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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 154 Martes, 13 de agosto de 2013 Pág. 32751

I. Disposiciones generales

Consellería de Cultura, Educación y Ordenación Universitaria

DECRETO 131/2013, de 18 de julio, por el que se establece el currículo del ciclo formativo de grado superior correspondiente al título de Técnico Superior de Artes Plásticas y Diseño en Cerámica Artística.

El Estatuto de autonomía de Galicia, en su artículo 31, determina que es de competencia plena de la Comunidad Autónoma gallega la regulación y la administración de la enseñanza en toda su extensión, niveles y grados, modalidades y especialidades, en el ámbito de sus competencias, sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 27 de la Constitución y en las leyes orgánicas que, conforme al apartado primero del artículo 81 de aquélla, lo desarrollen, de las facultades que le atribuye al Estado el número 30 del apartado 1 del artículo 149 de la Constitución y de la alta inspección precisa para su cumplimiento y garantía.

La Ley orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de educación, establece en el capítulo III del título preliminar que se entiende por currículo el conjunto de objetivos, competencias básicas, contenidos, métodos pedagógicos y criterios de evaluación de cada una de las enseñanzas reguladas por la citada ley. Asimismo, en la sección segunda del capítulo VI del título I, establece que las enseñanzas profesionales de artes plásticas y diseño se organizarán en ciclos de formación específica, que incluirán una fase de formación práctica en empresas, estudios y talleres.

El Real decreto 596/2007, de 4 de mayo, por el que se establece la ordenación general de las enseñanzas profesionales de artes plásticas y diseño, define éstas y establece la finalidad y los objetivos de las mismas, ordenándolas y fijando las enseñanzas mínimas, y encomendándole a las Administraciones educativas el establecimiento del currículo correspondiente a cada título, de acuerdo con lo establecido en el artículo 6 de la Ley orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de educación, en el Real decreto 596/2007, de 4 de mayo, y en las normas que regulen los títulos respectivos.

Publicado el Real decreto 37/2010, de 15 de enero, en el que se establece, entre otros, el título de Técnico Superior de Artes Plásticas y Diseño en Cerámica Artística, perteneciente a la familia artística profesional de Cerámica Artística, y en el que se aprueban las correspondientes enseñanzas mínimas, y teniendo en cuenta el Real decreto 303/2010, de 15 de marzo, por el que se establecen los requisitos mínimos de los centros que impartan enseñanzas artísticas reguladas en la Ley orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de educación, le corresponde al Consello de la Xunta establecer el currículo correspondiente al ciclo formativo de grado superior correspondiente al título de Técnico Superior de Artes Plásticas y Diseño en Cerámica Artística en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Galicia, señalando su finalidad, definiendo su contenido y fijando sus objetivos.

Las enseñanzas que regula este decreto se configuraron para garantizar una formación artística al alumnado que le permita lograr criterios estéticos para afrontar la labor de creación inherente a todo proceso proyectual, y para valorar objetivamente el patrimonio artesanal y artístico existente y la obra ajena; y por otro lado, facilitarle la adquisición de los conocimientos científicos y tecnológicos, y las capacidades y habilidades que le permitan no solamente su incorporación a la vida laboral activa, sino también afrontar, con garantías de eficiencia, la necesaria adaptación a las modificaciones técnicas y sociológicas que se producirán a lo largo de su vida activa, atendiendo a las demandas cambiantes del sistema productivo.

El ciclo formativo de grado superior correspondiente al título de Técnico Superior de Artes Plásticas y Diseño en Cerámica Artística está integrado por módulos de duración variable que cubren aspectos de la formación del/de la alumno/a, concebidos como áreas homogéneas de conocimiento, capacidades y habilidades. Las capacidades terminales de cada modulo describen el comportamiento del/de la alumno/a en términos de resultados evaluables, requeridos para alcanzar las competencias básicas que integran la competencia general. La constatación de estas competencias, en términos de evaluación positiva, garantiza la validez del título en todo el Estado y la correspondencia europea del mismo.

Los contenidos curriculares relacionados no constituyen únicamente unidades temáticas, sino que se concretarán por parte del equipo docente del ciclo formativo, de manera que todos ellos queden organizados temporal y transversalmente siguiendo un criterio propedéutico, que garantice que todos los contenidos se imparten sin que se produzcan solapamientos entre los diferente módulos. Esta programación de ciclo formativo tendrá en cuenta los criterios establecidos en el artículo 6 de la Ley orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de educación, y comprenderá, asimismo, la metodología didáctica y las actividades formativas no periódicas que se consideren necesarias, sirviendo finalmente de punto de partida para la programación de aula que cada docente haga y aplique en el módulo que imparta.

Del mismo modo, y de acuerdo con el artículo 13 del Real decreto 596/2007, de 4 de mayo, el currículo que se establece permitirá que los centros docentes que lo impartan, mediante la puesta en marcha de su proyecto didáctico, y a través de las programaciones didácticas de cada uno de los módulos que lo integran, lo desarrollen y completen, tomando en consideración las características del contexto social y cultural, las necesidades del alumnado, con especial atención a las de quien presente una discapacidad, y las posibilidades formativas del entorno. A tal efecto, se destina una parte de la duración total del ciclo formativo, para que los centros docentes definan para ella módulos propios, aumento en la carga horaria de los módulos establecidos en este currículo o propuesta de módulos de contenido complementario.

El módulo de formación práctica facilitará el desarrollo de las capacidades socio-laborales que requieran ser completadas y verificadas en un entorno real de trabajo, así como aquellas otras necesarias para completar las competencias profesionales conseguidas en el centro educativo.

El módulo de proyecto integrado en los ciclos formativos de grado superior tiene como objeto que el alumnado sea capaz de integrar, aplicar y valorar los conocimientos, destrezas y capacidades específicas del campo profesional de la especialidad a través de la formulación y realización de un proyecto, adecuado al nivel académico cursado, que evidencie rigor técnico, cultura plástica, expresión artística y sensibilidad estética y posibilidad de realización y viabilidad.

Finalmente, en la aplicación del presente decreto por parte de los centros docentes se tendrá en cuenta lo establecido en el Decreto 229/2011, de 7 de diciembre, por el que se regula la atención a la diversidad del alumnado de los centros docentes de la Comunidad Autónoma de Galicia en los que se imparten las enseñanzas establecidas en la Ley orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de educación, así como lo dispuesto en los artículos 9 y 14 del Decreto 79/2010, de 20 de mayo, para el plurilingüismo en la enseñanza no universitaria de Galicia.

De conformidad con lo expuesto, a propuesta del conselleiro de Cultura, Educación y Ordenación Universitaria, en el ejercicio de la facultad otorgada por el artículo 34 de la Ley 1/1983, de 22 de febrero, reguladora de la Xunta y de su Presidencia, previos los dictámenes del Consejo Escolar de Galicia y del Consejo Gallego de Enseñanzas Artísticas Superiores, de acuerdo con el dictamen del Consejo Consultivo de Galicia, y previa la deliberación del Consello de la Xunta de Galicia, en su reunión del día dieciocho de julio de dos mil trece,

DISPONGO:

CAPÍTULO I
Disposiciones generales

Artículo 1. Objeto

El presente decreto establece el currículo que será de aplicación en la Comunidad Autónoma de Galicia para las enseñanzas del ciclo formativo de grado superior correspondiente al título de Técnico Superior de Artes Plásticas y Diseño en Cerámica Artística, perteneciente a la familia profesional artística de Cerámica Artística, de acuerdo con lo establecido en la Ley orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de educación, en el Real decreto 596/2007, de 4 de mayo, por el que se establece la ordenación general de las enseñanzas profesionales de artes plásticas y diseño, y en el Real decreto 37/2010, de 15 de enero, por el que se establecen los títulos de Técnico Superior de Artes Plásticas y Diseño en Cerámica Artística, en Modelismo y Matricería Cerámica y en Recubrimientos Cerámicos y los títulos de Técnico de Artes Plásticas y Diseño en Alfarería y en Decoración Cerámica, pertenecientes a la familia profesional artística de Cerámica Artística y se aprueban las correspondientes enseñanzas mínimas.

CAPÍTULO II
Identificación del título, perfil profesional, entorno profesional y prospectiva
del título en el sector

Artículo 2. Identificación del título

El título de Técnico Superior de Artes Plásticas y Diseño en Cerámica Artística se identifica por los siguientes elementos:

Denominación: Técnico Superior de Artes Plásticas y Diseño en Cerámica Artística.

Nivel: grado superior de las enseñanzas profesionales de Artes Plásticas y Diseño.

Duración: dos mil horas.

Familia profesional artística: Cerámica Artística.

Referente europeo: CINE 5-b (Clasificación internacional normalizada de la educación).

Artículo 3. Perfil profesional del título de Técnico Superior de Artes Plásticas y Diseño en Cerámica Artística

El perfil profesional del título de Técnico Superior de Artes Plásticas y Diseño en Cerámica Artística se determina por su competencia general y por sus competencias profesionales.

Artículo 4. Competencia general

La competencia general del título de Técnico Superior de Artes Plásticas y Diseño en Cerámica Artística consiste en:

1. Elaborar obra original de cerámica de calidad técnica y artística a partir de un proyecto original y propio, o de un encargo profesional determinado.

2. Planificar dicha elaboración mediante la definición de sus aspectos técnicos, estéticos, funcionales, formales, materiales, económicos y de producción.

3. Organizar, definir, temporalizar y llevar a cabo las diferentes fases del proceso, garantizando la seguridad de las operaciones y realizando los controles de calidad correspondientes hasta la obtención del producto terminado.

Artículo 5. Competencias profesionales

Las competencias profesionales del título de Técnico Superior de Artes Plásticas y Diseño en Cerámica Artística son las que se relacionan:

1. Definir las especificaciones formales, funcionales, plásticas, técnicas y materiales de un proyecto original o de un encargo dado.

2. Determinar las características de los materiales que se deben utilizar en la elaboración de un producto cerámico, mediante el análisis de la documentación técnica del mismo.

3. Planificar y llevar a cabo el proceso de elaboración del producto cerámico atendiendo a las especificaciones previamente determinadas.

4. Realizar y verificar los controles de calidad correspondientes a cada fase del proceso de elaboración cerámica, a fin de garantizar la calidad técnica y artística del producto terminado.

