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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 7 Martes, 13 de enero de 2015 Pág. 1482

III. Otras disposiciones

Vicepresidencia y Consellería de Presidencia, Administraciones Públicas y Justicia

RESOLUCIÓN de 17 de noviembre de 2014, de la Secretaría General Técnica de la Consellería de Presidencia, Administraciones Públicas y Justicia, por la que se ordena la publicación del Acuerdo del Consello de la Xunta de 18 de septiembre de 2014 por el que se aprueba el Catálogo de medios y prestaciones susceptible de autoprovisión y se toma razón de los suministros, obras, servicios y cualquier otra prestación susceptible de contratación centralizada.

El Consello de la Xunta de Galicia, en su reunión de dieciocho de septiembre de dos mil catorce, adoptó el Acuerdo por el que se aprueba el Catálogo de medios y prestaciones susceptible de autoprovisión y se toma razón de los suministros, obras, servicios y cualquier otra prestación susceptible de contratación centralizada.

Para general conocimiento, se procede a la publicación del referido acuerdo que figura como anexo a esta resolución.

Santiago de Compostela, 17 de noviembre de 2014

Beatriz Cuiña Barja
Secretaria general técnica de la Consellería de Presidencia,
Administraciones Públicas y Justicia

ANEXO
Acuerdo por el que se aprueba el Catálogo de medios y prestaciones susceptible de autoprovisión y se toma razón de los suministros, obras, servicios y cualquier otra prestación susceptible de contratación centralizada

A los efectos de hacer efectivos los principios de colaboración y cooperación recogidos en el artículo 7 de la Ley 14/2013, de 26 de diciembre, de racionalización del sector público autonómico, esta ley consagra en sus artículos 8 y 9 la figura de los catálogos de medios y prestaciones susceptibles de ser objeto de cooperación, colaboración y asistencia en el ámbito interno del sector público autonómico.

Los catálogos de medios y prestaciones serán aprobados por el Consello de la Xunta mediante acuerdo, previo informe de la consellería competente en materia de evaluación y reforma administrativa, y se publicarán en el Diario Oficial de Galicia.

Se establece, por lo tanto, que para los medios y prestaciones incluidos en esos catálogos solo se podrá acudir a la contratación externa cuando la autoprovisión no resulte viable, por no poder ser extensamente satisfechas por otros órganos o entidades instrumentales del sector público las necesidades que se pretenden cubrir, mediante alguno de los procedimientos de colaboración indicados en la Ley 14/2013, de 26 de diciembre, por la insuficiencia, carencia o inadecuación de los medios de los que dispongan.

En el resto de los casos se habilitan los mecanismos oportunos para hacer efectiva la cooperación interdepartamental que permita prescindir de la contratación externa.

La referida ley señala que en el catálogo deben incluirse los medios y prestaciones susceptibles de ser prestados internamente por la vía de la cooperación, colaboración y asistencia mutua entre órganos de la Administración general de la Comunidad Autónoma y las entidades del sector público autonómico, de manera que se garantice un uso racional, eficiente y eficaz de los recursos públicos y la actuación coordinada del sector público autonómico.

En particular, tal y como exige el artículo 9.2. de la Ley 14/2013, de 26 de diciembre, en el catálogo debe incluirse la prestación de asistencia jurídica, control económico-financiero, auditoría de cuentas o de funcionamiento, auditoría energética, evaluación de resultados, estadística, higiene y salud laboral, formación de personal empleado público, Administración electrónica, innovación y desarrollo tecnológico.

Por su parte, en relación con el principio de racionalización y eficiencia del gasto público recogido en el artículo 19 de la Ley 14/2013, de 26 de diciembre, el artículo 20.2 señala que el Consello de la Xunta creará una comisión interdepartamental que determinará, en el ámbito de la Administración general de la Comunidad Autónoma y de su sector público los suministros, obras, servicios y cualquier otra prestación que, por su carácter común, se puedan contratar de forma general y con características esencialmente homogéneas para los diferentes órganos y organismos.

