lenguaje jurídico-administrativo superior: 0,50 puntos.

Se puntuará solo el superior alegado y justificado como mérito.

La puntuación máxima por esta epígrafe no podrá exceder los 3 puntos.

c) Titulaciones o certificados de estudios reglamentados que tengan relación con las funciones de la plaza:

– Por cada título expedido por el Ministerio de Educación, Cultura y Deporte, excluido el necesario para el acceso a la plaza y los que sirvieron para obtener los superiores que se alegan como mérito: 1 punto si son superiores a los del grupo de titulación de la plaza; 0,50 puntos si son del mismo nivel.

– Por cada título expedido por otros organismos oficiales con los mismos requisitos anteriores: 0,50 puntos.

En este último caso deberá acreditarse fidedignamente que la duración de los estudios necesarios para obtener el título es, como mínimo, de un curso académico o en su defecto, nueve meses.

La puntuación por este epígrafe no podrá exceder de 2 puntos.

Décimo primera. Calendario para la realización de las pruebas

Para su inicio se estará a lo dispuesto en la base novena.

Entre la realización de cada uno de los ejercicios de la oposición (excluidos los no eliminatorios) deberá transcurrir un mínimo de 48 horas y un máximo de 40 días.

Una vez comenzados los ejercicios de los procesos selectivos, no será obligatoria la publicación de los sucesivos anuncios de realización de las restantes pruebas en el Boletín Oficial de la provincia. Será suficiente con la publicación por el órgano de selección en la dirección web municipal y en el tablón de edictos del ayuntamiento y, en su caso, en los locales o instalaciones donde se hubiese realizado la prueba anterior con, al menos, 12 horas de antelación al comienzo cuando se trate del mismo ejercicio, y de 24 horas si es uno nuevo.

Décimo segunda. Turno de promoción interna

La selección por este turno se regirá por las mismas bases que en el turno libre con las siguientes especificidades:

12.1. La promoción interna consiste en el ascenso desde cuerpos o escalas de un subgrupo de titulación a otro del inmediato superior, o en el acceso a cuerpos o escalas del mismo grupo de titulación, siempre que se trate de plazas de contenido similar y se haga constar en las convocatorias específicas. En cualquier caso, la promoción interna se regirá por el dispuesto en el título V del Real decreto 364/1995, de 10 de marzo, del Reglamento general de ingreso y normativa de concordante aplicación.

12.2. Régimen de promoción interna:

a) Podrán participar en las pruebas de promoción interna el personal municipal encuadrado en el cuadro de personal de este ayuntamiento que no se encuentre en situación administrativa de suspensión firme, siempre que tengan una antigüedad de, al menos, 2 años en el cuerpo o escala a la que pertenezcan el día de la finalización del plazo de presentación de las solicitudes de participación, y poseer la titulación y el resto de los requisitos establecidos con carácter general para el acceso al cuerpo o escala en el cual aspiran ingresar.

b) Se establece como sistema de promoción el concurso-oposición, salvo que por imperativo legal se exija otro.

c) En la fase de concurso regirá el siguiente baremo, salvo que legalmente se exija otro o que en las bases específicas se establezca otro diferente:

1. Antigüedad. Por cada año, o después del primer año una fracción superior a seis meses integrado en el grupo o escala de origen: 0,30 puntos, hasta un máximo de 3 puntos.

2. Por participación en cursos impartidos por el Instituto Nacional de Administración Pública, Escuela Gallega de Administración Pública, cursos oficiales derivados del cumplimiento de los acuerdos de formación continua de administraciones públicas (I, II, III y IV AFCAP), dentro de su labor de formación y capacitación permanente del personal, Centro de Estudios Judiciales y Seguridad Pública de Galicia u otros organismos oficiales competentes para impartir los cursos, cursos incluidos en los planes anuales de formación del ayuntamiento, siempre que el certificado de asistencia lo expida el ayuntamiento y cursos impartidos por colegios profesionales y centros homologados.

Si se trata de personal de oficios también computarán como mérito los cursos impartidos por el Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) u organismo que lo sustituya en las distintas comunidades autónomas siempre que tengan relación directa con las funciones del puesto al que se aspira. Asimismo, también se podrán valorar los impartidos por otros organismos oficiales competentes para impartir los cursos propios de cada oficio y los derivados de los acuerdos nacionales de formación continua (FORCEM) impartidos por sindicatos o confederación de empresarios, siempre y cuando tengan relación con las funciones del puesto al que se aspira.

– Por cada curso de 60 horas de duración o, en su defecto, 10 jornadas como mínimo: 0,60 puntos.

– Por cada curso entre 30 y 59 horas de duración o, en su defecto, de 5 a 9 jornadas: 0,40 puntos.

– Por cada curso entre 10 y 29 horas de duración o, en su defecto, entre 2 y 4 jornadas: 0,20 puntos.

– Por cada curso en el que no se especifique la duración o inferior a dos jornadas: 0,10 puntos.

Los cursos de conocimiento de la lengua gallega se valorarán de la siguiente manera:

– Por superar el curso o validación de iniciación/Celga 3: 0,25 puntos.

– Por superar el curso o validación de perfeccionamiento/Celga 4, o curso básico de lenguaje jurídico-administrativo: 0,50 puntos.

– Por superar el curso de lenguaje jurídico-administrativo medio: 0,75 puntos.

– Por superar el curso de lenguaje jurídico-administrativo superior: 1 punto.

Se puntuará solo el superior alegado y justificado como mérito.

En el caso de centros o cursos homologados, en la certificación que el/la aspirante presente dentro del plazo establecido para ello, deberá constar la resolución expresa de homologación.

Para que los cursos puedan ser valorados deberán tener relación directa con las funciones de los puestos a los que puedan ser adscritos los titulares de la plaza, relación que establecerá motivadamente el órgano de selección en la sesión en la que tenga lugar la valoración de los méritos de los/las aspirantes en la fase de concurso.

En las convocatorias específicas podrá figurar la relación de cursos con derecho a poder ser valorados.

La puntuación máxima por este apartado no podrá exceder de 3 puntos.

3. Titulaciones académicas:

3.1. Por estar en posesión de titulación superior a la exigida para el acceso a la plaza: 1 punto (solo se puntuará una como máximo).

3.2. Por estar en posesión de otras titulaciones del mismo nivel que el exigido para el ingreso en la plaza, como mínimo, excluida la que sirvió para obtener la que se alega como mérito, siempre que tenga relación directa con las funciones de los puestos a los que se pueda adscribir la plaza según la RPT vigente: 1 punto.

La puntuación máxima por este apartado no podrá exceder de 2 puntos.

e) Fase de oposición.

Se aplicarán las mismas previsiones que en el turno libre.

No obstante, los ejercicios de los aspirantes por este turno estarán dirigidos preferentemente a comprobar el conocimiento de la plaza a la que se aspira promocionar, por lo que el número mínimo de temas será el previsto en la base X, apartado 1).

Por este turno no se realizarán exámenes de conocimiento de la lengua gallega, salvo que las bases específicas establezcan lo contrario.

Los aspirantes provenientes de este turno tendrán preferencia para elegir destino entre las vacantes existentes.

Décimo tercera. Presentación de documentación

Teniendo en cuenta que las/los aspirantes para tomar parte en las pruebas solo precisan manifestar en su instancia que reúnen todas y cada una de las condiciones exigidas en la base IV anterior –excepto el DNI, la carta de pago de los derechos de examen y los documentos que justifiquen los méritos que deban ser tenidos en cuenta en la fase de concurso– los/las aspirantes propuestos/as para ocupar las plazas convocadas entregarán en el Servicio de Recursos Humanos, dentro del plazo de 20 días naturales contados desde que se haga pública la relación de aprobados, los documentos que justifiquen las condiciones de capacidad y demás requisitos contenidos en la base cuarta.

La justificación de las condiciones de los aspirantes se acreditarán con la siguiente documentación: las de los apartados a) y b) mediante fotocopia del DNI o tarjeta acreditativa de su identidad en el caso de extranjeros, debidamente compulsados por ambos lados; las de los apartados c) y d) con el título oficial o copia autenticada y, en su defecto, resguardo de haber efectuado el depósito para obtenerlo (en el caso de titulaciones expedidas por organismos extranjeros deberá aportarse certificación del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte en la que se haga constar su equivalencia con la exigida para el acceso); la del apartado e) deberá acreditarse a través de la superación del correspondiente reconocimiento médico que contará, con carácter general, con la amplitud necesaria para acreditar que no padece enfermedad o defecto físico que le impida el desarrollo de las funciones del cargo, y sin perjuicio de las pruebas concretas que puedan exigirse en las bases específicas de cada convocatoria. Si no se exigiese el anterior requisito, el/la aspirante deberá aportar certificado médico oficial al efecto; las de los apartados f) y g) con declaración jurada.

Si dentro del plazo indicado las/los aspirantes propuestos no presentaran la documentación o no reunieran los requisitos exigidos, no podrán ser nombrados/as, sin perjuicio de las responsabilidades en que puedan incurrir por falsedad.

Quien tuviera la condición de empleado/a público/a está exento/a de presentar la documentación acreditativa de condiciones y requisitos ya acreditados en el momento de su toma de posesión, y la sustituirá por un certificado al efecto del organismo en el que prestó sus servicios, salvo que sea en el ayuntamiento de Vigo, que se hará de oficio.

Décimo cuarta. Período de prácticas y cursos selectivos

En las convocatorias específicas se podrá establecer la realización de un período de prácticas o de un curso selectivo por parte de los/las aspirantes aprobados, durante el cual serán nombrados/as funcionarios/as en prácticas.

Por resolución motivada del órgano convocante los/las aspirantes que no superen el período de prácticas o curso selectivo, de acuerdo con el procedimiento de calificación previsto en la convocatoria, perderán todos sus derechos a ser nombrados/as funcionarios/as de carrera.

Se podrán incorporar, en todo caso, al curso inmediatamente siguiente que se realice con la puntuación asignada al último de los participantes en aquel. De no superarlo tampoco, perderán todos sus derechos a ser nombrados funcionarios de carrera.

Décimo quinta. Nombramiento

Finalizado el proceso selectivo y el período de prácticas o curso selectivo, en su caso, los/las que lo superen serán nombrados/as funcionarios/as de carrera.

Los nombramientos se publicarán en el Diario Oficial de Galicia.

Décimo sexta. Toma de posesión

La formalización de la toma de posesión se efectuará en el plazo de un mes a partir de la publicación del nombramiento de los/las interesados/as, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 47.4 del Decreto legislativo 1/2008, de 13 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de la función pública de Galicia.

Quien no lo haga sin causa justificada será declarado/a en situación de cesante y, consecuentemente, decaído/a en su derecho a ser nombrado/a funcionario/a de carrera por falta de materialización de la toma de posesión en el plazo otorgado al efecto.

Previamente deberán prometer o jurar el cargo en la forma establecida en el artículo 1 del Real decreto 707/1979, de 5 de abril, exigiéndose, además, en el caso de los funcionarios del cuerpo de la Policía Local, el compromiso de llevar armas.

En la diligencia de toma de posesión se hará constar la manifestación del/de la interesado/a de no estar desempeñando ningún puesto o actividad en el sector público y que no realiza actividad personal incompatible o sujeta a reconocimiento de compatibilidad, así como no estar percibiendo pensión de jubilación, retiro u orfandad, por derechos pasivos o por cualquier régimen de la Seguridad Social, público y obligatorio.

Si la persona interesada estuviera desarrollando actividades incompatibles con la condición de funcionario público, deberá optar expresamente por una de ellas dentro del plazo establecido para la toma de posesión, en los términos de lo dispuesto en la Ley 53/1984, de 26 de diciembre, de incompatibilidades del personal al servicio de las administraciones públicas.

Décimo séptima. Incidencias

Las convocatorias y sus bases y cuantos actos administrativos se deriven de éstas y de la actuación de los tribunales podrán ser impugnadas por las/los interesadas/os en los casos, términos y forma que prevé la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, modificada por la Ley 4/1999; Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las bases del régimen local, modificada por la Ley 57/2003, así como en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa.

La provisión de las plazas reservadas para personas con discapacidad se realizará de la forma mas adecuada a las necesidades de éstas, con la finalidad de garantizar el acceso a la función pública. De este modo, será el órgano de selección el que determine el contenido y alcance de las pruebas selectivas a realizar en los términos de lo establecido en las bases, tras el asesoramiento por especialistas en la materia, si fuera necesario, y de conformidad con el temario que se incorpora como anexo a las bases específicas de cada una de las plazas ofertadas, con la necesaria adaptación de tiempos y medios exigida por la discapacidad de los/las aspirantes.

El órgano de selección queda autorizado para resolver las dudas que se presenten y tomar los acuerdos necesarios para garantizar la transparencia de la selección, procurando, en la medida de lo posible, el anonimato de los/las aspirantes durante la realización y corrección de las pruebas selectivas.

Asimismo, el órgano de selección podrá declarar durante el transcurso del proceso selectivo como excluidos a aquellos aspirantes que hagan uso de cualquier actuación fraudulenta en los ejercicios de las pruebas selectivas.

Durante el desarrollo de las pruebas, podrá el órgano de selección solicitar de los/las aspirantes las aclaraciones complementarias que estime precisas.

En la totalidad de las plazas reservadas a la promoción interna exclusivamente del subgrupo C2 al C1 se exigirá la titulación establecida en el artículo 76 de la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto básico del empleado público, o una antigüedad de 10 años en el cuerpo o escala del subgrupo C2.

Sin perjuicio de las leyes de función pública que se dicten en su desarrollo, el artículo 16 de la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto básico del empleado público, permite tanto la promoción interna vertical a cuerpos o escalas pertenecientes a un subgrupo o grupo de titulación superior como la promoción interna horizontal a cuerpos o escalas dentro del mismo subgrupo profesional, siempre que se garanticen los principios constitucionales de igualdad, mérito y capacidad y se cumplan los requisitos legalmente exigidos por la normativa en materia de función pública que resulte de aplicación.

B) Personal laboral.

Regirán las bases del personal funcionario con las siguientes modificaciones:

a) Se modifica la base primeira, que queda redactada así:

I. Objeto de la convocatoria.

La provisión de plazas de trabajo vacantes en el cuadro de personal laboral del Ayuntamiento de Vigo, que se acuerda ofertar en los años 2010 y 2011 a través de convocatoria pública y que son las siguientes:

Personal laboral: 35 plazas (8 de capataz e 27 de oficial de oficios).

– Capataz: 8 plazas, nivel de titulación: bachillerato superior o equivalente:

Nº de plazas

Denominación

Turno libre

Turno promoción interna

3

Capataz de Vías y Obras

3

2

Capataz de Jardíns

2

1

Capataz de Desinfección

1

1

Capataz de Instalaciones Culturales

1

1

Capataz de Electromecánicos

1

– Oficial de oficios: 27 plazas, nivel de titulación: graduado escolar, FP-1 o equivalente:

Nº de plazas

Denominación

Turno libre

Turno promoción interna

3

Oficial conductor

1

2

1

Oficial jardinero

1

23

Oficial de Instalaciones Municipales

23

b) Las bases decimotercera, decimoquinta y decimosexta, se sustituyen por la siguiente:

Décimo tercera. Contratación

Una vez aprobada la propuesta por el órgano competente (Junta de Gobierno Local), se les notificará a los/las interesados/las para que suscriban sus contratos laborales fijos en el plazo de un mes, que contará desde el día siguiente al de la notificación del acuerdo.

Quien no lo suscriba sin causa justificada será declarado/a en situación de cesante y, consecuentemente, decaerá en su derecho a acceder al puesto de trabajo por falta de materialización de su derecho a ser contratado/a en el plazo otorgado al efecto.

Previamente deberán presentar en el Servicio de Recursos Humanos toda la documentación exigida en la base cuarta en relación con la décimo segunda, en el plazo máximo de 20 días naturales, contados a partir de la publicación de la lista de aspirantes aprobados/as en el tablón de anuncios.

En el contrato se hará constar la manifestación de la persona interesada de no estar desempeñando ningún puesto o actividad en el sector público, y de que no realiza actividad privada remunerada, así como de no estar percibiendo pensión de jubilación, retiro u orfandad por derechos pasivos de cualquier régimen de la Seguridad Social público y obligatorio.

Otras disposiciones comunes.

Todas las referencias que en las bases para cubrir plazas de funcionarios/as se efectúen a «personal funcionario» se entenderán referidas a «personal laboral», y las que se hagan a «grupo de titulación» a «equiparado al grupo de titulación».

En virtud de la equiparación del personal funcionario y laboral prevista en el vigente Acuerdo regulador de las condiciones económicas y sociales del personal al servicio del Ayuntamiento de Vigo y de la existencia de personal funcionario y laboral con cargo a las mismas plazas, todo el personal que ocupe una plaza, cualquiera que sea su condición, podrá participar con los mismos derechos en las pruebas selectivas derivadas de esta oferta, sin perjuicio de conservar su condición actual a título personal a extinguir.

Las/los candidatos/as que, no habiendo superado el proceso selectivo, hubiesen aprobado todas las pruebas de la fase de oposición para ingreso en los correspondientes grupos, cuerpos o escalas, formarán parte de una lista de sustituciones a los efectos de poder ser nombrados o contratados cómo personal interino o laboral respectivamente, según lo establecido en el artículo 3.3 de la Orden 1461/2002, de 6 de junio del MAP y normativa de concordante aplicación.

ANEXO

Salvo que en las bases específicas se indique otra cosa, existirá un grupo de temas comunes para todas las pruebas derivadas de la oferta, según el grupo de titulación –o su equivalencia en el caso del personal labora–, y que serán 18 temas para el subgrupo A1, 12 temas para el subgrupo A2, 8 temas para el subgrupo C1, 4 temas para el subgrupo C2, y 3 temas para el subgrupo transitorio E, tal como se enumeran a seguir:

– Grupo A de titulación: subgrupo A1.

Tema 1. La Constitución española de 1978: principios generales y estructura. Derechos fundamentales y libertades públicas.

Tema 2. La Corona, las Cortes Generales, el poder judicial y el Gobierno en la Constitución.

Tema 3. Principios de actuación de la Administración pública: eficacia, jerarquía, descentralización, desconcentración y coordinación.

Tema 4. Formas de actuación administrativa: fomento, policía y servicio público. La responsabilidad de la Administración.

Tema 5. Organización y funcionamiento de la administración general del Estado. Organización central. Organismos públicos, organismos autónomos. Entidades públicas empresariales.

Tema 6. El ordenamiento jurídico comunitario. Sus fuentes. Relación con el derecho interno de los estados. Las libertades básicas del sistema comunitario, libre circulación de mercancías, de personas, de servicios y de capitales.

