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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 77 Lunes, 23 de abril de 2012 Pág. 14831

V. Administración de justicia

Tribunal Superior de Justicia de Galicia (Sala de lo Social)

EDICTO (RSU 4825/2011 CRS).

M. Asunción Barrio Calle, secretaria judicial de la Sección número 1 de la Sala Segunda de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de A Coruña, hace saber que en el procedimiento de recurso de suplicación 4825/2011 de esta sección, seguido a instancia de Juan Enrique Ameneiro Otero contra la empresa VAV Compañía de Producciones, S.L., y otros, sobre despido disciplinario, se ha dictado la siguiente resolución:

«Que desestimando el recurso de suplicación interpuesto por el actor Juan Enrique Ameneiro Otero, contra la sentencia de fecha 30 de junio de 2011, dictada por el Juzgado de lo Social número 4 de esta capital, en los presentes autos sobre despido/cesión ilegal, tramitados a instancia del referido recurrente frente a las empresas demandadas Atlas España, S.A., Atlas Galicia, S.L., Atlas Media, S.A.U., Voz Audiovisual, S.A, VAV Compañía de Producciones, S.L., y Estimar, Lavinia TV Audiovisual Multiplataforma, S.L., con intervención del Ministerio Fiscal, debemos confirmar y confirmamos íntegramente dicha sentencia.

Notifíquese esta resolución a las partes y a la Fiscalía del Tribunal Superior de Justicia de Galicia, haciéndoles saber que, contra la misma, sólo cabe recurso de casación para unificación de doctrina que se preparará por escrito ante esta sala de lo social, dentro de los diez días siguientes a la notificación de esta sentencia y de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 218 y siguientes de la Ley de jurisdicción social. Si la recurrente no estuviere exenta de depósito y consignación para recurrir, deberá ingresar:

– La cantidad objeto de condena en la c/c de esta sala en el banco Banesto, n.º 1552 0000 80 (n.º recurso) (dos últimas cifras del año).

– El depósito de 600 euros en la c/c de esta sala n.º 1552 0000 35 (n.º recurso) (dos últimas cifras del año).

Una vez firme, expídase certificación para constancia en el rollo que se archivará en este tribunal incorporándose el original al correspondiente libro de sentencias, previa devolución de los autos al juzgado de lo social de procedencia.

Se advierte al destinatario, VAV Compañía de Producciones, S.L., que las siguientes comunicaciones se harán en estrados, salvo que se trate de autos, sentencia o emplazamiento, de acuerdo con lo prevenido en el artículo 59 de la Ley de procedimiento laboral».

Y para que así conste a efectos de su publicación en el Boletín Oficial de la provincia, Granada, a fin de que sirva de notificación en forma a VAV Compañía de Producciones, S.L., cuyo último domicilio conocido fue c/ Ancha de la Virgen, 21, Granada, con la advertencia de que las siguientes comunicaciones se harán en estrados, salvo las que deben revestir forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento, expido y firmo el presente edicto.

A Coruña, 26 de marzo de 2012.

La secretaria judicial