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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 74 Martes, 21 de abril de 2015 Pág. 15276

VI. Anuncios

a) Administración autonómica

Consellería del Medio Rural y del Mar

ANUNCIO de 6 de abril de 2015, de la Jefatura Territorial de A Coruña, por el que se anuncia la toma de posesión provisional de las fincas de reemplazo de la zona de concentración parcelaria de Filgueira de Barranca-Trasanquelos (Oza y Cesuras-A Coruña).

Después de publicar el acuerdo de concentración parcelaria de la zona de Filgueira de Barranca-Trasanquelos (Oza y Cesuras-A Coruña), y al no exceder el número de recursos presentados y pendientes del seis por ciento de los titulares de las explotaciones, ni representar los reclamantes más del diez por ciento de la superficie concentrada, la Dirección General de Desarrollo Rural resolvió dar posesión provisional de las nuevas fincas con fecha 30 de marzo de 2015.

Todas las personas interesadas tomarán posesión de sus terrenos obligatoriamente, sin perjuicio de las rectificaciones que procedan como consecuencia de los recursos que prosperen, según el artículo 44 de la Ley 10/1985, de 14 de agosto, de concentración parcelaria para Galicia.

Si algún propietario no permitiera la toma de posesión de las nuevas fincas en el plazo que se indica en este aviso, será apercibido y a continuación será objeto de compulsión directa (artículo 45 de dicha ley), además de imponerle las sanciones económicas que procedan, conforme a lo dispuesto en los artículos 69 y siguientes de la misma.

Los interesados podrán reclamar sobre las diferencias superiores al dos por ciento entre la cabida real de las nuevas fincas y la que conste en el expediente de concentración, en el plazo de sesenta días naturales siguientes a la fecha en que las fincas se pongan a su disposición (artículo 46). Deberán presentar con la reclamación dictamen pericial visado por el colegio correspondiente.

Los plazos para la toma de posesión son los siguientes:

a) Labradíos sin cosecha pendiente, prados y pastos: el día siguiente al de la publicación de este anuncio en el Diario Oficial de Galicia.

b) Las restantes fincas, en el momento de ser retiradas las cosechas que estuvieran pendientes de recolección en el día antes citado.

c) En relación con los árboles existentes en las fincas, se recomienda, en la medida de lo posible, llegar a un acuerdo entre aportante y adjudicatario. En caso contrario, podrán ser retirados por los propietarios de las parcelas de aportación en el plazo de seis meses, a contar desde la publicación de este aviso en el Diario Oficial de Galicia, previa petición al Servicio de Montes del preceptivo permiso y el informe favorable del Servicio de Conservación de la Naturaleza, de la Consellería de Medio Ambiente, Territorio e Infraestructuras, en el caso de ser especies autóctonas protegidas; sin perjuicio de las demás autorizaciones que legalmente procedan. Transcurrido el referido plazo, se entenderá que pertenecen al propietario de la nueva finca.

Asimismo, deberán adoptarse las medidas relativas a la prevención de incendios forestales previstas en la legislación vigente.

A Coruña, 6 de abril de 2015

Antonio Manuel Aguión Fernández
Jefe territorial de A Coruña