Tema 7. Las instituciones de la Unión Europea. Órganos ejecutivos y sus poderes. El Consejo de Ministros. La Comisión. El Parlamento Europeo: composición y atribuciones. El Tribunal de Justicia de la Unión Europea.

Tema 8. Estatuto de Autonomía de Galicia: principios generales y estructura.

Tema 9. Xunta de Galicia y su presidente. El Parlamento de Galicia. Control parlamentario de la acción del Gobierno. El Valedor del Pueblo.

Tema 10. La Administración pública de la Comunidad Autónoma. Estructura y funciones. La administración periférica e institucional.

Tema 11. El municipio. Elementos. Organización municipal y competencias de los distintos órganos. Funcionamiento de los órganos colegiados locales. Convocatoria y orden del día. Actas y certificados de los acuerdos.

Tema 12. Ordenanzas y reglamentos. Procedimiento de elaboración y aprobación. Los bandos.

Tema 13. Los funcionarios de la administración local. Organización de la función pública local. La oferta de empleo público y las relaciones de puestos de trabajo.

Tema 14. Derechos y deberes de los empleados públicos públicos locales. Faltas y sanciones. El procedimiento disciplinario.

Tema 15. El procedimiento administrativo local. El registro de entrada y salida de documentos. Requisitos de la presentación de documentos. Comunicaciones y notificaciones.

Tema 16. Los bienes de las entidades locales: concepto. Clases. Bienes de dominio público local. Bienes patrimoniales locales.

Tema 17. Principios presupuestarios en la Ley reguladora de haciendas locales.

Tema 18. Los contratos administrativos. Órgano de contratación, procedimientos de contratación y formas de adjudicación.

– Grupo A de titulación: subgrupo A2.

Tema 1. La Constitución española de 1978: principios generales y estructura.

Tema 2. La Unión Europea: origen, instituciones y fuentes. Órganos ejecutivos y sus poderes. El Consejo de Ministros. La Comisión. El Parlamento europeo: composición y atribuciones.

Tema 3. El Estatuto de autonomía de Galicia: principios generales y estructura.

Tema 4. El municipio. El término municipal. La población. Consideración especial del vecino. El empadronamiento.

Tema 5. Organización municipal. Competencias.

Tema 6. Funcionamiento de los órganos colegiados locales. Convocatoria y orden del día. Actas y certificados de los acuerdos.

Tema 7. Derechos y deberes de los empleados públicos locales. Faltas y sanciones. El procedimiento disciplinario.

Tema 8. El procedimiento administrativo local. El registro de entrada y salida de documentos. Requisitos de la presentación de documentos. Comunicaciones y notificaciones.

Tema 9. Contratos del sector público: delimitación de los tipos contractuales. Contenido y forma de contrato.

Tema 10. Procedimiento de adjudicación de los contratos del sector público.

Tema 11. Los recursos administrativos: concepto y clases. El recurso contencioso administrativo.

Tema 12. Principios presupuestarios en la Ley reguladora de haciendas locales.

– Grupo C de titulación: subgrupo C1.

Tema 1. Referencia a los principios generales y contenido de la Constitución española de 1978 y del Estatuto de autonomía de Galicia.

Tema 2. Organización y funcionamiento de la Administración general del Estado. Organización central. Organismos públicos, organismos autónomos. Entidades públicas empresariales.

Tema 3. La Xunta de Galicia y su presidente. El Parlamento de Galicia. Control parlamentario de la acción del Gobierno. El Valedor del Pueblo.

Tema 4. El municipio. El término municipal. La población. Consideración especial del vecino. El empadronamiento.

Tema 5. Organización y competencias municipales.

Tema 6. Derechos y deberes de los empleados públicos locales. Faltas y sanciones. El procedimiento disciplinario.

Tema 7. El procedimiento administrativo local. El registro de entrada y salida de documentos. Requisitos de la presentación de documentos. Comunicaciones y notificaciones.

Tema 8. Principios presupuestarios en la Ley reguladora de haciendas locales.

– Grupo C de titulación: subgrupo C2.

Tema 1. Referencia a los principios generales y contenido de la Constitución española de 1978 y del Estatuto de autonomía de Galicia.

Tema 2. El municipio: concepto y elementos. Breve referencia a la organización y competencias municipales.

Tema 3. Derechos y deberes de los empleados públicos locales. Faltas y sanciones. El procedimiento disciplinario.

Tema 4. El procedimiento administrativo local. El registro de entrada y salida de documentos. Requisitos de la presentación de documentos. Comunicaciones y notificaciones.

– Grupo de titulación: transitorio E.

Tema 1. Breve referencia al significado de la Constitución y al Estatuto de autonomía de Galicia.

Tema 2. El municipio: concepto y elementos. Breve referencia a la organización y competencias municipales.

Tema 3. Derechos y deberes de los empleados públicos locales. Faltas y sanciones. El procedimiento disciplinario.

– El tema 3 para los subgrupos C2 y transitorio E, en el caso de que se trate de pruebas para seleccionar personal laboral se sustituirá por el siguiente:

Tema 3. Derechos y deberes de los empleados según el Estatuto de los trabajadores. Faltas y sanciones, procedimiento sancionador del personal laboral según el Acuerdo regulador de condiciones económicas y sociales de los trabajadores al servicio del Ayuntamiento de Vigo.

Bases específicas
Personal funcionario

1. Administrativo/a de Administración general.

I. Número de plazas: 13 (12 plazas para promoción interna y 1 para el turno libre).

II. Características.

Enmarcada en el grupo C de titulación, subgrupo C1; escala, Administración general; subescala, administrativa. Estará dotada con las retribuciones básicas que legalmente corresponden al subgrupo C1 y las complementarias propias del puesto de trabajo al que resulten adscritas las plazas que se convocan.

Figurarán incluidas en el régimen de dedicación exclusiva.

III. Sistema de selección.

Se establece el de oposición libre, para una de ellas, y el de concurso-oposición para las 12 plazas de promoción interna, entre auxiliares de Administración general integrados/as en el subgrupo C2 de titulación, que cuenten, al menos, con una antigüedad de dos años en el cuerpo, escala o subescala al que se aspira a ingresar, ya sea funcionario de la subescala auxiliar administrativo/a, auxiliar de servicios internos o personal laboral que desempeñe funciones de personal funcionario de auxiliar administrativo o auxiliar de servicios internos. De entre estas 12 plazas, dos de ellas se reservarán para personas con discapacidad igual o superior al 33 %, de conformidad con el previsto en estas bases específicas y lo establecido en las bases generales de la convocatoria derivada de la oferta de empleo público correspondiente a los años 2010 y 2011, debidamente acreditada en los términos y condiciones señalados en las presentes bases generales y específicas.

La fase de concurso se evaluará de conformidad con lo previsto en la base 12ª de las generales.

IV. Condiciones de los/as aspirantes.

Además de las que figuran en la base cuarta de las generales, las/los aspirantes deberán estar en posesión del título de bachillerato superior, FP II o equivalente, de conformidad con lo dispuesto en la Orden EDU/1603/2009, de 10 de junio, por la que se establecen las equivalencias con los títulos de graduado en educación secundaria obligatoria y de bachillerato, regulados en la Ley orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de educación, o contar con diez años de antigüedad integrados/as en la subescala auxiliar, grupo C, subgrupo C2 de titulación.

V. Fase de concurso para las plazas reservadas al turno de promoción interna.

La valoración de los méritos alegados y justificados por los/as aspirantes en el turno de promoción interna se realizará de acuerdo con el baremo previsto en la base decimosegunda de las generales.

VI. Ejercicios de la oposición para promoción interna.

Primer ejercicio. De carácter obligatorio y eliminatorio.

Consistirá en contestar por escrito, en el tiempo que establezca el órgano de selección, a un cuestionario tipo test de 30 preguntas, como mínimo, con cuatro respuestas alternativas por pregunta, relacionadas con las materias que integran los programas de las bases específicas, que se determinará por dicho órgano de selección inmediatamente antes del inicio del ejercicio.

En este ejercicio cada respuesta incorrecta penalizará la mitad de la puntuación de cada pregunta acertada y no se puntuarán las no contestadas. Se calificará con una puntuación de cero (0) a diez (10) puntos, siendo necesario para superarlo obtener un mínimo de cinco (5) puntos.

Segundo ejercicio. De carácter obligatorio y eliminatorio.

Se desarrollará por escrito durante el período máximo de dos horas y consistirá en la resolución de dos supuestos teórico-prácticos de carácter procedimental y administrativo que determinará el órgano de selección inmediatamente antes del comienzo del ejercicio, relativo a las tareas administrativas propias de la subescala. Durante el desarrollo de esta prueba las y los aspirantes podrán, en todo momento, hacer uso de los textos legales de los que acudan provistos. No se permitirá el manejo de textos comentados ni libros de formularios. En este ejercicio se evaluará la aplicación razonada de los conocimientos teóricos a la resolución de los problemas presentados. Este ejercicio deberá ser leído obligatoriamente ante el órgano de selección, en sesión pública y se puntuará de cero (0) a veinte (20) puntos; es necesario para superarlo obtener una puntuación mínima de diez (10) puntos.

VII. Ejercicios de la oposición para el turno libre.

Primer ejercicio. De carácter obligatorio y eliminatorio.

Consistirá en contestar por escrito, en el tiempo que establezca el órgano de selección, a un cuestionario tipo test de 30 preguntas como mínimo, con cuatro respuestas alternativas por pregunta, relacionadas con las materias que integran los programas de las bases específicas, que determinará dicho órgano de selección inmediatamente antes del inicio del ejercicio.

En este ejercicio cada respuesta incorrecta penalizará la mitad de la puntuación de cada pregunta acertada. No se puntuarán las no contestadas. Se calificará con una puntuación de cero (0) a diez (10) puntos; es necesario para superarlo obtener un mínimo de cinco (5) puntos.

El órgano de selección, a la vista del número y nivel de conocimientos de las y de los aspirantes presentados, podrá establecer una puntuación mínima o nota de corte para superar este ejercicio, puntuación que en ningún caso podrá ser inferior a cinco puntos. El acuerdo que se adopte al respecto deberá ser publicado y constará en la correspondiente acta. Los aspirantes deberán ser informados de tal extremo.

Segundo ejercicio. De carácter obligatorio y eliminatorio.

Consistirá en la resolución por escrito, durante el período máximo de dos horas, de dos supuestos teórico-prácticos de carácter procedimental y administrativo que determinará el órgano de selección inmediatamente antes del comienzo del ejercicio, relativo a las tareas administrativas propias de la subescala y a las funciones inherentes al puesto al que se aspira en las materias relacionadas con el temario anexo. Durante el desarrollo de esta prueba las y los aspirantes podrán, en todo momento, hacer uso de los textos legales de los que acudan provistos. No se permitirá el manejo de textos comentados ni libros de formularios.

En este ejercicio se evaluará la aplicación razonada de los conocimientos teóricos a la resolución de los problemas presentados y deberá ser leído obligatoriamente ante el órgano de selección, en sesión pública y puntuándose de cero (0) a diez (10) puntos; es necesario para superarlo obtener una puntuación mínima de cinco (5) puntos.

Tercer ejercicio. De carácter obligatorio y eliminatorio.

Consistirá en una prueba de conocimientos de informática a nivel usuario de entornos operativos windows o similares, manejo de herramientas de ofimática (Open Office o similar) y de utilidades básicas de internet en dichos entornos (navegación, correo electrónico etc), en el tiempo que establezca el órgano de selección. Esta prueba se calificará de conformidad con un baremo objetivo que establezca el órgano de selección antes de iniciarse el ejercicio, que deberá ser comunicado a los/las aspirantes en el momento de comenzar la prueba e incluirse en la correspondiente acta.

La calificación del ejercicio será de cero (0) a diez (10) puntos. Quedará eliminado/a el/la aspirante que no obtenga un mínimo de cinco (5) puntos.

Cuarto ejercicio. De carácter igualmente obligatorio, aunque el no superarlo no impedirá el nombramiento.

Consistirá en la realización de una prueba escrita de conocimiento de la lengua gallega que se realizará conforme a lo previsto en la base décima de las generales, que determinará el órgano de selección con el asesoramiento del Servicio de Normalización Lingüística y se evaluará de 0 a 2 puntos.

El/la aspirante que no hubiese obtenido 1 punto como mínimo en esta prueba deberá participar en el primer curso de lengua gallega que realice la Administración autonómica (Secretaría General de Política Lingüística u organismo autonómico competente) a fin de obtener la debida capacitación.

Estarán exentos de la realización de este ejercicio los/las aspirantes que acrediten en el plazo reglamentario de presentación de instancias poseer el título Celga 4 o equivalente homologado, según lo establecido en la disposición adicional segunda de la Orden de 16 de julio de 2007, por la que se regulan los certificados oficiales acreditativos de los niveles de conocimiento de la lengua gallega (Celga), en relación con su anexo I, punto 5, a los que se le asignarán 2 puntos.

La calificación de los tres primeros ejercicios será de 0 a 10 puntos y quedará eliminado el aspirante que no obtenga, al menos, 5 puntos en cada uno de ellos. La calificación del cuarto será de 0 a 2 puntos, de acuerdo con lo previsto en la base décima de las generales.

VIII. Programa específico turno de promoción interna.

– Primera parte. Derecho administrativo general.

Tema 1. El procedimiento administrativo. El deber de resolver y notificar. Ejecución forzosa de los actos administrativos.

Tema 2. Principios generales del procedimiento administrativo. Normas reguladoras. Dimensión temporal del procedimiento administrativo: días y horas hábiles. Cómputo de plazos. Recepción y registro de documentos.

Tema 3. El registro de entrada y salida de documentos. Requisitos de la presentación de documentos. Notificaciones y publicaciones.

Tema 4. La revisión de los actos administrativos. Actos nulos y anulables. Validación. Revisión de oficio. Declaración de lesividad.

Tema 5. Los recursos administrativos: concepto y clases. El recurso contencioso-administrativo.

Tema 6. Los bienes de las entidades locales: clases. Régimen jurídico de los bienes de dominio público y patrimoniales. El inventario de bienes.

Tema 7. Clases de empleados al servicio de las administraciones públicas. Derechos y deberes de los empleados públicos.

Tema 8. Régimen disciplinario e incompatibilidades de los empleados públicos: faltas y sanciones.

– Segunda parte. Derecho administrativo local.

Tema 1. Organización municipal. Competencias.

Tema 2. Los órganos colegiados locales. Convocatoria y orden del día. Votaciones. Actas.

Tema 3. Impugnaciones y acciones contra actos y acuerdos de las entidades locales.

Tema 4. El presupuesto general de las entidades locales. Elaboración y aprobación. Referencia a las bases de ejecución del presupuesto. Las modificaciones de crédito.

Tema 5. Haciendas locales. Enumeración de los recursos de las entidades locales.

Tema 6. Ordenanzas y reglamentos de las entidades locales. Clases. Procedimiento de elaboración y aprobación.

Tema 7. La Administración electrónica. La Ley 11/2007, de acceso electrónico de los ciudadanos a los servicios públicos. La calidad de los servicios públicos y de atención al ciudadano.

VIII. Programa específico del turno libre.

(Se excluye el común para plazas del grupo C subgrupo C1, que figura como anexo a las bases generales).

– Primera parte: derecho político y constitucional.

Tema 1. La Constitución española de 1978. La definición del Estado español como social y democrático de derecho. Los valores superiores del ordenamiento jurídico.

Tema 2. Derechos fundamentales y libertades públicas. Garantías legales, jurisdiccionales e institucionales.

Tema 3. La Corona. El poder legislativo. El poder judicial.

Tema 4. El poder ejecutivo y su regulación constitucional. El control del poder ejecutivo por las Cortes Generales.

Tema 5. El poder judicial en la Constitución. Su órgano de gobierno.

Tema 6. La distribución territorial del poder en la constitución. El significado de derecho de autonomía de los entes territoriales.

Tema 7. El Estatuto de autonomía de Galicia: principios generales y contenido.

– Segunda parte: derecho administrativo.

Tema 1. La Unión Europea. Las libertades básicas del sistema comunitario: libre circulación de mercancías, de personas, de servicios y de capitales.

Tema 2. Las instituciones de la Unión Europea. Órganos ejecutivos y sus poderes. El Consejo de Ministros. La Comisión. El Parlamento Europeo: composición y atribuciones. El Tribunal de Justicia de la Unión Europea.

Tema 3. La Administración pública en el ordenamiento español. La personalidad jurídica de la Administración pública. Clases de administraciones públicas.

Tema 4. La Xunta de Galicia y su presidente. El Parlamento de Galicia. Control parlamentario de la acción del Gobierno. El Valedor del Pueblo.

Tema 5. La Administración pública de la comunidad autónoma. Estructura y funciones. La Administración periférica.

Tema 6. Principios de actuación de la Administración pública. Eficacia, jerarquía, descentralización, desconcentración y coordinación.

Tema 7. Sometimiento de la Administración a la ley y al derecho. Fuentes del derecho público. La ley: sus clases.

Tema 8. El acto administrativo. Concepto. Elementos.

Tema 9. Principios generales del procedimiento administrativo. Normas reguladoras. Dimensión temporal del procedimiento administrativo: días y horas hábiles: cómputo de plazos. Recepción y registro de documentos.

Tema 10. Fases del procedimiento administrativo general. El silencio administrativo.

Tema 11. La teoría de la invalidez del acto administrativo. Actos nulos y anulables. Validación. Revisión de oficio.

Tema 12. Los recursos administrativos: concepto y clases.

Tema 13. Concepto y clases de contratos administrativos. La selección del contratista. Derechos y deberes del contratista y la Administración.

Tema 14. Las formas de la actividad administrativa. El fomento. La policía

Tema 15. El servicio público. Nociones generales. Los modos de gestión de los servicios públicos.

– Tercera parte: Administración local.

Tema 1. El régimen local español: principios constitucionales.

Tema 2. La provincia en el régimen local. Organización provincial. Competencias.

Tema 3. Estructuras supramunicipales. Mancomunidades. Agrupaciones. La comarca.

Tema 4. El municipio. El término municipal. La población. Consideración especial del vecino. El empadronamiento.

Tema 5. Organización municipal.

Tema 6. Competencias municipales.

Tema 7. Ordenanzas y reglamentos de las entidades locales. Clases. Procedimiento de elaboración y aprobación.

Tema 8. La función pública local y su organización.

Tema 9. Derechos y deberes de los empleados públicos locales. Incompatibilidades.

Tema 10. Faltas y sanciones de los empleados públicos. El procedimiento sancionador.

Tema 11. Los bienes de las entidades locales. Régimen de utilización de los de dominio público.

