A los efectos previstos en el artículo 5 del Decreto 62/2010, de 15 de abril, por el que se regula el trámite de competencia y los criterios de valoración en el supuesto de concurrencia de dos o más solicitudes de autorización administrativa de instalaciones de transporte secundario y distribución de gas natural y redes de distribución de gases licuados del petróleo (GLP), la solicitud relacionada en el cuadro siguiente inicia el correspondiente trámite de competencia.
Datos de la solicitud |
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Empresa solicitante |
Gas Galicia SDG, S.A. |
Contenido de la solicitud |
Autorización administrativa, aprobación del proyecto de ejecución y declaración de utilidad pública |
Tipo de instalación |
Ramal de distribución de gas natural |
Denominación del proyecto |
Dos proyectos de autorización y ejecución de las siguientes instalaciones: – Antena de aproximación en MOP 10 bar - tramo Cervo – Antena de aproximación en MOP 10 bar - tramo Burela |
Finalidad de la instalación |
Suministro de gas natural a la red de distribución del núcleo urbano de Burela (Lugo) |
Trazado del ramal |
Discurre en su totalidad por los términos municipales de Cervo y Burela, alcanzando una longitud total de 1.581 m: – Tramo Cervo: arranca en la salida de la posición 05 del gasoducto de transporte básico de A Mariña Lucense (instalada en el lugar de Lamacede, en el municipio de Cervo), discurre por zona expropiada de esta posición y, posteriormente, por pista forestal de titularidad pública y por la carretera de la Diputación (LU-P-1502) hasta llegar al límite municipal con el ayuntamiento de Burela, alcanzando una longitud total de 132 m – Tramo Burela: arranca en el punto final del tramo anterior (en el límite municipal con el ayuntamiento de Cervo), discurre por la carretera de la Diputación (LU-P-1502) y por las pistas forestales de titularidad pública hasta llegar a la calle Luís Seoane (en el núcleo urbano de Burela), donde se conectará con la futura estación de regulación y medida (ERM), alcanzando una longitud total de 1.449 m |
Se abre un plazo de treinta (30) días, a contar desde el día siguiente al de la publicación de esta resolución en el Diario Oficial de Galicia, para que:
– Otras empresas distribuidoras de gas natural puedan presentar solicitudes en concurrencia con esta solicitud de Gas Galicia SDG, S.A.
– La empresa Gas Galicia SDG, S.A. pueda completar, si lo considera oportuno, su solicitud.
El trámite de competencia se resolverá a favor de la empresa cuyo proyecto obtenga la mayor puntuación, tras su valoración de acuerdo con los criterios establecidos en el artículo 7 del Decreto 62/2010, de 15 de abril.
Santiago de Compostela, 26 de junio de 2015
Ángel Bernardo Tahoces
Director general de Energía y Minas