La Consellería de Trabajo y Bienestar, a través de la Dirección General de Juventud y Voluntariado, lleva a cabo la promoción y organización de actividades con un claro componente de educación no formal destinadas a la juventud en el ámbito del ocio y el tiempo libre.
Asumidas las competencias en este ámbito por el Decreto 146/1982, de 1 de diciembre, la Consellería de Trabajo y Bienestar incluye entre sus objetivos el de favorecer la participación de la juventud en actividades de este tipo, y para eso convoca, una vez más, la Campaña de verano 2013.
A través de la oferta de dicha campaña se ofrece la posibilidad de que la juventud emplee su tiempo libre de verano participando en actividades de carácter lúdico, cultural, deportivo y formativo, que sirvan no sólo para divertirse, sino también para el enriquecimiento personal y vital, además de ofrecer la posibilidad de conocer otros territorios de la geografía nacional a través de las actividades que se realizan en otras comunidades autónomas de España.
La Consellería de Trabajo y Bienestar, a través de la Dirección General de Juventud y Voluntariado, pretende satisfacer las necesidades de la juventud gallega en la ocupación de su tiempo de ocio.
Por todo esto,
DISPONGO:
Artículo 1. Objeto
1. Para facilitar que la juventud gallega pueda participar en actividades de tiempo libre de calidad, la Consellería de Trabajo y Bienestar, a través de la Dirección General de Juventud y Voluntariado, oferta la programación de actividades que se detalla en el anexo I de esta orden.
Las diferentes actividades que integran esta programación se llevarán a cabo tanto en Galicia como en las comunidades autónomas de España, en diferentes turnos de entre una semana y quince días de duración durante los meses de julio y agosto.
2. La información sobre la convocatoria de esta campaña, así como de cada actividad e instalación juvenil donde se desarrollará, se encontrará detallada en la página web www.xuventude.net. Además, las personas interesadas pueden solicitar folletos informativos de la convocatoria en la Dirección General de Juventud y Voluntariado, en los servicios y oficinas locales de Juventud de las jefaturas territoriales de la Consellería de Trabajo y Bienestar, en las oficinas y puntos de información juvenil de la Red Gallega de Información y Documentación Juvenil, en el Centro Coordinador de Información y Documentación Juvenil y en las oficinas de información administrativa y atención al ciudadano.
3. Con el fin de lograr la efectiva difusión de esta campaña para próximas convocatorias y con el objetivo de garantizar la transparencia, la eficacia y la eficiencia en la organización y gestión pública (artículo 2.b de la Ley 4/2006, de 30 de junio, de transparencia y buenas prácticas en la Administración pública gallega), de proporcionar y difundir información constante, veraz, objetiva y clara sobre la actuación del sector público (2.c), se recogerán experiencias e incluso fotografías de las instalaciones y de las personas participantes que podrán ser empleadas para noticias contenidas en periódicos, publicaciones e incluso divulgadas tanto a través de servicios de la sociedad de la información como en páginas web de la Consellería de Trabajo y Bienestar.
A estos efectos, la presentación de la solicitud de participación implica la autorización para la publicación de estas imágenes.
Artículo 2. Servicios ofertados
1. La participación en la oferta de la Campaña de verano 2013 se realizará a través de inscripción individual o múltiple (para los supuestos de dos, tres o cuatro hermanos/as). Las personas participantes dispondrán de los siguientes servicios:
a) Un programa de actividades de carácter sociocultural, recreativo, formativo y convivencial, que posibilite la participación del/de la joven.
b) Alojamiento en albergue juvenil, residencia juvenil o campamento juvenil.
c) Manutención en régimen de pensión completa.
d) El material necesario para la actividad.
e) Un equipo técnico de personal especializado en animación sociocultural y actividades de tiempo libre y actividades náuticas, en su caso.
f) Atención sanitaria de primeros auxilios y seguro de accidentes.
g) En las actividades desarrolladas en otras comunidades autónomas se incluye el transporte desde Santiago de Compostela, o lugar que se señale como punto de salida, hasta el lugar de destino, así como el retorno hasta Santiago de Compostela.
2. La incorporación a los campamentos y albergues de Galicia será por cuenta de la persona interesada el día de inicio del turno correspondiente, entre las 16.00 y las 19.00 horas. No se admitirá ningún/a participante después de este límite.
