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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 56 Martes, 24 de marzo de 2015 Pág. 11547

III. Otras disposiciones

Consellería de Trabajo y Bienestar

ORDEN de 13 de marzo de 2015 por la que se regula la oferta de plazas juveniles dentro del programa Campaña de verano-2015 y se procede a su convocatoria.

La Consellería de Trabajo y Bienestar, a través de la Dirección General de Juventud y Voluntariado, lleva a cabo la promoción y organización de actividades con un claro componente de educación no formal destinadas a la juventud en el ámbito del ocio y el tiempo libre.

Asumidas las competencias en este ámbito por el Decreto 146/1982, de 1 de diciembre, la Consellería de Trabajo y Bienestar incluye entre sus objetivos el de favorecer la participación de la juventud en actividades de este tipo, y para ello convoca, una vez más, la Campaña de verano-2015.

Mediante la oferta de dicha campaña, la Dirección General de Juventud y Voluntariado ofrece la posibilidad de que la juventud emplee su tiempo libre de verano participando en actividades de carácter lúdico, cultural, deportivo y formativo, que sirvan no solo para divertirse sino también para el enriquecimiento personal y vital, además de ofrecer la posibilidad de conocer otros territorios de la geografía nacional a través de las actividades que se realizan en otras comunidades autónomas de España.

Asimismo, la Consellería de Trabajo y Bienestar, en aplicación del principio de transversalidad de las políticas en materia de discapacidad, considera pertinente que, además de las actuaciones específicas dirigidas a las personas con discapacidad, se tengan en cuenta las necesidades y demandas de estas personas en las políticas y líneas de acción de carácter general en cualquiera de los ámbitos de actuación pública, como es el ámbito de actuación de las políticas dirigidas a la juventud gallega.

En este sentido debe también señalarse que la Convención de la ONU sobre los derechos de las personas con discapacidad, que entró en vigor el 3 de mayo de 2008, reconoce en su artículo 30 el derecho de las personas con discapacidad a participar, en igualdad de condiciones con las demás personas, en las actividades recreativas y de ocio y tiempo libre; y el artículo 7 del Real decreto legislativo 1/2013, de 29 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley general de derechos de las personas con discapacidad y de su inclusión social, versa exclusivamente sobre el derecho a la igualdad de las personas con discapacidad.

En base a estos criterios, tanto la Secretaría General de Política Social como la Dirección General de Juventud y Voluntariado, acuerdan integrar en la presente convocatoria las necesidades de la juventud gallega en la ocupación de su tiempo de ocio, de modo que los/as jóvenes gallegos/as con discapacidad, en función de las limitaciones que presenten, puedan tener la oportunidad de decidir sobre a modalidad de participación a la que deseen optar: por el procedimiento general o por el procedimiento de las plazas reservadas de inclusión. De esta forma se pretende que la inclusión social de los/as jóvenes con discapacidad sea una realidad al tiempo que se favorezca la interacción y la convivencia entre toda la juventud.

Por todo esto,

DISPONGO:

Artículo 1. Objeto

1. Para facilitar que la juventud gallega pueda participar en actividades de tiempo libre de calidad, la Consellería de Trabajo y Bienestar, a través de la Dirección General de Juventud y Voluntariado, oferta la programación de actividades para el año 2015 que se detalla en el anexo I de esta orden.

Las diferentes actividades que integran esta programación se llevarán a cabo en diferentes turnos de entre una semana y quince días de duración durante los meses de julio y agosto.

2. La información sobre la convocatoria de esta campaña, así como de cada actividad e instalación juvenil donde se desarrollará, se encontrará detallada en la página web www.xuventude.net. Además, las personas interesadas pueden solicitar folletos informativos de la convocatoria en la Dirección General de Juventud y Voluntariado, en los servicios y oficinas locales de juventud de las jefaturas territoriales de la Consellería de Trabajo y Bienestar, en las oficinas y puntos de información juvenil de la Red Gallega de Información y Documentación Juvenil, en el Centro Coordinador de Información y Documentación Juvenil, y en las oficinas de información administrativa y atención a la ciudadanía.

3. A fin de lograr la efectiva difusión de esta campaña para próximas convocatorias y con el objetivo de garantizar la transparencia, la eficacia y eficiencia en la organización y gestión pública (artículo 2.b) de la Ley 4/2006, de 30 de junio, de transparencia y buenas prácticas en la Administración pública gallega), de proporcionar y difundir información constante, veraz, objetiva y clara sobre la actuación del sector público (2.c), se recogerán experiencias e incluso fotografías de las instalaciones y de las personas participantes que podrán ser empleadas para noticias contenidas en periódicos, publicaciones e incluso divulgadas tanto a través de servicios de la sociedad de la información como en páginas web de la Consellería de Trabajo y Bienestar.

