El proyecto de innivación artificial en la estación de esquí de Manzaneda está sujeto al procedimiento de evaluación de impacto ambiental ordinario, según la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de evaluación ambiental (BOE núm. 296, de 11 de diciembre).
De conformidad con el artículo 36 de dicha Ley 21/2013, se somete a información pública el estudio de impacto ambiental y el proyecto de la innivación artificial en la estación de esquí de Manzaneda durante treinta días, que comenzarán a contar a partir del día siguiente al de la publicación de este anuncio.
Durante este período cualquier persona interesada podrá consultar la documentación y, en su caso, formular las alegaciones, sugerencias y/u observaciones que estime convenientes ante la Secretaría General de Calidad y Evaluación Ambiental.
Los documentos podrán examinarse en los siguientes lugares:
– La Secretaría General de Calidad y Evaluación Ambiental, con dirección en Santiago de Compostela, San Lázaro, s/n, planta baja, de lunes a viernes de 9.00 a 14.00 horas.
La Jefatura Territorial de Ourense de la Consellería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio (Servicio de Calidad y Evaluación Ambiental), con dirección en Ourense, c/ Paseo, 18, de lunes a viernes de 9.00 a 14.00.
El siguiente enlace:
http://www.cmati.xunta.es/seccion-tema/c/Avaliacion_ambiental?content=SX_Calidade_Avaliacion_Ambiental%2FAvaliacion_impacto_ambiental_proxectos%2FSeccion_AIA.html&ui=SX_Calidade_Avaliacion_Ambiental%2FAvaliacion_proxectos%2Fdinamico%2Flistado_proxecto_aap_central.html&sub=Participacion_publica%2F&clase=Xestion%2FProxecto_aap%2FTipo_proxecto%2FIP_AIA_ordinaria%2F
Santiago de Compostela, 15 de febrero de 2016
Justo de Benito Basanta
Secretario general de Calidad y Evaluación Ambiental
ANEXO
Expediente: 2014/0135.
Solicitante: Meisa (Oca Nova Manzaneda).
Denominación: innivación artificial en la estación de esquí de Manzaneda.
Ayuntamientos: Manzaneda y A Pobra de Trives (Ourense).