Tema 12. Las formas de actividad de las entidades locales. La intervención administrativa en la actividad privada. Procedimiento de otorgamiento de licencias.

Tema 13. El servicio público en la esfera local. Las formas de gestión de los servicios públicos. Consideración especial de la concesión.

Tema 14. Procedimiento administrativo local. El registro de entrada y salida de documentos. Requisitos de la presentación de documentos. Comunicaciones y notificaciones.

Tema 15. Funcionamiento de los órganos colegiados locales. Convocatoria y orden del día. Requisitos de constitución. Votaciones. Actas y certificados de acuerdos.

Tema 16. Legislación sobre régimen del suelo y ordenación urbana: sus principios inspiradores. Competencia urbanística municipal.

Tema 17. Haciendas locales. Clasificación de los ingresos. Ordenanzas fiscales.

Tema 18. Los presupuestos locales. Contabilidad y cuentas.

2. Técnico de Empresas y Actividades Turísticas.

I. Número de plazas: 1.

II. Características.

Enmarcada en el grupo A, subgrupo A2; escala Administración especial; subescala técnica; clase media. Estará dotada con las retribuciones básicas que legalmente corresponden al subgrupo A2, y las complementarias propias del puesto de trabajo al que resulte adscrita la plaza del/de la aspirante. Figurará incluida en el régimen de dedicación exclusiva.

III. Sistema de selección

Se establece el de oposición libre, de conformidad con lo previsto en estas bases específicas y lo establecido en las bases generales de las convocatorias derivadas de la oferta de empleo público correspondiente a los años 2010 y 2011.

IV. Condiciones de las y de los aspirantes.

Además de las que figuran en la base cuarta de las generales, las/los aspirantes deberán estar en posesión del título de grado en turismo, o diplomatura equivalente, según lo dispuesto en la Ley orgánica 4/2007, de 12 de abril, por la que se modifica la Ley orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de universidades, titulaciones exigidas para el acceso a la plaza según la vigente relación de puestos de trabajo.

Los anteriores requisitos se justificarán de la forma prevista en la Base 4ª de las generales.

V. Ejercicios de la oposición.

Constará de tres ejercicios; dos teóricos y uno práctico, además de una prueba de conocimiento de la lengua gallega y otra prueba de conocimiento de la lengua inglesa.

Primer ejercicio. De carácter obligatorio y eliminatorio.

Consistirá en contestar por escrito, en el tiempo que establezca el órgano de selección, a un cuestionario tipo test de 50 preguntas, como mínimo, con cuatro respuestas alternativas por pregunta, relacionadas con las materias que integran los programas de las bases específicas, que se determinará por dicho órgano de selección inmediatamente antes del inicio del ejercicio.

En este ejercicio cada respuesta incorrecta penalizará la mitad de la puntuación de cada pregunta acertada, no se puntuarán las no contestadas. Se calificará con una puntuación de cero (0) a diez (10) puntos, siendo necesario para superarlo obtener un mínimo de cinco (5) puntos.

Segundo ejercicio. De carácter obligatorio y eliminatorio, para todas y todos los aspirantes.

Consistirá en contestar por escrito, durante un período máximo de dos horas, a 4 temas elegidos al azar, de los que figuran como anexo a estas bases. Uno de estos temas corresponderá al primer apartado A (temas generales) y el resto al apartado B (temas específicos).

En este ejercicio se valorarán los conocimientos sobre los temas expuestos, la claridad y orden de ideas, la facilidad de exposición escrita y la capacidad de síntesis y el rigor y precisión en su exposición, y deberá ser leída obligatoriamente ante el órgano de selección, en sesión pública y, concluida la lectura de la totalidad de los temas, éste podrá pedirle al aspirante cualquier explicación complementaria que considere oportuna.

Este ejercicio se puntuará de cero (0) a diez (10) puntos, siendo necesario para superarlo obtener una puntuación mínima de cinco (5) puntos.

Tercer ejercicio. De carácter obligatorio y eliminatorio.

Consistirá en desarrollar por escrito durante un período máximo de tres horas dos supuestos teórico-prácticos que formulará el órgano de selección, inmediatamente antes del comienzo del ejercicio, relacionados con el contenido del temario específico, relativos a las tareas propias de la plaza. Durante el desarrollo de esta prueba los aspirantes podrán, en todo momento, hacer uso de los textos legales de los que acudan provistos; no se permite el manejo de textos comentados ni libros de formularios. Los y las aspirantes deberán exponer este ejercicio ante el órgano de selección en sesión pública, el que podrá, al final de la exposición, solicitarle al aspirante cualquier aclaración que considere oportuna sobre el supuesto práctico desarrollado. En este ejercicio se valorará la capacidad de análisis y la aplicación razonada de los conocimientos teóricos a la resolución de los problemas prácticos presentados.

Este ejercicio se puntuará de cero (0) a diez (10) puntos, siendo necesario para superarlo obtener una puntuación mínima de cinco (5) puntos.

Cuarto ejercicio. De carácter igualmente obligatorio, aunque el no superarlo, no impedirá el nombramiento.

Consistirá en la realización de una prueba escrita de conocimiento de la lengua gallega, que se realizará conforme a lo previsto en la base décima de las generales que determinará el órgano de selección con el asesoramiento del Servicio de Normalización Lingüística, y que se valorará de 0 a 2 puntos.

El/la aspirante que no obtuviese 1 punto como mínimo en esta prueba deberá participar en el primer curso de lengua gallega que realice la Administración autonómica (Secretaría General de Política Lingüística u organismo autonómico competente) con el fin de obtener la debida capacitación.

Estarán exentos de la realización de este ejercicio los/las aspirantes que acrediten en el plazo reglamentario de presentación de instancias poseer el título Celga 4 o equivalente homologado, según lo dispuesto en la Orden de 16 de julio de 2007, por la que se regulan los certificados oficiales acreditativos de los niveles de conocimiento de la lengua gallega (anexo I), a los cuales se les asignarán 2 puntos.

Quinto ejercicio. De carácter igualmente obligatorio, aunque el no superarlo no impedirá el nombramiento.

Consistirá en la realización de una prueba escrita de conocimiento de la lengua inglesa, a determinar por el órgano de selección, que se valorará de 0 a 2 puntos.

La calificación de los tres primeros ejercicios será de 0 a 10 puntos; queda eliminado/a el/la aspirante que no obtenga, al menos, 5 puntos en cada uno de ellos. La calificación del cuarto ejercicio será de 0 a 2 puntos, de acuerdo con lo previsto en la base 10ª de las generales. El quinto ejercicio se calificará de 0 a 2 puntos.

VI. Anexo-temario.

A) Temario general.

(Los doce primeros temas son los que figuran como anexo en las bases generales para el subgrupo A2).

B) Temario específico.

– Bloque II: parte específica.

Tema 1. El concepto de turismo y turista. Oferta y demanda de turismo. Formas de turismo y tipología de turistas. Estructura social de la demanda de turismo. La industria y la civilización del ocio. Oferta y demanda de ocio.

Tema 2. La geografía del turismo y del ocio. Principales mercados emisores y receptores a nivel mundial. Importancia del turismo en España.

Tema 3. La importancia del turismo en Galicia. Los destinos turísticos en Galicia.

Tema 4. Los productos turísticos en Galicia. Origen y sociología de los turistas.

Tema 5. Planificación turística. Instrumentos de ordenación de los recursos turísticos.

Tema 6. El medio ambiente y el desarrollo turístico. Medio natural y política turística. El desarrollo sostenible.

Tema 7. Gestión de calidad en empresas. Estrategias para la mejora de la calidad en los productos turísticos.

Tema 8. La demanda turística. Factores. Tendencias turísticas. Oportunidades de negocio.

Tema 9. La oferta turística. Productos turísticos generales y especializados. Creación de productos turísticos. Promoción y comercialización de un destino turístico.

Tema 10. El turismo cultural: recursos. Turismo cultural y desarrollo endógeno. Dimensión social. Los recursos culturales del término municipal de Vigo y su relación con el turismo.

Tema 11. El turismo en el medio rural. Establecimientos y tipos de alojamientos. Requisitos.

Tema 12. El turismo de naturaleza. Características y protección. El medio natural como argumento de desarrollo turístico.

Tema 13. El turismo activo. Funcionamiento de las empresas de turismo activo.

Tema 14. El turismo cultural. Los recursos del turismo cultural. Turismo cultural y desarrollo endógeno. Dimensión social.

Tema 15. Las empresas de intermediación turística. Las agencias de viaje. Clasificación. Responsabilidades. Régimen de derechos y obligaciones. Legislación.

Tema 16. Las empresas turísticas. Los operadores turísticos. Elaboración y comercialización de paquetes turísticos.

Tema 17. Las empresas turísticas. Ordenación de la actividad. Legislación aplicable.

Tema 18. Las empresas turísticas. Derechos y obligaciones de las empresas turísticas.

Tema 19. Las empresas turísticas. Aspectos básicos para el desarrollo de la actividad turística.

Tema 20. Procedimiento para el ejercicio de actividades y prestación de servicios turísticos.

Tema 21. El registro de empresas y actividades turísticas. Los precios.

Tema 22. Régimen sancionador. Infracciones.

Tema 23. Régimen sancionador. Sanciones.

Tema 24. Procedimiento sancionador.

Tema 25. Inspección turística. Funciones y deberes.

Tema 26. Inspección turística. Formalización de la actuación inspectora.

Tema 27. La formación del personal de las empresas turísticas. Cursos de formación. Técnicas de formación y evaluación profesional. Programas de reciclaje. Proyectos europeos de ayuda a la formación.

Tema 28. La importancia económica del turismo. Las estadísticas del turismo. Los indicadores de actividad turística. Análisis y evaluación de las tendencias. La importancia económica del turismo en Galicia.

Tema 29. La importancia económica del turismo en la economía del ayuntamiento de Vigo y su comarca. Planes de actuación turística.

Tema 30. Competencias de la Comunidad Autónoma de Galicia en materia turística. Legislación en Galicia en materia de ordenación y promoción del turismo.

Tema 31. La ciudad y el turismo. Productos urbanos turístico-culturales. La recuperación del patrimonio como producto turístico. Las actividades de ocio como producto turístico.

Tema 32. Recursos naturales y turismo. El hábitat tradicional gallego como recurso turístico.

Tema 33. El patrimonio cultural, histórico y natural como recurso turístico. Los ecomuseos.

Tema 34. Marco legal de protección del patrimonio cultural y turístico de Galicia.

Tema 35. El Spain Convention Bureau.

Tema 36. El Patronato Provincial de Turismo Rías Baixas.

Tema 37. Conocimiento de Galicia: productos turísticos y destinos en Galicia.

Tema 38. Conocimiento de Vigo: productos turísticos de Vigo y comarca.

Tema 39. Potencial turístico y principales fiestas, lugares y eventos de Vigo.

Tema 40. El Eje Atlántico como región europea. Caracterización geográfica y de las comunicaciones. Potencialidades turísticas del Eje. Principales espacios y eventos en el Eje.

Tema 41. Oficinas de información de turismo. Clases y funciones. Las oficinas de información de Galicia. Especial referencia al ayuntamiento de Vigo.

Tema 42. El informador turístico. Función del informador turístico. Modelos de información. Las nuevas tecnologías y su incidencia en la información turística.

Tema 43. Subvenciones en materia de turismo. Objeto, finalidad. Conceptos subvencionables. Procedimiento. Órdenes y convocatorias.

Tema 44. Municipios turísticos. Requisitos. Elementos que se pueden valorar.

Tema 45. Municipios turísticos. Procedimiento para la declaración. Pérdida de condición. Ventajas de la declaración y sistemas de ayudas.

Tema 46. Políticas de promoción turística en Galicia. La empresa Turgalicia. Funciones y competencias.

Tema 47. Campañas de promoción turística. Planificación. Medios. La organización de la promoción turística.

Tema 48. Gestión de establecimientos turísticos. Organización y Administración de empresas de alojamiento y restauración. Estructuras y equipamientos.

3. Técnico medio de Archivos.

I. Número de plazas: 1.

II. Características.

Enmarcada en el grupo A, subgrupo A2; escala Administración especial; subescala técnica; clase media. Estará dotada con las retribuciones básicas que legalmente corresponden al subgrupo A2, y las complementarias propias del puesto de trabajo al que resulte adscrita la plaza del/ de la aspirante. Figurará incluida en el régimen de dedicación exclusiva.

III. Sistema de selección.

Se establece el de oposición libre, de conformidad con lo previsto en estas bases específicas y lo establecido en las bases generales de las convocatorias derivadas de la oferta de empleo público correspondiente a los años 2010 y 2011.

IV. Condiciones de las y de los aspirantes.

Además de las que figuran en la base cuarta de las generales, las/los aspirantes deberán estar en posesión del título de grado en cualquiera de las titulaciones de las ramas de conocimiento de ciencias sociales, jurídicas, arte y humanidades, o diplomaturas equivalentes, según lo dispuesto en la Ley orgánica 4/2007, de 12 de abril, por la que se modifica la Ley orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de universidades, titulaciones exigidas para el acceso a la plaza según la vigente relación de puestos de trabajo.

Los anteriores requisitos se justificarán de la forma prevista en la base cuarta de las generales.

V. Ejercicios de la oposición.

Constará de tres ejercicios, dos teóricos y uno práctico, además de una prueba de conocimiento de la lengua gallega.

Primer ejercicio. De carácter obligatorio y eliminatorio.

Consistirá en contestar por escrito, en el tiempo que establezca el órgano de selección, a un cuestionario tipo test de 50 preguntas, como mínimo, con cuatro respuestas alternativas por pregunta, relacionadas con las materias que integran el programa de las bases específicas, que se determinará por el dicho órgano de selección inmediatamente antes del inicio del ejercicio.

En este ejercicio cada respuesta incorrecta penalizará la mitad de la puntuación de cada pregunta acertada; no se puntuarán las no contestadas. Se calificará con una puntuación de cero (0) a diez (10) puntos y es necesario para aprobar obtener un mínimo de cinco (5) puntos.

Segundo ejercicio. De carácter obligatorio y eliminatorio.

Consistirá en contestar por escrito, durante un período máximo de dos horas, a 4 temas elegidos al azar, de los que figuran como anexo a estas bases. Uno de estos temas corresponderá al primer apartado A (temas generales) y el resto al apartado B (temas específicos).

En este ejercicio se valorarán los conocimientos sobre los temas expuestos, la claridad y orden de ideas, la facilidad de exposición escrita y la capacidad de síntesis y el rigor y precisión en su exposición, y deberá ser leído obligatoriamente ante el órgano de selección en sesión pública y, concluida la lectura de la totalidad de los temas, éste podrá pedirle al aspirante cualquier explicación complementaria que considere oportuna.

Este ejercicio se puntuará de cero (0) a diez (10) puntos y es necesario para aprobar obtener una puntuación mínima de cinco (5) puntos.

Tercer ejercicio. De carácter obligatorio y eliminatorio.

Consistirá en desarrollar por escrito durante un período máximo de tres horas dos supuestos teórico-prácticos que formulará el órgano de selección, inmediatamente antes del comienzo del ejercicio, relacionados con el contenido del temario específico, relativos a tareas propias de la plaza. Durante el desarrollo de esta prueba los aspirantes podrán, en todo momento, hacer uso de los textos legales de los que acudan provistos; no se permite el manejo de textos comentados ni libros de formularios. Los y las aspirantes deberán exponer este ejercicio ante el órgano de selección en sesión pública, el cual podrá, al final de la exposición, solicitarle al aspirante cualquier aclaración que considere oportuna, sobre el supuesto práctico desarrollado. En este ejercicio se valorará la capacidad de análisis y la aplicación razonada de los conocimientos teóricos a la resolución de los problemas prácticos presentados.

Este ejercicio se puntuará de cero (0) a diez (10) puntos y es necesario para aprobar obtener una puntuación mínima de cinco (5) puntos.

Cuarto ejercicio. De carácter igualmente obligatorio, aunque el no superarlo no impedirá el nombramiento.

Consistirá en la realización de una prueba escrita de conocimiento de la lengua gallega que se realizará conforme a lo previsto en la base décima de las generales, que determinará el órgano de selección con el asesoramiento del Servicio de Normalización Lingüística y que se evaluará de 0 a 2 puntos.

El/la aspirante que no obtuviera 1 punto como mínimo en esta prueba deberá participar en el primer curso de la lengua gallega que realice la Administración autonómica (Secretaría General de Política Lingüística u organismo autonómico competente) con el fin de obtener la debida capacitación.

Estarán exentos de la realización de este ejercicio los/las aspirantes que acrediten en el plazo reglamentario de presentación de instancias, poseer el título Celga 4 o equivalente homologado, según lo dispuesto en la Orden de 16 de julio de 2007, por la que se regulan los certificados oficiales acreditativos de los niveles de conocimiento de la lengua gallega (anexo I), a los que se les asignarán 2 puntos.

La calificación de los tres primeros ejercicios será de 0 a 10 puntos y quedará eliminado/a el/la aspirante que no obtenga al menos 5 puntos en cada uno de ellos. La calificación del cuarto ejercicio será de 0 a 2 puntos, de acuerdo con el previsto en la base 10ª de las generales.

VI. Anexo-temario.

A) Temario general.

(Los doce primeros temas son los que figuran como anexo en las bases generales para el subgrupo A2).

B) Temario específico.

Tema 1. La archivística: concepto, contenido y fines. Otras disciplinas documentales.

Tema 2. Los archivos, funciones. Tipologías, etapas.

Tema 3. El documento. Concepto, clases. Características internas y externas: la producción documental.

Tema 4. Procedencia. Identificación de fondos: clasificación y ordenación.

Tema 5. Evaluación de fondos documentales, plazos de transferencia. Selección y eliminación.

Tema 6. Descripción de fondos. La normalización descriptiva: la norma ISAD. (G).

Tema 7. La guía. El inventario. El catálogo. Instrumentos auxiliares.

Tema 8. Los archivos municipales. Historia y funciones.

Tema 9. Legislación sobre archivos municipales. Competencias del municipio.

Tema 10. El archivo municipal como centro de conservación: edificios, depósitos e instalaciones.

Tema 11. Soportes documentales. Tipos y causas de alteración. Restauración de documentos textuales y gráficos.

Tema 12. Sistemas de reproducción: el microfilm, la digitalización y su aplicación al archivo municipal.

Tema 13. La organización del archivo: el cuadro de clasificación.

Tema 14. El ingreso de la documentación del archivo. Ingresos ordinarios y extraordinarios.

Tema 15. El tratamiento de la documentación y servicios en cada fase del archivo.

Tema 16. Los sistemas de clasificación, ordenación e instalación de la documentación.