A estos efectos, la presentación de la solicitud de participación implica la autorización para la publicación de estas imágenes que serán incorporadas al fichero «Actividades dirigidas a la ciudadanía» con el tratamiento previsto en el artículo 14 de esta orden.

Artículo 2. Servicios ofertados

1. La participación en la oferta de la Campaña de verano-2015 se realizará mediante inscripción individual o múltiple (para los supuestos de dos, tres o cuatro hermanos/as). Las personas participantes dispondrán de los siguientes servicios:

a) Un programa de actividades de carácter sociocultural, recreativo, formativo y convivencial, que posibilite la participación del/de la joven.

b) Alojamiento en albergue juvenil, residencia juvenil o campamento juvenil.

c) Manutención en régimen de pensión completa.

d) El material necesario para la actividad.

e) Un equipo técnico de personal especializado en animación sociocultural y actividades de tiempo libre y actividades náuticas, en su caso. Asimismo, y para el caso de las personas con necesidades especiales por razón de su discapacidad, se dispondrá de personal de apoyo que cuente con formación y experiencia para atender sus necesidades.

f) Atención sanitaria de primeros auxilios y seguro de accidentes.

g) En las actividades desarrolladas en otras comunidades autónomas se incluye el transporte desde Santiago de Compostela, o lugar que se señale como punto de salida, hasta el lugar de destino, así como el retorno hasta Santiago de Compostela.

2. La incorporación a los campamentos y albergues de Galicia correrá a cargo de la persona interesada el día de inicio del turno correspondiente, entre las 16.00 y las 19.00 horas. No se admitirá ningún/una participante después de este límite.

En las actividades que se lleven a cabo en otras comunidades autónomas, correrá a cargo de la persona interesada el traslado desde su domicilio hasta Santiago de Compostela, o el lugar que se señale como punto de salida, tanto el día de ida para la actividad como el día de llegada de esta.

En el supuesto de abandono de la actividad o expulsión del/de la participante, será responsabilidad de los padres/madres o tutores/as legales el traslado para el regreso a su domicilio, así como los gastos que se ocasionen.

Artículo 3. Participantes

1. Pueden solicitar su participación en las actividades ofertadas en esta convocatoria los/as jóvenes gallegos/as residentes en Galicia, nacidos/as en el año señalado en el anexo I para cada actividad.

2. En cuanto a la edad mínima y máxima para participar en la Campaña de verano-2015, hay que destacar lo siguiente:

– Los/as nacidos/as en el año 1997 no podrán cumplir 18 años antes de la finalización del campamento.

– Los/as nacidos/as en el año 2006 deberán tener cumplidos 9 años al inicio del campamento.

3. El incumplimiento de estas normas dará lugar a la inadmisión de la solicitud.

4. Ningún/una participante podrá ser admitido/a en más de un campamento por año.

5. Personas con discapacidad.

Las personas que tengan una discapacidad igual o superior al 33 % e inferior al 65% podrán participar en esta convocatoria siempre que:

– Tengan capacidad de integración en un grupo.

– Sus limitaciones y/o necesidades especiales deben permitirles manejarse en las instalaciones del campamento que elijan y participar y beneficiarse de las actividades que en él se van a desarrollar. Las características de las instalaciones de cada destino se podrán consultar en la página web de xuventude (www.xuventude.net); asimismo, la programación de los distintos campamentos y turnos se podrán consultar en la citada página web y en los folletos informativos de la convocatoria.

Lo señalado será condición para su admisión en el campamento.

Las personas que cumplan los requisitos señalados podrán presentar su solicitud optando por una de estas dos vías:

a) Por el procedimiento general (BS303A, en el caso de solicitud individual, o BS303F en caso de solicitud múltiple, para el supuesto de hermanos/as, de concurrir los requisitos señalados en el artículo 5.1b) exclusivamente para las actividades detalladas en el anexo I A (campamentos que se desarrollan en Galicia, excluyéndose, por tanto, los campamentos que tengan lugar en otras comunidades autónomas).

Esta solicitud se incluirá en el sorteo general de la campaña de verano. En el caso de que opten por esta vía, en el formulario de solicitud deberán cubrir obligatoriamente los datos relativos a la discapacidad que presenta el/la solicitante con necesidades especiales. De no hacerlo así, no serán admitidos en el campamento.

b) Por el procedimiento de las plazas reservadas para inclusión, (procedimiento BS303G en el caso de solicitud individual, o BS303H en el caso de solicitud múltiple, para el supuesto de hermanos/as, de concurrir los requisitos señalados en el artículo 5.1.b) exclusivamente para los campamentos y turnos que se incluyen en el anexo I B. Estas solicitudes se incluirán en un sorteo específico.