En las actividades que se lleven a cabo en otras comunidades autónomas, será por cuenta de la persona interesada el traslado desde su domicilio hasta Santiago de Compostela, o el lugar que se señale como punto de salida, tanto el día de ida para la actividad como el día de llegada de ésta.
En el supuesto de abandono de la actividad o expulsión del/de la participante, será responsabilidad de los padres/madres o tutores/as legales el traslado para el regreso a su domicilio, así como los gastos que se ocasionen.
Artículo 3. Participantes
1. Pueden solicitar su participación en las actividades ofertadas en esta convocatoria los/as jóvenes nacidos/as en el año señalado en el anexo I para cada actividad.
2. En cuanto a la edad mínima y máxima para participar en la Campaña de verano 2013, hay que destacar lo siguiente:
– Los/as nacidos/as en el año 1995 no podrán cumplir 18 años antes de la finalización del campamento.
– Los/as nacidos/as en el año 2004 deberán tener cumplidos 9 años al inicio del campamento.
3. El incumplimiento de estas normas dará lugar a la no admisión de la solicitud.
4. Ningún/a participante podrá ser admitido/a en más de un campamento por año.
Artículo 4. Personas con discapacidad y menores procedentes de centros de menores
Con el objeto de conseguir una adecuada distribución de plazas en los campamentos de integración organizados por la Xunta de Galicia, aquellos/as jóvenes que tengan una discapacidad igual o superior al 33 % deberán participar en este programa a través de la convocatoria que realiza todos los años la Secretaría General de Política Social-Subdirección General de Promoción de la Autonomía Personal y Prevención da Dependencia, por lo que no podrán presentar solicitudes de participación en el sorteo de la campaña de verano.
En el caso de incumplimiento de lo dispuesto en el apartado anterior, los/as jóvenes no serán aceptados/as el día de incorporación al campamento.
Las solicitudes relativas a jóvenes procedentes de centros de menores serán canalizadas a través de la Subdirección General de Familia y Menores, por lo que no serán admitidas aquellas solicitudes que no vengan por esta vía.
Artículo 5. Tipos de solicitud
1. La solicitud puede ser individual o múltiple.
a) Solicitud individual:
Las personas que quieran presentar solicitud individual de plazas deben utilizar el formulario que se incorpora como anexo II de esta orden (procedimiento BS303A).
b) Solicitud múltiple:
En el caso de las personas que cumplan los requisitos que se señalan en el párrafo siguiente de este apartado y quieran presentar una solicitud múltiple, deberán emplear el formulario que se incorpora como anexo III de la orden (procedimiento BS303F).
La solicitud múltiple se admitirá para el supuesto de dos, tres y hasta cuatro hermanos/as. Se equipararán a estos supuestos los/las menores en situación de acogimiento familiar. Esta solicitud múltiple sólo se podrá emplear en el caso de personas que pidan la misma instalación y turno. Todas las personas interesadas que figuren en una misma instancia deben cumplir los requisitos de edad exigidos para las instalaciones y turnos solicitados.
El incumplimiento de lo dispuesto en el párrafo anterior por una de las personas participantes supondrá la exclusión de todas las que figuren en esa misma solicitud.
Estas solicitudes tienen efecto durante el sorteo para la adjudicación de la plaza y para generar las listas de espera, pero en el momento de las adjudicaciones desde la lista de espera ya se tienen en cuenta como individuales.
2. Presentación de solicitudes.
La presentación de la solicitud podrá hacerse, a elección del/de la solicitante, por vía electrónica o por vía escrita:
a) Vía electrónica:
De acuerdo a lo establecido en el Decreto 198/2010, de 2 de diciembre, por el que se regula el desarrollo de la Administración electrónica en la Xunta de Galicia y en las entidades de ella dependientes y una vez aprobada, por Orden de 15 de septiembre de 2011, la puesta en funcionamiento de la sede electrónica de la Xunta de Galicia, los interesados podrán presentar electrónicamente las solicitudes en la Sede electrónica de la Xunta de Galicia, en la dirección: https://sede.xunta.es. En el caso de solicitud individual presentarán electrónicamente el formulario de solicitud del anexo II (procedimiento BS303A) y en caso de solicitud múltiple presentarán el formulario de solicitud del anexo III (procedimiento BS303F).