A efectos de cumplir esta previsión, el Consello de la Xunta celebrado el 20 de febrero de 2014, el primero tras la entrada en vigor de la ley, acordó la creación de una comisión interdepartamental compuesta por la persona titular de la Secretaría General de la Presidencia y por las personas titulares de las secretarías generales técnicas de las consellerías de la Xunta de Galicia. Esta comisión asumió, entre sus funciones, elaborar la propuesta de este catálogo único, que integre los de todos los órganos de la Administración general y del sector público autonómico, a los efectos de su sometimiento al Consello de la Xunta previo informe de la consellería competente en materia de evaluación y reforma administrativa. Asimismo, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 20.2 de la ley 14/2013, de 26 de diciembre, asumió la función de determinar las prestaciones susceptibles de contratación centralizada.

En su virtud, a propuesta de la comisión interdepartamental, previo informe favorable de la consellería competente en materia de evaluación y reforma administrativa y previa deliberación del Consello de la Xunta, en su reunión de dieciocho de septiembre de dos mil catorce,

SE ACUERDA:

Primero. Objeto del acuerdo

1. Aprobar el catálogo de medios y prestaciones que serán objeto de cooperación, colaboración y asistencia en el ámbito interno del sector público autonómico que se incorpora como anexo I a este acuerdo.

2. Tomar razón de la relación de suministros, obras, servicios y otras prestaciones que serán susceptibles de contratación centralizada, que se incorpora como anexo II a este acuerdo.

Segundo. Ámbito de aplicación

Su ámbito de aplicación será el sector público autonómico, integrado, de acuerdo con la Ley 16/2010, de 17 de diciembre, de organización y funcionamiento de la Administración general y del sector público autonómico de Galicia, por la Administración general de la Comunidad Autónoma de Galicia y las entidades instrumentales de su sector público.

Tercero. Órganos o entidades encargados de la autoprovisión

Los órganos o entidades encargados de los medios y prestaciones que serán objeto de cooperación, colaboración y asistencia en el ámbito interno del sector público autonómico serán los señalados en el anexo I de este acuerdo para cada uno de los medios o prestaciones.

Cuarto. Instrumentos de cooperación, colaboración y asistencia

Para los medios y prestaciones incluidos en el catálogo se deberá acudir a la cooperación, colaboración y asistencia en el ámbito interno del sector público autonómico, que se hará efectivo a través de los siguientes instrumentos:

a) Protocolos de coordinación.

b) Comisiones o grupos de trabajo.

c) Encomiendas de gestión.

d) Acuerdos de colaboración o cooperación para el desempeño conjunto de las tareas comunes.

e) Otros instrumentos y procedimientos que, de manera común y voluntaria, se establezcan.

Quinto. Excepciones

1. Se podrá acudir a la contratación externa cuando la autoprovisión no resulte viable, por no poder ser extensamente satisfechas por los órganos o entidades instrumentales del sector público las necesidades que se pretenden cubrir, mediante alguno de los procedimientos de colaboración indicados en este acuerdo, por la insuficiencia, carencia o inadecuación de los medios de los que dispongan.

2. En el expediente de contratación debe justificarse la imposibilidad de hacer uso de la autoprovisión.

3. El órgano o entidad a la que le corresponda la asunción de tareas que serán objeto de contratación externa deberá supervisar y prestar asistencia en el proceso de contratación y en la ejecución de las prestaciones para velar por la coordinación y asegurarse de que no se generen duplicidades, siempre que así lo requiera el órgano o entidad solicitante de esas prestaciones.

Sexto. Actualización del catálogo

El catálogo se podrá actualizar por acuerdo del Consello de la Xunta, la propuesta de la comisión interdepartamental y previo informe de la consellería competente en materia de evaluación y reforma administrativa.

Séptimo. Régimen transitorio

1. Desde el día siguiente a la aprobación de este catálogo no se podrá acudir a la contratación externa para los medios y prestaciones incluidos en el mismo, sin perjuicio de lo dispuesto en la cláusula quinta de este acuerdo.