Las personas solicitantes con discapacidad deben optar por una de estas dos vías, de forma que quedarán excluidas en el supuesto de que presenten la solicitud por ambos procedimientos.

Artículo 4. Personas procedentes de centros de menores

Las solicitudes relativas a jóvenes procedentes de centros de menores están excluidas de esta convocatoria. La Dirección General de Juventud y Voluntariado pondrá a disposición de la Dirección General de Familia e Inclusión un número de plazas reservadas para los/as menores tutelados de sus centros; esta dirección general se encargará de seleccionar a los/las beneficiarios/as de las plazas y comunicar a la Dirección General de Juventud y Voluntariado la relación final de participantes.

Artículo 5. Tipos de solicitud y forma de presentación

1. La solicitud puede ser individual o múltiple.

a) Solicitud individual:

1º. Procedimiento general:

Las personas que quieran presentar solicitud individual de plazas deben utilizar el formulario que se incorpora como anexo II (procedimiento BS303A).

2º. Procedimiento de plazas reservadas para inclusión de personas con discapacidad:

Las personas con discapacidad que no presenten su solicitud individual por la vía general (procedimiento BS303A) y opten por el procedimiento de las plazas reservadas para inclusión (las incluidas en el anexo I B) deben utilizar el formulario que se incorpora como anexo IV (procedimiento BS303G). Las personas solicitantes deben tener en cuenta lo señalado en el artículo 3.1 y, en consecuencia, solicitar su participación en aquellos campamentos y turnos del anexo I B, que se correspondan con su año de nacimiento.

b) Solicitud múltiple:

1º. Procedimiento general:

En el caso de las personas que cumplan los requisitos que se señalan en el párrafo final de este apartado y quieran presentar una solicitud múltiple, deberán emplear el formulario que se incorpora como anexo III de la orden (procedimiento BS303F).

2º. Procedimiento de plazas reservadas para inclusión de personas con discapacidad:

Las personas con discapacidad que no presenten su solicitud múltiple por la vía general (procedimiento BS303F) y opten por el procedimiento de las plazas reservadas para inclusión (las incluidas en el anexo I B) deben utilizar el formulario que se incorpora como anexo V (procedimiento BS303H).

Tanto en el procedimiento general como en el de inclusión, la solicitud múltiple se admitirá para el supuesto de dos, tres y hasta cuatro hermanos/as. Los/las menores que convivan en el domicilio en situación de acogimiento familiar también se podrán incluir en la solicitud múltiple, equiparándose su situación a la de los/las hermanos/as. Esta solicitud múltiple solo se podrá emplear en el caso de personas que pidan idéntica instalación, turno y actividad (mismo código). Todas las personas interesadas que figuren en una misma instancia deben cumplir los requisitos de edad exigidos para las instalaciones y turnos solicitados. Cuando se trate de una persona sin discapacidad que tenga hermanos/as con discapacidad y quieran presentar una solicitud conjunta, solo lo podrán hacer por el procedimiento general y en ningún caso una persona sin discapacidad podrá ocupar una plaza de las reservadas para inclusión. El incumplimiento de lo dispuesto en este apartado por una de las personas participantes, supondrá la exclusión de todas las que figuren en esa misma solicitud. Estas solicitudes tienen efecto durante el sorteo para la adjudicación de la plaza y para generar las listas de espera, pero en el momento de las adjudicaciones desde la lista de espera ya se tienen en cuenta como individuales.

2. Presentación de solicitudes.

Las solicitudes deberán presentarse preferiblemente por vía electrónica a través del formulario normalizado disponible en la sede electrónica de la Xunta de Galicia, https://sede.xunta.es, de acuerdo con lo establecido en los artículos 27 de la Ley 11/2007, de 22 de junio, de acceso electrónico de los ciudadanos a los servicios públicos, y 24 del Decreto 198/2010, de 2 de diciembre, por el que se regula el desarrollo de la Administración electrónica en la Xunta de Galicia y en las entidades de ella dependientes. Para la presentación de las solicitudes será necesario el documento nacional de identidad electrónico o cualquiera de los certificados electrónicos reconocidos por la sede electrónica de la Xunta de Galicia.

Opcionalmente, también se podrán presentar las solicitudes en soporte papel en cualquiera de los lugares y registros establecidos en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, utilizando el formulario normalizado disponible en la sede electrónica de la Xunta de Galicia.

