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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 22 Miércoles, 3 de febrero de 2016 Pág. 3877

II. Autoridades y personal

b) Nombramientos

Consellería de Cultura, Educación y Ordenación Universitaria

DECRETO 8/2016, de 21 de enero, por el que se dispone el cese y nombramiento de miembros del Consejo Escolar de Galicia.

El artículo 6 de la Ley 3/1986, de 18 de diciembre, de consejos escolares de Galicia, el artículo 9 del Decreto 44/1988, de 11 de febrero, por el que se desarrolla dicha ley, y el artículo 14 del Decreto 87/1992, de 26 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento del régimen interno del Consejo Escolar de Galicia, establecen que se tiene que proceder a la renovación por mitades de los consejeros de cada uno de los grupos que integran el Consejo.

Efectuada la designación de los representantes de las entidades enumeradas en el artículo 4.1 de la Ley 3/1986, de 18 de diciembre, de consejos escolares de Galicia, y en los términos que establecen el artículo 9 del Decreto 44/1988, de 11 de febrero, por el que se regula el Consejo Escolar de Galicia, los consejos escolares territoriales y municipales, en desarrollo de la Ley 3/1986, de 18 de diciembre, y en el artículo 14 del Decreto 87/1992, de 26 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento de régimen interno del Consejo Escolar de Galicia.

De conformidad con lo expuesto, a propuesta del conselleiro de Cultura, Educación y Ordenación Universitaria, y previa deliberación del Consello de la Xunta de Galicia, en su reunión del veintiuno de enero de dos mil dieciséis,

DISPONGO:

Artículo 1

Que cesen como miembros del Consello Escolar de Galicia las siguientes personas:

1º. En representación de los profesores en los niveles educativos correspondientes al ámbito de la enseñanza no universitaria de Galicia:

a) Enseñanza pública:

Consuelo Campos Acedo (Confederación Intersindical Galega).

José Raúl Gómez Farto (Federación de Trabajadores de la Enseñanza-Unión General de Trabajadores).

Manuel Astariz Castro (Sindicato Independiente ANPE Galicia).

b) Enseñanza privada:

Gerardo Morano Díaz (Federación de Trabajadores de la Enseñanza-Unión General de Trabajadores).

2º. En representación de padres y madres de alumnos, propuestos por las confederaciones de asociaciones de padres y madres de alumnos en proporción a su representatividad:

a) Enseñanza pública:

Alberto Pita Castelo (Confederación Galega de APAS de Centros Públicos).

b) Enseñanza privada:

María José Mansilla Chao (Confederación Galega de Asociacións de Pais de Alumnos).

3º. En representación del personal de administración y servicios, propuestas por las centrales sindicales más representativas:

Ángeles Villarnovo Coba (Unión General de Trabajadores).

4º. En representación de titulares de centros privados, designado por las organizaciones empresariales correspondientes más representativas:

José Antonio Moar Armas (Federación do Ensino Privado de Galicia).

5º. En representación de las centrales sindicales que, de acuerdo con la legislación vigente, tengan la consideración de más representativas en Galicia:

José Manuel Fuentes Fariña (Comisiones Obreras).

6º. En representación de las organizaciones empresariales, propuesto por la Confederación de Empresarios de Galicia:

José Luis Liñares Louzao.

7º. En representación de profesores, propuestos por los movimientos de renovación pedagógica de Galicia legalmente reconocidos y en atención a su representatividad:

José Luis Fernández Díaz (Federación Galega de Movementos de Renovación Pedagóxica).

Mercedes Espiño Amil (Coordinadora Galega de Movementos de Renovación Pedagóxica).

8º. En representación de la Administración educativa, designados por el conselleiro de Cultura, Educación y Ordenación Universitaria:

María del Carmen Cimadevila Cea.

José Manuel Pinal Rodríguez.

Manuel Corredoira López.

9º. En representación de la Administración local, propuestos por la Federación Galega de Municipios e Provincias:

María Pilar Otilia López García.