Tema 17. El expurgo de la documentación: evaluación, selección y eliminación.

Tema 18. Preservación, conservación y restauración. La conservación tradicional.

Tema 19. Los materiales documentales; soportes documentales. El pergamino. El papel tradicional. O papel industrial.

Tema 20. El deterioro del fondo documental: características. El deterioro del documento: origen y causas. Deterioro químico, biológico y físico.

Tema 21. La conservación preventiva. Los sistemas ambientales y su relación con el deterioro. Factores del deterioro: calor,humedad, contaminación, radiaciones y manipulaciones.

Tema 22. La microfilmación de fondos bibliográficos históricos para su conservación.

Tema 23. Los archivos municipales y sus usuarios.

Tema 24. Archivos eclesiásticos, familiares y de empresa.

Tema 25. Archivos históricos y provinciales. Competencias de las diputaciones provinciales.

Tema 26. Organismos internacionales: La UNESCO y el Consejo Internacional de Archivos (CIA).

Tema 27. Legislación en materia de prevención de riesgos laborales. Servicios de prevención.

Tema 28. La calidad en los archivos. Bibliografía.

Tema 29. Concepto de paleografía y tendencias actuales. Terminología. Clases de escritura. Las abreviaturas y su desarrollo.

Tema 30. Desarrollo de la escritura en España: de la escritura visigótica a la escritura humanística.

Tema 31. Institución notarial y registral en España.

Tema 32. Protocolo notarial. Tipos documentales, archivos de protocolos notariales.

Tema 33. El acceso al documento original. Las técnicas de reprografía aplicadas a los archivos.

Tema 34. Información y comunicación. La sociedad de la información. Los medios de comunicación de masas. Demanda, oferta y hábitos culturales.

Tema 35. Medios de comunicación de Vigo. Prensa escrita. Historia y actualidad. Radio y televisión.

Tema 36. Gestión interna del archivo. Organización. Programación y medios.

Tema 37. Las nuevas tecnologías aplicadas al archivo.

Tema 38. Modos de adquisición de bienes culturales.

Tema 39. Museos de la ciudad de Vigo. Historia, valoración, evolución. Características y temáticas.

Tema 40. Plan museológico. Fines y características.

Tema 41. Colecciones fotográficas de Vigo. El Archivo Pacheco: historia y contenidos.

Tema 42. Las bibliotecas de Vigo. La Biblioteca Central.

Tema 43. Otros equipamientos de la ciudad de Vigo. Características. Casa das Artes: historia y contenidos. Casa Galega da Cultura: historia y actividades. Colección Fernández del Riego. La Biblioteca Penzol.

Tema 44. Eventos culturales significativos en los últimos años en Vigo.

Tema 45. Tratamiento del patrimonio histórico en la Unión Europea. Acuerdos y tratados internacionales sobre protección del patrimonio histórico suscritos por España.

Tema 46. Yacimientos arqueológicos en Vigo. Historia y características.

Tema 47. El desarrollo de la ciudad de Vigo. Vigo y su historia.

Tema 48. Acciones de fomento de la investigación y difusión cultural del Archivo Municipal.

4. Técnico de Gestión.

I. Número de plazas: 1.

II. Características.

Enmarcada en el grupo A, subgrupo A2; escala Administración especial; subescala servicios especiales; clase cometidos especiales. Estará dotada con las retribuciones básicas que legalmente corresponden al subgrupo A2 y las complementarias propias del puesto de trabajo al que resulte adscrita la plaza del aspirante. Figurará incluida en el régimen de dedicación exclusiva.

III. Sistema de selección.

Se establece el de promoción interna, de conformidad con lo previsto en estas bases específicas y lo establecido en las bases generales de la convocatoria derivada de la oferta de empleo público correspondiente a los años 2010 y 2011.

La realización de las pruebas selectivas se ajustará al sistema de concurso-oposición, turno de promoción interna, para aquellos aspirantes que se encuentren integrados en la escala de Administración general, subescala administrativa de Administración general, subgrupo C1 de titulación.

La promoción interna consiste en el ascenso desde cuerpos o escalas de un grupo de titulación a otro del inmediato superior, o en el acceso a cuerpos o escalas del mismo grupo de titulación, siempre que se trate de plazas de contenido similar y se haga constar en las convocatorias específicas. En cualquier caso la promoción interna se regirá supletoriamente por lo dispuesto en el título V del Real decreto 364/1995, de 10 de marzo, del Reglamento general de ingreso y normativa de concordante aplicación.

IV. Condiciones de las y de los aspirantes.

Además de las que figuran en la base cuarta de las generales, las y los aspirantes deberán estar en posesión del título de grado, diplomado universitario o equivalente, titulaciones exigidas para el acceso a la plaza según la vigente relación de puestos de trabajo.

Los anteriores requisitos se justificarán de la forma prevista en la base 4ª de las generales.

V. Fase de concurso.

La valoración de los méritos alegados y justificados por los/las aspirantes en el turno de promoción interna se realizará de acuerdo con el baremo previsto en la base 12ª de las generales.

VI. Ejercicios de la oposición

Constará de tres ejercicios; dos teóricos y uno práctico, todos ellos obligatorios y eliminatorios.

Primer ejercicio. De carácter obligatorio y eliminatorio.

Consistirá en contestar por escrito, en el tiempo que establezca el órgano de selección, a un cuestionario tipo test de 50 preguntas, como mínimo, con cuatro respuestas alternativas por pregunta, relacionadas con las materias que integran el programa común y específico de las bases de la convocatoria, que se determinará por dicho órgano de selección inmediatamente antes del inicio del ejercicio.

En este ejercicio cada respuesta incorrecta penalizará la mitad de la puntuación de cada pregunta acertada; no se puntuarán las no contestadas. Se calificará con una puntuación de cero (0) a diez (10) puntos, siendo necesario para superarlo obtener un mínimo de cinco (5) puntos.

Segundo ejercicio. De carácter obligatorio y eliminatorio, para todas y todos los aspirantes:

Consistirá en contestar por escrito, durante un período máximo de dos horas, a 4 temas elegidos al azar, de los que figuran como anexo a estas bases. Uno de estos temas corresponderá al primer apartado A (temas generales) y el resto al apartado B (temas específicos).

En este ejercicio se valorarán los conocimientos sobre los temas expuestos, la claridad y orden de ideas, la facilidad de exposición escrita y la capacidad de síntesis y el rigor y precisión en su exposición. Esta prueba deberá ser leída obligatoriamente ante el órgano de selección, en sesión pública y, concluida la lectura de la totalidad de los temas, éste podrá pedirle al aspirante cualquier explicación complementaria que considere oportuna y se puntuará de cero (0) a diez (10) puntos, siendo necesario para aprobar obtener una puntuación mínima de cinco (5) puntos.

Tercer ejercicio. De carácter obligatorio y eliminatorio.

Consistirá en desarrollar por escrito durante un período máximo de tres horas dos supuestos teórico-prácticos que formulará el órgano de selección inmediatamente antes del comienzo del ejercicio, relacionados con las materias que integran el programa común y específico de las bases de la convocatoria, relativos a las tareas propias de la plaza. Durante el desarrollo de esta prueba los aspirantes podrán, en todo momento, hacer uso de los textos legales de los que acudan provistos; no se permite el manejo de textos comentados ni libros de formularios. Los y las aspirantes deberán exponer este ejercicio ante el órgano de selección en sesión pública, el cual podrá, al final de la exposición, solicitarle al aspirante cualquier aclaración que considere oportuna, sobre el supuesto práctico desarrollado. En este ejercicio se valorará la capacidad de análisis y la aplicación razonada de los conocimientos teóricos a la resolución de los problemas prácticos presentados.

Este ejercicio se puntuará de cero (0) a diez (10) puntos; y es necesario para aprobar obtener una puntuación mínima de cinco (5) puntos.

La calificación de los tres ejercicios será de 0 a 10 puntos; queda eliminado/a el/la aspirante que no obtenga, al menos, 5 puntos en cada uno de ellos.

• Anexo-temario.

(No le son de aplicación a los del grupo A, subgrupo A2, incluidos como anexo a las bases generales).

– Temario común.

Tema 1. La Constitución española de 1978: principios generales y estructura.

Tema 2. La Unión Europea: origen, instituciones y fuentes. Órganos ejecutivos y sus poderes. El Consejo de Ministros. La Comisión. El Parlamento europeo: composición y atribuciones.

Tema 3. El Estatuto de autonomía de Galicia: principios generales y estructura.

Tema 4. La ley. Concepto y caracteres. Las leyes estatales en el sistema español. Normas del gobierno con fuerza de ley. Los tratados internacionales como normas de derecho interno.

Tema 5. Las relaciones entre el ordenamiento estatal y los ordenamientos autonómicos. Definición y aplicación de la legislación de carácter básico y supletorio.

Tema 6. El reglamento: concepto y clases. Procedimiento de elaboración. Límites de la potestad reglamentaria. Principio de inderogabilidad singular de reglamentos.

Tema 7. Principios de la organización administrativa. Principios rectores de las relaciones entre las administraciones. Los órganos colegiados. La abstención y recusación.

Tema 8. El acto administrativo. Concepto. Elementos. Requisitos: motivación y forma. Eficacia de los actos administrativos. La notificación y la publicación. Términos y plazos. Derechos de los ciudadanos.

Tema 9. Los recursos administrativos. Principios generales. Clases. La suspensión de la ejecución del acto contra el que se recurre.

Tema 10. Las reclamaciones previas al ejercicio de las acciones civiles y laborales. La revisión de oficio.

Tema 11. la jurisdicción contencioso-administrativa. Extensión y límites. Las partes en el proceso. Procedimiento general y referencia a los procedimientos especiales.

Tema 12. Las sentencias y su ejecución. Recursos contra las sentencias.

Tema 13. La contratación administrativa. Clases de contratos. Elementos de los contratos. Los sujetos. Objeto y causa de los contratos públicos.

Tema 14. La forma de la contratación administrativa y los sistemas de selección del contratista. A formalización de los contratos.

Tema 15. Los bienes de las entidades locales. Régimen de utilización de los de dominio público.

Tema 16. El servicio público. Las formas de gestión de los servicios públicos. Consideración especial de la concesión.

– Temario específico.

Tema 1. El régimen local español: principios constitucionales y regulación jurídica. La organización municipal: referencia al régimen de los municipios de gran población.

Tema 2. Régimen de funcionamiento de los órganos colegiados de las corporaciones locales.

Tema 3. Competencias municipales y servicios obligatorios en las corporaciones locales. Actividades complementarias de otras administraciones públicas.

Tema 4. Impugnación de actos y acuerdos de las entidades locales y ejercicio de acciones.

Tema 5. La provincia en el régimen local: especial consideración de sus competencias en relación con los pequeños municipios en la Ley de Administración local de Galicia.

Tema 6. Ordenanzas y reglamentos de las entidades locales. Clases. Procedimiento de elaboración y aprobación. Los bandos.

Tema 7. Transferencia y delegación de competencias de la Comunidad Autónoma de Galicia en las entidades locales. La encomienda de gestión.

Tema 8. Medios de intervención de las corporaciones locales en la actividad de sus ciudadanos.

Tema 9. La responsabilidad de la Administración pública: principios y procedimiento. La responsabilidad de las autoridades y del personal al servicio de las Administraciones públicas.

Tema 10. La Ley general tributaria: principios y contenido.

Tema 11. La Ley general presupuestaria: principios y contenido.

Tema 12. Las haciendas locales. Las ordenanzas fiscales.

Tema 13. Los derechos y garantías de los contribuyentes frente a la hacienda publica.

Tema 14. La función recaudadora en las haciendas locales.

Tema 15. La función inspectora en las corporaciones locales.

Tema 16. Las contribuciones especiales, las tasas y los precios públicos. La imposición local autónoma.

Tema 17. Los recursos de las haciendas locales. Clasificación de los ingresos.

Tema 18. Los tributos y sus clases. La potestad tributaria de las entidades locales. Las ordenanzas fiscales.

Tema 19. Los presupuestos de las entidades locales. Estructura. Principios presupuestarios. Formación y aprobación del presupuesto. Las bases de ejecución. Prórroga del presupuesto.

Tema 20. El crédito presupuestario. Modificaciones de créditos: clases y tramitación. Gastos plurianuales. Los remanentes de crédito.

Tema 21. Fases del procedimiento de gasto en el régimen local. Ordenación del pago. Clases de pagos. Anticipos de caja fija. Pagos «para justificar».

Tema 22. La liquidación del presupuesto. Los remanentes de tesorería. La cuenta general: contenido y tramitación.

Tema 23. El personal al servicio de las administraciones públicas. Régimen jurídico. El estatuto básico del empleado público y demás normativa vigente. Las competencias en materia de personal.

Tema 24. Selección de personal. Los procesos selectivos en la Administración pública y su conexión con la oferta de empleo público. Principios constitucionales. Adquisición y pérdida de la condición de funcionario público.

Tema 25. Situaciones administrativas. Provisión de puestos de trabajo en la función pública. La carrera administrativa. Promoción interna. Formación y perfeccionamiento.

Tema 26. Derechos y deberes de los empleados públicos. Incompatibilidades. Régimen disciplinario.

Tema 27. El sistema de retribuciones de los empleados públicos. Retribuciones básicas y retribuciones complementarias. Las indemnizaciones por razón del servicio.

Tema 28. La ordenación urbanística en Galicia. Situaciones y clases de suelo. Clases e instrumentos de planeamiento.

Tema 29. Licencias urbanísticas. Concepto, procedimiento, otorgamiento y caducidad.

Tema 30. Disciplina urbanística. Protección de la legalidad urbanística, infracciones y sanciones.

Tema 31. La Administración electrónica. La Ley 11/2007, de acceso electrónico de los ciudadanos a los servicios públicos. La calidad de los servicios públicos y de atención al ciudadano.

Tema 32. Especialidades del procedimiento administrativo local. El registro de entrada y salida de documentos en las entidades locales. Notificaciones. Comunicaciones y publicaciones. Los interesados en el procedimiento administrativo y su capacidad de obrar. Los derechos de los ciudadanos en sus relaciones con las administraciones públicas.

Tema 33. La información y participación ciudadana.

Tema 34. La Ley 31/1995, de prevención de riesgos laborales. El Real decreto 39/1997, de 17 de enero. Reglamento de los servicios de prevención.

5. Técnico/a medio de Servicios Económicos.

I. Número de plazas: 1.

II. Características.

Enmarcada en el grupo A, subgrupo A2; escala Administración especial; subescala servicios especiales; clase cometidos especiales. Estará dotada con las retribuciones básicas que legalmente corresponden al subgrupo A2, y las complementarias propias del puesto de trabajo al que resulte adscrita la plaza del/ de la aspirante. Figurará incluida en el régimen de dedicación exclusiva.

III. Sistema de selección.

Se establece el de oposición libre, de conformidad con lo previsto en estas bases específicas y lo establecido en las bases generales de las convocatorias derivadas de la oferta de empleo público correspondiente a los años 2010 y 2011.

IV. Condiciones de las y de los aspirantes.

Además de las que figuran en la base cuarta de las generales, las/los aspirantes deberán estar en posesión del título de grado en Economía o Ciencias Empresariales, Derecho, Administración y Dirección de Empresas (ADE), Relaciones Laborales, o diplomaturas equivalentes, según lo dispuesto en la Ley orgánica 4/2007, de 12 de abril, por la que se modifica la Ley orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de universidades, titulaciones exigidas para el acceso a la plaza según la vigente relación de puestos de trabajo.

Los anteriores requisitos se justificarán de la forma prevista en la base cuarta de las generales.

V. Ejercicios de la oposición.

Constará de tres ejercicios; dos teóricos y uno práctico, además de una prueba de conocimiento de la lengua gallega.

Primer ejercicio. De carácter obligatorio y eliminatorio.

Consistirá en contestar por escrito, en el tiempo que establezca el órgano de selección, a un cuestionario tipo test de 50 preguntas, como mínimo, con cuatro respuestas alternativas por pregunta, relacionadas con las materias que integran los programas de las bases específicas, que se determinará por dicho órgano de selección inmediatamente antes del inicio del ejercicio. En este ejercicio cada respuesta incorrecta penalizará la mitad de la puntuación de cada pregunta acertada y no se puntuarán las no contestadas. Se calificará con una puntuación de cero (0) a diez (10) puntos, siendo necesario para aprobar obtener un mínimo de cinco (5) puntos.

Segundo ejercicio. De carácter obligatorio y eliminatorio.

Consistirá en contestar por escrito, durante un período máximo de dos horas, a 4 temas elegidos al azar, de los que figuran como anexo a estas bases. Uno de estos temas corresponderá al primer apartado A (temas generales) y el resto al apartado B (temas específicos). En este ejercicio se valorarán los conocimientos sobre los temas expuestos, la claridad y orden de ideas, la facilidad de exposición escrita, la capacidad de síntesis y el rigor y precisión en su exposición y deberá ser leída obligatoriamente ante el órgano de selección, en sesión pública y, concluida la lectura de la totalidad de los temas, éste podrá pedirle al aspirante cualquier explicación complementaria que considere oportuna.

Este ejercicio se puntuará de cero (0) a diez (10) puntos y será necesario para superarlo obtener una puntuación mínima de cinco (5) puntos.

Tercer ejercicio. De carácter obligatorio y eliminatorio.

Consistirá en desarrollar por escrito durante un período máximo de tres horas, dos supuestos teórico-prácticos que formulará el órgano de selección, inmediatamente antes del comienzo del ejercicio, relacionados con el contenido del temario específico, relativos a las tareas propias de la plaza. Durante el desarrollo de esta prueba los aspirantes podrán, en todo momento, hacer uso de los textos legales de los que acudan provistos; no se permite el manejo de textos comentados ni libros de formularios. Los y las aspirantes deberán exponer este ejercicio ante el órgano de selección en sesión pública, el cual podrá, al final de la exposición, solicitarle al aspirante cualquier aclaración que considere oportuna, sobre el supuesto práctico desarrollado. En este ejercicio se valorará la capacidad de análisis y la aplicación razonada de los conocimientos teóricos a la resolución de los problemas prácticos presentados.

Este ejercicio se puntuará de cero (0) a diez (10) puntos y es necesario para superarlo obtener una puntuación mínima de cinco (5) puntos.

Cuarto ejercicio. De carácter igualmente obligatorio, aunque no superarlo no impedirá el nombramiento.