5. Formular composiciones y preparar pastas, esmaltes y colores cerámicos, cualitativa y cuantitativamente adecuadas a las especificaciones del proyecto.

6. Llevar a cabo la cocción del producto cerámico de acuerdo con las especificaciones técnicas y materiales del proyecto.

7. Conocer los diferentes sistemas decorativos tanto manuales como seriados y utilizar en cada caso las técnicas adecuadas a las especificaciones técnicas del proyecto.

8. Establecer las condiciones que garanticen la seguridad de las operaciones de elaboración del producto cerámico y la prevención de posibles riesgos derivados de su actividad profesional.

9. Efectuar consultas, cuando sea necesario, dirigiéndose a la persona adecuada, y saber respetar la autonomía del personal subordinado, informando cuando sea conveniente.

10. Mantener el espíritu de innovación y actualización en el ámbito del trabajo propio para adaptarse a los cambios tecnológicos y organizativos del entorno profesional.

11. Mantener la limpieza y el orden en el lugar de trabajo, conforme a las normas de competencia técnica y a los requisitos de salud laboral.

12. Elaborar maquetas, prototipos y modelos de calidad técnica y artística para el desarrollo de productos cerámicos.

13. Conocer las especificaciones técnicas de los útiles, herramientas, equipos y maquinaria a su cargo, y organizar las medidas de mantenimiento periódico de los mismos.

14. Ejercer los derechos y cumplir las obligaciones que derivan de las relaciones laborales, de acuerdo con lo establecido en la legislación.

15. Participar en la vida económica, social y cultural con actitud crítica y responsable.

16. Asesorar y coordinar grupos de trabajo, organizar el proceso productivo y creativo y transmitir con precisión la información adecuada para conseguir el resultado idóneo, tanto en el trabajo en equipo como en la obtención del producto cerámico final.

Artículo 6. Entorno profesional

La persona que obtiene el título de Técnico Superior de Artes Plásticas y Diseño en Cerámica Artística desarrolla su actividad como profesional independiente, ideando y realizando piezas cerámicas originales destinadas a fines ornamentales o utilitarios y, en su caso, organizando y coordinando pequeños grupos de trabajo. Asimismo puede desarrollar su profesión como trabajador/a dependiente de profesionales de nivel académico superior al suyo y en el área de producción correspondiente a su capacitación profesional.

Artículo 7. Prospectiva del título en el sector

1. La cerámica artística participa de la doble condición de ser una actividad profesional y una de las expresiones artísticas más valoradas socialmente, siendo en ambas facetas tributaria de una larga tradición artesanal y, como tal, integra un amplio abanico de disciplinas conducentes a especializaciones técnicas en función de la organización de la producción, sea artesanal o industrial, ocupándose de los procesos de diseño y planificación de la producción, o controlando la totalidad del proceso, desde la creación hasta la producción de piezas únicas.

2. El/la profesional de la cerámica artística, referente fundamental en las artes aplicadas y los oficios artísticos, tiene que asumir los cambios experimentados en los últimos años en la concepción de los productos cerámicos, en su producción artesanal e industrial, en la tecnología puesta a su disposición y en los sistemas de comunicación y comercialización y, por otro lado, tiene que asumir la transmisión, conservación y mejora de los productos cerámicos concebidos y realizados para ser portadores de valores estéticos y artísticos, destinados a añadir valor a los ambientes habitados y a la industria cerámica.

3. El/la profesional de la cerámica artística se sitúa en el ámbito público o privado, en medianas y pequeñas empresas de fabricación de productos cerámicos mediante sistemas de producción semiindustrial y artesanal, y en talleres cerámicos artesanales y artísticos. La demanda laboral de estos/as profesionales se orienta en dos direcciones:

a) El trabajo en la línea de producción de una empresa cerámica, con la suficiente capacidad de adaptación a los diversos momentos del proceso productivo.

b) El trabajo independiente de carácter más personal y creativo.

4. Las ocupaciones y puestos de trabajo más relevantes son:

– Ceramista.

– Creador/a y realizador/a de obra original cerámica destinada a funciones ornamentales y/o utilitarias, en la construcción, en la edificación y en la decoración interior y exterior.

– Esmaltador/a de cerámica y porcelana.

– Modelador/a y moldeador/a de cerámica y porcelana.

CAPÍTULO III
Enseñanzas del ciclo formativo y parámetros básicos

Artículo 8. Objetivos generales

Los objetivos generales del ciclo formativo de grado superior correspondiente al título de Técnico Superior de Artes Plásticas y Diseño en Cerámica Artística son los siguientes:

1. Logarar una visión de conjunto y ordenada de los procesos de fabricación cerámica, de sus diferentes fases y operaciones y generar la documentación e información artístico-técnica necesaria para llevar a cabo un proyecto de producción de cerámica artística.

2. Identificar y definir los aspectos artístico-plásticos, formales, estructurales, funcionales, materiales, técnicos, organizativos y económicos que configuran el proyecto o encargo de elaboración de piezas únicas o seriadas de obra original cerámica.

3. Utilizar con propiedad las técnicas de expresión artístico-plástica en la búsqueda y definición de las características formales de las piezas cerámicas.

4. Analizar la evolución de las técnicas estéticas y artísticas que influyen en la producción cerámica actual y valorar los condicionantes simbólicos y comunicativos que deben contribuir a configurar el gusto del/de la consumidor/a.

5. Aplicar los criterios de control de calidad y resolver los problemas artísticos y tecnológicos que se formulen durante el proceso de realización del producto cerámico, a fin de obtener resultados acordes con los parámetros de calidad artística y técnica requeridos.

6. Conocer las especificaciones técnicas y utilizar con destreza los equipos y maquinaria específicos de la fabricación cerámica.

7. Ejercer su actividad profesional con respeto al marco legal, económico y organizativo que la regula y condiciona, con iniciativa y responsabilidad, en las condiciones de seguridad e higiene adecuadas, e implementar las medidas preventivas necesarias para no incidir negativamente en el medio ambiente.

8. Iniciarse en la búsqueda de formas, materiales, técnicas y procesos creativos y artísticos relacionados con la cerámica artística.

9. Adaptarse, en condiciones de competitividad, a los cambios tecnológicos y organizativos del sector; buscar, escoger y utilizar canales de información y formación continua relacionada con el ejercicio profesional.

10. Analizar los sistemas de calidad aplicados en la industria y la artesanía de la cerámica artística, para gestionar la producción.

11. Analizar los sistemas de prevención de riesgos laborales y de protección ambiental, identificando las acciones necesarias para asegurar los mismos.

12. Valorar la importancia de la renovación de los métodos de diseño y desarrollo del producto cerámico, y reconocer técnicas innovadoras, para participar en su investigación y en su desarrollo.

13. Identificar y valorar las oportunidades de aprendizaje y su relación con el mundo laboral, analizando las ofertas y las demandas del mercado para mantener una cultura de actualización e innovación.

Artículo 9. Módulos formativos: objetivos básicos, contenidos y criterios de evaluación

Los módulos formativos, las competencias básicas, los contenidos y los criterios de evaluación son los establecidos en el anexo.

1. Objetivos básicos:

Los objetivos básicos se definen como la capacitación del/de la alumno/a para llevar a cabo, con eficiencia y eficacia, las tareas profesionales definidas en los objetivos generales del ciclo.

2. Los contenidos:

Los contenidos, expresados en relación con cada uno de los módulos que integran el currículo, constituyen el enunciado del área de conocimiento que le es propia, y que serán suficientemente desarrollados y delimitados en su extensión y nivel, por el equipo docente del ciclo formativo.

3. Criterios de evaluación:

Los criterios de evaluación definen aspectos de la actividad del alumnado y aspectos de los resultados prácticos de la misma que permiten, en relación con las capacidades terminales de cada módulo, valorar según una escala, el grado de consecución de dichas capacidades y competencias.

Artículo 10. Espacios y equipamiento

1. Los requisitos de espacios, equipamiento e instalaciones que deben reunir los centros de enseñanza que impartan el ciclo formativo de grado superior correspondiente al título de Técnico Superior de Artes Plásticas y Diseño en Cerámica Artística de la Comunidad Autónoma de Galicia son los que se determinan en los artículos 3 y 12 del Real decreto 303/2010, de 15 de marzo.

2. Los espacios dedicados a la formación establecidos respetarán la normativa sobre prevención de riesgos laborales, la normativa sobre seguridad e higiene en el puesto de trabajo, y cuantas otras normas sean de aplicación.

3. Los espacios dedicados a la formación establecidos podrán ser ocupados por diferentes grupos de alumnos/as que cursen otros ciclos formativos de artes plásticas y diseño, del mismo o distinto nivel.

4. La cantidad y las características de los equipamientos que se incluyan en cada espacio deberá estar en función del número de alumnos/as y serán los necesarios y suficientes para garantizar la calidad de la enseñanza.

5. El equipamiento dispondrá de las instalaciones necesarias para su correcto funcionamiento, cumplirá las normas de seguridad y prevención de riesgos laborales y respetará los espacios y superficies de seguridad que exijan las máquinas en funcionamiento.

Artículo 11. Competencia docente

Las competencias docentes del profesorado perteneciente a los cuerpos de profesores/as y maestros/as de taller de artes plásticas y diseño para la impartición de los módulos correspondientes a las enseñanzas del ciclo formativo de grado superior correspondiente al título de Técnico Superior de Artes Plásticas y Diseño en Cerámica Artística son las contempladas en el anexo.

CAPÍTULO IV
Acceso al ciclo formativo, acceso a otros estudios, exenciones y convalidaciones

Artículo 12. Requisitos de acceso al ciclo formativo de grado superior correspondiente al título de Técnico Superior de Artes Plásticas y Diseño en Cerámica Artística

1. Conforme al artículo 52.2 de la Ley orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de educación, y al artículo 14.2 y a la disposición adicional cuarta del Real decreto 596/2007, de 4 de mayo, para acceder al ciclo formativo de grado superior correspondiente al título de Técnico Superior de Artes Plásticas y Diseño en Cerámica Artística será necesario estar en posesión del título de Bachiller o título declarado equivalente.

