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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 110 Miercoles, 05 de junio de 1996 Pág. 5.452

III. OTRAS DISPOSICIONES

CONSELLERÍA DE PESCA, MARISQUEO Y ACUICULTURA

ORDEN de 20 de mayo de 1996 por la que se resuelve la convocatoria de becas para la realización de estudios en el campo de la pesca.

Por Orden de 31 de enero de 1996 (DOG nº 31, de 13 de febrero) se convocan becas de especialización para la realización de estudios sobre la pesca en Galicia.

Por resolución de la Dirección Xeral de Formación Pesqueira e Investigación, de 2 de mayo de 1996, y de conformidad con la base 6.4º, se hizo pública la relación provisional de beneficiarios de las mencionadas becas y se fijaba un plazo de diez días hábiles contados a partir del siguiente al de su publicación, a fin de que los interesados, en su caso, formulasen las reclamaciónes oportunas.

Finalizado el plazo y sin que haya ninguna reclamación presentada, esta consellería de acuerdo con la propuesta de resolución elaborada por la comisión de selección de las becas de especialización para a realización de estudios en el campo de la pesca,

DISPONE:

Artículo 1º.- Se acuerda concederles una beca de especialización para la realización de estudios en el campo de la pesca a las personas que a continuación se relacionan. Los beneficiarios aparecen ordenados por orden decreciente segun la puntuación obtenida:

ApellidosNombreDNIPuntos

Palmón DíazMyrian34.260.141-P9

Sinde CantornaAna Isabel33.295.840-M8

Artículo 2º.- Se declaran desiertas las bolsas correspondientes a la base 1ª.2.

Artículo 3º.- Los becarios deberán formalizar su adscripción en un plazo de diez días desde la publicación de esta orden en el Diario Oficial de Galicia, de no hacerlo perderán las becas, quedando en este caso desiertas.

Artículo 4º.- La inoservancia por parte de los beneficiarios de cualquiera de las bases establecidas en la orden de convocatoria del 31 de enero de 1996 supondrá la pérdida del derecho a percibir la ayuda correspondiente.

Artículo 5.- La presente disposición pone fin a la vía administrativa segun lo dispuesto en el artículo 109.c de la Ley 30/1992 del régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común.

Disposición final

La presente orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de Galicia.

Santiago de Compostela, 20 de mayo de 1996

Juan Caamaño Cebreiro

Conselleiro de Pesca, Marisqueo e Acuicultura

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