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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 82 Lunes, 4 de mayo de 2015 Pág. 17318

VI. Anuncios

a) Administración autonómica

Consellería de Economía e Industria

RESOLUCIÓN de 13 de febrero de 2015, de la Jefatura Territorial de A Coruña, por la que se concede la autorización administrativa previa, la autorización administrativa de construcción y la declaración de utilidad pública de una instalación eléctrica en el ayuntamiento de Santa Comba (expediente IN407A 2014/084-1).

Expediente: IN407A 2014/084-1-1.

Promotor: Industrial Barcalesa, S.L.

Denominación de la instalación: centro de seccionamiento y maniobra Fontecada.

Ayuntamiento: Santa Comba.

Hechos.

1. El 9 de junio de 2014, Industrial Barcalesa, S.L. solicitó la autorización administrativa previa, la autorización administrativa de construcción del proyecto de ejecución y la declaración de utilidad pública de la instalación de distribución eléctrica indicada.

2. El proyecto se sometió al trámite de información pública mediante su inserción en el DOG de 11 de diciembre de 2014, en el BOP de 26 de noviembre, en el diario La Voz de Galicia de 25 de noviembre y en el tablero de anuncios del Ayuntamiento de A Baña, según diligencia del secretario municipal de 8 de julio de 2014, así como con notificaciones individuales a los titulares que constan en la relación de bienes y derechos afectados.

No consta en el expediente ninguna alegación y se recibió certificado de exposición pública del Ayuntamiento de A Baña en el que se indica que no se formularon alegaciones.

3. Se solicitó el preceptivo informe a la Agencia Gallega de Infraestructuras de la Consellería de Medio Ambiente, Territorio e Infraestructuras, así como reiteración, sin que conste en el expediente ninguna contestación, por lo que se entiende su conformidad con la autorización de la instalación y con las especificaciones técnicas propuestas.

4. Los servicios técnicos de la jefatura territorial emitieron un informe favorable sobre dicha solicitud.

Consideraciones legales y técnicas.

1. Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del sector eléctrico.

2. Real decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica.

3. Real decreto 223/2008, de 15 de febrero, por el que se aprueban el Reglamento sobre condiciones técnicas y garantías de seguridad en líneas eléctricas de alta tensión y sus instrucciones técnicas complementarias ITC-LAT 01 a 09.

4. Real decreto 337/2014, de 9 de mayo, por el que se aprueban el Reglamento sobre condiciones técnicas y garantías de seguridad en instalaciones eléctricas de alta tensión y sus instrucciones técnicas complementarias ITC-RAT 01 a 23.

5. Real decreto 842/2002, de 2 de agosto, por el que se aprueba el Reglamento electrotécnico para baja tensión.

6. Real decreto 2563/1982, de 24 de julio, sobre traspaso de funciones y servicios de la Administración del Estado a la Comunidad Autónoma de Galicia en materia de industria, energía y minas (BOE núm. 246, de 24 de julio).

7. Ley de 16 de diciembre de 1954, sobre expropiación forzosa (BOE núm. 351, de 17 de diciembre).

8. Decreto de 26 de abril de 1957, por el que se aprueba el reglamento de la Ley de expropiación forzosa (BOE núm. 160, de 20 de junio).

9. Decreto 36/2001, de 25 de enero, por el que se establecen los órganos competentes para la resolución de los procedimientos de autorización de instalaciones eléctricas que sean competencia de la Comunidad Autónoma de Galicia (DOG núm. 34, de 16 de febrero).

10. Decreto 110/2013, de 4 de julio, por lo que se establece la estructura orgánica de la Consellería de Economía e Industria (DOG núm. 140, de 24 de julio), modificado por el Decreto 116/2014, de 11 de septiembre (DOG núm. 183, de 25 de septiembre).

11. Las características técnicas de la instalación son las siguientes:

– Centro de seccionamiento y maniobra Fontecada interior, en edificio prefabricado de hormigón de tipo monobloque, incluyendo 5 celdas de media tensión: cuatro de entrada/salida de líneas motorizadas y una celda de protección mediante fusibles para un trafo de 50 kVA, cuyo fin será el suministro a los servicios auxiliares del edificio, todas ellas con aislamiento y corte en SF6.

– Línea subterránea de alta tensión de interconexión entre la línea aérea Corna-Espesedo en el aopio existente del tipo HV-1000/13, y el CS Fontecada, simple circuito, con conductores unipolares de aluminio y aislamiento seco tipo RHZ1-2OL 12/20 kV 3×(1×240 Al), de 101 metros de longitud.

– Línea subterránea de alta tensión de interconexión entre el CS Fontecada y la línea aérea Corna-Espesedo en el apoyo existente del tipo HV-1000/13, simple circuito, con conductores unipolares de aluminio y aislamiento seco tipo RHZ1-2OL 12/20 kV 3×(1×240 Al), de 101 metros de longitud.

– Línea subterránea de alta tensión de interconexión entre el CS Fontecada y la línea aérea Babión-Gandarela (expediente IN407A 98/409-1) en el apoio fin de línea existente del tipo HV-1600/13, simple circuito, con conductores unipolares de aluminio y aislamiento seco tipo RHZ1-2OL 12/20 kV 3×(1×240 Al), de 83 metros de longitud.

El presupuesto de la instalación según el proyecto es de 42.402,97 €.

12. Durante el período de información pública no se recibieron alegaciones.

13. En el expediente consta un informe favorable de los servicios técnicos de esta jefatura territorial.

De acuerdo con todo lo indicado,

RESUELVO:

1. Conceder la autorización administrativa previa, la autorización administrativa de construcción y la declaración de utilidad pública a la instalación eléctrica denominada centro de seccionamiento y maniobra Fontecada.

2. La instalación se ejecutará en el plazo de un año, contado a partir del día siguiente al de la publicación de la presente resolución en el Diario Oficial de Galicia.

3. Para la puesta en funcionamiento de la instalación autorizada, se deberá presentar ante esta jefatura territorial una solicitud que se acompañará de la siguiente documentación:

• Las declaraciones de conformidad relativas al material o equipo, y las certificaciones u homologaciones, si procede.

• Un certificado del director del montaje en el que se garantizará el cumplimiento de las especificaciones del proyecto y prescripciones complementarias, si las hubiere, así como de las reglamentaciones y normas oportunas, en el montaje de la instalación y puesta a punto.

4. Esta aprobación se otorga sin perjuicio de otras que sean de aplicación según la legislación vigente, en especial las relativas a la ordenación del territorio y al medio ambiente.

Contra esta resolución, que no es definitiva en vía administrativa, podrá interponerse recurso de alzada ante el conselleiro de Economía e Industria en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de su notificación o publicación en los términos establecidos en los artículos 107, 100, 114 y 115 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común (modificada por la Ley 4/1000, de 13 de enero), sin perjuicio de que los interesados puedan interponer cualquier otro recurso que se considere pertinente.

A Coruña, 13 de febrero de 2015

Isidoro Martínez Arca
Jefe territorial de A Coruña