2. Asimismo, para acceder al ciclo formativo de grado superior correspondiente al título de Técnico Superior de Artes Plásticas y Diseño en Cerámica Artística, además de los requisitos académicos recogidos en el punto anterior, deberá superarse una prueba específica que permita demostrar las aptitudes y conocimientos artísticos necesarios para cursar con aprovechamiento estas enseñanzas. La consellería competente en materia de educación convocará, al menos una vez al año, dicha prueba específica.

Artículo 13. Exenciones de la prueba específica de acceso al ciclo formativo

Estarán exentos/as de realizar la prueba específica de acceso al ciclo formativo de grado superior correspondiente al título de Técnico Superior de Artes Plásticas y Diseño en Cerámica Artística a la que se refiere el artículo anterior:

1. Quien esté en posesión de:

a) Cualquier título de Técnico Superior de Artes Plásticas y Diseño de la familia profesional artística de Cerámica Artística, o título declarado equivalente.

b) Título de bachiller, modalidad de artes, o de bachillerato artístico experimental.

c) Título superior de Artes Plásticas y título superior de Diseño en sus diferentes especialidades, o títulos declarados equivalentes.

d) Título superior de Conservación y Restauración de Bienes Culturales, en sus diferentes especialidades.

e) Licenciatura en Bellas Artes.

f) Arquitectura.

g) Ingeniería Técnica en Diseño Industrial.

2. Quien, estando en posesión del título de bachiller, acredite tener una experiencia laboral de al menos un año en tareas directamente relacionadas con las competencias profesionales del ciclo formativo de grado superior correspondiente al título de Técnico Superior de Artes Plásticas y Diseño en Cerámica Artística, debiendo aportar la certificación de la empresa en la que haya adquirido la experiencia laboral en la que conste específicamente la duración del contrato de la actividad desarrollada y el período de tiempo en el que fue desarrollada. En el caso de trabajadores/as por cuenta propia, deberá aportarse certificación de alta en el censo de obligados/as tributarios/as. El órgano competente para resolver sobre las solicitudes de exención de la prueba específica de acceso al ciclo formativo será la comisión evaluadora de dicha prueba.

Artículo 14. Acceso al ciclo formativo de grado superior correspondiente al título de Técnico Superior de Artes Plásticas y Diseño en Cerámica Artística para quien no reúna los requisitos académicos

1. Conforme al artículo 52.3 de la Ley orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de educación, podrá acceder al grado superior de las enseñanzas profesionales de Artes Plásticas y Diseño sin estar en posesión de los requisitos académicos de acceso establecidos en el artículo 12.1 de este decreto quien acredite, mediante la superación de una prueba de acceso, poseer la madurez en relación con los objetivos del bachillerato, además de las aptitudes necesarias a las que se refiere el artículo 14.3 del Real decreto 596/2007, de 4 de mayo, y tenga como mínimo 19 años cumplidos en el año de realización de la prueba, o 18 años si se acredita estar en posesión de un título de técnico relacionado con aquel al que se desea acceder.

2. Esta prueba de acceso constará de dos partes:

– Parte general:

Versará sobre los conocimientos y capacidades básicas de las materias comunes del bachillerato.

– Parte específica:

La prueba permitirá valorar las aptitudes y conocimientos artísticos necesarios para cursar con aprovechamiento las enseñanzas del ciclo formativo de grado superior correspondiente al título de Técnico Superior de Artes Plásticas y Diseño en Cerámica Artística.

3. Exenciones de la prueba de acceso:

Quedará exento/a de la realización de la parte general de la prueba de acceso señalada en el artículo 14.2 quien tenga superada la prueba de acceso a la universidad para mayores de 25 años. Del mismo modo, quedará exento/a de la realización de la parte específica de acceso señalada en el artículo 14.2 quien acredite tener una experiencia laboral de al menos un año, relacionada directamente con las competencias profesionales del ciclo formativo de grado superior correspondiente al título de Técnico Superior de Artes Plásticas y Diseño en Cerámica Artística. Para eso deberá aportar la documentación señalada en el artículo 13.2.

Artículo 15. Regulación y validez de las pruebas de acceso

1. La estructura, contenidos, criterios de evaluación y organización de las pruebas de acceso a las que se refieren los artículos 12 y 14 serán determinados por la consellería competente en materia de educación, facilitando la accesibilidad al alumnado con discapacidad que lo requiera.

2. Las calificaciones de las pruebas de acceso se expresarán en términos numéricos, según una escala de cero a diez, con dos decimales, siendo preciso conseguir una calificación igual o superior a cinco para su superación.

3. Las pruebas de acceso al ciclo formativo de grado superior correspondiente al título de Técnico Superior de Artes Plásticas y Diseño en Cerámica Artística tendrán validez en todo el territorio nacional, y su superación dará derecho a matricularse conforme a la normativa en vigor en el ciclo formativo correspondiente, sin perjuicio de la disponibilidad de plazas en los diferentes centros.

4. La superación de la parte general de la prueba de acceso regulada en el artículo 14.1, tendrá validez para posteriores convocatorias.

Artículo 16. Reserva de plazas

La consellería competente en materia de educación podrá establecer, en el ámbito de sus competencias, un porcentaje de plazas de reserva para acceder a las enseñanzas profesionales de artes plásticas y diseño en los supuestos recogidos en los artículos 15 y 16 del Real decreto 596/2007, de 4 de mayo.

Artículo 17. Acceso a otros estudios

1. La superación de la totalidad de los módulos que integran el ciclo formativo de grado superior de Cerámica Artística dará derecho a la obtención del título de Técnico Superior en Artes Plásticas y Diseño en Cerámica Artística.

2. El título de Técnico Superior de Artes Plásticas y Diseño en Cerámica Artística tiene carácter oficial y validez académica y profesional en todo el territorio nacional. Acredita el nivel de formación, las competencias profesionales que contiene y surte los efectos establecidos en la legislación vigente, sin que ello constituya regulación del ejercicio profesional.

3. El título de Técnico Superior en Artes Plásticas y Diseño en Cerámica Artística dará derecho al acceso directo a los estudios superiores de Diseño, a los estudios superiores de Artes Plásticas y las enseñanzas de Conservación y Restauración de Bienes Culturales.

4. El título de Técnico Superior en Artes Plásticas y Diseño en Cerámica Artística dará derecho al acceso a cualquier otro ciclo formativo de grado medio o superior de la familia artística profesional de Cerámica Artística, con la exención de la prueba específica de acceso, para aquellos casos previstos en el artículo 15 del Real decreto 596/2007, de 4 de mayo.

5. El título de Técnico Superior en Artes Plásticas y Diseño en Cerámica Artística permitirá el acceso al bachillerato, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 22.3 del Real decreto 596/2007, de 4 de mayo.

6. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 6.6 del Real decreto 37/2010, de 15 de enero, se asignan 120 créditos ECTS a la totalidad del ciclo formativo de grado superior correspondiente al título de Técnico Superior de Artes Plásticas y Diseño en Cerámica Artística, distribuidos entre los módulos correspondientes.

Artículo 18. Convalidaciones y exenciones

1. Serán objeto de convalidación los módulos formativos pertenecientes al ciclo de grado superior correspondiente al título de Técnico Superior de Artes Plásticas y Diseño en Cerámica Artística establecidos en el anexo IV al Real decreto 37/2010, de 15 de enero.

2. Serán objeto de convalidación los módulos formativos pertenecientes a los ciclos formativos de la familia profesional de Cerámica Artística regulados en los reales decretos 1458/1995, de 1 de septiembre, y 1459/1995, de 1 de septiembre, y el ciclo formativo regulado en el presente decreto, según lo dispuesto en el anexo V al Real decreto 37/2010, de 15 de enero.

3. El módulo de formación y orientación laboral será objeto de convalidación siempre que se haya superado en un ciclo de artes plásticas y diseño de igual o superior nivel académico.

4. El procedimiento y los requisitos para el reconocimiento de dichas convalidaciones serán los establecidos en la normativa vigente.

5. Los módulos formativos que podrán ser objeto de exención por su correspondencia con la práctica laboral, de acuerdo con lo establecido en el artículo 24 del Real decreto 596/2007, de 4 de mayo, son los establecidos en el anexo VI al Real decreto 37/2010, de 15 de enero.

6. Con carácter general, podrá determinarse la exención total o parcial de la fase de formación práctica en empresas, estudios y talleres, siempre que se acredite una experiencia laboral de, al menos, un año en un campo profesional directamente relacionado con el del ciclo formativo de grado superior correspondiente al título de Técnico Superior de Artes Plásticas y Diseño en Cerámica Artística.

7. La consellería competente en materia de educación regulará el procedimiento para el reconocimiento de las exenciones. En cualquier caso, para la acreditación de la experiencia laboral deberá presentarse la documentación que se indica en los artículos 15.4 y 24 del Real decreto 596/2007, de 4 de mayo.

8. En ningún caso podrán ser objeto de convalidación ni exención los módulos de obra final y de proyecto integrado, ya que tienen por objeto la integración de los conocimientos, destrezas y capacidades específicas del campo profesional de la especialidad de la cerámica artística a través de la realización de una obra o proyecto adecuado al nivel académico cursado.

CAPÍTULO V
Ordenación académica y docencia

Artículo 19. Ordenación de los módulos

1. Las enseñanzas del ciclo formativo de grado superior correspondiente al título de Técnico Superior de Artes Plásticas y Diseño en Cerámica Artística se estructuran en módulos formativos de duración variable impartidos en el centro educativo y la fase de formación práctica en empresas, estudios y talleres.

2. En los módulos de formación del ciclo formativo de grado superior correspondiente al título de Técnico Superior de Artes Plásticas y Diseño en Cerámica Artística impartidos en los centros se mantendrá una relación numérica máxima de profesorado/alumnado de 1/15 para los módulos de taller y de 1/30 para el resto de los módulos. Para el módulo de proyecto integrado se contará con la tutoría individualizada del profesorado que imparta docencia en el ciclo formativo.

Artículo 20. Desarrollo curricular

1. Los centros que impartan el ciclo formativo de grado superior correspondiente al título de Técnico Superior de Artes Plásticas y Diseño en Cerámica Artística desarrollarán y completarán el currículo establecido en el presente decreto mediante la puesta en práctica de su proyecto educativo y la implementación de programaciones didácticas que tomen en consideración las características del entorno social y cultural, las necesidades del alumnado, con especial atención a las de quien presente una discapacidad, y las posibilidades formativas del entorno.