3. Cumplimentación de la solicitud.

Los impresos de solicitud deben ser cumplimentados de acuerdo con las siguientes normas:

a) Cada joven solo podrá cumplimentar una solicitud y elegirá, por orden de prioridad, un máximo de cinco turnos o actividades. Cada turno o actividad está identificada con un código en el anexo I, apartados A, B y C, de esta orden.

b) Los datos del/de la solicitante deben ser los del/de la joven que opta a participar en las actividades. En el caso de solicitudes múltiples deberán cumplimentarse los datos de todos/as los/as hermanos/as que soliciten su participación.

c) Las solicitudes deberán firmarlas los/las padres/madres o tutores/as de los/as menores solicitantes.

d) Las personas solicitantes deben residir en la Comunidad Autónoma de Galicia y por tanto, la dirección que se incluya en la solicitud deberá ser, necesariamente, en algún ayuntamiento de Galicia.

e) La duplicidad de una solicitud dará lugar a la inadmisión de ambas, quedando el/la solicitante fuera del sorteo.

Transcurrido un mes desde la publicación de la orden, la persona interesada deberá comprobar, en la página web: www.xuventude.net, la correcta mecanización de su solicitud, a fin de proceder a la corrección de los errores detectados. En esa página aparecerá un enlace para consultar los datos de las solicitudes. Para tener acceso a estos deberá incluirse el número de DNI del/de la padre/madre o tutor/a que cumplimentó la instancia, así como la fecha de caducidad de ese DNI. Si las personas interesadas detectan algún error en los datos mecanizados o no encuentran la solicitud, deben llamar a cualquiera de los números de teléfono de la Dirección General de Juventud y Voluntariado que aparecen en el anexo VII. La comunicación de los errores deberá efectuarse, como fecha límite, hasta tres días antes del señalado para la realización del sorteo. Una vez transcurrido ese día, contra los errores u omisiones de solicitudes no procederá reclamación alguna.

4. No se admitirán las solicitudes que no se presenten en el formato normalizado para cada procedimiento.

5. La sede electrónica de la Xunta de Galicia tiene a disposición de las personas interesadas una serie de modelos normalizados de los trámites más comúnmente utilizados en la tramitación administrativa, que podrán ser presentados en cualquiera de los lugares y registros establecidos en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común.

6. La presentación de la solicitud implica la aceptación de las normas de este procedimiento.

Artículo 6. Plazo

El plazo de presentación de solicitudes será de 15 días naturales contado a partir del día siguiente al de la publicación de esta orden en el Diario Oficial de Galicia.

Artículo 7. Adjudicación de plazas

La adjudicación de las plazas, tanto de los que participan por el procedimiento general como de los que lo hacen por el procedimiento de plazas reservadas para inclusión se realizará de la siguiente forma:

1. Por adjudicación directa, en el caso de que la demanda no supere el número de plazas disponibles.

2. Por sorteo, por medios informáticos, en el supuesto de que el número de solicitudes supere el número de plazas disponibles. Se efectuarán dos sorteos independientes según el procedimiento por el que se solicite (el general o el de plazas reservadas para inclusión).

En este caso el sorteo se realizará, ante notario/a, en los 45 días siguientes a la fecha de publicación de la orden. El día concreto de realización del sorteo se anunciará en la página web de xuventude: www.xuventude.net, y tendrá lugar a las 12.00 horas de ese día en la sala de prensa de la Consellería de Trabajo y Bienestar, situada en la tercera planta de las dependencias de la mencionada consellería en el Edificio Administrativo de San Lázaro en Santiago de Compostela.

Mediante este sorteo, se cumplimentarán las plazas en las distintas actividades que especifica el anexo I (apartados A, B y C) de esta orden.

Asimismo, dará lugar a una lista de espera para cada una de las actividades. Se incluirá a cada participante únicamente en una lista de espera para un campamento concreto, de entre los que solicitó entre las cinco opciones. El número de reservas en cada actividad será del 50 % de las plazas convocadas. Se generará la lista de espera tanto en el sorteo de plazas del procedimiento general como en el específico de plazas reservadas para inclusión.

3. La Dirección General de Juventud y Voluntariado hará público el resultado del sorteo, incluidas las listas de espera, y confeccionará la correspondiente lista de admitidos/as para cada turno y actividad.

El resultado del sorteo se publicará en la página web www.xuventude.net, donde se expondrá la lista de admitidos/as a partir del día siguiente al del sorteo. A estos efectos, la presentación de la solicitud implica la autorización para la publicación de los datos de la persona solicitante.

Artículo 8. Documentación

Los/as participantes seleccionados/as deberán presentar en el plazo de 15 días naturales a contar desde el siguiente al de la realización del sorteo, en la jefatura territorial de la Consellería de Trabajo y Bienestar de la provincia donde se va a desarrollar la actividad, o en la Dirección General de Juventud y Voluntariado, en el caso de las actividades que se realicen fuera de la Comunidad Autónoma de Galicia, la siguiente documentación:

– Justificación de pago.

– Fotocopia del DNI/NIE o de la hoja correspondiente del libro de familia, en caso de que el/la padre/madre o representante legal del/de la menor interesado/a no autorice expresamente la comprobación de datos por medio del acceso electrónico al sistema de verificación de datos de identidad del Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas.