Consistirá en la realización de una prueba escrita de conocimiento de la lengua gallega que se realizará conforme a lo previsto en la base décima de las generales, que determinará el órgano de selección con el asesoramiento del Servicio de Normalización Lingüística, y se valorará de 0 a 2 puntos. El/la aspirante que no obtuviese 1 punto como mínimo en esta prueba deberá participar en el primer curso de lengua gallega que realice la Administración autonómica (Secretaría General de Política Lingüística u organismo autonómico competente) con el fin de obtener la debida capacitación.

Estarán exentos de la realización de este ejercicio los/las aspirantes que acrediten en el plazo reglamentario de presentación de instancias poseer el título Celga 4 o equivalente homologado, según lo dispuesto en la Orden de 16 de julio de 2007, por la que se regulan los certificados oficiales acreditativos de los niveles de conocimiento de la lengua gallega (anexo I), a los que se les asignarán 2 puntos.

La calificación de los tres primeros ejercicios será de 0 a 10 puntos y quedará eliminado/a el/la aspirante que no obtenga, al menos, 5 puntos en cada uno de ellos. La calificación del cuarto ejercicio será de 0 a 2 puntos, de acuerdo con lo previsto en la base décima de las generales.

VI. Anexo-temario.

A) Temario general.

(Los doce primeros temas son los que figuran como anexo en las bases generales para el subgrupo A2).

B) Temario específico.

Tema 1. Las haciendas locales en España: principios constitucionales. El régimen jurídico de las haciendas locales. Incidencia estatal y autonómica en la autonomía financiera local. La coordinación de las haciendas estatal, autonómica y local.

Tema 2. El presupuesto general de las entidades locales: concepto y contenido. Especial referencia a las bases de ejecución del presupuesto. La elaboración y aprobación del presupuesto general. La prórroga presupuestaria.

Tema 3. La estructura presupuestaria. Los créditos del presupuesto de gastos: delimitación, situación y niveles de vinculación jurídica. Las modificaciones de crédito: clases, concepto, financiación y tramitación.

Tema 4. La ejecución del presupuesto de gastos y de ingresos; sus fases. Los pagos a justificar. Los anticipos de caja fija. Los gastos de carácter plurianual. La tramitación anticipada de gastos. Los proyectos de gasto. Los gastos con financiación afectada: especial referencia a las desviaciones de financiación.

Tema 5. La liquidación del presupuesto. Tramitación. Los remanentes de crédito. El resultado presupuestario: concepto, cálculo y ajustes. El remanente de tesorería: concepto y cálculo. Análisis del remanente de la tesorería para gastos con financiación afectada y del remanente de tesorería para gastos generales.

Tema 6. La tesorería de las entidades locales. Régimen jurídico. El principio de unidad de caja. Funciones de la tesorería. Organización. Situación de los fondos: la caja y las cuentas bancarias. La realización de pagos: prelación, procedimientos, medios de pago. El estado de conciliación.

Tema 7. Los sistemas de contabilidad de la Administración local. Principios generales. Competencias. Fines de la contabilidad. La instrucción de la contabilidad para la Administración local: estructura y contenido. Particularidades del tratamiento especial simplificado. Documentos contables. Libros de contabilidad.

Tema 8. La cuenta general de las entidades locales. Los estados y cuentas anuales y anexos de la entidad local y sus organismos autónomos: contenido y justificación. Las cuentas de las sociedades mercantiles. Tramitación de la cuenta general. Otra información a suministrar al Pleno, a los órganos de gestión y a otras administraciones públicas.

Tema 9. Los tributos (I). La relación jurídico tributaria. Obligaciones tributarias. Hecho imponible. Devengo. Exenciones. Las bases imponible y liquidable. El tipo de gravamen. La cuota y la deuda tributarias.

Tema 10. Los tributos (II). Sujeto activo. Sujetos pasivos. Responsables. La solidaridad: extensión y efectos. El domicilio fiscal. La representación. La transmisión de la deuda.

Tema 11. La gestión tributaria: delimitación y ámbito. El procedimiento de gestión tributaria. La liquidación de los tributos. La declaración tributaria. Los actos de liquidación: clases y régimen jurídico. La consulta tributaria. La prueba en los procedimientos de gestión tributaria. La Agencia Estatal de Administración Tributaria. La gestión tributaria en las entidades locales.

Tema 12. La extinción de la obligación tributaria. El pago: requisitos, medios de pago y efectos del pago. La imputación de pagos. Consecuencias del la falta de pago y consignación. Otras formas de extinción: la prescripción, la compensación, la condonación y la insolvencia.

Tema 13. El procedimiento de recaudación en período voluntario. El procedimiento de recaudación en vía de apremio. Aplazamiento y fraccionamiento del pago. Desarrollo del procedimiento de apremio: El embargo de bienes, enajenación, aplicación e imputación de la suma obtenida. Terminación. Impugnación del procedimiento. Las garantías tributarias.

Tema 14. La inspección de los tributos. Actuaciones inspectoras para la gestión de los tributos: comprobación e investigación, obtención de información, la comprobación de valores, informe y asesoramiento. Régimen jurídico de las funciones inspectoras. El procedimiento de inspección tributaria. Potestades de la inspección de los tributos. Documentos de las actuaciones inspectoras. Las actas de inspección. La inspección de los recursos no tributarios.

Tema 15. Las infracciones tributarias: concepto y clases. Las sanciones tributarias: clases y criterios de graduación. Procedimiento sancionador. Extinción de la responsabilidad por infracciones.

Tema 16. Visión global del sistema tributario español. Distribución de las diferentes figuras entre los niveles de la hacienda: estatal, autonómico y local. Funciones dentro de los sistemas de las distintas figuras tributarias. Relación entre los principales impuestos.

Tema 17. Los tributos locales: principios. La potestad reglamentaria de las entidades locales en materia tributaria: contenido de las ordenanzas fiscales, tramitación y régimen de impugnación de los actos de imposición y ordenación de tributos. El establecimiento de recursos no tributarios.

Tema 18. El impuesto sobre bienes inmuebles. Naturaleza. Hecho imponible. Sujeto pasivo. Exenciones y bonificaciones. Base imponible. Base liquidable. Cuota, devengo y período impositivo. Gestión catastral. Gestión tributaria. Inspección catastral.

Tema 19. El texto refundido de la Ley del catastro inmobiliario: estructura, contenido y principios informadores. Formación y mantenimiento del catastro inmobiliario: tipos de procedimientos de incorporación. Procedimiento de valoración catastral. Reglamento del TRLCI: estructura y contenido.

Tema 20. El impuesto sobre actividades económicas. Naturaleza. Hecho imponible. Sujeto pasivo. Exenciones. Cuota: las tarifas. Devengo y período impositivo. Gestión censal y gestión tributaria. El recargo provincial.

Tema 21. El impuesto sobre construcciones, instalaciones y obras.

Tema 22. El impuesto sobre vehículos de tracción mecánica.

Tema 23. El impuesto sobre el incremento de valor de los terrenos de naturaleza urbana.

Tema 24. Tasas y precios públicos. Principales diferencias. Las contribuciones especiales: anticipo y aplazamiento de cuotas y colaboración ciudadana.

Tema 25. La participación de municipios y provincias en los tributos del Estado y de las comunidades autónomas. Criterios de distribución y reglas de evolución. Regímenes especiales. La cooperación económica del Estado y de las comunidades autónomas. Las inversiones de las entidades locales. Los fondos de la Unión Europea para entidades locales.

Tema 26. El acto administrativo. Concepto. Elementos. Clases. Requisitos. La eficacia de los actos administrativos. La notificación: contenido, plazo y práctica. La notificación defectuosa. La publicación. La aprobación por otra Administración. La demora y retroactividad de la eficacia.

Tema 27. La invalidez del acto administrativo. Supuestos de nulidad de pleno derecho y anulabilidad. El principio de conservación del acto administrativo. La revisión de actos y disposiciones por la propia administración: supuestos. La acción de nulidad: procedimiento, límites. La declaración de lesividad. La revocación de actos. La rectificación de errores materiales o de hecho.

Tema 28. La revisión en vía administrativa de los actos de gestión tributaria. Procedimientos especiales de revisión. El recurso de reposición. Las reclamaciones económico-administrativas. Especialidades de revisión en vía administrativa de los actos de gestión tributaria dictados por las entidades locales.

Tema 29. La jurisdicción contencioso-administrativa. Extensión y límites. Las partes en el proceso. El procedimiento general y referencia a los procedimientos especiales.

Tema 30. Los bienes de las entidades locales. Clases. Bienes de dominio público. Bienes patrimoniales. Prerrogativas y potestades de las entidades locales en relación con sus bienes. Los bienes comunales. El inventario. Los montes vecinales en mano común.

Tema 31. La administración electrónica (I). La Ley de Administración electrónica (LAE): objeto y ámbito de aplicación. Los derechos de los ciudadanos en la Ley de administración electrónica. El expediente administrativo electrónico.

Tema 32. La administración electrónica (II). La administración electrónica tributaria (LAE vs. LGT): el derecho de los obligados tributarios a relacionarse con las administraciones públicas por medios electrónicos. El derecho a no aportar o presentar datos o documentos que ya obran en poder de las administraciones públicas. El derecho a obtener copias de documentos que figuren en el expediente. Los registros electrónicos. Carácter preceptivo u optativo del uso de la vía telemática. Copias electrónicas.

Tema 33. Objetivos económicos básicos y política económica (I): Pleno empleo y paro: explicaciones teóricas. Tipos. Medición del desempleo. Importancia económica. El caso español. Políticas de empleo.

Tema 34. Objetivos económicos básicos y política económica (II): Estabilidad de precios: la inflación, explicaciones teóricas, medición: índice de precios al consumo (IPC) y deflactor del PIB. Crecimiento económico: definición, medición: el producto interior bruto (PIB), explicaciones teóricas, políticas de crecimiento.

Tema 35. Las sociedades mercantiles en general. Concepto legal de sociedad mercantil. Clases. Disolución y liquidación de sociedades. El Registro mercantil.

Tema 36. La sociedad comanditaria. La sociedad de responsabilidad limitada. La sociedad anónima. El concurso. Procedimiento y efectos de declaración de concurso.

Tema 37. Las obligaciones y los contratos mercantiles (I). Contrato de comisión, de agencia, de concesión mercantil, de franquicia, de compra venta, de suministro, de cuenta corriente entre empresarios.

Tema 38. Las obligaciones y los contratos mercantiles (II). Contrato de leasing, de factoring. La letra de cambio. Los contratos bancarios: depósito, préstamo, transferencia, descuento bancario, crédito bancario.

Tema 39. La contabilidad financiera. Las cuentas anuales. Principios y criterios contables.

Tema 40. Las normas de elaboración de las cuentas anuales en el nuevo plan general contable.

Tema 41. El cuadro de cuentas. Los grupos de cuentas: definiciones y reglas que se aplican.

Tema 42. Las obligaciones legales de la contabilidad de los empresarios relativas a los libros de contabilidad y a las cuentas anuales. El ciclo contable.

Tema 43. La contabilidad de sociedades: concepto. La constitución de sociedades.

Tema 44. El aumento y la reducción de capital social.

Tema 45. Transformación, fusión, escisión y disolución de sociedades.

Tema 46. La consolidación contable.

Tema 47. Las fuentes de financiación de las empresas.

Tema 48. El mercado de valores: regulación, concepto y clases. La organización de la bolsa de valores: los órganos de control, los órganos de gestión y dirección y los intermediarios. La deuda pública: concepto y clases.

6. Encargado/a de Obras Medioambientales.

I. Número de plazas: 1.

II. Características.

Enmarcada en el grupo C, subgrupo C1; escala Administración especial; subescala servicios especiales; clase cometidos especiales. Estará dotada con las retribuciones básicas que legalmente corresponden al subgrupo C1 y las complementarias propias del puesto de trabajo al que resulte adscrita la plaza del/ de la aspirante. Figurará incluida en el régimen de dedicación exclusiva.

III. Sistema de selección.

Se establece como sistema de selección el de concurso-oposición, de conformidad con lo previsto en estas bases específicas y lo establecido en las bases generales de las convocatorias derivadas de la oferta de empleo público correspondiente a los años 2010 y 2011 y se reserva por el turno de promoción interna, entre personal funcionario integrado en el grupo C2 de titulación que desempeñe funciones de responsable de equipos de trabajo/inspección y que cuenten, al menos, con una antigüedad de dos años en el cuerpo, escala o subescala de origen.

IV. Condiciones de las y de los aspirantes.

Además de las que figuran en la base 4ª de las generales, las/los aspirantes deberán estar en posesión del título de bachillerato superior, FP II o equivalente, de conformidad con lo dispuesto en la Orden EDU/1603/2009, de 10 de junio, por la que se establecen las equivalencias con los títulos de graduado en educación secundaria obligatoria y de bachillerato, regulados en la Ley orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de educación, o contar con diez años de antigüedad en el grupo C, subgrupo C2 de titulación.
Los anteriores requisitos se justificarán de la forma prevista en la base cuarta de las generales.

V. Ejercicios de la oposición.

Constará de dos ejercicios; uno teórico y uno práctico.

Primer ejercicio. De carácter obligatorio y eliminatorio.

Consistirá en contestar por escrito, en el tiempo que establezca el órgano de selección, a un cuestionario tipo test de 30 preguntas como mínimo, con cuatro respuestas alternativas por pregunta, relacionadas con las materias que integran los programas de las bases específicas, cuestionario determinado por el órgano de selección inmediatamente antes del inicio del ejercicio. En este ejercicio cada respuesta incorrecta penalizará la mitad de la puntuación de cada pregunta acertada, no se puntuarán las no contestadas. Se calificará con una puntuación de cero (0) a diez (10) puntos, y es necesario para superarlo obtener un mínimo de cinco (5) puntos.

Segundo ejercicio. De carácter obligatorio y eliminatorio.

Consistirá en resolver un supuesto práctico propuesto por el órgano de selección, inmediatamente antes del comienzo del ejercicio, relacionado con el contenido del temario específico, relativo a las tareas propias de la plaza, en el tiempo que aquel establezca. Los y las aspirantes deberán exponer este ejercicio ante el órgano de selección en sesión pública. El órgano de selección podrá, al final de la exposición, solicitarle a la/al aspirante cualquier aclaración que considere oportuna sobre el supuesto práctico desarrollado. En este ejercicio se valorará la capacidad de análisis y la aplicación razonada de los conocimientos teóricos a la resolución de los problemas prácticos presentados. Este ejercicio se puntuará de cero (0) a diez (10) puntos y será necesario para superarlo obtener una puntuación mínima de cinco (5) puntos.

La calificación de los dos ejercicios será de 0 a 10 puntos; queda eliminado el/la aspirante que no obtenga al menos 5 puntos en cada uno de ellos.

• Anexo-temario específico.

(Se excluye el común para plazas del subgrupo C1, que figura como anexo a las bases generales).

Tema 1. Patrimonio cultural de Galicia; objeto, competencia, colaboración de las corporaciones locales.

Tema 2. Bienes de interés cultural; definición y clasificación.

Tema 3. Régimen de protección y conservación; protección general y deber de conservar.

Tema 4. Árboles singulares de Galicia, árboles del ayuntamiento de Vigo, régimen de protección.

Tema 5. Jardines históricos, método para rehabilitación.

Tema 6. Criterios generales de conservación de jardines históricos.

Tema 7. Especificaciones generales de mantenimiento para áreas etnográficas.

Tema 8. Operaciones usuales de mantenimiento; limpiezas, mantenimiento de drenajes, acolchados, red de agua, alumbrado, señalizaciones y reciclaje de residuos.

Tema 9. Mantenimiento de arbolado.

Tema 10. Mantenimiento de plantaciones arbustivas.

Tema 11. Transplante de grandes ejemplares.

Tema 12. Transporte, recepción y acopio de vegetales en áreas etnográficas.

Tema 13. Plagas y enfermedades de los vegetales en el ámbito del patrimonio histórico. Principios de determinación y control.

Tema 14. Catálogo del patrimonio etnográfico de Vigo, elementos de propiedad municipal.

Tema 15. Prevención de riesgos laborales en jardinería y paisajismo; aspectos generales.

7. Técnico/a de Mantenimiento de Informática.

I. Número de plazas: 1.

II. Características.

Enmarcada en el grupo C, subgrupo C1; escala Administración especial; subescala servicios especiales; clase cometidos especiales. Estará dotada con las retribuciones básicas que legalmente corresponden al subgrupo C1, y las complementarias propias del puesto de trabajo a lo que resulte adscrita la plaza del/ de la aspirante. Figurará incluida en el régimen de dedicación exclusiva.

III. Sistema de selección.

Se establece como sistema de selección el de concurso-oposición, de conformidad con el previsto en estas bases específicas y lo establecido en las bases generales de las convocatorias derivadas de la oferta de empleo público correspondiente a los años 2010 y 2011 y se reserva para el turno de promoción interna entre personal funcionario integrado en el grupo C2 de titulación que desempeñe funciones de operador de informática y que cuenten, al menos, con una antigüedad de dos años en el cuerpo, escala o subescala de origen.

IV. Condiciones de las y de los aspirantes.

Además de las que figuran en la base cuarta de las generales, las/los aspirantes deberán estar en posesión del título de bachillerato superior, FP II o equivalente, de conformidad con lo dispuesto en la Orden EDU/1603/2009, de 10 de junio, por la que se establecen las equivalencias con los títulos de graduado en educación secundaria obligatoria y de bachillerato, regulados en la Ley orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de educación, o contar con diez años de antigüedad en el grupo C, subgrupo C2 de titulación.

Los anteriores requisitos se justificarán de la forma prevista en la base cuarta de las generales.

V. Ejercicios de la oposición.

Constará de dos ejercicios: uno teórico y uno práctico.

Primer ejercicio. De carácter obligatorio y eliminatorio.

Consistirá en contestar por escrito, en el tiempo que establezca el órgano de selección, a un cuestionario tipo test de 30 preguntas, como mínimo, con cuatro respuestas alternativas por pregunta, relacionadas con las materias que integran los programas de las bases específicas, cuestionario determinado por el órgano de selección inmediatamente antes del inicio del ejercicio. En este ejercicio cada respuesta incorrecta penalizará la mitad de la puntuación de cada pregunta acertada, no se puntuarán las no contestadas. Se calificará con una puntuación de cero (0) a diez (10) puntos, y es necesario para superarlo obtener un mínimo de cinco (5) puntos.

Segundo ejercicio. De carácter obligatorio y eliminatorio.

Consistirá en resolver un supuesto práctico propuesto por el órgano de selección, inmediatamente antes del comienzo del ejercicio, relacionado con el contenido del temario específico, relativo a las tareas propias de la plaza, en el tiempo que aquel establezca. Los y las aspirantes deberán exponer este ejercicio ante el órgano de selección en sesión pública, el cual podrá, al final de la exposición, solicitarle a la/el aspirante cualquier aclaración que considere oportuna, sobre el supuesto práctico desarrollado. En este ejercicio se valorará la capacidad de análisis y la aplicación razonada de los conocimientos teóricos a la resolución de los problemas prácticos presentados.

