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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 46 Martes, 8 de marzo de 2016 Pág. 8804

III. Otras disposiciones

Agencia Gallega de las Industrias Culturales

EXTRACTO de la Resolución de 2 de marzo de 2016 por la que se aprueban las bases de subvenciones a festivales de artes escénicas y de música, y se convocan para el año 2016.

BDNS (Identif.): 301787.

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de datos nacional de subvenciones
(http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/index):

Primero. Personas beneficiarias

Personas físicas y jurídicas de carácter privado domiciliadas en Galicia o en un territorio miembro de la Unión Europea o asociado al Espacio Económico Europeo, que desarrollen su actividad en Galicia, así como las entidades locales gallegas que lleven a cabo alguno de los festivales descritos en el objeto de la convocatoria y que cumplan los requisitos referidos en el artículo 10 de la Ley de subvenciones de Galicia.

Segundo. Finalidad

La concesión de ayudas, por el procedimiento de concurrencia competitiva, a los organizadores de festivales de música o de artes escénicas celebrados en Galicia, que cumplan los siguientes requisitos:

a) Celebración: el festival debe llevarse a cabo entre el 1 de noviembre de 2015 y el 31 de octubre de 2016. Se entienden incluidos los festivales iniciados hasta el día 31 de octubre.

b) Antigüedad: el festival tiene que haber realizado un mínimo de dos ediciones, excluida la edición objeto de esta convocatoria.

c) Contratación artística: el festival tiene que tener un presupuesto mínimo de contratación artística del 40 % del presupuesto subvencionable, para la modalidad A (festivales de música), y un 30 % del presupuesto subvencionable para la modalidad B (festivales de artes escénicas).

d) Programación: el festival debe ofrecer un mínimo de seis compañías o grupos.

e) Presencia de compañías gallegas: sólo para la modalidad B (festivales de artes escénicas), las formaciones o compañías mayoritariamente compuestas por artistas que desarrollen principalmente su actividad profesional en Galicia tienen que representar, como mínimo, el 20 % del presupuesto de contratación profesional artística del festival o un mínimo del 30 % del total de las actuaciones profesionales artísticas que se ofrezcan. Quedan excluidos del cumplimiento de este requisito los festivales presentados a la modalidad A (festivales de música).

f) Entradas de pago: por lo menos un 50 % de los conciertos o representaciones escénicas tienen que ser con entradas de pago, excepto los festivales de artes escénicas de calle.

Tercero. Bases reguladoras

Resolución de 2 de marzo de 2016 por la que se aprueban las bases de subvenciones a festivales de artes escénicas y de música, y se convocan para el año 2016.

Cuarto. Importe

Se destina un total de 390.000 euros, de los cuales 220.000 euros son para la modalidad A: festivales de música, y 170.000 euros para la modalidad B: festivales de artes escénicas, de las aplicaciones presupuestarias siguientes: 10.A1.432B.460.0, 130.000 euros, 10.A1.432B.470.0, 130.000 euros y 10.A1.432B.481.0, 130.000 euros, de los presupuestos de la Agencia Gallega de las Industrias Culturales para el año 2016.

Quinto. Plazo de presentación de solicitudes

Un mes desde el día siguiente al de la publicación de este extracto en el Diario Oficial de Galicia.

Santiago de Compostela, 2 de marzo de 2016

Román Rodríguez González
Presidente del Consejo Rector de la Agencia Gallega de las Industrias Culturales