José Antonio Vigo Lago.

José González Barcia.

Manuel Luis Álvarez Angueira.

10º. En representación de la universidad, propuesto por su máximo órgano de gobierno:

Antonio Vara Coomonte.

11º. En representación de personalidades de reconocido prestigio en el campo de la educación, propuesto por el conselleiro de Cultura, Educación y Ordenación Universitaria:

Daniel Barata Quintas.

12º. En representación del Seminario de Estudios Galegos:

Antón Costa Rico.

13º. En representación del Consejo de la Juventud de Galicia:

Pedro García Puig.

Artículo 2

Se nombra miembros del Consejo Escolar de Galicia, en las condiciones determinadas en el articulado de la Ley 3/1986, de 18 de diciembre, de consejos escolares de Galicia, a las siguientes personas:

1º. En representación de los profesores en los niveles educativos correspondientes al ámbito de la enseñanza no universitaria de Galicia:

a) Enseñanza pública:

María Xosé Rodríguez Martínez (Confederación Intersindical Galega).

José Raúl Gómez Farto (Federación de Trabajadores de la Enseñanza-Unión General de Trabajadores).

Julio Díaz Escolante (Sindicato Independiente ANPE Galicia).

b) Enseñanza privada:

Gerardo Morano Díaz (Federación de Trabajadores de la Enseñanza-Unión General de Trabajadores).

2º. En representación de padres y madres de alumnos, propuestos por las confederaciones de asociaciones de padres y madres de alumnos en proporción a su representatividad:

a) Enseñanza pública:

Javier Sánchez García (Confederación ANPAS Galegas).

b) Enseñanza privada:

María José Mansilla Chao (Confederación Galega de Asociacións de Pais de Alumnos).

3º. En representación del personal de administración y servicios, propuesta por las centrales sindicales más representativas:

Digna Lía Rodríguez Barros (Unión General de Trabajadores).

4º. En representación de titulares de centros privados, designado por las organizaciones empresariales correspondientes más representativas:

José Antonio Moar Armas (Federación do Ensino Privado de Galicia).

5º. En representación de las centrales sindicales que, de acuerdo con la legislación vigente, tengan la consideración de más representativas en Galicia:

José Manuel Fuentes Fariña (Comisiones Obreras).

6º. En representación de las organizaciones empresariales, propuesto por la Confederación de Empresarios de Galicia:

José Luis Liñares Louzao.

7º. En representación de profesores, propuestos por los movimientos de renovación pedagógica de Galicia legalmente reconocidos y en atención a su representatividad:

José Luis Fernández Díaz (Federación Galega de Movementos de Renovación Pedagóxica).

María dos Anxos González Refoxo (Coordinadora Galega de Movementos de Renovación Pedagóxica).

8º. En representación de la Administración educativa, designados por el conselleiro de Cultura, Educación y Ordenación Universitaria:

María del Carmen Cimadevila Cea.

José Manuel Pinal Rodríguez.

Manuel Corredoira López.

9º. En representación de la Administración local, propuestos por la Federación Galega de Municipios e Provincias:

Óscar Benito Portela Fernández.

Gabriel Alén Castro.

Jorge Cubela López.

María do Carme Fouces Díaz.

10º. En representación de la universidad, propuesta por su máximo órgano de gobierno:

Rita Gradaílle Pernas.

11º. En representación de personalidades de reconocido prestigio en el campo de la educación, propuesto por el conselleiro de Cultura, Educación y Ordenación Universitaria:

Daniel Barata Quintas.

12º. En representación del órgano competente en materia de igualdad, propuesto por la Secretaría General de Igualdad:

Pilar García-Rodeja Gayoso.

Disposición final

El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de Galicia.

Santiago de Compostela, veintiuno de enero de dos mil dieciséis

Alberto Núñez Feijóo
Presidente

Román Rodríguez González
Conselleiro de Cultura, Educación y Ordenación Universitaria