2. El proyecto educativo del centro incluirá, del mismo modo, la distribución de las capacidades terminales, los contenidos y criterios de evaluación de cada módulo y su programación de aula.

3. Los/las profesores/as desarrollarán la programación de aula de acuerdo con el currículo del ciclo y con el proyecto educativo del centro docente, teniendo en cuenta que la metodología didáctica de las enseñanzas profesionales de artes plásticas y diseño integrará los aspectos artísticos, científicos, técnicos, tecnológicos y organizativos propios de este ciclo formativo de grado superior correspondiente al título de Técnico Superior de Artes Plásticas y Diseño en Cerámica Artística, con el fin de que el alumnado logre una visión global de los procesos y procedimientos propios de la cerámica artística.

Los proyectos educativos de los centros completarán y desarrollarán los elementos necesarios para garantizar que los/las alumnos/as del ciclo formativo de grado superior correspondiente al título de Técnico Superior de Artes Plásticas y Diseño en Cerámica Artística alcancen y desarrollen las competencias incluidas en el currículo en diseño para todos/as.

4. Las horas de libre disposición que se incluyen en el currículo establecido en el presente decreto serán utilizadas por los centros que las impartan para:

– Reforzar, en los módulos asociados a unidades de competencia, las capacidades de formación de base o de formación profesional específica.

– Dar respuesta a las necesidades formativas más características del alumnado.

– Dar respuesta a las necesidades de desarrollo económico, social y de recursos humanos del entorno productivo del centro.

CAPÍTULO VI
Evaluación y movilidad del alumnado

Artículo 21. Evaluación del alumnado

1. La evaluación de las enseñanzas del ciclo formativo de grado superior correspondiente al título de Técnico Superior de Artes Plásticas y Diseño en Cerámica Artística será continua y tendrá en cuenta el progreso y la madurez académica del alumnado en relación con los objetivos generales y las competencias profesionales propias del mismo.

2. La evaluación se llevará a cabo de manera diferenciada para cada módulo, tomando como referencia los objetivos de cada uno de ellos, expresados en términos de competencias, capacidades y habilidades, y sus respectivos criterios de evaluación establecidos, completados y organizados por los correspondientes equipos docentes y programados por los/las docentes que los imparten. En cualquier caso, la aplicación del proceso de evaluación continua del/de la alumno/a requerirá de su asistencia regular a las clases y actividades lectivas programadas.

3. Los resultados de la evaluación final de cada módulo se expresarán en términos de calificación de acuerdo con una escala numérica de cero a diez. Se considerarán positivas las calificaciones iguales o superiores a cinco y negativas las restantes.

4. En la evaluación de la fase de formación práctica en empresas, estudios y talleres, colaborará el/la responsable de la formación del alumnado designado/a por la empresa, estudio o taller durante la estancia del/de la alumno/a en la misma. Los resultados de esta evaluación se expresarán en términos de «apto-a/no apto-a». Para la superación de la fase de formación práctica en estudios, empresas y talleres, los/las alumnos/as dispondrán de dos convocatorias.

5. El número máximo de convocatorias para la superación de cada módulo será de cuatro. La consellería competente en materia de educación establecerá el procedimiento para la solicitud y concesión de una convocatoria extraordinaria por motivos de enfermedad, discapacidad u otros que impidan el normal desarrollo de los estudios.

6. La consellería competente en materia de educación establecerá las condiciones para la anulación de la matrícula y para la renuncia a la convocatoria de todos o algunos de los módulos que integran el ciclo formativo de grado superior correspondiente al título de Técnico Superior de Artes Plásticas y Diseño en Cerámica Artística, incluida la fase de formación práctica en empresas, estudios y talleres. La renuncia a la convocatoria se reflejará en los documentos de evaluación con la expresión «renuncia».

7. La consellería competente en materia de educación establecerá los requisitos para la promoción de curso, siendo precisa en cualquier caso, la evaluación positiva en módulos cuya carga lectiva sume al menos el 75 por 100 del primer curso.

8. La fase de formación práctica en empresas, estudios y talleres se realizará durante el segundo curso del ciclo formativo. Para la calificación de esta fase será necesaria la calificación positiva del alumnado en todos los módulos que integran el ciclo formativo, excepto el de proyecto integrado, y será calificada en la convocatoria final correspondiente al segundo curso del ciclo formativo.

9. La superación del ciclo formativo de grado superior correspondiente al título de Técnico Superior de Artes Plásticas y Diseño en Cerámica Artística requerirá la evaluación positiva en todos los módulos que lo integran y asimismo, la calificación de «apto» en la fase de formación práctica en empresas, estudios y talleres.

10. La calificación media final del ciclo formativo de grado superior correspondiente al título de Técnico Superior de Artes Plásticas y Diseño en Cerámica Artística se obtendrá una vez superados los módulos impartidos en el centro educativo y la fase de formación práctica en empresas, estudios y talleres, y consistirá en la media aritmética de las calificaciones medias ponderadas de los distintos módulos que lo componen, expresada con dos decimales. La calificación media ponderada de cada módulo se obtendrá multiplicando el número de créditos que le corresponde al módulo por la calificación final obtenida en él, y dividiendo el resultado entre el número total de créditos cursados.

11. A los efectos del cálculo de la calificación media final del ciclo, no será computada la fase de formación práctica en empresas, estudios y talleres, ni aquellos módulos que hubieran sido objeto de convalidación y/o exención por correspondencia con la práctica laboral.

Artículo 22. Movilidad del alumnado

1. Cuando un/una alumno/a obtenga plaza en un centro de la Comunidad Autónoma de Galicia, a fin de continuar sus estudios en el ciclo formativo de grado superior correspondiente al título de Técnico Superior de Artes Plásticas y Diseño en Cerámica Artística, e iniciados en un centro dependiente de otra Administración educativa, el centro de acogida solicitará al centro de origen el expediente académico del/de la alumno/a. Recibido el expediente, el centro de acogida procederá a la correspondiente adaptación curricular, a fin de que el/la alumno/a se incorpore a los módulos y curso que le corresponda. A estos efectos, los módulos superados en su totalidad y que según el criterio del centro sean semejantes en contenidos y carga lectiva a los establecidos en este decreto, serán reconocidos de manera automática, pudiendo preverse, para otros casos, la superación de los complementos de formación que se consideren convenientes.

2. Los módulos reconocidos en su totalidad como superados figurarán en el expediente del/de la alumno/a con la expresión «adaptado». Cuando sea preciso hacer una ponderación de las calificaciones, los módulos que figuren como «adaptados» se computarán con la calificación del centro de origen.

Artículo 23. Documentación de la evaluación y movilidad del alumnado

1. Los documentos básicos de evaluación de este ciclo formativo de grado superior correspondiente al título de Técnico Superior de Artes Plásticas y Diseño en Cerámica Artística son:

a) El expediente académico personal, que se acredita con la certificación académica personal.

b) Las actas de evaluación.

c) Los informes individualizados de evaluación.

2. Toda la información relativa al proceso de evaluación del/de la alumno/a se recogerá, de manera sintética en el expediente académico del/de la alumno/a. En dicho expediente figurarán la identificación del centro y los datos personales del/de la alumno/a, la modalidad de acceso al ciclo, el número y fecha de su matrícula, los resultados de su evaluación y, en su caso, las medidas de adaptación curricular y la calificación media final del ciclo.

3. Los documentos básicos de evaluación citarán en lugar preferente la norma de la consellería competente en materia de educación que desarrolla el presente currículo.

4. Con el objeto de garantizar la movilidad académica y territorial del alumnado, tendrán la consideración de documentos básicos de movilidad la certificación académica personal, obtenida del expediente académico, y el informe de evaluación individualizado.

5. La certificación académica personal tiene valor acreditativo de los estudios realizados por el/la alumno/a, y constituye el documento oficial básico que recoge la referencia normativa del plan de estudios, el curso académico, las calificaciones obtenidas con expresión de la convocatoria (ordinaria o extraordinaria), los módulos que hubieran sido objeto de convalidación, y/o correspondencia con la práctica laboral, y en su caso, las anulaciones de matrícula y/o renuncia a las convocatorias.

6. Cuando el/la alumno/a se traslade de centro, se consignará en un informe de evaluación individualizado toda aquella información necesaria para la continuidad del proceso de aprendizaje.

7. La consellería competente en materia de educación establecerá el modelo de expediente académico del alumnado, los modelos de acta de evaluación y los modelos de informe individualizado de evaluación, y propiciará su tratamiento informático, en el ámbito de su competencia y de gestión.

Disposición adicional primera. Accesibilidad universal en las enseñanzas de este título

1. La consellería competente en materia de educación establecerá las medidas oportunas que garanticen el cumplimiento de lo establecido en la Ley 51/2003, de 2 de diciembre, de igualdad de oportunidades, no discriminación y accesibilidades universal de las personas con discapacidad, a fin de facilitarle al alumnado los medios y recursos que se precisen para acceder y cursar las enseñanzas de este ciclo formativo de grado superior correspondiente al título de Técnico Superior de Artes Plásticas y Diseño en Cerámica Artística.

2. Las programaciones didácticas que desarrollen el currículo establecido en el presente decreto deberán tener en cuenta el principio de «diseño para todos/as», incorporando a dichas programaciones las unidades didácticas que correspondan con la finalidad de que el alumnado alcance la sensibilidad y las competencias relacionadas con este concepto y las aplique a lo largo de su aprendizaje y a su labor profesional.

3. Las programaciones didácticas que desarrollen el currículo establecido en el presente decreto recogerán las medidas necesarias con la finalidad de que el alumnado con discapacidad pueda alcanzar la competencia general del título, expresada a través de las competencias profesionales, así como los resultados del aprendizaje de cada uno de los módulos.