Este ejercicio se puntuará de cero (0) a diez (10) puntos y será necesario para superarlo obtener una puntuación mínima de cinco (5) puntos.

La calificación de los dos ejercicios será de 0 a 10 puntos; queda eliminado el/la aspirante que no obtenga al menos 5 puntos en cada uno de ellos.

• Anexo-temario específico.

(Se excluye el común para plazas del subgrupo C1, que figura como anexo a las bases generales).

Tema 1. Sistemas de archivos en red NFS, SAMBA.ASU.

Tema 2. Seguridad en las redes de comunicaciones: estandarización de una arquitectura de seguridad; mecanismos de seguridad; marco de autenticación X.509.

Tema 3. Interconexión de redes. El protocolo IP. Objetivos, principios de interconexión de redes. Arquitectura de protocolos TCP/IP. El protocolo Internet o IP. El encaminamiento y el protocolo IP. Protocolos de control IP next generation.

Tema 4. Gestión Swichtes Cisco.

Tema 5. Correo electrónico-Pop3/IMAP.

Tema 6. Sistemas de correo/mensajería electrónica blackberry (BES).

Tema 7. Registro de Windows. Arquitectura y descripción general del registro de Windows.

Tema 8.- Sistemas operativos UNIX (Digital UNIX). Estructura. Gestión de recursos. AdvFS.

Tema 9. LINUX. Inicialización del sistema. INIT, inittab es os scripts rc.

Tema 10. Informática distribuida, cliente-servidor. Mainframe.

Tema 11. LINUX. Cuentas de usuario. Configuración de cuentas, grupos y permisos.

Tema 12. LINUX . Sistema de archivos. Estándar FHS. Estructura predeterminada de directorio.

Tema 13. Tecnologías de procesamiento en servidor y lenguajes de servidor para la generación de contenidos web dinámicos.

Tema 14. Servidor web APACHE. Directivas servidores virtuales. Consideración de rendimiento e seguridad.

Tema 15. Programas seguros, inseguros y nocivos. Virus.

8. Inspector/a de Obras, Servicios e Infraestructuras.

I. Número de plazas: 8.

II. Características.

Enmarcadas en el grupo C, subgrupo C1; escala Administración especial; subescala servicios especiales; clase cometidos especiales. Estarán dotadas con las retribuciones básicas que legalmente corresponden al subgrupo C1 y las complementarias propias del puesto de trabajo al que resulte adscrita la plaza del/de la aspirante. Figurarán incluidas en el régimen de dedicación exclusiva.

III. Sistema de selección.

Se establece como sistema de selección el de concurso-oposición, de conformidad con lo previsto en estas bases específicas y lo establecido en las bases generales de las convocatorias derivadas de la oferta de empleo público correspondiente a los años 2010 y 2011 y se reservan todas ellas para el turno de promoción interna entre personal funcionario o laboral integrado en el grupo C2 de titulación que desempeñe funciones de inspección y que cuenten, al menos, con una antigüedad de dos años en el cuerpo, escala o subescala de origen.

IV. Condiciones de las y de los aspirantes.

Además de las que figuran en la base cuarta de las generales, las/los aspirantes deberán estar en posesión del título de bachillerato superior, FP II o equivalente, de conformidad con lo dispuesto en la Orden EDU/1603/2009, de 10 de junio, por la que se establecen las equivalencias con los títulos de graduado en educación secundaria obligatoria y de bachillerato, regulados en la Ley orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de educación, o contar con diez años de antigüedad en el grupo C, subgrupo C2 de titulación.

Los anteriores requisitos se justificarán de la forma prevista en la base cuarta de las generales.

V. Ejercicios de a oposición.

Constará de dos ejercicios: uno teórico y uno práctico.

Primer ejercicio. De carácter obligatorio y eliminatorio.

Consistirá en contestar por escrito, en el tiempo que establezca el órgano de selección, a un cuestionario tipo test de 30 preguntas como mínimo, con cuatro respuestas alternativas por pregunta, relacionadas con las materias que integran los programas de las bases específicas, cuestionario determinado por el órgano de selección inmediatamente antes del inicio del ejercicio. En este ejercicio cada respuesta incorrecta penalizará la mitad de la puntuación de cada pregunta acertada y no se puntuarán las no contestadas. Se calificará con una puntuación de cero (0) a diez (10) puntos, y es necesario para superarlo obtener un mínimo de cinco (5) puntos.

Segundo ejercicio. De carácter obligatorio y eliminatorio.

Consistirá en resolver un supuesto práctico propuesto por el órgano de selección, inmediatamente antes del comienzo del ejercicio, relacionado con el contenido del temario específico, relativo a las tareas propias de la plaza, en el tiempo que aquel establezca. Los y las aspirantes deberán exponer este ejercicio ante el órgano de selección en sesión pública, el cual podrá, al final de la exposición, solicitarle a el/la aspirante cualquier aclaración que considere oportuna, sobre el supuesto práctico desarrollado. En este ejercicio se valorará la capacidad de análisis y la aplicación razonada de los conocimientos teóricos a la resolución de los problemas prácticos presentados.

Este ejercicio se puntuará de cero (0) a diez (10) puntos y será necesario para superarlo obtener una puntuación mínima de cinco (5) puntos.

La calificación de los dos ejercicios será de 0 a 10 puntos; queda eliminado el/la aspirante que no obtenga al menos 5 puntos en cada uno de ellos.

• Anexo-temario específico.

(Se excluye el común para plazas del subgrupo C1, que figura como anexo a las bases generales).

Tema 1. La inspección municipal: objeto de las inspecciones. Facultades de los/las inspectores/as.

Tema 2. Las licencias: obligatoriedad de la licencia. Obligaciones del titular de la licencia.

Tema 3. Planificación de obras: planificación general. Zonas excluidas.

Tema 4. Instalaciones de servicios: condiciones generales de las obras. Profundidad de las conducciones.

Tema 5. Registros y arquetas: características de las tapas. Protección de cercos y tapas de registro.

Tema 6. Requerimientos y órdenes de ejecución: requerimientos. Contenido de las órdenes de ejecución.

Tema 7. Medidas cautelares y ejecuciones subsidiarias: adopción de medidas cautelares. Suspensión de las obras.

Tema 8. Infracciones y sanciones: clasificación de las infracciones. Inhabilitación de las empresas.

Tema 9. Señalización y balización de las ocupaciones con obras en la vía pública: criterios de la aplicación. Características generales de señalización.

Tema 10. Disposición de servicios, zanjas y reposiciones de pavimentos: criterios de disposición en carretera y acera. Replanteo.

Tema 11. Zanjas: saneamiento y abastecimiento. Ejecución de las zanjas.

Tema 12. Reposición de pavimentos: generalidades. Reposición de firmes.

Tema 13. Pasos permanentes: concepto. Pavimentos.

Tema 14. Prevención de riesgos laborales: derechos y obligaciones. Señalización.

Tema 15. Servicio de abastecimiento y saneamiento de agua: libro de inspección. Revisión de los trabajos.

9. Inspector/a de Sanidad.

I. Número de plazas: 1.

II. Características.

Enmarcada en el grupo C, subgrupo C1; escala Administración especial; subescala servicios especiales; clase cometidos especiales. Estará dotada con las retribuciones básicas que legalmente corresponden al subgrupo C1 y las complementarias propias del puesto de trabajo al que resulte adscrita la plaza del/ de la aspirante. Figurará incluida en el régimen de dedicación exclusiva.

III. Sistema de selección.

Se establece como sistema de selección el de concurso-oposición, de conformidad con lo previsto en estas bases específicas y lo establecido en las bases generales de las convocatorias derivadas de la oferta de empleo público correspondiente a los años 2010 y 2011 y se reserva para el turno de promoción interna entre personal funcionario integrado en el grupo C2 de titulación que desempeñe funciones de inspección y que cuenten, al menos, con una antigüedad de dos años en el cuerpo, escala o subescala de origen.

IV. Condiciones de las y de los aspirantes.

Además de las que figuran en la base cuarta de las generales, las/los aspirantes deberán estar en posesión del título de bachillerato superior, FP II o equivalente, de conformidad con el dispuesto en la Orden EDU/1603/2009, de 10 de junio, por la que se establecen las equivalencias con los títulos de graduado en educación secundaria obligatoria y de bachillerato, regulados en la Ley orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de educación, o contar con diez años de antigüedad en el grupo C, subgrupo C2 de titulación.

Los anteriores requisitos se justificarán de la forma prevista en la base cuarta de las generales.

V. Ejercicios de la oposición.

Constará de dos ejercicios: uno teórico y uno práctico.

Primer ejercicio. De carácter obligatorio y eliminatorio.

Consistirá en contestar por escrito, en el tiempo que establezca el órgano de selección, a un cuestionario tipo test de 30 preguntas como mínimo, con cuatro respuestas alternativas por pregunta, relacionadas con las materias que integran los programas de las bases específicas, cuestionario determinado por el órgano de selección inmediatamente antes del inicio del ejercicio. En este ejercicio cada respuesta incorrecta penalizará la mitad de la puntuación de cada pregunta acertada y no se puntuarán las no contestadas. Se calificará con una puntuación de cero (0) a diez (10) puntos, y es necesario para superarlo obtener un mínimo de cinco (5) puntos.

Segundo ejercicio. De carácter obligatorio y eliminatorio.

Consistirá en resolver un supuesto práctico propuesto por el órgano de selección, inmediatamente antes del comienzo del ejercicio, relacionado con el contenido del temario específico, relativo a las tareas propias de la plaza, en el tiempo que aquel establezca. Los y las aspirantes deberán exponer este ejercicio ante el órgano de selección en sesión pública, el cual podrá, al final de la exposición, solicitarle a la/el aspirante cualquier aclaración que considere oportuna, sobre el supuesto práctico desarrollado. En este ejercicio se valorará la capacidad de análisis y la aplicación razonada de los conocimientos teóricos a la resolución de los sus problemas prácticos presentados.

Este ejercicio se puntuará de cero (0) a diez (10) puntos y será necesario para superarlo obtener una puntuación mínima de cinco (5) puntos.

La calificación de los dos ejercicios será de 0 a 10 puntos; queda eliminado el/la aspirante que no obtenga al menos 5 puntos en cada uno de ellos.

• Anexo-temario específico.

(Se excluye el común para plazas del subgrupo C1, que figura como anexo a las bases generales).

Tema 1. Disposiciones comunes a las ordenanzas municipales de medio ambiente del ayuntamiento de Vigo. Consideraciones generales. Circunstancias para la graduación de las sanciones.

Tema 2. Ordenanza municipal de limpieza pública y tratamiento de residuos sólidos urbanos. Disposiciones generales. Limpieza de terrenos y edificios.

Tema 3. Ordenanza municipal de limpieza pública y tratamiento de residuos sólidos urbanos. Recogida de residuos sólidos.

Tema 4. Ordenanza municipal de limpieza pública y tratamiento de residuos sólidos urbanos. Residuos especiales.

Tema 5. Ordenanza municipal de limpieza pública y tratamiento de residuos sólidos urbanos. Tratamiento de residuos.

Tema 6. Ordenanza municipal de limpieza pública y tratamiento de residuos sólidos urbanos. Régimen disciplinario. Enumeración de las infracciones.

Tema 7. Reglamento del servicio municipal de abastecimiento de agua y saneamiento de Vigo. Objeto. Saneamiento. Generalidades. Uso de redes.

Tema 8. Reglamento del servicio municipal de abastecimiento de agua y saneamiento de Vigo. Utilización de la red de saneamiento. Condiciones para autorización de vertidos industriales.

Tema 9. Ordenanza municipal reguladora de los vertidos no domésticos de aguas residuales. Disposiciones generales. Condiciones de los vertidos.

Tema 10. Ordenanza municipal reguladora de los vertidos no domésticos de aguas residuales. Autorizaciones de vertidos. Control de vertidos.

Tema 11. Ordenanza municipal reguladora de los vertidos no domésticos de aguas residuales. Suspensión de vertidos y de actividades. infracciones e sanciones.

Tema 12. Ordenanza municipal reguladora de los vertidos no domésticos de aguas residuales. Normas adicionales de protección.

Tema 13. Ordenanza municipal reguladora de los vertidos no domésticos de aguas residuales. Registro de vertidos. Régimen fiscal.

Tema 14. Ordenanza municipal de zonas naturales y espacios verdes.

Tema 15. Bando de la Alcaldía sobre el deber de mantenimiento, embellecimiento y seguridad de los inmuebles, solares, terrenos, construcciones, vías y espacios públicos de 18 de febrero de 2005.

10. Inspector/a de Control de Concesionarias.

I. Número de plazas: 3.

II. Características.

Enmarcadas en el grupo C, subgrupo C1; escala Administración especial; subescala servicios especiales; clase cometidos especiales. Estarán dotadas con las retribuciones básicas que legalmente corresponden al subgrupo C1 y las complementarias propias del puesto de trabajo al que resulte adscrita la plaza del/de la aspirante. Figurarán incluidas en el régimen de dedicación exclusiva.

III. Sistema de selección.

Se establece cómo sistema de selección el de concurso-oposición, de conformidad con el previsto en estas bases específicas y lo establecido en las bases generales de las convocatorias derivadas de la oferta de empleo público correspondiente a los años 2010 y 2011 y se reservan todas ellas para el turno de promoción interna entre personal funcionario integrado en el grupo C2 de titulación que desempeñe funciones de inspección y que cuenten, al menos, con una antigüedad de dos años en el cuerpo, escala o subescala de origen.

IV.- Condiciones de las y de los aspirantes.

Además de las que figuran en la base cuarta de las generales, las/los aspirantes deberán estar en posesión del título de bachillerato superior, FP II o equivalente, de conformidad con lo dispuesto en la Orden EDU/1603/2009, de 10 de junio, por la que se establecen las equivalencias con los títulos de graduado en educación secundaria obligatoria y de bachillerato, regulados en la Ley orgánica 2/2006, del 3 de mayo, de educación, o contar con diez años de antigüedad en el grupo C, subgrupo C2 de titulación.

Los anteriores requisitos se justificarán de la forma prevista en la base cuarta de las generales.

V. Ejercicios de la oposición.

Constará de dos ejercicios: un teórico e un práctico.

Primer ejercicio. De carácter obligatorio y eliminatorio.

Consistirá en contestar por escrito, en el tiempo que establezca el órgano de selección, a un cuestionario tipo test de 30 preguntas como mínimo, con cuatro respuestas alternativas por pregunta, relacionadas con las materias que integran los programas de las bases específicas, cuestionario determinado por el órgano de selección inmediatamente antes del inicio del ejercicio. En este ejercicio cada respuesta incorrecta penalizará la mitad de la puntuación de cada pregunta acertada y no se puntuarán las no contestadas. Se calificará con una puntuación de cero (0) a diez (10) puntos, y es necesario para superarlo obtener un mínimo de cinco (5) puntos.

Segundo ejercicio. De carácter obligatorio y eliminatorio.

Consistirá en resolver un supuesto práctico propuesto por el órgano de selección, inmediatamente antes del comienzo del ejercicio, relacionado con el contenido del temario específico, relativo a las tareas propias de la plaza, en el tiempo que aquel establezca. Los y las aspirantes deberán exponer este ejercicio ante el órgano de selección en sesión pública, el cual podrá, al final de la exposición, solicitarle a el/la aspirante cualquier aclaración que considere oportuna sobre el supuesto práctico desarrollado. En este ejercicio se valorará la capacidad de análisis y la aplicación razonada de los conocimientos teóricos a la resolución de los problemas prácticos presentados.

Este ejercicio se puntuará de cero (0) a diez (10) puntos y será necesario para superarlo obtener una puntuación mínima de cinco (5) puntos.

La calificación de los dos ejercicios será de 0 a 10 puntos; queda eliminado el/la aspirante que no obtenga al menos 5 puntos en cada uno de ellos.

• Anexo-temario específico.

(Se excluye el común para plazas del subgrupo C1, que figura como anexo a las bases generales).

Tema 1. Real decreto legislativo 1/2007, de 16 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley general para la defensa de los consumidores y usuarios y otras leyes complementarias: ámbito de aplicación y derechos básicos de los consumidores y usuarios.

Tema 2. Ordenanza general reguladora de las obras y las consiguientes ocupaciones necesarias para la implantación de servicios en la vía pública: licencias, obligatoriedad, solicitantes, clases, tramitación, documentación, reparación de averías, obligaciones del titular, fianza, plazo de garantía e inspección municipal.

Tema 3. Ordenanza general reguladora de las obras y las consiguientes ocupaciones necesarias para la implantación de servicios en la vía pública: infracciones, clasificación; sanciones: tipos, graduación, sujetos responsables, revocación de las licencias, suspensión temporal e inhabilitación temporal de las empresas.

Tema 4. Reglamento del servicio municipal de suministro de agua y saneamiento: objeto y ámbito de aplicación, obligaciones del concesionario y derechos del concesionario.

Tema 5. Reglamento del servicio municipal de suministro de agua y saneamiento: inspecciones y sanciones.

Tema 6. Decreto de 17 de junio de 1955, por el que se aprueba el reglamento de servicios de las corporaciones locales: la concesión como forma de gestión indirecta del servicio público.

Tema 7. Real decreto legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de contratos del sector público: contrato de concesión de obras públicas: construcción de las obras objeto de concesión, derechos y obligaciones del concesionario y prerrogativas de la Administración concedente.

Tema 8. Real decreto legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de contratos del sector público: contrato de concesión de obras públicas: extinción de las concesiones.

Tema 9. Real decreto legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de contratos del sector público: contrato de gestión de los servicios públicos.

Tema 10. Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de prevención de riesgos laborales: derechos y obligaciones.

Tema 11. Real decreto 171/2004, de 30 de enero: concurrencia de trabajadores de varias empresas en un mismo centro de trabajo, concurrencia de trabajadores de varias empresas en un centro de trabajo del que un empresario es titular y concurrencia de trabajadores de varias empresas en un centro de trabajo cuando existe un empresario principal.

Tema 12. Real decreto 485/1997, de 14 de abril, sobre disposiciones mínimas en materia de señalización de seguridad y salud en el trabajo: definiciones, criterios para el empleo de la señalización y obligaciones en materia de formación e información.

Tema 13. Normativa municipal reguladora de las instalaciones de alumbrado público en el término municipal de Vigo: requisitos generales de las instalaciones.

