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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 68 Martes, 9 de abril de 2013 Pág. 10515

V. Administración de justicia

Tribunal Superior de Justicia de Galicia (Sala de lo Social)

EDICTO (RSU 3697/2012).

Tipo y número de recurso: recurso de suplicación 3697/2012 MAY.

Juzgado de origen/autos: demanda 564/2011 Juzgado de lo Social número 3 de Santiago de Compostela.

Recurrente: Televisión de Galicia, S.A.

Abogada: Susana Fernández Veiguela.

Procuradora: María Dolores Luisa Villar Pispieiro.

Recurridos: Teresa Luisa Abuin Tubío, Olympus Comunicación, S.L.

Abogado: Matías Movilla García.

María Asunción Barrio Calle, secretaria judicial de la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de A Coruña, hago saber que en el procedimiento de recurso de suplicación 3697/2012-MAY, seguido a instancia de Televisión de Galicia, S.A. contra la empresa Teresa Luisa Abuin Tubío, Olympus Comunicación, S.L., sobre otros derechos laborales, se ha dictado la resolución cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente:

«Acuerdo: tener por desistida a Televisión de Galicia, S.A. del recurso de suplicación interpuesto, declarando la firmeza de la resolución objeto del citado recurso de fecha 5.12.2011 dictada por el Juzgado de lo Social número 3 de Santiago de Compostela en sus autos número 564/11.

Incorpórese el original al libro de decretos, dejando certificación del mismo en el procedimiento de su razón.

Una vez firme la presente resolución, se remitirán, junto con testimonio de la misma, las actuaciones al órgano judicial de origen y verificado procédase al archivo de la correspondiente pieza separada.

Notifíquese la presente resolución.

Modo de impugnación: mediante recurso de revisión a interponer en el plazo de cinco días hábiles siguientes a su notificación».

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la oficina judicial, salvo el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia, o cuando se trate de emplazamiento.

A Coruña, 15 de marzo de 2013

La secretaria judicial