Disposición adicional segunda. Cursos de cualificación y recualificación

Con la finalidad de promover la formación a lo largo de la vida, los centros que impartan el ciclo formativo de grado superior correspondiente al título de Técnico Superior de Artes Plásticas y Diseño en Cerámica Artística podrán organizar y desarrollar cursos de especialización vinculados a las enseñanzas del mismo, que deberán ser objeto de una certificación acreditativa de la formación adquirida, en la que se indique la superación del curso, el número de horas de duración y su equivalencia en créditos ECTS. Dicha certificación podrá tener, en su caso, valor acreditativo en el Sistema Nacional de Cualificaciones y Formación Profesional, que corresponda.

Los cursos de formación antedichos serán autorizados por la consellería competente en materia de educación, que establecerá del mismo modo las condiciones y procedimiento para su autorización.

Disposición adicional tercera. Autorización a centros privados para la impartición de las enseñanzas reguladas en este decreto

La autorización a centros privados para la impartición de las enseñanzas del ciclo formativo de grado superior correspondiente al título de Técnico Superior de Artes Plásticas y Diseño en Cerámica Artística exigirá que desde el inicio del curso escolar se cumplan los requisitos de profesorado, espacios y equipamientos regulados en el mismo.

Disposición adicional cuarta. Formación del profesorado

La consellería competente en materia de educación contemplará medidas de apoyo al profesorado, especialmente en la formación permanente y en la investigación e innovación, para contribuir al mejor desarrollo y aplicación del nuevo currículo del Grado Superior de Artes Plásticas y Diseño de Cerámica Artística.

Disposición derogatoria única. Derogación de normas

Queda derogado el Decreto 79/2002, de 14 de febrero, por el que se establece el currículo del ciclo formativo de Grado Superior de Artes Plásticas y Diseño de Cerámica Artística, correspondiente a la familia profesional de Cerámica Artística, así como el acceso a dicho ciclo formativo.

Disposición transitoria primera. Competencia docente

Hasta que no se completen, por parte del Ministerio competente en materia de educación, los nuevos currículos de las enseñanzas artísticas profesionales de artes plásticas y diseño, la competencia docente de los/las profesores/as y maestros/as de taller de artes plásticas y diseño para impartir los módulos que integran este ciclo formativo de grado superior correspondiente al título de Técnico Superior de Artes Plásticas y Diseño en Cerámica Artística será la que se indica en el anexo, sin perjuicio de que la consellería competente en materia de educación, en su ámbito de competencia, pueda, en dicho período transitorio, autorizar la impartición de determinados módulos a aquellos/as docentes que a la promulgación de este decreto viniesen impartiendo materias equivalentes de la anterior ordenación, siempre que acrediten la preparación para ello.

Disposición transitoria segunda. Implantación de las enseñanzas del ciclo formativo de grado superior correspondiente al título de Técnico Superior de Artes Plásticas y Diseño en Cerámica Artística

1. En tanto no se produzca la implantación de las enseñanzas reguladas en el presente decreto, serán de aplicación el Real decreto 1458/1995, de 1 de septiembre, desarrollado por el Decreto 79/2002, de 14 de febrero, por el que se establece el currículo del ciclo formativo de Grado Superior de Artes Plásticas y Diseño de Cerámica Artística, correspondiente a la familia profesional de Cerámica Artística, así como el acceso a dicho ciclo formativo.

2. La consellería competente en materia de educación determinará el calendario y condiciones para la ordenada extinción del plan de estudios correspondiente, garantizando la obtención de los títulos de las enseñanzas que se extinguen, en las condiciones que oportunamente se establezcan, conforme a lo dispuesto en la disposición transitoria segunda del Real decreto 806/2006, de 30 de junio, por el que se establece el calendario de aplicación de la nueva ordenación del sistema educativo establecida por la Ley orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de educación.

Disposición final primera. Desarrollo normativo

Se autoriza a la persona titular de la consellería competente en materia de educación para dictar las disposiciones necesarias en lo relativo a la organización y materias propias de su departamento.

Disposición final segunda. Entrada en vigor

El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de Galicia.

Santiago de Compostela, dieciocho de julio de dos mil trece

Alberto Núñez Feijóo
Presidente

Jesús Vázquez Abad
Conselleiro de Cultura, Educación y Ordenación Universitaria

ANEXO

1. Distribución horaria de las enseñanzas.

Estructura general

Horas lectivas

totales

Créditos ECTS

asociados

Módulos impartidos en el centro docente

1.800

114

Fase de formación en empresas, estudios y talleres

200

6

Total horas de enseñanza:

2.000

120

2. Formación en el centro docente.

2.1. Módulos correspondientes a las enseñanzas impartidas en el centro docente.*

Módulos

Ratio

Profesorado/Alumnado

Horas semanales

Total horas

Créditos ECTS

asociados

1er curso

2.º curso

1er curso

2.º curso

Dibujo artístico

1/15

3

-----

108

6

-----

Dibujo técnico

1/15

3

-----

108

6

-----

Volumen

1/15

3

2

180

6

4

Historia de la cerámica

1/30

2

-----

72

5

-----

Materiales y tecnología: cerámica

1/30

3

-----

108

7

-----

Medios informáticos

1/15

2

-----

72

5

-----

Taller cerámico

1/15

12

8

720

26

18

Proyectos de cerámica artística

1/30

-----

4

144

-----

10

Proyecto integrado

1/1

-----

4

144

-----

12

Formación y orientación laboral

1/30

-----

2

72

-----

4

Horas de libre disposición del centro docente

-----

2

-----

72

5

-----

Totales:

30

20

1.800

66

48

Total créditos ECTS:

114

* A los efectos del cómputo horario se consideran 36 semanas para cada uno de los dos cursos que dura el ciclo formativo.

2.2. Objetivos, contenidos y criterios de evaluación de los módulos.

Dibujo artístico

Objetivos:

1º. Representar gráficamente tanto las formas del entorno como las imágenes de propia creación.

2º. Utilizar los diferentes materiales y técnicas de dibujo como herramientas básicas para la búsqueda y definición formal de imágenes y para la comunicación gráfica de ideas.

3º. Analizar los fundamentos y teoría del color, su importancia en los procesos de creación artístico-plástica y sus aplicaciones al campo cerámico.

4º. Desarrollar la capacidad de disfrute estético y la inventiva y expresividad personales.

5º. Valorar la creación y la obra cerámica a la luz de criterios externos, de los conocimientos sobre la materia e internos, el propio gusto y la sensibilidad.

6º. Reconocer los elementos conceptuales y la estructura básica de las formas.

7º. A partir del método de análisis, interpretar las formas del entorno y más directamente las que guardan relación con las técnicas cerámicas, estudiando a través del dibujo analítico sus relaciones formales, funcionales y estéticas.

8º. Realizar dibujos y bocetos que expliquen las formas con claridad, analizando las relaciones entre líneas, formas, volúmenes, color, simetrías y movimiento.

Contenidos:

1º. La forma bidimensional y tridimensional y su representación en el plano.

2º. Los materiales de dibujo y sus técnicas.

3º. La proporción. Simetría. La forma bidimensional. Morfología, elementos estructurales. El punto, la recta y el plano. Síntesis. Representación de la forma, figura y fondo. Relaciones.

4º. La representación de la forma tridimensional y del espacio en el plano tanto en la concepción analítico-geométrica como en la artístico-expresiva. Recursos gráficos y geométricos. El modelado y la luz. Superposición de formas y gradientes de profundidad. La perspectiva atmosférica y la perspectiva geométrica.

5º. Elementos expresivos del lenguaje gráfico-plástico. Los materiales de dibujo y sus técnicas. Técnicas secas y húmedas. Soportes. Adecuación de la técnica a la proyección o representación de la forma.

6º. La realidad como motivo. Las formas de la naturaleza. Procesos de análisis y síntesis. Importancia en la configuración volumétrica de formas tanto de origen como artísticas o funcionales.

7º. Forma y estructura. Análisis de las formas. Abstracción, síntesis y estilización. Texturas. Análisis y estudio de los lenguajes gráficos a través de los momentos clave de la historia de la representación.

8º. La composición. Conceptos básicos.

9º. El claroscuro.

10º. El color. Fundamentos y teoría del color. Valores expresivos y simbólicos. Interacción del color. La organización de los elementos gráficos en el espacio bidimensional. Principios compositivos.

11º. El color cerámico.

Criterios de evaluación:

Se valorará la capacidad del/de la alumno/a para:

1º. Describir, mediante el dibujo, formas de la realidad o de la propia inventiva, de manera que se transmita una idea fiel de sus características sensibles y estructurales.

2º. Utilizar correctamente los diferentes materiales y técnicas de dibujo en la representación gráfica de formas de la realidad o de la propia inventiva.

3º. Analizar composiciones tridimensionales desde el punto de vista formal y estructural, interpretarlas y representarlas correctamente.

4º. Explorar con iniciativa las posibilidades plásticas y expresivas del dibujo y del color y utilizarlas de manera creativa en la representación gráfica de piezas cerámicas.

5º. Aplicar correctamente la teoría del color en supuestos prácticos relacionados con la especialidad.

6º. Emitir juicios de valor de manera argumentada respecto a la creación artística propia y ajena en base a sus conocimientos sobre la materia, su gusto personal y sensibilidad.

Dibujo técnico

Objetivos:

1º. Utilizar los métodos, procedimientos, convenciones y técnicas gráficas propias del dibujo técnico en la búsqueda de la definición formal y técnica de piezas tridimensionales y en la comunicación gráfica de ideas.

2º. Representar y acotar piezas cerámicas, tanto del entorno como de la propia inventiva, utilizando el sistema de representación adecuado.

3º. Comprender la información gráfica de diseños y proyectos de piezas cerámicas tridimensionales, tanto utilitarias como obra original.

4º. Valorar el dibujo técnico como herramienta básica en la representación objetiva de las formas, en la transmisión de información precisa sobre los objetos y en la ideación, proyección y fabricación de los mismos.

5º. Seleccionar adecuadamente diferentes materiales y técnicas de dibujo en la representación gráfica de las formas de la realidad o de la propia inventiva.

6º. Expresar oralmente y por escrito de una manera correcta, los conocimientos y opiniones sobre la materia, de acuerdo con su gusto personal y su sensibilidad.

Contenidos:

1º. Arte y dibujo técnico. Proyección y dibujo técnico. Presencia de la geometría en la naturaleza y en las artes.

2º. Geometría plana y espacial. Proporcionalidad y semejanza. Thales y sus aplicaciones prácticas.

