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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 136 Martes, 21 de julio de 2015 Pág. 30437

III. Otras disposiciones

Consellería de Cultura, Educación y Ordenación Universitaria

RESOLUCIÓN de 14 de julio de 2015 por la que se modifica parcialmente la Resolución de 3 de julio de 2015 y la Resolución de 8 de abril de 2015 por la que se adjudican las ayudas del anexo I, modalidad A, de la Orden de 24 de julio de 2014 por la que se establecen las bases para la concesión, en régimen de concurrencia competitiva, de las ayudas de apoyo a la etapa de formación postdoctoral del Plan gallego de investigación, innovación y crecimiento 2011-2015 (Plan I2C) para el año 2014, y se procede a su convocatoria.

La Orden de 24 de julio de 2014 (DOG núm. 147, de 5 de agosto) establece las bases por las que se regirá la concesión de las ayudas de apoyo a la etapa de formación posdoctoral, en el marco del Plan gallego de investigación, innovación y crecimiento 2011-2015 (Plan I2C) para el año 2014, en régimen de concurrencia competitiva. En el anexo I de dicha orden se recoge la modalidad A de estas ayudas.

Por la Resolución de 8 de abril de 2015 (DOG núm. 71, de 16 de abril), se adjudican las ayudas postdoctorales, modalidad A, a las universidades del Sistema universitario de Galicia (SUG) que contraten a los/las candidatos/as seleccionados/as que aparecen en dicha resolución.

En el artículo 14 de la orden de convocatoria se establece que, en caso de que se produzca alguna renuncia, se podrán adjudicar las ayudas a los solicitantes de la lista de espera, siempre que la renuncia se produzca dentro del plazo de tres meses a partir de la fecha de resolución de concesión, y que la persona sustituta quedará sujeta a las mismas condiciones durante el tiempo de aprovechamiento de la ayuda.

Por la Resolución de 3 de julio de 2015 se modificó parcialmente la Resolución de 8 de abril y se adjudicaron las ayudas correspondientes a las renuncias producidas hasta ese momento a los solicitantes de la lista de espera.

En consecuencia, atendiendo a la nueva renuncia recibida en la Consellería de Cultura, Educación y Ordenación Universitaria,

RESUELVO:

Primero. Aceptar la renuncia presentada por el siguiente solicitante adjudicado por la Resolución de 3 de julio de 2015:

Nº expediente

Universidad

1er apellido

2º apellido

Nombre

DNI

Rama de conocimiento

Nota evaluación

Zona 1er año

Zona 2º año

ED481B 2014/167-0

USC

Alonso

García

Isaac

*****187T

Ciencias

81

2

2

Segundo. Adjudicar la ayuda al siguiente solicitante de la lista de espera:

Nº expediente

Universidad

1er apellido

2º apellido

Nombre

DNI

Rama de conocimiento

Nota evaluación

Zona 1er año

Zona 2º año

ED481B 2014/024-0

USC

Freire

Aradas

Ana María

*****964D

Ciencias da Saúde

77

2

2

El contrato deberá formalizarse entre el día 1 y el 31 de agosto de 2015.

Tercero. Declarar extinguida la lista de espera.

Cuarto. El artículo 10 de la orden de convocatoria establece que las universidades serán las encargadas del pago de los correspondientes contratos, así como de la presentación de la justificación ante la Secretaría General de Universidades para el libramiento de las ayudas.

Según lo establecido en el artículo 45.2 del Decreto 11/2009, de 8 de enero, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 9/2007, de 13 de junio, de subvenciones de Galicia, transcurrido el plazo establecido de justificación sin que se haya presentado ante el órgano administrativo competente, este requerirá al beneficiario para que en el plazo improrrogable de diez días la presente. La falta de presentación de la justificación comportará la pérdida del derecho al cobro parcial o total de la subvención, la exigencia del reintegro y demás responsabilidades establecidas en la Ley de subvenciones de Galicia.

Quinto. Contra esta resolución, que agota la vía administrativa, los/las interesados/as podrán interponer recurso potestativo de reposición ante el conselleiro de Cultura, Educación y Ordenación Universitaria en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de la publicación de la resolución en el Diario Oficial de Galicia, según lo dispuesto en los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, o directamente recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Galicia, de conformidad con los artículos 19 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la jurisdicción contencioso-administrativa.

Santiago de Compostela, 14 de julio de 2015

Román Rodríguez González
Conselleiro de Cultura, Educación y Ordenación Universitaria