Tema 14. Normativa municipal reguladora de las instalaciones de alumbrado público en el término municipal de Vigo: recepción de las instalaciones.

Tema 15. Normativa general reguladora de las obras de jardinería en el ayuntamiento de Vigo: normas sobre riego. Normas sobre drenaje y recogida de aguas pluviales.

11. Inspectora de Consumo.

I. Número de plazas: 2.

II. Características.

Enmarcadas en el grupo C, subgrupo C1; escala Administración especial; subescala servicios especiales; clase cometidos especiales. Estarán dotadas con las retribuciones básicas que legalmente corresponden al subgrupo C1, y las complementarias propias del puesto de trabajo al que resulte adscrita la plaza del/de la aspirante. Figurarán incluidas en el régimen de dedicación exclusiva.

III. Sistema de selección.

Se establece como sistema de selección el de concurso-oposición, de conformidad con lo previsto en estas bases específicas y lo establecido en las bases generales de las convocatorias derivadas de la oferta de empleo público correspondiente a los años 2010 y 2011 y se reservan todas ellas para el turno de promoción interna entre personal funcionario integrado en el grupo C2 de titulación que desempeñe funciones de inspección y que cuenten, al menos, con una antigüedad de dos años en el cuerpo, escala o subescala de origen.

IV. Condiciones de las y de los aspirantes.

Además de las que figuran en la base cuarta de las generales, las/los aspirantes deberán estar en posesión del título de bachillerato superior, FP II o equivalente, de conformidad con lo dispuesto en la Orden EDU/1603/2009, de 10 de junio, por la que se establecen las equivalencias con los títulos de graduado en educación secundaria obligatoria y de bachillerato, regulados en la Ley orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de educación, o contar con diez años de antigüedad en el grupo C, subgrupo C2 de titulación.

Los anteriores requisitos se justificarán de la forma prevista en la base cuarta de las generales.

V. Ejercicios de la oposición.

Constará de dos ejercicios: uno teórico y uno práctico.

Primer ejercicio. De carácter obligatorio y eliminatorio.

Consistirá en contestar por escrito, en el tiempo que establezca el órgano de selección, a un cuestionario tipo test de 30 preguntas como mínimo, con cuatro respuestas alternativas por pregunta, relacionadas con las materias que integran los programas de las bases específicas, cuestionario determinado por el órgano de selección inmediatamente antes del inicio del ejercicio. En este ejercicio cada respuesta incorrecta penalizará la mitad de la puntuación de cada pregunta acertada y no se puntuarán las no contestadas. Se puntuará de cero (0) a diez (10) puntos, y es necesario para superarlo obtener un mínimo de cinco (5) puntos.

Segundo ejercicio. De carácter obligatorio y eliminatorio.

Consistirá en resolver un supuesto práctico propuesto por el órgano de selección, inmediatamente antes del comienzo del ejercicio, relacionado con el contenido del temario específico, relativo a las tareas propias de la plaza, en el tiempo que aquel establezca. Los y las aspirantes deberán exponer este ejercicio ante el órgano de selección en sesión pública, el cual podrá, al final de la exposición, solicitarle a la/el aspirante cualquier aclaración que considere oportuna, sobre el supuesto práctico desarrollado. En este ejercicio se valorará la capacidad de análisis y la aplicación razonada de los conocimientos teóricos a la resolución de los problemas prácticos presentados.

Este ejercicio se puntuará de cero (0) a diez (10) puntos y será necesario para superarlo obtener una puntuación mínima de cinco (5) puntos.

La calificación de los dos ejercicios será de 0 a 10 puntos; queda eliminado el/la aspirante que no obtenga al menos 5 puntos en cada uno de ellos.

• Anexo-temario específico.

(Se excluye el común para plazas del subgrupo C1, que figura como anexo a las bases generales)

Tema 1. Ámbito de aplicación de los derechos básicos de los consumidores y usuarios. RDL 1/2007. Concepto general de consumidor y usuario. Concepto de empresario. Derechos básicos de los consumidores y usuarios. Irrenunciabilidad de los derechos reconocidos al consumidor y usuario.

Tema 2. Protección de los legítimos intereses económicos de los consumidores y usuarios. RDL 1/2007. Principio general. Régimen de comprobación y servicios de atención al cliente.

Tema 3. La inspección de consumo. RD 1945/1983. Constancia documental de la inspección. La toma de muestras.

Tema 4. Las hojas de reclamación. Decreto 375/1998. Objeto y ámbito de aplicación. Exclusiones. Cartel anunciador. Entrega de las hojas, formulación, remisión y tramitación. infracciones y sanciones.

Tema 5. Talleres de reparación de automóviles. Decreto 347/1998. Presupuesto. Resguardo de depósito. Piezas de repuesto y utilización. Garantía de las reparaciones.

Tema 6. Tintorerías. RD 1453/1987. Información al usuario. Resguardo o justificante. Responsabilidades.

Tema 7. Prestación a domicilio de servicios de mantenimiento, reparación y reforma. Decreto 139/1999. Oferta, promoción y publicidad. Información al consumidor. Presupuesto y renuncia. Garantías.

Tema 8. Contratos celebrados fuera del establecimiento mercantil. RDL 1/2007. Ámbito de aplicación. Contratos excluidos. Documentación del contrato. Derecho de desestimación.

Tema 9. Contratos celebrados a distancia. RDL 1/2007. Concepto. Excepciones. Información precontractual. Confirmación escrita de la información. Necesidad de consentimiento expreso. Derecho de desistimiento.

Tema 10. Viajes combinados. Texto refundido RDL 1/2007. Información precontractual y formalización del contrato. Programa y oferta de viaje combinado. Carácter vinculante del programa oferta. Cesión de la reserva. Revisión de precios.

Tema 11. SAT –servicios de asistencia técnica– RD 58/1988. Ámbito de aplicación. Piezas de repuesto. Derecho de admisión. Presupuesto previo y resguardo de depósito. Garantía de la reparación.

Tema 12. Contratos y garantías. RDL 1/2007. Información previa al contrato. Integración de la oferta, promoción y publicidad en el contrato. Contrato y confirmación documental de la contratación realizada. Condiciones generales y cláusulas abusivas: requisitos de las cláusulas no negociadas individualmente. Concepto de cláusulas abusivas. Nulidad de las cláusulas abusivas e integración del contrato. Cláusulas abusivas que afectan al perfeccionamiento del contrato.

Tema 13. Garantías, responsabilidad del vendedor y derechos del consumidor y usuario. RDL 1/2007. Reparación e sustitución del producto. Régimen jurídico de la reparación o sustitución. Rebaja del precio y resolución del contrato. Plazos. Reparación y servicios postventa.

Tema 14. Ley 2/2012, gallega de protección general de las personas consumidoras y usuarias. El deber de diligencia. Información y marcado de precios en el establecimiento. Vigilancia del mercado. Actuación de la inspección de consumo.

Tema 15. RD 899/2009, Carta de derechos del usuario de los servicios de comunicaciones electrónicas. Derechos de los usuarios finales. Modificaciones contractuales. Derecho a la facturación desglosada. Derecho a la desconexión de determinados servicios.

12. Inspector/a de Medio Ambiente.

I. Número de plazas: 3.

II. Características.

Enmarcadas en el grupo C, subgrupo C1; escala Administración especial; subescala servicios especiales; clase cometidos especiales. Estarán dotadas con las retribuciones básicas que legalmente corresponden al subgrupo C1, y las complementarias propias del puesto de trabajo al que resulte adscrita la plaza del/de la aspirante. Figurarán incluidas en el régimen de dedicación exclusiva.

III. Sistema de selección.

Se establece como sistema de selección el de concurso-oposición, de conformidad con lo previsto en estas bases específicas y lo establecido en las bases generales de las convocatorias derivadas de la oferta de empleo público correspondiente a los años 2010 y 2011 y se reservan todas ellas para el turno de promoción interna entre personal laboral integrado en el grupo C2 de titulación que desempeñe funciones de inspección y que cuenten, al menos, con una antigüedad de dos años en el cuerpo, escala o subescala de origen.

IV. Condiciones de las y de los aspirantes.

Además de las que figuran en la base cuarta de las generales, las/los aspirantes deberán estar en posesión del título de bachillerato superior, FP II o equivalente, de conformidad con el dispuesto en la Orden EDU/1603/2009, de 10 de junio, por la que se establecen las equivalencias con los títulos de graduado en educación secundaria obligatoria y de bachillerato, regulados en la Ley orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de educación, o contar con diez años de antigüedad en el grupo C, subgrupo C2 de titulación.

Los anteriores requisitos se justificarán de la forma prevista en la base cuarta de las generales.

V. Ejercicios de la oposición.

Constará de dos ejercicios: uno teórico y uno práctico.

Primer ejercicio. De carácter obligatorio y eliminatorio.

Consistirá en contestar por escrito, en el tiempo que establezca el órgano de selección, a un cuestionario tipo test de 30 preguntas como mínimo, con cuatro respuestas alternativas por pregunta, relacionadas con las materias que integran el programa de las bases específicas, cuestionario determinado por el órgano de selección inmediatamente antes del inicio del ejercicio. En este ejercicio cada respuesta incorrecta penalizará la mitad de la puntuación de cada pregunta acertada y no se puntuarán las no contestadas. Se calificará con una puntuación de cero (0) a diez (10) puntos, y es necesario para superarlo obtener un mínimo de cinco (5) puntos.

Segundo ejercicio. De carácter obligatorio y eliminatorio.

Consistirá en resolver un supuesto práctico propuesto por el órgano de selección, inmediatamente antes del comienzo del ejercicio, relacionado con el contenido del temario específico, relativo a las tareas propias de la plaza, en el tiempo que aquel establezca. Los y las aspirantes deberán exponer este ejercicio ante el órgano de selección en sesión pública, el cual podrá, al final de la exposición, solicitarle a la/el aspirante cualquier aclaración que considere oportuna sobre el supuesto práctico desarrollado. En este ejercicio se valorará la capacidad de análisis y la aplicación razonada de los conocimientos teóricos a la resolución de los problemas prácticos presentados.

Este ejercicio se puntuará de cero (0) a diez (10) puntos y será necesario para superarlo obtener una puntuación mínima de cinco (5) puntos.

La calificación de los dos ejercicios será de 0 a 10 puntos; queda eliminado el/la aspirante que no obtenga al menos 5 puntos en cada uno de ellos.

• Anexo-temario específico.

(Se excluye el común para plazas del subgrupo C1, que figura como anexo a las bases generales).

Tema 1. Contaminación atmosférica. Principales actividades potencialmente contaminantes del medio ambiente atmosférico. Legislación y competencias municipales para la protección del medio ambiente atmosférico.

Tema 2. Incidencias ambientales: actas de inspección, toma de muestras y su conservación, elaboración de informes y actuaciones administrativas.

Tema 3. Aguas residuales domésticas. Tratamientos de depuración. Estaciones depuradoras: su funcionamiento. Hongos : tratamiento y eliminación.

Tema 4. Vertidos no domésticos de aguas residuales a la red de saneamiento. Su regulación en el ayuntamiento de Vigo.

Tema 5. Vertidos de aguas residuales a cauces naturales. Legislación y competencias.

Tema 6. Residuos sólidos urbanos: definición, características, clasificación, recogida y gestión. Puntos limpios. Vertido incontrolado. Competencias de las entidades locales en materia de residuos. Ordenanzas municipales del Ayuntamiento de Vigo.

Tema 7. Residuos peligrosos: recogida, traslado y gestión en la Comunidad Autónoma de Galicia. Obligaciones de los productores, transportistas y gestores. Legislación y competencias.

Tema 8. Residuos industriales: residuos procedentes de la construcción y demolición. Su producción, gestión y posible reciclaje y reutilización.

Tema 9. Vehículos fuera de uso. Gestión de los vehículos al final de su vida útil. Legislación

Tema 10. Ordenanza municipal de zonas naturales y espacios verdes. Limpieza de terrenos y solares de cara a la prevención de incendios. Gestión de los residuos generados.

Tema 11. Ruidos y vibraciones. Ordenanza municipal de protección del medio contra la contaminación acústica.

Tema 12. Reglamento del servicio municipal de abastecimiento de agua y saneamiento de Vigo.

Tema 13. Sistemas de gestión ambiental según la norma ISO 14001.

Tema 14. Ordenanza municipal para la protección y posesión de animales.

Tema 15. Zonas y aguas de baño. Gestión de su calidad, salubridad y buen uso.

Personal laboral

13. Capataz de Vías y Obras.

I. Número de plazas: 3 (reservadas para promoción interna).

II. Características.

En régimen laboral, equiparadas al subgrupo C1 a los efectos de titulación. Estarán dotadas con las retribuciones básicas correspondientes al subgrupo C1 y las complementarias propias del puesto de trabajo al que se adscriban las plazas.

Figurarán incluidas en el régimen de dedicación exclusiva.

III. Sistema de selección.

Se establece el de concurso-oposición libre, por promoción interna, entre personal de oficios al servicio de la corporación, equiparado el subgrupo C2 de titulación. Dos de ellas se reservan para el personal funcionario que desempeñe funciones de capataz de oficios en dicho subgrupo, y la otra, entre personal de oficios, laboral o funcionario equiparado al subgrupo C2 de titulación, que cumplan con los requisitos señalados en la base decimosegunda de las generales y de conformidad con el baremo previsto en las bases generales de la convocatoria derivada de la oferta de empleo público correspondiente a los años 2010 y 2011.

IV. Condiciones de las y de los aspirantes.

Además de las que figuran en la base cuarta de las generales, las/los aspirantes deberán estar en posesión del título de bachillerato superior, FP II o equivalente, de conformidad con lo dispuesto en la Orden EDU/1603/2009, de 10 de junio, por la que se establecen las equivalencias con los títulos de graduado en educación secundaria obligatoria y de bachillerato, regulados en la Ley orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de educación, o contar con diez años de antigüedad en el grupo C, subgrupo C2 de titulación.

Los anteriores requisitos se justifican de la forma prevista en la base cuarta de las generales.

V. Fase concurso.

La valoración de los méritos alegados y justificados por los/las aspirantes en el turno de promoción interna se realizará de acuerdo con el baremo previsto en la base decimosegunda de las generales.

VI. Ejercicios de la oposición.

Constará de dos ejercicios:

Primer ejercicio. De carácter obligatorio y eliminatorio.

Consistirá en contestar por escrito, en el tiempo que estime el órgano de selección, a un cuestionario tipo test de 40 preguntas como mínimo, con cuatro respuestas alternativas por pregunta, relacionadas con las materias contenidas en el temario que figura como anexo a estas bases, cuestionario determinado por el órgano de selección inmediatamente antes del inicio del ejercicio. En este ejercicio cada respuesta incorrecta penalizará la mitad de la puntuación de cada pregunta acertada; no se puntuarán las no contestadas.

Segundo ejercicio. Práctico. De carácter obligatorio y eliminatorio.

Consistirá en resolver uno o varios supuestos prácticos o realizar las tareas que propondrá el órgano de selección, relacionadas con las materias objeto del temario específico, en el plazo establecido por el órgano de selección en función de la naturaleza de la prueba.

La calificación de cada ejercicio y la final se hará de conformidad con lo previsto en la base décima de las generales.

• Anexo temario.

(Se excluye el común para plazas del subgrupo C1, que figura como anexo a las bases generales).

Tema 1. Función de los capataces del Servicio de Vías y Obras según la guía de funciones del Ayuntamiento de Vigo.

Tema 2. Planificación de obras: planificación general.

Tema 3. Coordinación de los trabajos del servicio de Vías y Obras con los diferentes servicios municipales: Parque Móvil, Electromecánicos, Parques y Jardines, Desinfección etc.

Tema 4. Organización y planificación de los trabajos de las brigadas de asfaltado y bacheo en el Servicio de Vías y Obras.

Tema 5. Organización y planificación de los trabajos de albañilería en el Servicio de Vías y Obras.

Tema 6. Organización y planificación de los trabajos del taller de carpintería del Servicio de Vías y Obras.

Tema 7. Organización y planificación de los trabajos del taller de herrería y cerrajería del Servicio de Vías y Obras.

Tema 8. Organización y planificación de los trabajos del taller de fontanería del Servicio de Vías y Obras.

Tema 9. Instalaciones de servicios: condiciones generales de las obras. Profundidad de las conducciones.

Tema 10. Registros y arquetas: características de las tapas. Protección de cercos y tapas de registro.

Tema 11. Señalización y balización de las ocupaciones con obras en la vía pública: criterios de aplicación. Características generales de señalización.

Tema 12. Zanjas: saneamiento y abastecimiento. Ejecución de las zanjas.

Tema 13. Reposición de pavimentos: generalidades. Reposición de firmes.

Tema 14. Pasos permanentes: concepto. Pavimentos.

Tema 15. Prevención de riesgos laborales: derechos y obligaciones. Señalización.

14. Capataz de Jardines.

I. Número de plazas: 2 (reservadas para promoción interna).

II. Características.

En régimen laboral, equiparadas al subgrupo C1 a los efectos de titulación. Estarán dotadas con las retribuciones básicas correspondientes al subgrupo C1 y las complementarias propias del puesto de trabajo al que se adscriban las plazas.

Figurarán incluidas en el régimen de dedicación exclusiva.

III. Sistema de selección.

Se establece el de concurso-oposición libre, por promoción interna, entre personal de oficios al servicio de la corporación, equiparado el subgrupo C2 de titulación. Una de ellas se reserva para el personal funcionario que desempeñe funciones de capataz de oficios en dicho subgrupo, y la otra, entre personal de oficios, laboral o funcionario equiparado al subgrupo C2 de titulación, que cumpla con los requisitos señalados en la base decimosegunda de las generales y de conformidad con el baremo previsto en las bases generales de la convocatoria derivada de la oferta de empleo público correspondiente a los años 2010 y 2011.

IV. Condiciones de las y de los aspirantes.

Además de las que figuran en la base cuarta de las generales, las/los aspirantes deberán estar en posesión del título de bachillerato superior, FP II o equivalente, de conformidad con lo dispuesto en la Orden EDU/1603/2009, de 10 de junio, por la que se establecen las equivalencias con los títulos de graduado en educación secundaria obligatoria y de bachillerato, regulados en la Ley orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de educación, o contar con diez años de antigüedad en el grupo C, subgrupo C2 de titulación.

Los anteriores requisitos se justifican de la forma prevista en la base cuarta de las generales.

V. Fase de concurso.

La valoración de los méritos alegados y justificados por los/las aspirantes en el turno de promoción interna se realizará de acuerdo con el baremo previsto en la base decimosegunda de las generales.

VI. Ejercicios de la oposición.

Constará de dos ejercicios:

Primer ejercicio. De carácter obligatorio y eliminatorio.