La documentación complementaria podrá presentarse electrónicamente, utilizando cualquier procedimiento de copia digitalizada del documento original. En este caso, las copias digitalizadas presentadas garantizarán la fidelidad con el original bajo la responsabilidad de la persona solicitante. La Administración podrá requerir la exhibición del documento original para el cotejo de la copia electrónica presentada según lo dispuesto en el artículo 35.2 de la Ley 11/2007, de 22 de junio, de acceso de los ciudadanos a los servicios públicos y 22.3 del Decreto 198/2010, por el que se regula el desarrollo de la Administración electrónica en la Xunta de Galicia y en las entidades de ella dependientes. La entrega de tales copias implica la autorización a la Administración para que acceda y trate la información personal contenida en los correspondientes documentos. Las mencionadas imágenes electrónicas carecerán de carácter de copia auténtica.
b) Vía escrita:
Las solicitudes deberán formularse en el impreso que corresponda, anexo II (procedimiento BS303A) en caso de solicitud individual, o anexo III (procedimiento BS303F) en caso de solicitud múltiple, que se podrán obtener en la guía de procedimientos y servicios, en la dirección electrónica https://sede.xunta.es/guia-de-procedementos-e-servizos, o en la sede electrónica, en la dirección https://sede.xunta.es
Dicha solicitud junto con la documentación requerida se dirigirá a la persona titular de la Dirección General de Juventud y Voluntariado y se podrá presentar en el registro de la Consellería de Trabajo y Bienestar, situado en el Edificio Administrativo de la Xunta de Galicia en San Lázaro, en Santiago de Compostela, en los registros de las jefaturas territoriales de la Consellería de Trabajo y Bienestar o por cualquiera de los medios establecidos en el artículo 38 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común.
Si la solicitud se presenta por correo, será necesaria su presentación en sobre abierto para que en la oficina de Correos correspondiente se haga constar el sello y la fecha antes de proceder a su envío postal.
3. Cumplimentación de la solicitud.
Los impresos de solicitud deben ser cubiertos de acuerdo con las siguientes normas:
a) Cada joven sólo podrá cubrir una solicitud y elegirá, por orden de prioridad, un máximo de cinco turnos o actividades (cada turno o actividad está identificada con un código en el anexo I de esta orden).
b) Los datos del/de la solicitante deben ser los del/de la joven que opta a participar en las actividades. En el caso de solicitudes múltiples deberán cubrirse los datos de todos los/as hermanos/as que soliciten su participación.
c) Las solicitudes deberán firmarlas los/las padres/madres o tutores/as de los/as menores solicitantes.
d) Si el/la solicitante es gallego no residente en Galicia, en su solicitud debe figurar, para las comunicaciones, una dirección en esta comunidad autónoma.
e) La duplicidad de una solicitud dará lugar a la inadmisión de ambas, quedando el/la solicitante fuera del sorteo.
Transcurrido un mes desde la publicación de la orden, la persona interesada deberá comprobar la recepción de su solicitud en la página web www.xuventude.net, así como los posibles errores de mecanización que se cometieran con el objeto de proceder a su corrección. En esa página aparecerá un enlace para consultar los datos de las solicitudes. Para tener acceso a estos deberá incluirse el número de DNI del/de la padre/madre o tutor/a que cubrió la instancia, así como la fecha de caducidad de ese DNI. Si las personas interesadas encuentran algún error en los datos de la solicitud o no la encuentran, deben llamar a cualquiera de los números de teléfono de la Dirección General de Juventud y Voluntariado que aparecen en el anexo V. La comunicación de los errores deberá efectuarse, como fecha límite, hasta tres días antes del señalado para la realización del sorteo. Una vez transcurrido ese día, contra los errores u omisiones de solicitudes no procederá reclamación alguna.
La presentación de la solicitud implica la aceptación de las normas de este procedimiento.
Artículo 6. Plazo
El plazo de presentación de solicitudes será de 15 días naturales contado a partir del día siguiente al de la publicación de esta orden en el Diario Oficial de Galicia.
Artículo 7. Adjudicación de plazas
La adjudicación de las plazas se realizará de la siguiente forma:
1. Por adjudicación directa, en el caso de que la demanda no supere el número de plazas disponibles.
2. Por sorteo, por medios informáticos, en el supuesto de que el número de solicitudes supere el número de plazas disponibles.