3º. Geometría descriptiva. Concepto geométrico y matemático de la escala. La escala como elemento definidor de la cantidad y calidad de la información de un dibujo o proyecto.

4º. Sistemas de representación. Ampliación, reducción, despiece de masas. Transformaciones geométricas y sus leyes y posibilidades expresivas.

5º. Vistas, normalización y croquización. Acotación. Geometría plana: el punto, la recta y el plano. Relación entre los tres elementos geométricos básicos: pertenencia, paralelismo, intersecciones.

6º. Técnicas gráficas, procedimientos y materiales. Dibujo a mano alzada. Polígonos. Curvas geométricas y técnicas: elipse, parábola, hipérbola, óvalo, ovoide, cicloide.

7º. Geometría descriptiva: sistema diédrico, representación del punto, recta y plano. Representación de las formas geométricas más destacables. Cálculo de verdaderas magnitudes en el sistema diédrico. Sistema axonométrico. Principios y aplicación al dibujo a mano alzada. Perspectiva caballera. Sistema cónico de representación. Principios básicos y aplicaciones.

Criterios de evaluación:

Se valorará la capacidad del/de la alumno/a para:

1º. Definir gráficamente formas de la realidad o de la propia inventiva utilizando con propiedad los sistemas de representación más adecuados.

2º. Utilizar con destreza y precisión los diferentes materiales y técnicas del dibujo técnico, con especial atención a la calidad de los acabados y presentación final.

3º. Describir, mediante el dibujo técnico a mano alzada, piezas cerámicas utilitarias o artísticas, previamente a su desarrollo gráfico definitivo, destacando con claridad aquella información necesaria para su posterior reproducción.

4º. Analizar y explicar correctamente la información gráfica de un diseño cerámico dado, utilizando con propiedad la terminología de la materia y destacando sus características formales y estructurales.

5º. Utilizar el dibujo técnico como herramienta fundamental tanto en la búsqueda de soluciones constructivas de diseño que ayudan a resolver problemas como en la configuración y representación final de las formas cerámicas.

6º. La escala: definición y concepto de la misma como elemento definidor de la cantidad y calidad de la información inherente al proceso proyectual.

Volumen

Objetivos:

1º. Conseguir una visión ordenada y de conjunto de los diferentes factores y etapas en el análisis, ideación y materialización de la forma tridimensional, así como de los métodos de realización de las técnicas constructivas y de modelado.

2º. Analizar piezas tridimensionales desde el punto de vista formal, estructural y funcional, interpretarlas y representarlas mediante los procedimientos de configuración volumétrica correspondientes.

3º. Modelar piezas artísticas tridimensionales, ya sean originales de propia ideación o copia de modelos propuestos.

4º. Realizar modelos, moldes y prototipos relacionados con supuestos prácticos de fabricación cerámica.

5º. Desarrollar la capacidad de disfrute estético y la inventiva y la expresividad personal.

6º. Desarrollar la capacidad del/de la alumno/a para trabajar en equipo, optimizando tiempos de realización y esfuerzo.

7º. Familiarizar al/a la alumno/a con el léxico propio de la materia, así como informarlo/a y capacitarlo/a para el correcto uso de los diferentes materiales y herramientas.

Contenidos:

1º. Forma, función y estructura.

2º. Elementos expresivos del lenguaje tridimensional.

3º. Concepto del espacio. El espacio como dimensión. El espacio como forma. Espacio lleno y vacío. Técnicas y materiales en el proceso de configuración espacial.

4º. Técnicas de volumen. Modelado, talla y construcción. El relieve mural cerámico. Características técnicas y funcionales.

5º. Métodos de translación. Ampliaciones y reducciones. La máquina de puntos. La textura. Textura orgánica, geométrica, tramas, textura mimética, textura y movimiento, textura y expresión.

6º. La escultura cerámica contemporánea. Los procesos de moldeado. Tipologías y funcionalidad de los moldes más utilizados en los procesos escultórico-cerámicos. Moldes rígidos y flexibles.

7º. Matricería y moldes cerámicos. Concepto de matriz, patrón y modelo. Confección de matrices y moldes destinados a la reproducción seriada. Criterios de diseño y funcionalidad.

Criterios de evaluación:

Se valorará la capacidad del/de la alumno/a para:

1º. Explicar, utilizando con propiedad la terminología propia de la materia, las características de los diferentes métodos y técnicas de volumen y su relación con los materiales utilizados.

2º. Analizar los elementos formales, funcionales y estructurales de piezas tridimensionales y reproducirlas fielmente conforme a la técnica más adecuada y tomando en consideración las características del material utilizado.

3º. Utilizar adecuadamente y con destreza las técnicas del volumen en la representación volumétrica de las formas de la realidad o de la propia inventiva.

4º. Explorar con iniciativa las posibilidades plásticas y expresivas del lenguaje tridimensional y utilizarlas de manera creativa en la ideación y realización de obra original cerámica.

5º. Emitir juicios de valor argumentando respecto de la creación cerámica propia y ajena en base a sus conocimientos sobre la materia, su gusto personal y sensibilidad.

Historia de la cerámica

Objetivos:

1º. Analizar la dimensión técnica y plástica del arte cerámico a lo largo del tiempo e interpretar su desarrollo histórico y su evolución estética.

2º. Desarrollar la comprensión visual y conceptual del lenguaje artístico propio del arte cerámico.

3º. Comprender el lenguaje expresivo que caracteriza a la cerámica de cada época, estilo o tendencia y su relación con el arte, la arquitectura y la sociedad de la época en la que se ha producido.

4º. Conocer los procesos de investigación y renovación que se llevaron a cabo en el campo de la fabricación cerámica a lo largo del último siglo.

5º. Desarrollar la capacidad de disfrute estético y valorar el arte cerámico contemporáneo a la luz de su evolución histórica y del propio gusto personal y sensibilidad.

6º. Relacionar el valor de la cerámica como elemento cultural con su dimensión técnica, funcional y plástica, para entender su desarrollo histórico.

7º. Valorar la importancia de la cerámica gallega a nivel histórico y en el contexto actual. Causas de su desarrollo y principales características según los focos de producción.

Contenidos:

1º. El arte de la arcilla: significación cultural y artística.

2º. Primeras manifestaciones cerámicas: culturas prehistóricas y su evolución. La pasta egipcia. Significación plástica y documental de las cerámicas griegas y romanas. Novedades técnicas.

3º. Conceptos estéticos y ornamentales islámicos y su aplicación a la cerámica. Aportaciones técnicas. Los revestimientos murales. La cerámica islámica en el ámbito mediterráneo. El arte mudéjar y sus repercusiones.

4º. El Extremo Oriente. Peculiaridades nacionales y etapas significativas. La porcelana china. La cerámica japonesa. Su repercusión en occidente. Culturas cerámicas precolombinas.

5º. El Renacimiento: formulaciones estéticas del Humanismo. La mayólica: técnica, formas y ornamentación. Trascendencia del italianismo para la cerámica europea. La cerámica española: centros productores y caracteres regionales.

6º. El lenguaje expresivo del Barroco y el Rococó. La porcelana en Europa. Las reales manufacturas. La loza inglesa.

7º. La revolución industrial y su repercusión en la cerámica. La estética del nuevo Clasicismo. Historicismo y Clasicismo. Influencias y corrientes renovadoras al final del siglo XIX.

8º. Revisión de los procesos en el “Art Nouveau”: nuevos caminos de investigación y especialización. Maestros/as cerámicos/as y principales tendencias. Experiencias individuales y aportaciones de los/las grandes artistas a lo largo del período de entreguerras.

9º. El arte cerámico posterior a la Segunda Guerra Mundial. Panorámica de la cerámica artística en Europa, Estados Unidos de América y Japón. Renovación técnica y estética. Aportaciones de los/las ceramistas españoles/españolas.

10º. Momento actual de la cerámica arquitectónica, utilitaria y ornamental. Producción industrial y diseño cerámico.

11º. La cerámica en la Galicia actual: la cerámica en los terrenos industrial y artesanal.

12º. Manifestaciones populares de la cerámica. Alfareros/as. Focos. Características.

Criterios de evaluación:

Se valorará la capacidad del/de la alumno/a para:

1º. Identificar visualmente las realizaciones cerámicas a lo largo de la historia y establecer relaciones argumentadas entre los elementos que las definen y configuran en el contexto histórico-social en el que fueron creadas.

2º. Analizar el arte cerámico con relación a otras manifestaciones artísticas de su contexto temporal.

3º. Explicar el alcance del arte cerámico en la actualidad, sus aplicaciones y las innovaciones que a lo largo del siglo XX fueron llevadas a cabo en el campo de la fabricación cerámica.

4º. Caracterizar los momentos más significativos de la historia de la cerámica utilitaria y ornamental y analizar la proyección técnica y estética de la revolución industrial en la industria cerámica contemporánea.

5º. Mostrar interés en la contemplación de la obra artística y valorar argumentando al respecto del arte cerámico contemporáneo en base a sus conocimientos sobre la materia y su gusto personal y sensibilidad.

6º. Utilizar adecuadamente la terminología propia de la materia.

Materiales y tecnología: cerámica

Objetivos:

1º. Comprender los fundamentos científicos de los procesos de producción de materiales cerámicos.

2º. Clasificar los materias cerámicos y analizar sus características, estructura y propiedades más significativas.

3º. Analizar las diferentes fases del procesamiento de los materiales cerámicos, así como los cambios físico-químicos que se llevan a cabo en cada una de ellas.

4º. Explicar la influencia que tienen las condiciones del proceso en la calidad del producto final, clasificar los distintos defectos que puedan producirse y diferenciar los procedimientos de control de calidad más apropiados a cada momento.

5º. Identificar las maquinarias y herramientas utilizadas en las diferentes etapas del proceso cerámico, clasificarlas y describir su utilización, funcionamiento y operaciones básicas de mantenimiento.

6º. Describir las características más significativas y el funcionamiento de los distintos tipos de hornos cerámicos y atmosféricos de cocción.

7º. Elaborar correctamente un muestrario cerámico y las indicaciones para su presentación.

8º. Utilizar adecuadamente la terminología específica de la materia.

