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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 113 Miércoles, 17 de junio de 2015 Pág. 24071

III. Otras disposiciones

Consellería de Cultura, Educación y Ordenación Universitaria

ORDEN de 4 de junio de 2015 por la que se revoca la autorización para impartir determinadas titulaciones universitarias oficiales de grado, máster universitario y programas de doctorado en las universidades de A Coruña, Santiago de Compostela y Vigo.

La Ley orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de universidades, establece que la implantación y supresión de enseñanzas conducentes a la obtención de títulos universitarios de carácter oficial y validez en todo el territorio nacional serán acordadas por la Comunidad Autónoma, previa solicitud de implantación por las universidades, según lo dispuesto en la legislación vigente.

En el ámbito autonómico esta materia está regulada por la Ley 6/2013, de 13 de junio, del Sistema universitario de Galicia, y la Orden de 20 de marzo de 2012 por la que se desarrolla el Decreto 222/2011, de 2 de diciembre, por el que se regulan las enseñanzas universitarias oficiales en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Galicia.

Después de ser autorizadas a implantar los estudios, las universidades quedarán obligadas a adoptar las garantías precisas para que no se demore su impartición más allá de un curso académico. Por razones excepcionales, debidamente justificadas, el departamento competente en materia de universidades podrá autorizar la no impartición de la titulación en otro curso académico. La no impartición de la titulación más allá de dos cursos académicos consecutivos llevará consigo el inicio del procedimiento de supresión que determinará la revocación de la autorización de su implantación.

El Pleno del Consejo Gallego de Universidades de 3 de junio de 2015, en el ejercicio de las competencias previstas en el artículo 3.2.l) del Decreto 98/2014, de 17 de julio, por el que se aprueba el Reglamento del Consejo Gallego de Universidades, acordó informar favorablemente la revocación de la autorización a las universidades del Sistema universitario de Galicia para impartir las enseñanzas universitarias oficiales de los títulos universitarios que se relacionan a continuación.

Por todo ello,

DISPONGO:

Artículo 1

Revocar la autorización a la Universidad de A Coruña para impartir las enseñanzas universitarias oficiales de:

1. Grado en Arquitectura, autorizado por el Decreto 187/2010, de 11 de noviembre, y que figura inscrito en el RUCT con el código 2502204.

2. Máster universitario en Arquitectura Sanitaria y Asistencial, autorizado por el Decreto 245/2011, de 15 de diciembre, y que figura inscrito en el RUCT con el código 4312842.

3. Máster universitario en Ciencias Documentales en el Entorno Digital, autorizado por el Decreto 187/2010, de 11 de noviembre, y que figura inscrito en el RUCT con el código 4312380.

4. Máster universitario en Intervención en la Discapacidad y en la Dependencia, autorizado por el Decreto 13/2007, de 1 de febrero, y que figura inscrito en el RUCT con el código 4310007.

5. Máster universitario en Investigación en Ingeniería Civil, autorizado por la Orden de 5 de diciembre de 2013 y que figura inscrito en el RUCT con el código 4314319.

6. Máster universitario en Investigación en Tecnologías Navales e Industriales, autorizado por el Decreto 245/2011, de 15 de diciembre, y que figura inscrito en el RUCT con el código 4312819.

7. Máster universitario en Lógica y Filosofía de la Ciencia, autorizado por la Orden de 21 de enero de 2014 y que figura inscrito en el RUCT con el código 4314388. Es un máster conjunto con las universidades de Santiago de Compostela, Granada, La Laguna, Valladolid, Valencia (Estudi General) y Salamanca (coordinadora).

8. Máster universitario en Metodología de la Investigación en Ciencias Sociales: Innovaciones y Aplicaciones, autorizado por el Decreto 187/2010, de 11 de noviembre, y que figura inscrito en el RUCT con el código 4312381.