– Tarjeta sanitaria o seguro médico privado.

– Cuestionario médico sanitario (anexo VI).

– Declaración responsable de que sabe nadar.

En el caso de personas con discapacidad, además:

– Certificado acreditativo del grado de discapacidad y copia del dictamen técnico facultativo, emitido por el equipo de valoración y orientación correspondiente, cuando no se autorice expresamente la comprobación de estos datos de discapacidad o dichos documentos no fueran expedidos en nuestra comunidad autónoma.

Artículo 9. Adjudicación de plazas a las listas de espera

1. Las vacantes que se produzcan por no presentar la documentación, por presentarla fuera del plazo establecido o por renunciar a la plaza obtenida en el sorteo, serán ofrecidas en la fase de reservas de los respectivos procedimientos (general o de plazas reservadas para inclusión) a los/as solicitantes que figuran en las listas de espera correspondientes. En el caso de que se produzcan bajas, la Dirección General de Juventud y Voluntariado o el servicio de juventud correspondiente contactarán, siguiendo el orden de lista, con los/las suplentes mediante llamada telefónica.

Se realizarán 3 llamadas de 9.00 a 14.00 horas que serán registradas para la constancia de su realización. De no contactar con la persona interesada ésta será dada de baja y se llamará a la siguiente en la lista de espera.

Una vez recibida la comunicación y aceptada la plaza ofrecida deberán presentar la documentación señalada en el artículo 8 en un plazo de 48 horas. En caso de no presentar la mencionada documentación en el plazo indicado la plaza será ofertada a la siguiente persona de la lista de espera.

2. La apertura de la fase de reservas se publicará en la página web de xuventude, www.xuventude.net.

Artículo 10. Adjudicación de las plazas de resultas

1. Las plazas vacantes que no se cubriesen por los procedimientos de adjudicación establecidos en los artículos 7 y 9, serán ofertadas en la fase de resultas a cualquier solicitante que las demande y reúna las condiciones y requisitos exigidos en esta orden para participar en la convocatoria.

2. Estas plazas estarán expuestas en la página web www.xuventude.net, donde se anunciará la apertura de la fase de resultas.

3. Para solicitar las plazas de resultas la persona interesada deberá efectuar la oportuna reserva de la plaza, en caso de que existan vacantes, mediante llamada telefónica a los números de teléfono indicados en el anexo VII. La reserva de plazas se podrá efectuar de 9.00 a 14.00 horas, en días laborables excepto los sábados.

Cada persona solo podrá hacer la reserva, como máximo, de cuatro plazas para cuatro participantes.

4. Una vez comprobada en la aplicación informática la disponibilidad de la plaza solicitada, se asignará esta a la persona interesada, que dispondrá de un plazo máximo de 48 horas para presentar la documentación relacionada en el artículo 8.

Esta documentación podrá presentarla en cualquiera de las oficinas relacionadas en el anexo VII. En caso contrario, perderá el derecho a la plaza reservada.

Artículo 11. Precios

1. Los precios de aplicación para cada actividad y turno aparecen detallados en el anexo I (apartados A, B y C) de esta orden, de acuerdo con lo señalado en la Orden por la que se fijan los precios privados correspondientes a la prestación de servicios en las instalaciones juveniles y a la expedición de carnés dirigidos a la juventud, gestionados por la Dirección General de Juventud y Voluntariado, durante el año 2015.

2. Los miembros de familia que tengan el título de numerosa tendrán un descuento del 50 % sobre los precios que aparecen detallados en el anexo I de esta orden.

3. Las personas usuarias del Carné Xove disfrutarán de un descuento del 25 % sobre los precios que aparecen detallados en el anexo I de esta orden. Para poder aplicar el descuento, la persona beneficiaria deberá estar en posesión del Carné Xove, vigente, en el momento de efectuar el pago.

4. Los descuentos citados en los dos apartados anteriores en ningún caso serán acumulables.

A los efectos de la aplicación de estos descuentos, las personas solicitantes deberán indicar en su solicitud, marcando la casilla correspondiente del formulario, si tienen o no título de familia numerosa o el Carné Xove, para su posterior comprobación por la Administración.

Artículo 12. Obligaciones de los/as adjudicatarios/as

Los/as adjudicatarios/as de las plazas están obligados/as:

1. A incorporarse a la actividad y regresar por los medios y en los plazos establecidos.

2. A no abandonar la actividad sin el permiso de la persona responsable. En todo caso, el abandono de la actividad antes de su finalización requerirá la comparecencia de los/as padres/madres o tutores/as, y será responsabilidad de estos/as el traslado para el regreso a su domicilio, así como los gastos que por tal causa se ocasionen, tal y como se especifica en el artículo 2.2.

