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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 20 Martes, 29 de enero de 2013 Pág. 2402

III. Otras disposiciones

Consellería de Hacienda

ORDEN de 28 de enero de 2013 por la que se establecen las condiciones de dos emisiones de obligaciones de la Comunidad Autónoma de Galicia por importe de 48 millones de euros y de 176,8 millones de euros, respectivamente.

El artículo 54 del texto refundido de la Ley de régimen financiero y presupuestario de Galicia indica que si la Ley de presupuestos generales no fuera aprobada por el Parlamento de Galicia antes del primer día del ejercicio económico en que deba aplicarse, se considerarán automáticamente prorrogados los del ejercicio inmediato anterior.

El Decreto 263/2012, de 27 de diciembre, regula las condiciones de la prórroga de los presupuestos generales de la Comunidad Autónoma de Galicia para el año 2012. De conformidad con su disposición adicional segunda «durante el período de prórroga continuará en vigor, con las excepciones de su adaptación a lo establecido en este decreto, el texto articulado de la Ley de presupuestos generales de la Comunidad Autónoma para 2012».

En este sentido, el artículo 35 de la Ley 11/2011, de 26 de diciembre, de presupuestos generales de la Comunidad Autónoma de Galicia para el año 2012, autoriza la realización de las operaciones financieras recogidas en la indicada ley, mediante la emisión de deuda pública o la concertación de créditos.

Asimismo, en el artículo 33 de la Ley de régimen financiero y presupuestario de Galicia se establece que las emisiones de deuda pública u operaciones de crédito que realice la comunidad tendrán que ser autorizadas, en todo caso, por el conselleiro de Economía y Hacienda dentro de los límites señalados por la ley, al que le corresponderá asimismo autorizar sus características técnicas y su tipo de interés, si estos no fuesen determinados por su ley de creación. Dicha facultad corresponde en la actualidad a la conselleira de Hacienda en virtud de la nueva estructuración de los departamentos de la Xunta, regulada por los decretos 227/2012, de 2 de diciembre y 235/2012, de 5 de diciembre.

Mediante acuerdo del Consejo de Ministros de fecha 18 de enero de 2013 se obtuvo la autorización establecida en el artículo 14.3 de la Ley orgánica 8/1980, de 22 de septiembre, de financiación de las comunidades autónomas.

Por todo ello,

DISPONGO:

Artículo primero

Se autoriza un nuevo tramo (tramo 2), por un importe nominal de 48 millones de euros, de la emisión de deuda pública de la Comunidad Autónoma de Galicia que, bajo la forma de obligaciones de la Xunta de Galicia, fue emitida el 15 de diciembre de 1997, al tipo de interés del 6,28 % y amortización de una sola vez a la par en la fecha de vencimiento, el 15 de diciembre de 2017 (código ISIN ES0001352139).

Las fechas de amortización y vencimiento de cupones, así como el tipo de interés nominal anual y demás condiciones de este nuevo tramo de la emisión de deuda pública que autoriza la presente orden, serán las mismas que se establecieron en la Orden de 7 de noviembre de 1997, por la que se establecen las condiciones de la emisión de obligaciones de la Comunidad Autónoma de Galicia por importe de 91.191.566,56 euros (Diario Oficial de Galicia núm. 222, de 17 de noviembre), con las siguientes excepciones:

Importe nominal de la emisión: cuarenta y ocho millones de euros (48.000.000).

Fecha de emisión y desembolso del nuevo tramo: 29 de enero de 2013. Los valores que se emitan se agregarán a la emisión anteriormente reseñada, teniendo la consideración de ampliación de aquélla, con la que se gestionarán como una única emisión a partir de su puesta en circulación.

Cupón corrido: 0,77425 % sobre el importe nominal de la emisión.

Precio de emisión excluyendo el cupón corrido: 100,26668 % sobre el importe nominal de la emisión.

Precio de emisión incluyendo el cupón corrido: 101,04093 % sobre el importe nominal de la emisión, libre de gastos para el suscriptor.

Entidad colocadora: Banco Etcheverría.

Suscripción: la emisión de las obligaciones está destinada a inversores cualificados y su desembolso será realizado a través de la entidad colocadora de la emisión en la fecha de emisión y desembolso, con la intervención del Banco de España con arreglo a los procedimientos que éste tiene establecidos para los miembros del mercado de deuda pública en anotaciones.

Artículo segundo

Se autoriza un nuevo tramo (tramo 5), por un importe nominal de 176,8 millones de euros, de la emisión de deuda pública de la Comunidad Autónoma de Galicia que, bajo la forma de obligaciones sénior, no garantizadas y no subordinadas de la Xunta de Galicia, fue emitida el 12 de diciembre de 2011, al tipo de interés del 5,00 % y amortización a la par (100 % del importe nominal de cada obligación), en la fecha de vencimiento, el 12 de diciembre de 2014 (código ISIN ES0001352394).

Las fechas de amortización y vencimiento de cupones, así como el tipo de interés nominal anual y demás condiciones de este nuevo tramo de la emisión de deuda pública que autoriza la presente orden, serán las mismas que se establecieron en la Orden de 5 de diciembre de 2011, por la que se establecen las condiciones de la emisión de obligaciones de la Comunidad Autónoma de Galicia por importe de 30 millones de euros (Diario Oficial de Galicia núm. 234, de 9 de diciembre), con las siguientes excepciones:

Importe nominal de la emisión: ciento setenta y seis millones ochocientos mil (176.800.000) euros.

Fecha de emisión y desembolso del nuevo tramo: 29 de enero de 2013. Los valores que se emitan se agregarán a la emisión anteriormente reseñada, teniendo la consideración de ampliación de aquélla, con la que se gestionarán como una única emisión a partir de su puesta en circulación.

Cupón corrido: 0,65753 % sobre el importe nominal de la emisión.

Precio de emisión excluyendo el cupón corrido: 100,68809 % sobre el importe nominal de la emisión.

Precio de emisión incluyendo el cupón corrido: 101,34562 % sobre el importe nominal de la emisión, libre de gastos para el suscriptor.

Entidad colocadora: Banco Etcheverría.

Suscripción: la emisión de las obligaciones está destinada a inversores cualificados y su desembolso será realizado a través de la entidad colocadora de la emisión en la fecha de emisión y desembolso, con la intervención del Banco de España con arreglo a los procedimientos que éste tiene establecidos para los miembros del mercado de deuda pública en anotaciones.

Disposición final

Esta orden tendrá efectos desde el mismo día de su publicación en el Diario Oficial de Galicia.

Santiago de Compostela, 28 de enero de 2013

Elena Muñoz Fonteriz
Conselleira de Hacienda