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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 233 Lunes, 01 de diciembre de 2003 Pág. 14.749

V. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL NÚMERO UNO DE A CORUÑA

EDICTO (344/2003).

Yo, Agustín Ignacio Pena López, secretario del Juzgado de lo Social númro uno de A Coruña, hago saber que en los autos nº 344/2003, seguidos a instancia de Carmen Freijomil Iglesias contra la empresa Estefanía López Vázquez, sobre reclamación de cantidades, la magistrada-jueza de este juzgado, Isabel Olmos Parés, dictó sentencia, en la fecha de 24 de julio de 2002, con la siguiente parte dispositiva:

«Que, estimando la demanda presentada por María Carmen Freijomil Iglesias, debo declarar y declaro el derecho de la actora a percibir la cantidad de 2.815,73 euros en concepto de salarios e liquidación.

Notifíquese esta resolución a las partes, a las que se hará saber que contra la referida sentencia cabe el recurso de suplicación, que deberá anunciar su abogado o representante legal designado al efecto, ante este juzgado, en el plazo de cinco días, a contar desde la notificación de esta sentencia, por comparecencia o por escrito de las partes. Es posible el anuncio por mera manifestación de la parte recurrente al ser notificada y será resuelto, en su caso, y cumplidos los trámites legales, por la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Galicia. La empresa condenada deberá, asimismo, acreditar al anunciar el recurso haber consignado el importe de la condena en la cuenta de consignaciones de este juzgado, abierta en el BBV, cuenta nº 5602-60, pudiendo sustituirse por el aseguramiento mediante aval bancario, constando la responsabilidad solidaria del avalista, más otra cantidad de 150,25 euros, en la misma cuenta y en calidad de depósito, en un impreso separado al del

importe de la condena.

Así, por esta mi sentencia, lo pronuncio, mando y firmo».

Y para que le sirva de notificación a la empresa Estefanía López Vázquez cuyo último domicilio conocido estaba en la c/ Arenal, 7, bajo, 15002 A Coruña, y que en la actualidad se desconoce, y a fin de su publicación en el Diario Oficial de Galicia, expido y firmo este edicto en A Coruña a 4 de noviembre de 2003.

El secretario judicial

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