En este caso el sorteo se realizará, ante notario/a, en los 45 días siguientes a la fecha de publicación de la orden. El día concreto de realización del sorteo se anunciará en la página web de Juventud, www.xuventude.net, y tendrá lugar a las 12.00 horas de ese día en la sala de prensa de la Consellería de Trabajo y Bienestar, situada en la tercera planta de las dependencias de la mencionada consellería, en el Edificio Administrativo de San Lázaro en Santiago de Compostela.
Mediante este sorteo se cubrirán las plazas en las distintas actividades que especifica el anexo I de esta orden.
Asimismo, dará lugar a una lista de espera para cada una de las actividades, colocando a cada participante únicamente en una lista de espera para un campamento concreto, de entre los que solicitó entre las cinco opciones. El número de reservas en cada actividad será del 50 % de las plazas convocadas.
3. La Dirección General de Juventud y Voluntariado hará público el resultado del sorteo, incluidas las listas de espera, y confeccionará la correspondiente lista de admitidos/as para cada turno y actividad.
El resultado del sorteo se publicará en la página web www.xuventude.net, donde se expondrá la lista de admitidos/as a partir del día siguiente al del sorteo. A estos efectos, la presentación de la solicitud implica la autorización para la publicación de los datos de la persona solicitante.
Artículo 8. Documentación
Los/as participantes seleccionados/as deberán presentar en el plazo de 15 días naturales contado desde el siguiente al de la realización del sorteo, en la jefatura territorial de la Consellería de Trabajo y Bienestar de la provincia donde se va a desarrollar la actividad, o en la Dirección General de Juventud y Voluntariado, en el caso de las actividades que se realicen fuera de la Comunidad Autónoma de Galicia, la siguiente documentación:
– Justificación de pago.
– Fotocopia del DNI o de la hoja correspondiente del libro de familia, en caso de que el/la padre/madre o representante legal del/de la menor interesado/a no autorice expresamente la comprobación de datos por medio del acceso telemático al Sistema de verificación de datos de identidad.
– Fotocopia del documento de afiliación a la Seguridad Social o seguro médico privado.
– Cuestionario médico sanitario (anexo IV).
– Declaración responsable de que sabe nadar.
Artículo 9. Adjudicación de plazas a las listas de espera
1. Las vacantes que se produzcan por no presentar la documentación, por presentarla fuera del plazo establecido o por renunciar a la plaza obtenida en el sorteo serán ofrecidas en la fase de reservas a los/as solicitantes que figuran en las listas de espera correspondientes. En el caso de que se produzcan bajas, la Dirección General de Juventud y Voluntariado o el Servicio de Juventud correspondiente contactarán, siguiendo el orden de lista, con los/las suplentes mediante llamada telefónica. La apertura de la fase de reservas se publicará en la página web de Juventud, www.xuventude.net, con una antelación mínima de cinco días. Se realizarán 3 llamadas entre las 9.00 y las 14.00 horas que quedarán registradas para su constancia. De no contactar con la persona interesada, ésta será dada de baja y se llamará a la siguiente en la lista de espera. Una vez recibida la comunicación y aceptada la plaza ofrecida deberán presentar la documentación señalada en el artículo 8 en un plazo de 48 horas.
2. En caso de no presentar la mencionada documentación en el plazo indicado la plaza será ofertada a la siguiente persona de la lista de espera.
Artículo 10. Adjudicación de las plazas de resultas
1. Las plazas vacantes que no se cubriesen por los procedimientos de adjudicación establecidos en los artículos 7 y 9 de esta orden serán ofertadas en la fase de resultas. Estas plazas estarán expuestas en la página web www.xuventude.net, donde se anunciará la apertura de la fase de resultas con una antelación mínima de cinco días.
A estos efectos, podrá solicitar las plazas vacantes toda persona que cumpla los requisitos de año de nacimiento al que se hace referencia en el artículo 3 de esta orden y teniendo en cuenta lo dispuesto en el artículo 3.4.
2. Para solicitar las plazas de resultas la persona interesada podrá efectuar la oportuna reserva de la plaza, en caso de que existan vacantes, por teléfono a través de cualquier Servicio de Juventud y Voluntariado de las jefaturas territoriales o de la Dirección General de Juventud y Voluntariado.
Cada persona sólo podrá hacer la reserva, como máximo, de cuatro plazas para cuatro participantes.
