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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 67 Lunes, 9 de abril de 2012 Pág. 12248

III. Otras disposiciones

Consellería de Hacienda

ORDEN de 2 de abril de 2012 por la que se encomienda la liquidación de la entidad Mutualidad de Previsión Social a Prima Fija Pcae-Vigo al Consorcio de Compensación de Seguros.

Por acuerdo de la asamblea general extraordinaria celebrada el día 30 de marzo de 2012, la entidad Mutualidad de Previsión Social a Prima Fija Pcae-Vigo, inscrita con el número 3 en el Registro autonómico de mutualidades de previsión social no integradas en la Seguridad Social, adscrito a la Dirección General de Política Financiera y Tesoro, adoptó por unanimidad el acuerdo de disolución voluntaria de la entidad y solicitar a esta consellería la liquidación de la misma por el Consorcio de Compensación de Seguros, por ser la opción más ventajosa para los intereses de los mutualistas.

La solicitud ante esta Administración autonómica de la encomienda de liquidación de la entidad al Consorcio de Compensación de Seguros, que se traslada por ser la opción más ventajosa para los mutualistas, se hace conforme a lo establecido en el artículo 14.1.d) del Real decreto legislativo 7/2004, de 29 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido del estatuto legal del Consorcio de Compensación de Seguros.

La competencia en la materia viene determinada en el Decreto 340/1996, de 13 de septiembre, por el que se asumen funciones y servicios transferidos a la Comunidad Autónoma de Galicia mediante el Real decreto 1642/1996, de 5 de julio, en materia de mutualidades de previsión social, y se le asignan a la Consellería de Economía y Hacienda, y en el Decreto 307/2009, de 28 de mayo, por el que se establece la estructura orgánica de la Consellería de Hacienda, modificado por los decretos 199/2010, de 16 de diciembre, y 220/2011, de 17 de noviembre.

A la vista de lo anterior, a propuesta de la Dirección General de Política Financeira y Tesoro, y de acuerdo con lo previsto en el artículo 28.2.b) del Real decreto legislativo 6/2004,

RESUELVO:

Encomendar la liquidación de la entidad Mutualidad de Previsión Social a Prima Fija Pcae-Vigo al Consorcio de Compensación de Seguros en virtud de lo previsto en el artículo 14.1.d) del Real decreto legislativo 7/2004.

Contra la presente orden, que pone fin a la vía administrativa de conformidad con lo previsto en el artículo 4 de la Ley 6/2001, de 29 de junio, de adecuación de la normativa de la Comunidad Autónoma de Galicia a la Ley 4/1999, de 13 de enero, de modificación de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administracións públicas y del procedimiento administrativo común, se podrá interponer, con carácter potestativo, recurso de reposición, en el plazo de un mes, a contar a partir del día siguiente al de notificación de la misma, de acuerdo con los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992.

Asimismo, se podrá interponer recurso contencioso-administrativo, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Galicia, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de su notificación, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 11.1.a), 25 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa.

Santiago de Compostela, 2 de abril de 2012.

Elena Muñoz Fonteriz
Conselleira de Hacienda