3. A respetar las normas establecidas por los equipos de animación, las normas de régimen interior de las respectivas instalaciones y, en general, las establecidas por la legislación vigente en la materia.

4. La plaza es intransferible.

Artículo 13. Devolución de cuota

1. Si una vez obtenida la plaza y abonado el precio correspondiente la persona interesada no pudiese asistir a la actividad, solo tendrá derecho a la devolución de este en el caso de que comunique la renuncia a la plaza por escrito y solicite la devolución de la cantidad abonada por lo menos veinte días naturales antes del inicio de la actividad, o cuando por causas no imputables a la persona interesada no se preste el servicio o la Administración anule la actividad.

En caso de plazas adjudicadas en fase de resultas, solo se admitirá la devolución de cuota cuando la fecha de inicio del campamento permita presentar la solicitud de devolución con la antelación mínima de 20 días antes señalada.

En caso de renuncia a una plaza concedida y posterior solicitud y adjudicación de otra en la fase de resultas, si la renuncia a la primera plaza no se comunicó con la antelación de veinte días antes señalada, tendrá que abonarse el importe íntegro de la segunda plaza, sin que se compense con el precio abonado por la primera.

2. Todas aquellas solicitudes de devolución de cuota que no sean presentadas, tal y como se refleja en el apartado anterior, por lo menos veinte días naturales antes del inicio de la actividad, serán denegadas independientemente de la causa justificativa que se alegue en la respectiva solicitud de devolución de cuota.

3. A estos efectos las personas interesadas disponen de un modelo normalizado de solicitud de devolución de cuota de participación anexo a esta orden (anexo VIII), que se podrá obtener en la guía de procedimientos y servicios, en la dirección electrónica: https://sede.xunta.es/guia-de-procedementos-e-servizos o en la sede electrónica, en la dirección: https://sede.xunta.es.

4. La solicitud se podrá presentar en cualquiera de los lugares y registros establecidos en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común. En caso de enviarse por correo, el envío deberá ser certificado, con el sello de Correos en la primera hoja del formulario. Deberá dirigirse al/a la jefe/a territorial de la Consellería de Trabajo y Bienestar de la provincia donde se va a desarrollar la actividad, o a la persona titular de la Dirección General de Juventud y Voluntariado en el caso de las actividades que se desarrollen fuera de la Comunidad Autónoma de Galicia, que serán los órganos encargados de resolver en cada caso.

Artículo 14. Protección de datos

De acuerdo con el artículo 5 de la Ley orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de protección de datos de carácter personal, le informamos de que los datos recogidos en los diferentes anexos de esta orden resultan necesarios para la adjudicación de plazas juveniles dentro del programa Campaña de verano-2015. Los datos facilitados serán incorporados al fichero «Actividades dirigidas a la ciudadanía» para su tratamiento, con la finalidad de gestión del procedimiento. El/la titular de los datos consiente expresamente su comunicación a organizaciones o personas directamente relacionadas con el/la responsable del fichero y su publicación en los términos contenidos en la presente orden. No habrá más cesiones de datos excepto a otras administraciones públicas que ejerzan las mismas competencias o en el caso de que una ley lo prevea.

Cuando el/la solicitante facilite datos de un tercero, aunque se trate de menores de edad, siempre que sean mayores de 14 años, será el/la encargado/a de informar del contenido de esta cláusula al/ a la titular de los datos y con carácter previo a su inclusión en dicho fichero, en el caso de menores deberá expresarlo en un lenguaje fácilmente comprensible para estos/as.

El órgano responsable del fichero es la Secretaría General Técnica de la Consellería de Trabajo y Bienestar. Los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición se podrán ejercer ante la Secretaría General Técnica de la Consellería de Trabajo y Bienestar, mediante el envío de una comunicación a la siguiente dirección: Edificio Administrativo de San Caetano, 15781 Santiago de Compostela, A Coruña, o a través de un correo electrónico a: sx.traballo.benestar@xunta.es.

Artículo 15. Consentimientos y autorizaciones

La tramitación del procedimiento requiere la incorporación de datos en poder de las administraciones públicas. Por lo tanto, los modelos de solicitud incluirán autorizaciones expresas al órgano gestor para realizar las comprobaciones oportunas que acrediten la veracidad de los datos. En caso de que no se autorice al órgano gestor para realizar esta operación, deberán adjuntar los documentos comprobantes de los datos, en los términos exigidos por las normas reguladoras del procedimiento.

Disposición final primera

Se faculta a la persona titular de la Dirección General de Juventud y Voluntariado para dictar, en el ámbito de sus competencias, las resoluciones precisas para el desarrollo de esta orden.

Disposición final segunda.

Esta orden entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de Galicia.