9º. Valorar el papel de la metodología científica y de la técnica en la investigación cerámica, tanto en el ámbito de los nuevos materiales como en los procesos productivos y de control de calidad.

Contenidos:

1º. Fundamentos físico-químicos en los procesos cerámicos.

2º. Materias primas cerámicas para pastas y esmaltes.

3º. El procesamiento de las materias primas cerámicas. Técnica y variables. Control de calidad. Seguridad y medio ambiente.

4º. Pastas, cubiertas, engobes, vidriados y barnices. El color: óxidos, colorantes y pigmentos calcinados. Composición. Clasificación. Preparación y defectos.

5º. Esmaltes de alta y baja temperatura.

6º. Hornos. Tipos y mantenimiento. Descripción de las características más significativas y el funcionamiento de los distintos tipos de hornos cerámicos y atmosféricos de cocción.

7º. Secado y cocción. Técnicas. Determinación de las condiciones óptimas requeridas en cada etapa del proceso cerámico y su influencia en la calidad del producto final.

8º. Acabados. Control de calidad. Identificación de los defectos más frecuentes del producto cerámico y su relación con las diferentes etapas de elaboración indicando los mecanismos de control de calidad más adecuados a cada caso.

9º. Diferencias y caracterización de las etapas del procesamiento de los materiales cerámicos. Cambios físicos y químicos producidos en cada una de ellas.

10º. Utilización adecuada de la terminología propia de la materia.

Criterios de evaluación:

Se valorará la capacidad del/de la alumno/a para:

1º. Explicar correctamente los fundamentos físico-químicos de los procesos cerámicos en supuestos prácticos de la especialidad.

2º. Definir las principales características estructurales de los materiales cerámicos, así como su composición y propiedades.

3º. Diferenciar y caracterizar las etapas del procesamiento de los materiales cerámicos indicando con precisión los cambios físico-químicos que se producen en cada una de ellas.

4º. Determinar las condiciones óptimas requeridas en las diferentes etapas del proceso cerámico y su influencia en la calidad del producto final.

5º. Identificar los defectos más frecuentes del producto cerámico y relacionarlos con las diferentes etapas de su elaboración indicando los mecanismos de control de calidad más adecuados a cada caso.

6º. Describir las características más significativas y el funcionamiento de los distintos tipos de hornos cerámicos y atmosféricos de cocción.

7º. Elaborar correctamente un muestrario cerámico y las indicaciones para su presentación.

8º. Utilizar adecuadamente la terminología específica de la materia.

Medios informáticos

Objetivos:

1º. Conocer y utilizar los equipos informáticos.

2º. Conocer y utilizar correctamente los programas informáticos adecuados a la práctica profesional de la especialidad.

3º. Analizar y dominar la presencia actual de los nuevas tecnologías en la proyección y producción industrial y artesanal cerámica.

4º. Utilizar los recursos informáticos como instrumento de ideación, gestión y comunicación del propio trabajo.

Contenidos:

1º. Introducción a la informática. Materiales y equipos. Sistemas operativos. Entornos. Dispositivos de entrada y salida. Dispositivos de interacción. Dispositivos gráficos.

2º. Introducción al CAD-CAM. Automatización y control de procesos. Sistemas CAD-CAM para el sector cerámico industrial.

3º. Técnicas de sistemas gráficos. Utilización y tratamiento de imágenes. Programas específicos.

4º. Técnicas de modelado en 2D y 3D.

5º. Ofimática: procesadores de texto y programas de presentación de proyectos.

Criterios de evaluación:

Se valorará la capacidad del/de la alumno/a para:

1º. Seleccionar y utilizar correctamente los materiales y equipos informáticos en el desarrollo del propio trabajo.

2º. Seleccionar y emplear con destreza los programas informáticos adecuados a la práctica de la especialidad, tanto en el proceso creativo y proyectual de las piezas cerámicas como en la comunicación gráfica del propio trabajo.

3º. Describir, utilizando con propiedad la terminología propia de la materia, los sistemas más utilizados en los procesos de proyección y producción industrial cerámica y valorarlos con relación a sus aplicaciones en el ejercicio de la especialidad.

Taller cerámico

Objetivos:

1º. Comprender global y secuencialmente el proceso de fabricación cerámica, identificar las materias primas y su comportamiento a lo largo del proceso, así como los útiles, herramientas y máquinas que intervienen, su uso y mantenimiento.

2º. Caracterizar las materias primas, seleccionarlas y formular la composición más apropiada a las necesidades del producto y del proceso de acuerdo con las especificaciones del proyecto.

3º. Realizar el conformado del producto cerámico mediante procedimientos manuales y mecánicos.

4º. Describir las transformaciones físicas y químicas de las pastas durante la cocción, calcular las contracciones y dilataciones y prever las deformaciones que se originarán en el proceso productivo.

5º. Comprender los procesos de secado, estiba y cocción y llevarlos a cabo en las condiciones de seguridad e higiene adecuadas.

6º. Clasificar y caracterizar las diferentes técnicas decorativas artesanales e industriales del producto cerámico y explicar las etapas, procedimientos, materiales, útiles y herramientas propios de cada técnica.

7º. Seleccionar y aplicar el procedimiento de intervención decorativa más adecuado a las características técnicas, funcionales y artísticas de la pieza o prototipo cerámico realizando los controles de calidad adecuados para cada momento del proceso.

8º. Elaborar moldes para la producción seriada de cerámica artística.

9º. Acondicionar y recuperar las materias primas.

10º. Iniciarse en la búsqueda formal y estética de la obra original cerámica, en la investigación sobre el material cerámico y sus calidades expresivas y en las técnicas especiales de cocción.

11º. Organizar, planificar y llevar a cabo las distintas fases que configuran el proceso productivo, identificar los problemas que surgen y solucionarlos en función de la necesaria calidad del producto terminado.

12º. Organizar el taller de acuerdo con los requisitos ergonómicos y funcionales de la maquinaria, las instalaciones, el espacio y el/la usuario/a, así como los requerimientos de seguridad, higiene y protección medioambiental propios de la fabricación cerámica.

13º. Realizar moldes y matrices para la fabricación de productos cerámicos seriados de cerámica artística.

14º. Conocer y saber emplear con seguridad y soltura el vocabulario y la terminología propia de la actividad cerámica.

15º. Caracterizar las materias primas, seleccionarlas y formular la composición más apropiada a las necesidades del producto y del proceso de acuerdo con las especificaciones del proyecto.

Contenidos:

1º. Organización del taller: materiales, herramientas y maquinaria. Utilización y mantenimiento.

2º. Procedimientos de conformado.

3º. Reproducción de piezas en serie. Moldes de escayola y flexibles. Materiales cerámicos y no cerámicos. Técnicas específicas.

4º. Sistemas decorativos manuales y seriados. Técnicas decorativas de superficie, de aplicación en crudo y sobre bizcocho. Técnicas decorativas e industriales: serigrafía, flexografía, fotomecánica. Procedimientos de acabado. Procedimientos de reparación y reposición.

5º. Procesos de secado, estiba y cocción artesanales, semi-industriales e industriales.

6º. Procedimientos de recuperación, reconstrucción y reparación del producto cerámico.

7º. Procedimientos de reutilización y eliminación ecológica de los productos y desperdicios del taller.

8º. Experimentación con materiales y procedimientos no tradicionales.

9º. Organización de la actividad profesional del taller. Criterios ergonómicos, funcionales, productivos, de seguridad e higiene y ambientales.

10º. Preparación, recuperación, reciclaje y acondicionamiento de las materias primas.

11º. Elaboración de formas torneadas.

Criterios de evaluación:

Se valorará la capacidad del/de la alumno/a para:

1º. Realizar piezas cerámicas llevando a cabo correctamente todas las etapas del proceso de fabricación y los correspondientes controles de calidad hasta la obtención del producto acabado.

2º. Dado el proyecto de elaboración de piezas cerámicas, ofrecer soluciones artísticas viables, comercialmente competitivas y técnica y funcionalmente adecuadas a las especificaciones y requisitos establecidos.

3º. Realizar con destreza el conformado de piezas cerámicas tanto a mano como a torno, y utilizar el tipo de cocción más adecuado, en cuanto a temperaturas y atmósferas, a las especificaciones de un proyecto de fabricación cerámica.

4º. Crear piezas de obra original cerámica de calidad artística y técnica.

5º. Seleccionar la técnica decorativa más adecuada a las características técnicas, funcionales y artísticas de una pieza o producto cerámico y llevar a cabo la decoración atendiendo a las exigencias de calidad del producto acabado.

6º. Realizar con calidad técnica y estética la decoración de obra original cerámica, llevando a cabo los controles adecuados en cada fase de la producción.

7º. Elaborar correctamente moldes apropiados para la producción seriada de piezas cerámicas de calidad.

8º. Desarrollar el proceso de fabricación cerámica cumpliendo las medidas preventivas y las normas adecuadas de seguridad, higiene y protección ambiental.

9º. Realizar como rutina diaria las labores de mantenimiento y limpieza del taller, así como la puesta a punto de la maquinaria, herramientas e instalaciones que garanticen su perfecto estado de conservación y funcionamiento.

Proyectos de cerámica artística

Objetivos:

1º. Analizar la relación existente entre el diseño y metodología proyectual y aplicar la/s metodología/s más adecuada/s para el diseño de obra original cerámica.

2º. Desarrollar y exponer proyectos de obra original cerámica.

3º. Materializar proyectos de obra original cerámica en todas sus fases hasta la obtención del producto final.

4º. Valorar la proyección cerámica como oportunidad de investigación y de expresión artística personal.

5º. Desarrollar la capacidad estética, sensibilidad, inventiva, creatividad y expresividad potencial del/de la alumno/a en los proyectos cerámicos.

6º. Familiarizar al/a la alumno/a con el léxico propio de la proyección, así como informarlo/a y capacitarlo/a para el uso adecuado y correcto de las diferentes metodologías y herramientas de proyección cerámica.

Contenidos:

1º. El diseño. Antecedentes. La metodología proyectual. Diferentes tendencias metodológicas. Métodos creativos para la generación de ideas.

2º. El proyecto cerámico. Fases. Condicionantes. Especificaciones. Documentación gráfica. Técnicas y normalización. La comunicación y la presentación del proyecto.

