Descargar PDF Galego | Castellano| Português

DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 77 Viernes, 24 de abril de 2015 Pág. 15722

V. Administración de justicia

Tribunal Superior de Justicia de Galicia (Sala de lo Social)

EDICTO (RSU 1956/2013 IP).

Tipo y número de recurso: recurso de suplicación 1956/2013 IP

Juzgado de origen/autos: seguridad social 51/2012 Juzgado de lo Social número 5 de A Coruña

Recurrente: Pinturas Restauración y Revestimientos, S.L. (Reycons)

Abogado: Javier Sarandeses Rodríguez-Moret

Procuradora: María del Mar Penas Francos

Recurridos: Instituto Nacional de la Seguridad Social, Tesorería General de la Seguridad Social, Isoman, S.L., Emilio Fernández Caparros

Abogados: Servicio Jurídico Seguridad Social (Provincial), Servicio Jurídico Seguridad Social (Provincial), Mónica Freire Dosil, Francisco Javier Rodríguez Castillo

María Isabel Freire Corzo, secretaria judicial de la Sección Primera de la Sala Segunda de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Galicia, hace saber que en el procedimiento de recurso de suplicación 1956/2013 de esta sección, seguido a instancia de Pinturas Restauración y Revestimientos, S.L. (Reycons) contra el Instituto Nacional de la Seguridad Social, Tesorería General de la Seguridad Social, Isoman, S.L., Emilio Fernández Caparros, sobre recargo de accidente, se ha dictado la siguiente resolución:

«Fallamos:

Que desestimando el recurso de suplicación interpuesto por la empresa Pinturas, Restauraciones y Revestimientos, S.L. (Reycons) contra la sentencia del Juzgado de lo Social número 5 de A Coruña, dictada en juicio seguido por la recurrente contra el Instituto Nacional de la Seguridad Social, Isoman, S.L. y Emilio Fernández Caparros, la sala la confirma íntegramente.

Notifíquese esta resolución a las partes y a la Fiscalía del Tribunal Superior de Justicia de Galicia.

Modo de impugnación: se hace saber a las partes que contra esta sentencia cabe interponer recurso de casación para unificación de doctrina, que ha de prepararse mediante escrito presentado ante esta sala dentro del improrrogable plazo de diez días hábiles inmediatos siguientes a la fecha de notificación de la sentencia. Si el recurrente no tuviera la condición de trabajador o beneficiario del régimen público de Seguridad Social deberá efectuar:

– El depósito de 600 euros en la cuenta de dieciséis dígitos de esta sala, abierta en el Banco de Santander (Banesto) con el número 1552 0000 37, seguida de cuatro dígitos correspondientes al número del recurso y dos dígitos del año del mismo.

– Asimismo, si hay cantidad de condena deberá consignarla en la misma cuenta, pero con el código 80 en vez del 35 o bien presentar aval bancario solidario en forma.

– Si el ingreso se hace mediante transferencia bancaria desde una cuenta abierta en cualquier entidad bancaria distinta, habrá que emitirla a la cuenta de veinte dígitos
0049 3569 92 0005001274 y hacer constar en el campo “Observaciones o concepto de la transferencia” los dieciséis dígitos que corresponden al procedimiento (1552 0000 80 o 35 **** ++).

Una vez firme, expídase certificación para constancia en el rollo que se archivará en este tribunal, incorporándose el original al correspondiente libro de sentencias, previa devolución de los autos al juzgado de lo social de procedencia.

Así, por esta nuestra sentencia, lo pronunciamos, mandamos y firmamos. Siguen las firmas y la publicación».

Y para que sirva de notificación en legal forma a Emilio Fernández Caparros, con ultimo domicilio conocido en la calle Santa Cecilia, 9, A Coruña, y en la actualidad en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el Diario Oficial de Galicia.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la oficina judicial, salvo el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia, o cuando se trate de emplazamiento.

A Coruña, 6 de abril de 2015

La secretaria judicial