Santiago de Compostela, 13 de marzo de 2015

Beatriz Mato Otero
Conselleira de Trabajo y Bienestar

ANEXO I
A. Campamentos de verano 2015-general

A Coruña

Instalación juvenil

Actividad

Fecha

Año

nacimiento

Importe

plaza

Código

Alb. juv. Mariña Española

Aventura en As Mariñas

1-8/07

04-05-06

113 €

150001

11-18/07

04-05-06

113 €

150002

21-28/07

04-05-06

113 €

150003

1-8/08

04-05-06

113 €

150004

Implíca-T con lo nuestro

11-18/08

97-98-99-00

113 €

150005

Alb. Juv. Gandarío -Residencia J. Lug II

Conecta con Galicia

1-12/07

97-98-99-00

222 €

150006

Alb. Juv. Gandarío-Res. Florentino L. Cuevillas

15-26/07

97-98-99-00

222 €

150007

Alb. Juv. Gandarío

Actividades en el mar

1-12/07

00-01

232 €

150008

17-28/07

98-99-00

232 €

150009

Implíca-T + en Gandarío

2-13/08

97-98-99-00

222 €

150010

Actividades en el mar

18-29/08

01-02

232 €

150011

Camp. Juv. Furelos

Naturaleza en el Camino

1-12/07

01-02

176 €

150012

Implíca-T en el Camino

17-28/07

97-98-99-00

176 €

150013

Naturaleza en el Camino

2-13/08

01-02

176 €

150014

Implíca-T en el Camino

14-25/08

97-98-99-00

176 €

150015

Camp. Juv. Virxe de Loreto

Naturaleza junto al mar

1-12/07

00-01

207 €

150016

Implíca-T con el Son

17-28/07

97-98-99-00

176 €

150017

Naturaleza junto al mar

2-13/08

00-01

207 €

150018

Camp. Juv. Espiñeira

Candilejas

1-12/07

03-04

176 €

150019

17-28/07

03-04

176 €

150020

Implíca-T con el Barbanza

14-21/08

97-98-99-00

101 €

150021

Lugo

Instalación juvenil

Actividad

Fecha

Año

nacimiento

Importe

plaza

Código

Alb. Juv. Area

NaturArea: medioambiente marino y náutica

1-12/07

00-01

232 €

270001

Implíca-T con la Mariña

17-28/07

97-98-99-00

222 €

270002

NaturArea: mediombiente marino y náutica

2-13/08

00-01

232 €

270003

18-29/08

00-01

232 €

270004

Alb. Juv. Benigno Quiroga

Aventura en el Camino

1-8/07

04-05-06

113 €

270005

11-18/07

04-05-06

113 €

270006

21-28/07

04-05-06

113 €

270007

1-8/08

04-05-06

113 €

270008

Implíca-T en el Camino de Santiago

11-18/08

97-98-99-00

113 €

270009

Camp. Juv. A Devesa

Devesa Creativa: Danza y Música

1-12/07

03-04

176 €

270010

Implíca-T en la Devesa

1-12/07

97-98-99-00

176 €

270011

Devesa Creativa: Arte Urbana

17-28/07

01-02

176 €

270012

Devesa Creativa: Imagen y Sonido

17-28/07

03-04

176 €

270013

Implíca-T en la Devesa

2-13/08

97-98-99-00

176 €

270014

Devesa Creativa: Artes Escénicas

2-13/08

03-04

176 €

270015

Cam. Juv. Os Chacotes

Eco-Palas: Naturaleza y Patrimonio

1-12/07

01-02

176 €

270016

Implíca-T: Naturaleza y Patrimonio

17-28/07

97-98-99-00

176 €

270017

Eco-Palas: Naturaleza y Patrimonio

2-13/08

00-01

176 €

270018

Poblado Os Peares (Carballedo)

Adventure Camp 2015

5-12/07

04-05-06

113 €

270019

12-19/07

02-03-04-05

113 €

270020

Ourense

Instalación juvenil

Actividad

Fecha

Año

nacimiento

Importe

plaza

Código

Camp. Juv. Penedos de Xacinto (Entrimo)

Teatro y aventura en la naturaleza

01-12/07

04-05-06

176 €

320001

17-28/07

00-01-02-03

176 €

320002

Alb. Vilar de Ordelles (Esgos)

