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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 13 Martes, 21 de enero de 2014 Pág. 2093

III. Otras disposiciones

Consellería de Economía e Industria

RESOLUCIÓN de 9 de enero de 2014, de la Dirección General de Energía y Minas, por la que se delegan competencias en el Instituto Energético de Galicia.

Mediante el Decreto 110/2013, de 4 de julio, se establecen la estructura orgánica de la Consellería de Economía e Industria y las competencias de la Dirección General de Energía y Minas.

La actividad administrativa de la Dirección General de Energía y Minas supone una concentración de funciones alrededor de su titular que aconseja, dado su volumen, recurrir a la delegación de competencias en otros órganos o entidades, sin olvidar el debido respeto a los principios que informan la actividad administrativa y que nuestra Constitución recoge en su artículo 103.1°.

La delegación de competencias permite la agilización administrativa necesaria y redunda en beneficio tanto de la Administración como de los administrados, dentro del más riguroso respecto a las garantías jurídicas que la tutela de los intereses públicos exige.

Después de la aprobación previa del conselleiro y según lo previsto en los artículos 13 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, 6 de la Ley 16/2010, de 17 de diciembre, de organización y funcionamiento de la Administración general y del sector público autonómico de Galicia, y demás disposiciones de general aplicación,

RESUELVO:

Artículo 1

1. Se delegan en el Instituto Energético de Galicia todas las competencias atribuidas a la dirección general competente en materia de energía por el Decreto 42/2009, de 21 de enero, por el que se regula la certificación energética de edificios de nueva construcción en la Comunidad Autónoma de Galicia, y por toda su normativa de desarrollo.

2. Durante la vigencia de la presente delegación de competencias, todas las referencias a la dirección general competente en materia de energía y a su titular contenidas en la antedicha normativa y en la Resolución de 20 de mayo de 2013 por la que se aprueba el modelo de solicitud para la inscripción de los certificados de eficiencia energética de los edificios existentes en el Registro de Certificados de Eficiencia Energética de Edificios de Galicia, aprobada con el fin de dar cumplimiento a lo dispuesto en el Real decreto 235/2013, de 15 de abril, por el que se aprueba el procedimiento básico para la certificación de eficiencia energética de edificios, se entenderán realizadas al Instituto Energético de Galicia y al titular de su dirección.

Artículo 2

Las resoluciones administrativas que se adopten haciendo uso de las delegaciones de competencias conferidas por esta orden harán constar expresamente esta circunstancia y se considerarán dictadas por el órgano delegante.

Artículo 3

El director general podrá reclamar, en cualquier momento, el ejercicio de las competencias que son delegadas por esta orden, de las cuales quedan excluidos, en todo caso, los supuestos previstos en el artículo 13.2º de la Ley de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común y en el artículo 44.2º de la Ley de normas reguladoras de la Xunta y de su Presidencia.

Disposición final

Esta resolución entrará en vigor el mismo día de su publicación en el Diario Oficial de Galicia.

Santiago de Compostela, 9 de enero de 2014

Ángel Bernardo Tahoces
Director general de Energía y Minas