La reserva de plazas se podrá efectuar en horario de 9.00 a 14.00 horas, en días laborables excepto los sábados.
3. Una vez efectuada la reserva de plaza la persona interesada dispondrá de un plazo máximo de 48 horas para presentar la documentación relacionada en el artículo 8.
Esta documentación podrá presentarla en cualquiera de las oficinas anteriormente relacionadas. En caso contrario, perderá el derecho a la plaza reservada.
4. En el anexo V se indican las direcciones y teléfonos de las oficinas administrativas a través de las que se puede efectuar la oportuna reserva de plaza, para los efectos de lo dispuesto en este artículo.
Artículo 11. Precios
1. Los precios de aplicación para cada actividad y turno aparecen detallados en el anexo I de esta orden, de acuerdo con lo señalado en la orden por la que se fijan los precios privados correspondientes a la prestación de servicios en las instalaciones juveniles y a la expedición de carnés dirigidos a la juventud de la Dirección General de Juventud y Voluntariado, durante el año 2013.
2. Los miembros de familia que tengan el título de numerosa tendrán un descuento del 50 % sobre los precios que aparecen detallados en el anexo I de esta orden.
3. Las personas usuarias del Carné Xove gozarán de un descuento del 25 % sobre los precios que aparecen detallados en el anexo I de esta orden.
4. Los descuentos citados en los dos apartados anteriores en ningún caso serán acumulables.
A los efectos de la aplicación de estos descuentos, las personas solicitantes deberán indicar en su solicitud, marcando la casilla correspondiente del formulario, si tienen o no el título de familia numerosa o el Carné Xove, para su posterior comprobación por la Administración.
Artículo 12. Obligaciones de los/as adjudicatarios/as
Los/as adjudicatarios/as de las plazas están obligados/as:
1. A incorporarse a la actividad y regresar por los medios y en los plazos establecidos.
2. A no abandonar la actividad sin el permiso de la persona responsable. En todo caso, el abandono de la actividad antes de su finalización requerirá la comparecencia de los/as padres/madres o tutores/as, y será responsabilidad de éstos/as el traslado para el regreso a su domicilio, así como los gastos que por tal causa se ocasionen, tal y como se especifica en el artículo 2.2.
3. A respetar las normas establecidas por los equipos de animación, las normas de régimen interior de las respectivas instalaciones y, en general, las establecidas por la legislación vigente en la materia.
4. La plaza es intransferible.
Artículo 13. Devolución de cuotas
1. Si una vez obtenida la plaza y abonado el precio correspondiente la persona interesada no pudiese asistir a la actividad, sólo tendrá derecho a la devolución de éste en el caso de que comunique la renuncia a la plaza por escrito y solicite la devolución de la cantidad abonada por lo menos veinte días naturales antes del inicio de la actividad, o cuando, por causas no imputables a la persona interesada, no se preste el servicio o la Administración anule la actividad.
En caso de renuncia a una plaza concedida y posterior solicitud y adjudicación de otra en la fase de resultas, si la renuncia a la primera plaza no se comunicó con la antelación de veinte días antes señalada, tendrá que abonarse el importe íntegro de la segunda plaza, sin que se compense con el precio abonado por la primera.
2. Todas aquellas solicitudes de devolución de cuota que no sean presentadas, tal y como se refleja en el apartado anterior, por lo menos veinte días naturales antes del inicio de la actividad, serán denegadas independientemente de la causa justificativa que se alegue en la respectiva solicitud de devolución de cuota.
3. A estos efectos las personas interesadas disponen de un modelo normalizado de solicitud de devolución de cuota de participación anexo a esta orden (anexo VI), que se podrá obtener en la guía de procedimientos y servicios, en la dirección electrónica https://sede.xunta.es/guia-de-procedementos-e-servizos, o en la sede electrónica, en la dirección https://sede.xunta.es
4. La solicitud deberá dirigirse al/a la jefe/a territorial de la Consellería de Trabajo y Bienestar de la provincia donde se va a desarrollar la actividad, o a la persona titular de la Dirección General de Juventud y Voluntariado en el caso de las actividades que se desarrollen fuera de la Comunidad Autónoma de Galicia, que serán los órganos encargados de resolver en cada caso.