Juventud Activa-yo también participo

1- 8/07

01-02-03

113 €

320003

Implíca-T: Juventud Activa-yo también participo

11-18/07

97-98-99-00

113 €

320004

Estación de Montaña Manzaneda

Manzaneda alta montaña

2-9/08

01-02-03

113 €

320005

Manzaneda alta montaña

9-16/08

01-02-03

113 €

320006

Manzaneda alta montaña

16-23/08

04-05-06

113 €

320007

Albergue Equal

Campamento Equal

24-31/08

04-05-06

113 €

320008

Pontevedra

Instalación Juvenil

Actividad

Fecha

Año

nacimiento

Importe

plaza

Código

Alb. Juv. As Sinas

Actividades en el mar

1-12/07

00-01

232 €

360001

17-28/07

00-01

232 €

360002

2-13/08

00-01

232 €

360003

Implíca-T con el medioambiente

18-29/08

97-98-99-00

222 €

360004

Camp. Juv. Pontemaril

Agricultura ecológica y conservación del medioambiente

1-8/07

04-05-06

101 €

360005

11-18/07

04-05-06

101 €

360006

21-28/07

04-05-06

101 €

360007

Agricultura ecológica y conservación del medioambiente

1-12/07

03-04

176 €

360008

Implíca-T con el agro

17-28/07

97-98-99-00

176 €

360009

Agricultura ecológica y conservación del medioambiente

2-13/08

02-03

176 €

360010

Camp. Juv. Illa de Ons

Big Bang isla

1-8/07

02-03

101 €

360011

11-18/07

03-04

101 €

360012

Implíca-T en la isla

21-28/07

97-98-99-00

101 €

360013

Big Bang isla

1-8/08

03-04

101 €

360014

B. Campamentos de verano 2015-plazas reservadas para inclusión

Instalación juvenil

Actividad

Fecha

Año

nacimiento

Importe

plaza

Código

Alb. Juv. Mariña Española

Aventura en las Mariñas

1-8/07

04-05-06

113 €

150001

11-18/07

04-05-06

113 €

150002

Alb. J. Gandarío

Actividades en el mar

17-28/07

98-99-00

232 €

150009

Camp. Juv. Espiñeira

Candilejas

1-12/07

03-04

176 €

150019

17-28/07

03-04

176 €

150020

Camp. Juv. A Devesa

Devesa Creativa: Arte Urbana

17-28/07

01-02

176 €

270012

Cam. Juv. Os Chacotes

Eco-Palas: Naturaleza y Patrimonio

2-13/08

00-01

176 €

270018

Camp. Juv. Pontemaril

Agricultura ecológica y conservación del medioambiente

11-18/07

04-05-06

101 €

360006

Agricultura ecológica y conservación del medioambiente

1-12/07

03-04

176 €

360008

2-13/08

02-03

176 €

360010

C. Campamentos en otras Comunidades Autónomas. Campaña de verano-2015

Comunidad Autónoma

Instalación juvenil

Modalidad

Año

nacimiento

Fecha

Precio

Código

Álava

Albergue Catedral de Vitoria-Gasteiz

Colonia de rock

98-99

1-12/07

293 €

500001

Alb. juv. Barría

Multiaventura

00-01

1-11/08

274 €

500002

Isla de Zuhatza

Náutica

99-00-01

1-11/08

283 €

500003

Extremadura

Camp. J. Emperador Carlos V (Jerte)

Deporte y ocio en Jerte

00-01

3-14/08

247 €

500004

Castilla y León

Alb. Juv. Navarredonda de Gredos

Multiaventura y aire libre

01-02

1-12/08

293 €

500005

La Rioja

Alb. Juv. Ezcaray

Multiaventura

00-01

1-12/07

293 €

500006

ANEXO VII

– Dirección General de Juventud y Voluntariado. Consellería de Trabajo y Bienestar.

Dirección: Edificio Administrativo San Lázaro, s/n, 3ª planta, 15781 Santiago de Compostela.

Teléfonos: 881 99 90 25/881 99 93 14/881 99 91 94/981 95 71 15/981 54 48 38.

– Jefatura Territorial de A Coruña. Consellería de Trabajo y Bienestar. Servicio de Juventud y Voluntariado.

Dirección: CC Elviña, calle Salvador de Madariaga, 9, 1º, 15008 A Coruña.

Teléfonos: 881 88 12 40/881 88 12 43/881 88 12 44.

– Jefatura Territorial de Lugo. Consellería de Trabajo y Bienestar. Servicio de Juventud y Voluntariado.

Dirección: ronda de la Muralla, 70, 27001 Lugo.

Teléfonos: 982 29 42 24/982 29 43 53/982 29 49 23.

– Jefatura Territorial de Ourense. Consellería de Trabajo y Bienestar. Servicio de Juventud y Voluntariado.

Dirección: avenida de la Habana, 81, bajo, 32004 Ourense.

Teléfonos: 988 38 61 20/988 38 61 16/988 38 61 18.

– Jefatura Territorial de Vigo. Consellería de Trabajo y Bienestar. Servicio de Juventud y Voluntariado.

Dirección: c/ Concepción Arenal, 8, 1ª planta, 36201 Vigo.

Teléfonos: 986 81 70 78/986 81 77 81/986 81 76 56.

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