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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 176 Martes, 16 de septiembre de 2014 Pág. 41296

IV. Oposiciones y concursos

Vicepresidencia y Consellería de Presidencia, Administraciones Públicas y Justicia

RESOLUCIÓN de 18 de agosto de 2014, de la Dirección General de Administración Local, por la que se publica la convocatoria para la provisión, por el sistema de libre designación, del puesto de trabajo de secretario general del Ayuntamiento de A Coruña, entre funcionarios con habilitación de carácter nacional.

De conformidad con lo dispuesto en los artículos 27 y 28 del Real decreto 1732/1994, de 29 de julio, de provisión de puestos de trabajo reservados a funcionarios con habilitación de carácter nacional, modificado por el Real decreto 834/2003, de 27 de junio, y demás normativa concordante de aplicación y en el uso de las facultades que le confiere el artículo 15.1 del Decreto legislativo 1/2008, de 13 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de la función pública de Galicia, en relación con el artículo 241 de la Ley 5/1997, de 22 de julio, de Administración local de Galicia, y la Orden de 14 de mayo de 2013, sobre delegación de competencias,

DISPONGO:

Publicar las bases de la convocatoria para la provisión, por el sistema de libre designación, entre funcionarios/as con habilitación de carácter nacional, del puesto de trabajo de secretario general del Ayuntamiento de A Coruña que se acompañan como anexo a esta resolución, de acuerdo con las siguientes disposiciones:

Primera. El puesto de trabajo que se convoca podrá ser solicitado por los/las funcionarios/as con habilitación de carácter nacional, pertenecientes a la subescala y categoría en que esté clasificado el puesto.

No podrán concurrir a la convocatoria los/las funcionarios/as que se encuentren en las situaciones previstas en las letras a), b) y c) del artículo 18.3 del Real decreto 1732/1994, de 29 de julio, de provisión de puestos de trabajo reservados a funcionarios con habilitación de carácter nacional, modificado por el Real decreto 834/2003, de 27 de junio.

Segunda. Los/las interesados/as dirigirán sus solicitudes a la corporación convocante, dentro de los quince días naturales siguientes al de la publicación de la presente resolución en el Boletín Oficial del Estado, acompañando a la solicitud la documentación acreditativa de reunir los requisitos para su desempeño en los términos que figura en la convocatoria.

Tercera. Los aspirantes deberán sujetarse a las bases de la convocatoria publicadas en este Diario Oficial de Galicia.

Santiago de Compostela, 18 de agosto de 2014

P.D. (Orden de 14.5.2013; DOG nº 92, de 15 de mayo)
José Alberto Pazos Couñago
Director general de Administración local

ANEXO

Resolución de la Junta de Gobierno Local del Ayuntamiento de A Coruña de 8 de agosto de 2014 por la que se aprueba la convocatoria para la provisión del puesto de trabajo de secretario general del Ayuntamiento de A Coruña, mediante libre designación entre funcionarios/as con habilitación de carácter nacional, de conformidad con las siguientes

Bases

Primera. Constituye objeto de la presente convocatoria la provisión por el sistema de libre designación, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 92.bis, apartado 6 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las bases de régimen local, del siguiente puesto de trabajo reservado a funcionarios/as de la Administración local con habilitación de carácter nacional:

– Corporación: Ayuntamiento de A Coruña.

– Denominación: secretario general del pleno.

– Clase: primera.

Características del puesto:

a) El puesto a cubrir se encuentra recogido en el cuadro de personal y en la relación de puestos de trabajo de este ayuntamiento.

b) El complemento de destino asignado a este puesto es el correspondiente al nivel 30.

c) El sistema de provisión es el de libre designación.

d) El complemento específico anual fijado para este puesto es de 39.938,78 €.

Segunda. Será requisito indispensable para concurrir a la convocatoria ser funcionarios/as de la Administración local con habilitación de carácter nacional, pertenecientes a la subescala de secretaría y categoría superior, de acuerdo con lo establecido en la Ley 7/1985, reguladora de las bases de régimen local y lo dispuesto en la relación de puestos de trabajo del Ayuntamiento de A Coruña.

Tercera. Los aspirantes deberán acreditar que están en posesión del certificado de lengua gallega, Celga 4 o su equivalente, debidamente homologado por el órgano competente en materia de política lingüística de la Xunta de Galicia. Aquellos aspirantes que no acrediten estar en posesión del Celga 4 o su equivalente deberán hacer una prueba en que se evaluará, con resultado de apto o no apto, el grado de conocimiento del gallego, que deberá ser equivalente al exigido para el Celga 4.

Cuarta. La convocatoria será remitida al órgano competente de la Xunta de Galicia para su publicación en el Diario Oficial de Galicia y remisión a la Dirección General de Función Pública del Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas para su publicación en el Boletín Oficial del Estado, conforme al artículo 28 del Real decreto 1732/1994, de 29 de julio, de provisión de puestos de trabajo reservados a funcionarios con habilitación de carácter nacional, modificado por el Real decreto 834/2003, de 27 de junio.

Quinta. Las instancias solicitando tomar parte en el proceso selectivo se dirigirán al alcalde y se presentarán en el registro general del ayuntamiento debidamente cumplimentadas, durante el plazo de quince días naturales contados desde el siguiente ao da publicación del anuncio de la convocatoria en el Boletín Oficial del Estado. Podrán remitirse en la forma determinada en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y procedimiento administrativo común.

La instancia se acompañará inexcusablemente de:

– Fotocopia del DNI.

– Certificado que acredite el conocimiento de la lengua gallega, Celga 4 o su equivalente.

– Un currículo. En este currículo constarán los títulos académicos, los puestos de trabajo desempeñados en la Administración, los estudios, los trabajos y cursos impartidos y recibidos, así como aquellos otros méritos que considere oportuno alegar. A dicho currículo deberán acompañarse los documentos justificativos de los méritos que se aleguen, certificaciones o fotocopias compulsadas, pues no serán valorados aquellos que no queden debidamente acreditados, en todos sus puntos, dentro del plazo de presentación de instancias.

Sexta. Según lo dispuesto en los artículos 127 y 130 da Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de bases de régimen local y dada su naturaleza de órgano directivo, el nombramiento de titular de Secretaría General del Pleno será realizado por la Junta de Gobierno Local. Asimismo, la resolución se motivará con referencia al cumplimiento por parte del candidato elegido de los requisitos y especificaciones contenidos en esta convocatoria.

Séptima. Esta convocatoria y su resolución serán remitidas al órgano competente de la Xunta de Galicia y a la Dirección General de función Pública del Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas, a los efectos oportunos.

Octava. Los plazos para la toma de posesión serán los mismos que los establecidos para los/las funcionarios/as con habilitación de carácter nacional nombrados en virtud del procedimiento del concurso.

Novena. Contra la presente resolución, que agota la vía administrativa, podrán los interesados interponer recurso de reposición ante la Junta de Gobierno Local en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de la publicación del anuncio en el Diario Oficial de Galicia, de conformidad con lo establecido en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y procedimiento administrativo común, según la redacción dada por Ley 4/1999, de 13 de enero, o recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de A Coruña, en el plazo de dos meses desde la citada fecha.

Rosa Gallego Neira
Teniente de alcalde delegada de personal