2. No obstante, los medios y prestaciones incluidos en este catálogo, en los que se acordó el inicio del expediente de contratación con anterioridad a la fecha señalada en el párrafo anterior, se exceptuarán de la aplicación del catálogo hasta que finalice el plazo de vigencia de los contratos respectivos.

ANEXO I
Catálogo de medios y prestaciones objeto de autoprovisión

Departamento encargado
de los servicios y prestaciones

Centro directivo/entidad encargado/a
de los servicios y prestaciones

Servicio o prestación objeto
de autoprovisión

Presidencia de la Xunta de Galicia

Redes de Telecomunicación Gallegas (Retegal)

Servicios de inversión y mantenimiento en telecomunicaciones

Presidencia de la Xunta de Galicia; Consellería de Hacienda y Consellería de Sanidad

Agencia para la Modernización Tecnológica de Galicia (Amtega); Cixtec y Sergas

Servicio de Administración electrónica

Vicepresidencia y Consellería de Presidencia, Administraciones Públicas y Justicia

Dirección General de Evaluación y Reforma Administrativa

Servicio de evaluación de resultados

Agencia Gallega de Emergencias (Axega)

Servicio de gestión de emergencias

Academia Gallega de Seguridad Pública (Agasp)

Servicio de cesión de instalaciones

Servicio de formación

Escuela Gallega de Administración Pública (EGAP)

Servicio de biblioteca

Servicio de formación

Servicio de cesión de instalaciones

Fundación Galicia Europa (FGE)

Servicio de elaboración de informes, formación y organización de actividades

Servicio de cesión de instalaciones

Asesoría Jurídica General de la Xunta de Galicia

Asistencia jurídica de las entidades del sector público autonómico

Dirección General de Relaciones Institucionales y Parlamentarias

Estudiar, desde un punto de vista competencial, la producción normativa del Estado y de otras comunidades autónomas

Dirección General de Emergencias e Interior

Elaboración y gestión de planes

Consellería de Hacienda

Intervención General de la Xunta de Galicia

Auditoría de cuentas

Consejo Gallego de la Competencia (CGC)

Asesoramiento jurídico en materia de prácticas prohibidas por la Ley de defensa de la competencia y en materia de ayudas públicas

Instituto Gallego de Estadística (IGE)

Servicio de formación y previsión, recogida, análisis y diagnóstico de datos

Centro Informático para la Gestión Tributaria Económico-Financiera y Contable (Cixtec)

Servicios de gestión económico-financiera y contable

Consellería de Medio Ambiente, Territorio e Infraestructuras

Agencia Gallega de Infraestructuras (AXI)

Servicio técnico en infraestructuras

Instituto de Estudios del Territorio (IET)

Asistencia técnica en materia de cartografía y para aquellas tareas que requieran de datos geográficos así como asistencia en el desarrollo de instrumentos de ordenación del territorio

Instituto Gallego de la Vivienda y Suelo (IGVS)

Redacciones de planes y proyectos sectoriales y otros instrumentos urbanísticos y redacción de proyectos de expropiaciones

Consellería de Economía e Industria

Laboratorio Oficial de Metrología de Galicia (LOMG)

Servicio de instrumentos y medios de medida y formación en esta materia

Instituto Energético de Galicia (Inega)

Servicio de gestión y desarrollo de la red de energía y de eficiencia energética

Agencia Gallega de Innovación (Gain)

Servicio de formación y asesoramiento en I+D+i

Laboratorio de Consumo de Galicia

Análisis de productos de consumo como los uniformes del personal

Instituto Gallego de Promoción Económica (Igape)