Consistirá en contestar por escrito, en el tiempo que disponga el órgano de selección, a un cuestionario tipo test de 40 preguntas como mínimo, con cuatro respuestas alternativas por pregunta, relacionadas con las materias contenidas en el temario que figura como anexo a estas bases, cuestionario determinado por el órgano de selección inmediatamente antes del inicio del ejercicio. En este ejercicio cada respuesta incorrecta penalizará la mitad de la puntuación de cada pregunta acertada; no se puntuarán las no contestadas.

Segundo ejercicio. Práctico. De carácter obligatorio y eliminatorio.

Consistirá en resolver uno o varios supuesto prácticos o realizar las tareas que propondrá el órgano de selección, relacionadas con las materias objeto del temario específico, en el plazo establecido por el órgano de selección en función de la naturaleza de la prueba.

La calificación de cada ejercicio y la final se hará de conformidad con lo previsto en la base décima de las generales.

• Anexo temario.

(Se excluye el común para plazas del subgrupo C1, que figura como anexo a las bases generales).

Tema 1. La planta. Partes y funciones.

Tema 2. Diseño de jardines. Elementos básicos. Estilos. Accesibilidad.

Tema 3. El proyecto de jardines, planos, presupuesto.

Tema 4. Plantación de elementos vegetales: árboles, arbustos y planta de temporada. Labores previas y mantenimiento posterior.

Tema 5. Implantación de césped. Tipos, trabajos previos y de postimplantación.

Tema 6. El riego. Tipos y métodos

Tema 7. El suelo y los abonos. Tipos y características.

Tema 8. Plagas y enfermedades. Tipos y aplicación de tratamientos fitosanitarios en zonas verdes.

Tema 9. La poda de las especies vegetales. Tipos de poda, época y finalidad.

Tema 10. Suministro de material vegetal. Calidad general, transporte, recepción y acopio.

Tema 11. Plan anual de trabajos de jardinería. Métodos, frecuencias…

Tema 12. Protección de los elementos vegetales en los trabajos de construcción.

Tema 13. Mantenimiento de áreas infantiles. Programa de inspección. Programa de mantenimiento. Normativa vigente.

Tema 14. Mantenimiento de arenales de parques infantiles. Inspección. Labores de conservación.

Tema 15. Prevención de riesgos laborales: Derechos y obligaciones. Señalización.

15. Capataz de Desinfección.

I. Número de plazas: 1 (reservada para promoción interna).

II. Características.

En régimen laboral, equiparada al subgrupo C1 a los efectos de titulación. Estará dotada con las retribuciones básicas correspondientes al subgrupo C1 y las complementarias propias del puesto de trabajo al que se adscriba dicha plazas.

Figurará incluida en el régimen de dedicación exclusiva.

III. Sistema de selección.

Se establece el de concurso-oposición libre, entre personal de oficios al servicio de la corporación, equiparado el subgrupo C2 de titulación y que desempeñen funciones de capataz de oficios en dicho subgrupo y que cumplan con los requisitos señalados en la base decimosegunda de las generales, y de conformidad con el baremo previsto en las bases generales de la convocatoria derivada de la oferta de empleo público correspondiente a los años 2010 y 2011.

IV. Condiciones de las y de los aspirantes.

Además de las que figuran en la base cuarta de las generales, las/los aspirantes deberán estar en posesión del título de bachillerato superior, FP II o equivalente, de conformidad con lo dispuesto en la Orden EDU/1603/2009, de 10 de junio, por la que se establecen las equivalencias con los títulos de graduado en educación secundaria obligatoria y de bachillerato, regulados en la Ley orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de educación, o contar con diez años de antigüedad en el grupo C, subgrupo C2 de titulación.

Los anteriores requisitos se justifican de la forma prevista en la base cuarta de las generales.

V. Fase de concurso.

La valoración de los méritos alegados y justificados por los/las aspirantes en el turno de promoción interna se realizará de acuerdo con el baremo previsto en la base decimosegunda de las generales.

VI. Ejercicios de la oposición.

Constará de dos ejercicios:

Primer ejercicio. De carácter obligatorio y eliminatorio.

Consistirá en contestar por escrito, en el tiempo que disponga el órgano de selección a un cuestionario tipo test de 40 preguntas como mínimo, con cuatro respuestas alternativas por pregunta, relacionadas con las materias contenidas en el temario que figura como anexo la estas bases; cuestionario determinado por el órgano de selección inmediatamente antes del inicio del ejercicio. En este ejercicio cada respuesta incorrecta penalizará la mitad de la puntuación de cada pregunta acertada; no se puntuarán las no contestadas.

Segundo ejercicio. Práctico. De carácter obligatorio y eliminatorio.

Consistirá en resolver uno o varios supuestos prácticos o realizar las tareas que propondrá el órgano de selección, relacionadas con las materias objeto del temario específico, en el plazo establecido por el órgano de selección en función de la naturaleza de la prueba.

La calificación de cada ejercicio y la final se hará de conformidad con lo previsto en la base décima de las generales.

• Anexo temario.

(Se excluye el común para plazas del subgrupo C1, que figura como anexo a las bases generales).

Tema 1. Capataz de desinfección: funciones y tareas en el desarrollo de servicios D.D.D. La organización de una brigada de desinfección

Tema 2. Principales características de las plagas de roedores. Biocidas raticidas. Técnicas de desratización activa y pasiva. Medidas de prevención

Tema 3.- Ácaros e insectos. Biología y plagas. Biocidas insecticidas y acaricidas. Métodos de lucha antiinsectos.

Tema 4. Técnicas de desinfección. Biocidas empleados y su aplicación. Agentes biológicos productores de enfermedades.

Tema 5. Biocidas. Clasificación, modo de acción, etiquetado y ficha de datos de seguridad. Legislación.

Tema 6. Registro, autorización y comercialización de biocidas.

Tema 7. Efectos adversos de los biocidas sobre la salud y el medio ambiente.

Tema 8. Prevención, diagnóstico y primeros auxilios en el caso de intoxicación por biocidas. Antídotos.

Tema 9. Gestión de residuos. Eliminación de restos y envases. Precauciones.

Tema 10. Prevención de riesgos laborales. Normas de seguridad. Equipos de protección. Salud laboral.

Tema 11. Establecimientos y servicios biocidas. Requerimientos básicos. Inscripción y funcionamiento en la Comunidad Autónoma de Galicia.

Tema 12. Libro oficial de movimientos biocidas. Su tramitación y gestión en nuestra comunidad. Legislación.

Tema 13. Aplicación de biocidas. Requisitos y capacitación de los aplicadores. Legislación.

Tema 14. Xilófagos. Su biología. Prevención y control. Tratamientos antixilófagos.

Tema 15. Control y prevención de la legionela. Instalaciones y factores de riesgo. Legislación.

16. Capataz de Instalaciones Culturales.

I. Número de plazas: 1 (reservada para promoción interna).

II. Características.

En régimen laboral, equiparada al subgrupo C1 a los efectos de titulación. Estará dotada con las retribuciones básicas correspondientes al subgrupo C1 y las complementarias propias del puesto de trabajo al que se adscriba dicha plazas.

Figurará incluida en el régimen de dedicación exclusiva.

III. Sistema de selección.

Se establece el de concurso-oposición libre, entre personal de oficios al servicio de la corporación, equiparado el subgrupo C2 de titulación y que desempeñen funciones de capataz de oficios en dicho subgrupo, y que cumplan con los requisitos señalados en la base decimosegunda de las generales y de conformidad con el baremo previsto en las bases generales de la convocatoria derivada de la oferta de empleo público correspondiente a los años 2010 y 2011.

IV. Condiciones de las y de los aspirantes.

Además de las que figuran en la base cuarta de las generales, las/los aspirantes deberán estar en posesión del título de bachillerato superior, FP II o equivalente, de conformidad con lo dispuesto en la Orden EDU/1603/2009, de 10 de junio, por la que se establecen las equivalencias con los títulos de graduado en educación secundaria obligatoria y de bachillerato, regulados en la Ley orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de educación, o contar con diez años de antigüedad en el grupo C, subgrupo C2 de titulación.

Los anteriores requisitos se justifican de la forma prevista en la base cuarta de las generales.

V. Fase de concurso.

La valoración de los méritos alegados y justificados por los/las aspirantes en el turno de promoción interna se realizará de acuerdo con el baremo previsto en la base decimosegunda de las generales.

VI. Ejercicios de la oposición.

Constará de dos ejercicios:

Primer ejercicio. De carácter obligatorio y eliminatorio.

Consistirá en contestar por escrito, en el tiempo que disponga el órgano de selección, a un cuestionario tipo test de 40 preguntas como mínimo, con cuatro respuestas alternativas por pregunta, relacionadas con las materias contenidas en el temario que figura como anexo a estas bases; cuestionario determinado por el órgano de selección inmediatamente antes del inicio del ejercicio. En este ejercicio cada respuesta incorrecta penalizará la mitad de la puntuación de cada pregunta acertada; no se puntuarán las no contestadas.

Segundo ejercicio. Práctico. De carácter obligatorio y eliminatorio.

Consistirá en resolver uno o varios supuestos prácticos o realizar las tareas que propondrá el órgano de selección, relacionadas con las materias objeto del temario específico, en el plazo establecido por el órgano de selección en función de la naturaleza de la prueba.

La calificación de cada ejercicio y la final se hará de conformidad con lo previsto en la base décima de las generales.

• Anexo temario.

(Se excluye el común para plazas del subgrupo C1, que figura como anexo a las bases generales).

Tema 1. Mantenimiento de edificios públicos. Pautas generales.

Tema 2. Mantenimiento sometido a normativa. Equipamientos e instalaciones sometidos a regulación en edificios públicos, definición y periodicidad.

Tema 3. Mantenimientos de instalaciones y estructuras de edificios y naves. Definición, descripciones principales.

Tema 4. Mantenimiento preventivo. Definición, ventajas y fases de actuación.

Tema 5. Mantenimiento sistemático y programado. Definición, fases y tareas básicas a destacar.

Tema 6. Condiciones de bienestar en edificios. Factores a tener en cuenta, líneas de actuación, climatización pasiva y climatización activa.

Tema 7. Bombas de calor. Definición y tipos, principio de funcionamiento, componentes principales.

Tema 8. Calderas de calefacción. Descripción, tipos según combustible, funcionamiento y accesorios básicos principales.

Tema 9. Grupos auxiliares electrógenos. Descripción, tipos componentes, mantenimiento y periodicidad.

Tema10. Sistemas de seguridad en edificios. Intrusión, cctv, detección y extinción. Componentes mantenimientos y periodicidad.

Tema 11. Locales de pública concurrencia. Definición, factores de riesgo, aforos, planes de autoprotección.

Tema 12. Funciones convencionales de museos y salas de exposiciones. Manejo de obras de arte, elementos expositivos, láminas antropométricas, iluminaciones-técnicas. Almacenes y depósitos.

Tema 13. Conceptos básicos de seguridad y salud en el trabajo. Riesgos generales y prevención.

Tema 14. Protección de la salud y seguridad en trabajos con riesgo eléctrico. RD 614/2001. Primeros auxilios

Tema 15. Elementos básicos de gestión de la prevención de riesgos laborales. Gestión de la prevención de los riesgos por la empresa, organismos públicos relacionados con la seguridad y salud en el trabajo.

17. Capataz de Electromecánicos.

I. Número de plazas: 1 (reservada para promoción interna).

II. Características.

En régimen laboral, equiparada al subgrupo C1 a los efectos de titulación. Estará dotada con las retribuciones básicas correspondientes al subgrupo C1 y las complementarias propias del puesto de trabajo al que se adscriba dicha plaza.

Figurará incluida en el régimen de dedicación exclusiva.

III. Sistema de selección.

Se establece el de concurso-oposición libre, entre personal de oficios al servicio de la corporación, equiparado al subgrupo C2 de titulación, y que desempeñen funciones de capataz de oficios en dicho subgrupo y que cumplan con los requisitos señalados en la base decimosegunda de las generales y de conformidad con el baremo previsto en las bases generales de la convocatoria derivada de la oferta de empleo público correspondiente a los años 2010 y 2011.

IV. Condiciones de las y de los aspirantes.

Además de las que figuran en la base cuarta de las generales, las/los aspirantes deberán estar en posesión del título de bachillerato superior, FP II o equivalente, de conformidad con lo dispuesto en la Orden EDU/1603/2009, de 10 de junio, por la que se establecen las equivalencias con los títulos de graduado en educación secundaria obligatoria y de bachillerato, regulados en la Ley orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de educación, o contar con diez años de antigüedad en el grupo C, subgrupo C2 de titulación.

Los anteriores requisitos se justificarán de la forma prevista en la base cuarta de las generales.

V. Fase de concurso.

La valoración de los méritos alegados y justificados por los/las aspirantes en el turno de promoción interna se realizará de acuerdo con el baremo previsto en la base decimosegunda de las generales.

VI. Ejercicios de la oposición.

Constará de dos ejercicios:

Primer ejercicio. De carácter obligatorio y eliminatorio.

Consistirá en contestar por escrito, en el tiempo que estime el órgano de selección, a un cuestionario tipo test de 40 preguntas como mínimo, con cuatro respuestas alternativas por pregunta, relacionadas con las materias contenidas en el temario que figura como anexo a estas bases, cuestionario determinado por el órgano de selección inmediatamente antes del inicio del ejercicio. En este ejercicio cada respuesta incorrecta penalizará la mitad de la puntuación de cada pregunta acertada; no se puntuarán las no contestadas.

Segundo ejercicio. Práctico. De carácter obligatorio y eliminatorio.

Consistirá en resolver uno o varios supuestos prácticos o realizar las tareas que propondrá el órgano de selección, relacionadas con las materias objeto del temario específico, en el plazo establecido por el órgano de selección en función de la naturaleza de la prueba.

La calificación de cada ejercicio y la final se hará de conformidad con lo previsto en la base décima de las generales.

• Anexo temario.

(Se excluye el común para plazas del subgrupo C1, que figura como anexo a las bases generales).

Tema 1. Magnitudes luminosas.

Tema 2. Corrección de factor de potencia.

Tema 3. Efecto estroboscópico (su corrección).

Tema 4. Cálculo de condensadores (serie-paralelo). Cálculo de líneas teniendo en cuenta longitud, material conductor etc.

Tema 5. Sistemas de encendido y apagado de la iluminación pública. Instalación de iluminación (soportes, luminarias, cableado)

Tema 6. Lámparas (tipos).

Tema 7. Ley de Ohm en corriente alterna.

Tema 8. Funciones y características de magneto-térmicas y diferenciales.

Tema 9. Medidas de seguridad a tomar en circuitos eléctricos.

Tema 10. Motores eléctricos.

Tema 11. Conceptos básicos de un pararrayos.

Tema 12. Medidas directas e indirectas de corriente alterna y corriente continua.

Tema 13. Definición de potencia activa, reactiva y aparente.

Tema 14. Cálculo de resistencias en serie y paralelo.

Tema 15. Definición de potencia eléctrica y trabajo eléctrico. Definición de transformador (parámetros más importantes).

18. Oficial de instalaciones municipales.

I. Número de plazas: 23 (reservadas para promoción interna).

II. Características.

En régimen laboral, equiparadas al subgrupo C2 a los efectos de titulación. Estarán dotadas con las retribuciones básicas correspondientes al subgrupo C2 y las complementarias propias del puesto de trabajo al que se adscriban las plazas.

Figurarán incluidas en el régimen de dedicación exclusiva.

III. Sistema de selección.

Se establece el de concurso-oposición libre entre personal municipal al servicio de la corporación, equiparado al subgrupo E de titulación, que desempeñen funciones de vigilancia de instalaciones municipales en dicho subgrupo y, que cumplan con los requisitos señalados en la base decimosegunda de las generales y de conformidad con el baremo previsto en las bases generales de la convocatoria derivada de la oferta de empleo público correspondiente a los años 2010 y 2011.

IV. Condiciones de las y de los aspirantes.

Además de las que figuran en la base cuarta de las generales, las/los aspirantes deberán estar en posesión del título de graduado en educación secundaria obligatoria o equivalente, de conformidad con lo dispuesto en la Orden EDU/1603/2009, de 10 de junio, por la que se establecen equivalencias con los títulos de graduado en educación secundaria obligatoria y de bachillerato regulados en la Ley orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de educación.

Los anteriores requisitos se justificarán de la forma prevista en la base cuarta de las generales.

V. Fase de concurso.

La valoración de los méritos alegados y justificados por los/las aspirantes en el turno de promoción interna se realizará de acuerdo con el baremo previsto en la base decimosegunda de las generales.

VI. Ejercicios de la oposición.

Constará de dos ejercicios:

Primer ejercicio. De carácter obligatorio y eliminatorio.

Consistirá en contestar por escrito, en el tiempo que estime el órgano de selección, a un cuestionario tipo test de 40 preguntas como mínimo, con cuatro respuestas alternativas por pregunta, relacionadas con las materias contenidas en el temario que figura como anexo a estas bases; cuestionario determinado por el órgano de selección inmediatamente antes del inicio del ejercicio. En este ejercicio cada respuesta incorrecta penalizará la mitad de la puntuación de cada pregunta acertada; no se puntuarán las no contestadas.

Segundo ejercicio. Práctico. De carácter obligatorio y eliminatorio.

Consistirá en resolver uno o varios supuestos prácticos o realizar las tareas que propondrá el órgano de selección, relacionadas con las materias objeto del temario específico, en el plazo establecido por el órgano de selección en función de la naturaleza de la prueba.

La calificación de cada ejercicio y la final se hará de conformidad con lo previsto en la base décima de las generales.

• Anexo-temario específico.

(Se excluye el común para plazas del subgrupo C2, que figura como anexo a las bases generales).

Tema 1. Herramientas más utilizadas por las brigadas de obras, albañilería, electricidad, carpintería y fontanería. Características y aplicaciones.

Tema 2. Conservación y mantenimiento de parques y jardines: herramientas utilizadas, podas y abonado.

Tema 3. Los materiales de la construcción. Clases y aplicación.

Tema 4. Electricidad: Esquemas básicos de conexión.

Tema 5. Normas elementales de apilamiento y almacenaje de los diversos materiales utilizados.

Tema 6. Operaciones básicas en trabajos de albañilería, electricidad, fontanería, carpintería y pintura.

Tema 7. Guía técnica de mantenimiento para los centros escolares públicos.

Tema 8. Seguridad y salud laboral: riesgos, protecciones personales y colectivas de carácter común a diversos oficios.

Vigo, 27 de novembro de 2012

Carlos López Font
Concejal delegado de Gestión Municipal