3º. La materialización del proyecto hasta la obtención del producto acabado. Verificación del control de calidad en las diferentes etapas.

Criterios de evaluación:

Se valorará la capacidad del/de la alumno/a para:

1º. Seleccionar argumentadamente y aplicar la metodología proyectual más adecuada al diseño de la obra original cerámica.

2º. Solucionar adecuadamente los problemas que surjan en el proceso proyectual utilizando los conocimientos y recursos gráficos, metodológicos y técnicos de los que disponga.

3º. Llevar a cabo el proceso de elaboración cerámica en todas sus etapas ateniéndose a las especificaciones del proyecto y realizando los controles necesarios para la obtención de un producto final de calidad artística y técnica.

Proyecto integrado

Objetivos:

1º. Desarrollar un proyecto de obra original cerámica.

2º. Materializar el proyecto de obra original cerámica en todas sus fases, desde la selección de materiales y técnicas más adecuados hasta la obtención del producto final.

3º. Desarrollar, mediante la proyección de obra original cerámica, el propio sentido estético y la capacidad creadora.

Contenidos:

1º. Contexto de la obra, concepto, estudio histórico y antecedentes.

2º. La creación de obra original. Fases de la proyección cerámica. Condicionantes. Especificaciones. Documentación. Técnicas de normalización. Presupuesto.

3º. Realización de maquetas y prototipos.

4º. La materialización del proyecto hasta la obtención del producto acabado. Verificación del control de calidad en las diferentes etapas.

5º. La comunicación, presentación y defensa del proyecto.

Criterios de evaluación:

Se valorará la capacidad del/de la alumno/a para:

1º. Idear, desarrollar y exponer un proyecto factible de obra original cerámica.

2º. Solucionar los problemas que surjan en el proceso proyectual utilizando los conocimientos y recursos gráficos, metodológicos y técnicos más adecuados.

3º. Llevar a cabo el proceso de elaboración de la/s pieza/s original/originales cerámica/s en todas sus etapas ateniéndose a las especificaciones del proyecto y realizando los controles necesarios para la obtención de un producto final de calidad artística y dominio técnico a través de las propias realizaciones cerámicas.

4º. Presentar el proyecto de obra original cerámica, exponer oralmente sus principales apartados y emitir una valoración personal técnica y artística sobre el mismo, utilizando correctamente en todo momento la terminología propia de la materia.

5º. Manifestar iniciativa, sentido estético, capacidad de expresión artística y dominio técnico a través de las propias realizaciones cerámicas.

Formación y orientación laboral

Objetivos:

1º. Analizar el marco legal de trabajo y definir los derechos y obligaciones que se derivan de las relaciones laborales.

2º. Identificar las distintas vías de acceso al empleo y a la formación permanente, así como las acciones e iniciativas de organismos e instituciones dedicadas a estos fines.

3º. Proponer un plan de organización de un taller artesano y de una pequeña o mediana empresa de fabricación cerámica teniendo en cuenta los datos y medios de producción, comercialización y distribución, las relaciones mercantiles y los aspectos jurídicos y socio-laborales que intervienen.

4º. Evaluar el marco jurídico de trabajo, salud y medio ambiente y su repercusión en la actividad productiva y en la calidad de vida laboral y personal.

5º. Analizar la normativa específica que regula el diseño en el sector cerámico.

6º. Valorar la cooperación, la autocrítica y el trabajo en equipo como actividades que contribuyen a la búsqueda de mejores resultados en la actividad productiva.

7º. Establecer en el terreno laboral las medidas de protección y prevención que correspondan a las situaciones de riesgos existentes y determinar las medidas sanitarias básicas inmediatas en caso de accidente, y valorar las medidas de protección específicas de personas trabajadoras sensibles a determinados riesgos, así como las de protección de la maternidad y la lactancia, y de menores.

8º. Conocer e interpretar los datos de la estructura socioeconómica gallega y española para poder valorar la situación actual a las perspectivas del sector a nivel autonómico, estatal y europeo.

Contenidos:

1º. El marco jurídico de las relaciones laborales: Estatuto de los trabajadores y regulación específica del sector.

2º. Medidas de seguridad e higiene en el trabajo.

3º. Sistemas de acceso al empleo. Técnicas. Organismos que prestan ayuda a la inserción laboral.

4º. La empresa. El diseño en la organización y cultura empresarial. Descripción de los distintos modelos jurídicos de empresa y sus características.

5º. El/la empresario/a individual. Trámites para el inicio de la actividad empresarial. Administración y gestión de empresas. Obligaciones jurídicas y fiscales. Programas de financiación y ayudas a empresas.

6º. Conceptos básicos de mercadotecnia. La organización de la producción, comercialización y distribución en la empresa. Métodos de análisis de costes y control de la calidad. Los signos distintivos: marca, rótulo y nombre comercial.

7º. Protección al diseño. Propiedad intelectual. Registro de la propiedad intelectual. Entidades de gestión. Propiedad industrial. Los modelos y dibujos industriales y artísticos. Registro y procedimiento registral. La protección internacional de las innovaciones.

8º. Legislación española y comunitaria sobre la industria cerámica. Centros y asociaciones de investigación y desarrollo de la industria cerámica.

9º. Normativa de fabricación y etiquetado de productos cerámicos. Normativa de prevención de riesgos laborales y protección ambiental en el sector cerámico.

10º. Normativa de ámbito autonómico que afecta a la actividad del/de la ceramista.

11º. Instituciones públicas y privadas de ámbito autonómico con función en el terreno de la protección, asesoramiento, promoción y reglamentación de la actividad del/de la ceramista.

Criterios de evaluación:

Se valorará la capacidad del/de la alumno/a para:

1º. Ante supuestos de índole socio-laboral, seleccionar el marco legal y jurídico, general y específico, que le sirve de referencia, y explicarlo utilizando con corrección la terminología específica de la materia.

2º. Mostrar iniciativa en la búsqueda activa de distintas vías de acceso al empleo y la formación permanente, y elaborar un listado útil de organismos, instituciones, programas y acciones públicas y privadas dedicadas a tal fin.

3º. Redactar el plan de creación y organización de un taller cerámico artesano o de una pequeña o mediana empresa cerámica, en el que se consideren los aspectos jurídicos y socio-laborales correspondientes, los recursos materiales y humanos necesarios, las acciones de mercado, comercialización y distribución de los productos y los mecanismos de seguridad laboral ambiental y de prevención de riesgos exigidos para iniciar su funcionamiento.

4º. Elaborar conclusiones argumentadas al respecto de la importancia del marco jurídico, legal y normativo específico en la fabricación cerámica, en la calidad de la actividad productiva y en la vida laboral y personal.

5º. Manifestar una actividad positiva de autocrítica y de cooperación, tanto en las sesiones de trabajo en la clase como en las oportunidades de trabajo en equipo que se formulen durante el curso.

6º. Valorar las medidas establecidas por la legislación para la conciliación de la vida laboral y familiar y para la igualdad efectiva de hombres y mujeres.

7º. Valorar el principio de no-discriminación y de igualdad de oportunidades en el acceso al empleo, en las condiciones de trabajo y en el desarrollo profesional.

3. Fase de formación en empresas, estudios y talleres.

Objetivos:

1. La fase de formación práctica en empresas, estudios y talleres tiene como objetivos los siguientes:

1º. Completar la formación académica del alumnado mediante la integración en las rutinas diarias de trabajo de una empresa cerámica o taller artesanal y la realización de las funciones profesionales correspondientes a su nivel formativo.

2º. Facilitar la toma de contacto de los/as alumnos/as con el mundo del trabajo y la incorporación al sistema de relaciones sociales, laborales y técnicas de la empresa.

3º. Contrastar los conocimientos, formación y capacitación conseguidos en el centro docente con la realidad empresarial y laboral del sector cerámico.

4º. Permitir al alumnado que, a través del contacto con la empresa, incorpore a su formación los conocimientos sobre la propia especialidad, la situación y relaciones de mercado, las tendencias artísticas y culturales, la organización y coordinación del trabajo, la gestión empresarial, las relaciones socio-laborales en la empresa etc. necesarios para el inicio de la actividad laboral.

5º. Conseguir los conocimientos técnicos de útiles, herramientas, materiales y maquinaria que, por su especialización, coste o novedad, no están al alcance del centro docente.

6º. Participar de manera activa en las fases del proceso de producción cerámica bajo las orientaciones del/de la tutor/a o coordinador/a correspondiente.

7º. Aplicar los conocimientos, habilidades y destrezas conseguidas durante el período de formación teórica y práctica impartida en el centro docente.

2. El seguimiento y evaluación de la fase de formación en empresas, estudios y talleres, le corresponde al/a la tutor/a de prácticas designado/a por el centro docente, quien tomará en consideración el grado de cumplimiento de los objetivos y la valoración que realice la empresa, estudio o taller.

4. Atribución docente.

Al amparo del artículo 96 de la Ley orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de educación, en tanto no se haya desarrollado lo establecido en el mismo, y teniendo en cuenta lo dispuesto en el anexo IV al Real decreto 37/2010, de 15 de enero, la competencia docente para los módulos que se impartan en el centro docente será la señalada en el presente decreto, según la preferencia marcada por la cifra antepuesta.

Competencia docente de los/as funcionarios/as pertenecientes a los cuerpos de profesores/as y maestros/as de taller de artes plásticas y diseño para impartición de los módulos correspondientes a las enseñanzas del ciclo formativo de grado superior correspondiente al título de Técnico Superior de Artes Plásticas y Diseño en Cerámica Artística, de la familia artística profesional de cerámica artística:

Módulos

Profesores/as de Artes Plásticas y Diseño

Maestros/as de Taller de Artes Plásticas y Diseño

Dibujo artístico

Dibujo artístico y color

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Dibujo técnico

Dibujo técnico

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Volumen

Volumen

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Historia de la cerámica

Historia del arte

Materiales y tecnología: cerámica

Materiales y tecnología: cerámica y vidrio

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Medios informáticos

Medios informáticos

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Taller cerámico

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Técnicas cerámicas

Proyectos de cerámica artística

Cerámica

Técnicas cerámicas

Proyecto integrado

Cerámica

Técnicas cerámicas

Formación y orientación laboral

Organización industrial y legislación

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