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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 233 Lunes, 01 de diciembre de 2003 Pág. 14.750

V. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL NÚMERO DOS DE A CORUÑA

CÉDULA de notificación de sentencia (104/2003).

Yo, Jaime Balado Yáñez, secretario judicial del juzgado de lo social número dos de A Coruña, doy fe y testimonio en autos seguidos ante este Juzgado de lo Social, tramitados bajo el nº 104/2003 a instancia de José Ángel Lamas Castro, Faustino Deibe Manzanares y Alberto Seoane García, contra la empresa CAF Informática, S.L. sobre salarios, se dictó la siguiente

«Sentencia.-En la ciudad de A Coruña a 10 de septiembre de 2003. Jorge Hay Alba, magistrado juez de lo social número dos de esta ciudad, ha visto los presentes autos de juicio nº 104/2003, seguidos a instancia de José Ángel Lamas Castro, Faustino Deibe Manzanares y Alberto Seoane García, mayores de edad, asistidos por la letrada Ana Mª Gil Fernández, contra la empresa CAF Informática, S.L., que no ha comparecido en los autos, siendo el objeto de la reclamación salarios.

Siguen hechos y fundamentos de derecho.

Decido que debo estimar y estimo la demanda interpuesta por José Ángel Lamas Castro, Faustino Deibe

Manzanares y Alberto Seoane García, contra la empresa CAF Informática, S.L., condenando a la demandada a que abone a los actores la cantidad de: a José Ángel Lamas Castro, 5.167,79 euros, a Faustino Deibe Manzanares, 9.319,64 euros y a Alberto Seoane García, 7.357,57 euros por los conceptos reclamados en la demanda.

Notifíquese esta resolución a las partes, a las que se hará saber que contra la referida sólo cabe recurso de suplicación ante el Tribunal Superior de Justicia de Galicia, anunciándose ante este juzgado en el plazo de cinco días contados a partir de la notificación de esta sentencia y, en el propio término, si el recurrente no goza del beneficio de la justicia gratuita, deberá, al anunciarlo, entregar el resguardo acreditativo de consignación de la cantidad objeto de la condena en la cuenta de depósitos y consignaciones que este juzgado tiene abierta en el Banesto de esta ciudad, con el número de cuenta 0030 6349 0000 5603, clave 60, haciendo constar en el ingreso el número del expediente.

Y asimismo, deberá en el momento de interponer el recurso, consignar la cantidad de 150,25 euros, en concepto de depósito, en la clave 65 de la citada cuenta y expediente.

Así, por esta mi sentencia, definitivamente juzgando en primera instancia, lo pronuncio, mando y firmo.»

Y para que sirva de notificación a la empresa de domicilio desconocido, mediante su publicación en el Diario Oficial de Galicia, expido y firmo la presente Cédula de notificación en A Coruña a 4 de noviembre de 2003.

El secretario judicial

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