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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 85 Jueves, 7 de mayo de 2015 Pág. 18176

VI. Anuncios

a) Administración autonómica

Puertos de Galicia

CÉDULA de 30 de abril de 2015 por la que se notifica requerimiento previo de desahucio administrativo del departamento número 10 del puerto de O Grove.

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 59.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, se notifica mediante la publicación en el Diario Oficial de Galicia y exposición en el tablón de edictos del Ayuntamiento de O Grove a Yazmín, C.B. requerimiento previo de desahucio administrativo del departamento número 10 del puerto de O Grove, por no ser posible la notificación a través del servicio de Correos en el último domicilio conocido sito en el muelle Pombal, número 10, de O Grove.

Según informe de la Jefatura de la Zona Sur, por encontrarse vencida la anterior autorización, se intentó requerir a la empresa para solicitar nueva autorización o proceder al desalojo del departamento, y todos los intentos de notificación fueron devueltos.

El presente acto administrativo que emite la Presidencia del Consejo de Administración de la entidad pública Puertos de Galicia de acuerdo con las competencias previstas en el artículo 114 de la Ley 5/2011, de patrimonio de la Comunidad Autónoma de Galicia, se emite en aplicación del artículo 113 de esa ley, del artículo 103 del Real decreto legislativo 2/2011, de 5 de septiembre, que aprueba el texto refundido de la Ley de puertos del Estado y de la marina mercante, y del artículo 31 del Decreto 227/1995, que aprueba el Reglamento de la entidad pública Puertos de Galicia.

El departamento deberá de ser abandonado en un plazo máximo de quince (15) días a contar desde la publicación de la presente cédula, lo que se formalizará con la entrega de las llaves al personal de Puertos de Galicia.

Se otorga trámite de audiencia por un plazo máximo de dez (10) días hábiles a contar desde la publicación de la presente cédula en el Diario Oficial de Galicia, o de su exposición en el tablón de edictos del Ayuntamiento de O Grove, durante el que podrán formularse alegaciones y presentarse los documentos o justificaciones que se estimen pertinentes. Durante dicho plazo podrá solicitarse nueva autorización para regularizar la ocupación.

A partir de la publicación de la presente cédula comenzará a aplicarse la regla novena de aplicación a la tarifa portuaria E-2 prevista en la Ley 6/2003, de 9 de diciembre, de tasas, precios y exacciones reguladoras de la Comunidad Autónoma de Galicia.

Contra el presente acto administrativo de iniciación no se admitirán acciones interdictales o para la tutela sumaria de la posesión de las previstas en la Ley de enjuiciamiento civil.

Y para que conste y les sirva de notificación, y en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 59.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, expido, firmo y sello la presente cédula.

Santiago de Compostela, 30 de abril de 2015

José Juan Durán Hermida
Presidente de Puertos de Galicia