Artículo 14. Protección de datos
De acuerdo con el artículo 5 de la Ley orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de protección de datos de carácter personal, le informamos de que los datos recogidos en los diferentes anexos de esta orden resultan necesarios para la adjudicación de plazas juveniles dentro del programa Campaña de verano 2013. Los datos facilitados se consideran exactos y puestos al día, además de pertinentes y adecuados y serán incorporados a un fichero del que es responsable la Consellería de Trabajo y Bienestar con la finalidad de gestión de la actividad. El/la titular de los datos consiente expresamente su comunicación a organizaciones o personas directamente relacionadas con el/la responsable del fichero y su publicación en los términos contenidos en la presente orden. No habrá más cesiones de datos excepto a otras administraciones públicas que ejerzan las mismas competencias o en el caso de que una ley lo prevea. La persona interesada puede ejercer los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición ante el centro directivo competente en materia de juventud en la dirección Edificio Administrativo San Lázaro, 15781 Santiago de Compostela (A Coruña) o en el correo electrónico lopd.xuventude@xunta.es
Cuando el/la solicitante facilite datos de un tercero, aunque se trate de menores de edad, siempre que sean mayores de 14 años, será el/la encargado/a de informar del contenido de esta cláusula al/a la titular de los datos y con carácter previo a su inclusión en dicho fichero, en el caso de menores, deberá expresarlo en un lenguaje fácilmente comprensible para estos.
Disposición final primera
Se faculta a la persona titular de la Dirección General de Juventud y Voluntariado para dictar, en el ámbito de sus competencias, las resoluciones precisas para el desarrollo de esta orden.
Disposición final segunda
Esta orden entrará en vigor al día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de Galicia.
Santiago de Compostela, 21 de marzo de 2013
Beatriz Mato Otero
Conselleira de Trabajo y Bienestar
ANEXO I
Campamentos de verano 2013
Instalación juvenil |
Actividad |
Fecha |
Año nacimiento |
Importe plaza |
Código |
Alb. Juv. Mariña Española |
Mi primera aventura |
1-8.7 |
03-04 |
113 € |
150001 |
11-18.7 |
03-04 |
113 € |
150002 |
||
21-28.7 |
03-04 |
113 € |
150003 |
||
1-8.8 |
03-04 |
113 € |
150004 |
||
Deporte y recreación |
11-18.8 |
01-02 |
113 € |
150005 |
|
Alb. Juv. Gandarío |
Conecta con Galicia |
1-12.7 |
95-96-97-98 |
222 € |
150006 |
Conecta con Galicia |
15-26.7 |
95-96-97-98 |
222 € |
150022 |
|
Actividades en el mar |
1-12.7 |
98-99 |
232 € |
150007 |
|
Actividades en el mar |
17-28.7 |
98-99 |
232 € |
150008 |
|
Vela y tabla |
17-28.7 |
95-96-97 |
232 € |
150009 |
|
Actividades en el mar |
2-13.8 |
99-00 |
232 € |
150010 |
|
Vela y tabla |
2-13.8 |
95-96-97 |
232 € |
150011 |
|
Actividades en el mar |
18-29.8 |
98-99 |
232 € |
150012 |
|
Vela y tabla |
18-29.8 |
95-96-97 |
232 € |
150013 |
|
Camp. Juv. Furelos |
En bicicleta por la naturaleza |
1-12.7 |
98-99 |
207 € |
150014 |
17-28.7 |
95-96-97 |
207 € |
150015 |
||
2-13.8 |
99-00 |
207 € |
150016 |
||
Camp. Juv. Virxe de Loreto |
Naturaleza junto al mar |
1-12.7 |
98-99 |
207 € |