9. Máster universitario en Patrimonio Cultural: la Eurorregión Galicia-Norte de Portugal, autorizado por el Decreto 187/2010, de 11 de noviembre, y que figura inscrito en el RUCT con el código 4312379.

10. Máster universitario en Urbanismo: Planes y Proyectos. Del Territorio a la Ciudad, autorizado por el Decreto 51/2006, de 23 de marzo, y que figura inscrito en el RUCT con el código 4310010.

11. Máster universitario en Gestión e Investigación de la Discapacidad y la Dependencia, autorizado por el Decreto 51/2006, de 23 de marzo, y que figura inscrito en el RUCT con el código 4310002.

12. Programa de doctorado en Ciencias del Deporte, Educación Física y Actividad Física Saludable, autorizado por la Orden de 5 de diciembre de 2013 y que figura inscrito en el RUCT con el código 5600771.

Artículo 2

Revocar la autorización a la Universidad de Santiago de Compostela para impartir las enseñanzas universitarias oficiales de:

1. Máster universitario en Comunicación e Industrias Creativas, autorizado por el Decreto 434/2009, de 3 de diciembre, y que figura inscrito en el RUCT con el código 4311750.

2. Máster universitario en Educación, Género e Igualdad, autorizado por el Decreto 13/2007, de 1 de febrero, y que figura inscrito en el RUCT con el código 4310355.

3. Máster universitario en Ingeniería Industrial, autorizado por el Decreto 150/2010, de 16 de septiembre, y que figura inscrito en el RUCT con el código 4312587.

4. Máster universitario en Erasmus Mundus Encrucijada en las Humanidades Europeas (Erasmus Mundus Crossways In European Humanities), autorizado por el Decreto 53/2008, de 13 de marzo, y que figura inscrito en el RUCT con el código 3002719.

5. Máster universitario en Medio Ambiente y Recursos Naturales, autorizado por el Decreto 434/2009, de 3 de diciembre, y que figura inscrito en el RUCT con el código 4311780.

6. Máster universitario en Servicios Culturales, autorizado por el Decreto 51/2006, de 23 de marzo, y que figura inscrito en el RUCT con el código 4310849.

7. Máster universitario en Tecnologías de la Información, autorizado por el Decreto 245/2011, de 15 de diciembre, y que figura inscrito en el RUCT con el código 4313119.

Artículo 3

Revocar la autorización a la Universidad de Vigo para impartir las enseñanzas universitarias oficiales de:

1. Máster universitario en Economía, Mercados Financieros y Empresa, autorizado por la Orden de 5 de diciembre de 2013 y que figura inscrito en el RUCT con el código 4314058.

2. Máster universitario en Ingeniería Térmica, autorizado por el Decreto 434/2009, de 3 de diciembre, y que figura inscrito en el RUCT con el código 4311869. Es un máster conjunto con las universidades de Burgos y País Vasco, coordinado por la Universidad de Vigo.

3. Máster universitario en Información Técnica del Medicamento, autorizado por el Decreto 150/2010, de 16 de septiembre, y que figura inscrito en el RUCT con el código 4311948.

4. Máster universitario en Investigación en Actividad Física, Deporte y Salud, autorizado por el Decreto 434/2009, de 3 de diciembre, y que figura inscrito en el RUCT con el código 4311039.

5. Máster universitario en Tecnología Medioambiental, autorizado por el Decreto 434/2009, de 3 de diciembre, y que figura inscrito en el RUCT con el código 4310611.

Artículo 4

Las universidades adoptarán las medidas necesarias para garantizar los derechos académicos de los estudiantes que se encuentren cursando estudios que inician el proceso de revocación de acuerdo con lo establecido en el artículo 16 del Decreto 222/2011, de 2 de diciembre.

Disposición final

Esta orden entrará en vigor el día siguiente a su publicación en el Diario Oficial de Galicia.

Santiago de Compostela, 4 de junio de 2015

Román Rodríguez González
Conselleiro de Cultura, Educación y Ordenación Universitaria