Servicio de asesoramiento y gestión en materia de instrumentos financieros

Consellería de Cultura, Educación y Ordenación Universitaria

Dirección General de Educación, Formación Profesional e Innovación Educativa

Servicio de formación

Fundación Ciudad de la Cultura de Galicia

Servicio de cesión de instalaciones

Consellería de Sanidad

Dirección General de Innovación y Gestión de la Salud Pública

Realización de auditorías internas del control oficial

Servicio de análisis de aguas

Secretaría General Técnica (Subdirección General de Inspección, Auditoría y Acreditación de Servicios Sanitarios)

Realizar los controles de las incapacidades temporales

Consellería de Trabajo y Bienestar

Instituto Gallego de Seguridad y Salud Laboral (Issga)

Servicios de promoción y formación en prevención de riesgos laborales

Servicio de detección de terceros obligados al pago de la atención sanitaria prestada por el Sergas en el supuesto de accidentes de trabajo

Consellería del Medio Rural y del Mar

Fondo Gallego de Garantía Agraria (Fogga)

Servicio de gestión de fondos europeos en materia agraria

Centro Tecnológico del Mar (Cetmar)

Servicios de formación e I+D+i en materia pesquera y acuícola

Empresa Pública de Servicios Agrarios Galegos, S.A. (Seaga)

Servicios en materia agraria, forestal, medioambiental, animal y marina

Instituto Gallego de Calidad Alimentaria (Ingacal)

Servicios en I+D+i en el ámbito agrario y forestal

Fundación del Centro Tecnológico de la Carne (CTC)

Servicios en materia de carne y productos cárnicos

Instituto Tecnológico para el Control del Medio Marino de Galicia (Intecmar)

Servicio de análisis del medio marino

ANEXO II
Relación de prestaciones que serán objeto de contratación centralizada

Departamento encargado
de la contratación centralizada

Definición y características del servicio o prestación

Presidencia (Amtega)

Servicio de red corporativa de telefonía

Presidencia (Amtega); Hacienda (Cixtec) y Sanidad (Sergas)

Servicios de desarrollo de la Administración electrónica

Presidencia (Amtega)

Servicio de mantenimiento de fotocopiadoras

Presidencia (Amtega)

Suministro de fotocopiadoras, equipos de impresión, equipos de destrucción de documentos, equipos para el tratamiento de la información…

Vicepresidencia y Consellería de Presidencia, AA.PP. y Justicia

Servicio de limpieza de edificios administrativos con excepción de los centros educativos y sanitarios que le corresponderá a la consellería respectiva

Vicepresidencia y Consellería de Presidencia, AA.PP. y Justicia

Servicio de mantenimiento de edificios administrativos con excepción de los centros educativos y sanitarios que le corresponderá a la consellería respectiva

Vicepresidencia y Consellería de Presidencia, AA.PP. y Justicia

Servicio de vigilancia y seguridad de los edificios administrativos con excepción de los centros educativos y sanitarios que le corresponderá a la consellería respectiva

Vicepresidencia y Consellería de Presidencia, AA.PP. y Justicia

Servicios postales y telegráficos

Vicepresidencia y Consellería de Presidencia, AA.PP. y Justicia

Servicio de mensajería y paquetería

Vicepresidencia y Consellería de Presidencia, AA.PP. y Justicia

Acuerdo marco para el servicio de mantenimiento y reparación de vehículos

Vicepresidencia y Consellería de Presidencia, AA.PP. y Justicia

Agencias de viaje

Vicepresidencia y Consellería de Presidencia, AA.PP. y Justicia

Suministro de combustible

Vicepresidencia y Consellería de Presidencia, AA.PP. y Justicia

Acuerdo marco para el suministro de material de oficina

Vicepresidencia y Consellería de Presidencia, AA.PP. y Justicia

Adquisición de vehículos

Vicepresidencia y Consellería de Presidencia, AA.PP. y Justicia

Acuerdo marco para el suministro de vestuario, con excepción del vestuario específico del personal de las consellerías con competencias en materia de medio ambiente, territorio e infraestructuras; de sanidad y de medio rural y mar

Consellería de Hacienda

Póliza seguros de vehículos

Consellería de Economía e Industria

Abastecimiento energético