150017 |
17-28.7 |
98-99 |
207 € |
150018 |
||
2-13.8 |
95-96-97 |
207 € |
150019 |
||
Camp. Juv. Espiñeira |
Campamento de teatro |
1-12.7 |
01-02 |
176 € |
150020 |
17-28.7 |
01-02 |
176 € |
150021 |
||
Alb. Juv. Area |
Actividades en el mar: vela, |
1-12.7 |
98-99 |
232 € |
270001 |
17-28.7 |
97-98 |
232 € |
270002 |
||
2-13.8 |
98-99 |
232 € |
270003 |
||
18-29.8 |
98-99 |
232 € |
270004 |
||
Alb. Juv. Benigno Quiroga |
Jugando en el embalse. Nuestra primera aventura |
1-8.7 |
02-03-04 |
113 € |
270005 |
11-18.7 |
02-03-04 |
113 € |
270006 |
||
21-28.7 |
02-03-04 |
113 € |
270007 |
||
1-8.8 |
02-03-04 |
113 € |
270008 |
||
Camp. Juv. A Devesa |
Multiaventura: medio ambiente |
1-12.7 |
99-00 |
176 € |
270009 |
Acampada al lado del mar |
1-12.7 |
01-02 |
176 € |
270010 |
|
DevesAventura |
17-28.7 |
99-00 |
176 € |
270011 |
|
Campamento Siente Galicia |
17-28.7 |
01-02 |
176 € |
270012 |
|
Un viaje a través del tiempo |
2-13.8 |
01-02 |
176 € |
270013 |
|
Sonidos de la devesa |
2-13.8 |
01-02 |
176 € |
270014 |
|
Camp. Juv. Os Chacotes |
Multiaventura en Os Chacotes |
17-28.7 |
98-99 |
176 € |
270015 |
Aventura-T |
2-13.8 |
99-00 |
176 € |
270016 |
|
Camp. Juv. P. de Xacinto |
Teatro y aventura en la naturaleza |
1-12.7 |
02-03-04 |
176 € |
320001 |
Teatro y aventura en la naturaleza |
17-28.7 |
99-00 |
176 € |
320002 |
|
Aventura y deporte |
2-13.8 |
98-99 |
176 € |
320003 |
|
Centro de educación ambiental Equal (Coles) |
Campamento Equal |
1-8.7 |
02-03-04 |
113 € |
320004 |
Alb. Xuv. Vilar de Ordelles (Esgos) |
Acércate a la Ribeira Sacra. Lánzate a la aventura |
11-18.7 |
99-00-01-02 |
113 € |
320005 |
Estación de Manzaneda |
Manzaneda alta montaña |
1-8 .8 |
97-98-99 |
113 € |
320006 |
Alb. Juv. As Sinas |
Actividades en el mar: vela, tabla, piragüismo, kayak-polo y aula de naturaleza marina |
1-12.7 |
98-99 |
232 € |
360001 |
17-28.7 |
98-99 |
232 € |
360002 |
||
2-13.8 |
98-99 |
232 € |
360003 |
||
18-29.8 |
95-96-97 |
232 € |
360004 |
||
Camp. Juv. Pontemaril |
Mi primera aventura |
1-8.7 |
02-03-04 |
101 € |
360005 |
11-18.7 |
02-03-04 |
101 € |
360006 |
||
21-28.7 |
02-03-04 |
101 € |
360007 |
||
Aventura en la naturaleza |
1-12.7 |
01-02 |
176 € |
360008 |
|
17-28.7 |
99-00 |
176 € |
360009 |
||
2-13.8 |
99-00 |
176 € |
360010 |
||
Camp. Juv. Illa de Ons |
Aventura en la isla |
1-8.7 |
00-01 |
101 € |
360011 |
11-18.7 |
01-02 |
101 € |
360012 |
||
21-28.7 |
00 |
101 € |
360013 |
||
1-8.8 |
01-02 |
101 € |
360014 |
Campamentos en otras comunidades autónomas. Año 2013 campaña de verano
Comunidad |
Instalación juvenil |
Modalidad |
Año |
Fecha |
Precio |
Código |
Araba |
Albergue Catedral de Victoria-Gasteiz |
Colonia de rock |
96-97 |
1-12.7 |
293 € |
500001 |
Albergue Juv. Barría |
Gaia-Comic |
95-96-97 |
1-12.7 |
293 € |
500002 |
|
Alb. Juv. Barría |
Multiaventura |
98-99 |
1-11.8 |
274 € |
500003 |
|
Isla de Zuhatza |
Náutica |
97-98-99 |
1-11.8 |
283 € |
500004 |
|
Extremadura |
Camp. Juv. Emperador Carlos V (Jerte) |
Deporte y ocio en Jerte |
98-99 |
3-14.8 |
247 € |
500005 |
Castilla y León |
Alb. Juv. Navarredonda de Gredos |
Multiaventura y aire libre |
99-00 |
1-12.8 |
293 € |
500006 |
La Rioja |
Alb. Juv. Ezcaray |
Multiaventura |
98-99 |
1-12.7 |
293 € |
500007 |