Descargar PDF Galego | Castellano| Português

DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 45 Lunes, 7 de marzo de 2016 Pág. 8580

III. Otras disposiciones

Consellería del Mar

RESOLUCIÓN de 23 de febrero de 2016, de la Dirección General de Desarrollo Pesquero, por la que se convocan exámenes ordinarios teóricos y prácticos para la obtención de las titulaciones que habilitan para el gobierno de las embarcaciones de recreo y motos náuticas en la Comunidad Autónoma de Galicia.

De conformidad con lo establecido en la Orden de la Consellería de Pesca y Asuntos Marítimos, de 8 de enero de 2009, por la que se establecen las condiciones y se regulan los requisitos para la obtención de los títulos que habilitan para el gobierno de las embarcaciones de recreo en la Comunidad Autónoma de Galicia (DOG núm. 11, de 16 de enero) el Real decreto 259/2002, de 8 de marzo, por el que se actualizan las medidas de seguridad en la utilización de las motos náuticas (BOE núm. 61, de 12 de marzo), y en el Real decreto 875/2014, de 10 de octubre, por el que se regulan las titulaciones náuticas para el gobierno de las embarcaciones de recreo (BOE núm. 247, de 11 de octubre), esta dirección general, en el uso de las facultades que le confiere el Decreto 168/2015, de 13 de noviembre, por el que se aprueba la estructura orgánica de la Consellería del Mar (DOG núm. 221, de 19 de noviembre), resuelve convocar los exámenes teóricos y prácticos ordinarios para la obtención de los títulos que habilitan para el gobierno de las embarcaciones de recreo de patrón/patrona para navegación básica, patrón/patrona de embarcaciones de recreo, patrón/patrona de yate, capitán/capitana de yate, patrón/patrona de motonáutica A y patrón/patrona de motonáutica B, conforme a las siguientes normas:

1. Objeto.

El objeto de esta resolución es establecer los requisitos para acceder a las pruebas ordinarias teóricas y prácticas, así como fijar las fechas y los lugares de realización de las citadas pruebas para la obtención de los títulos que habilitan para el gobierno de las embarcaciones de recreo y motos náuticas en la Comunidad Autónoma de Galicia para el año 2016.

2. Normas generales.

Los exámenes teóricos y prácticos los realizarán los tribunales que se constituyan de conformidad con lo establecido en el artículo 3 de la Orden de 28 de noviembre de 2007, por la que se regula la composición de los tribunales para la obtención de titulaciones marítimo-pesqueras y náutico-deportivas (DOG núm. 243, de 18 de diciembre).

Los/las candidatos/as que tengan aprobada alguna de las materias que conforman la totalidad de la prueba teórica correspondiente para obtener el título de patrón/patrona de yate o capitán/capitana de yate, según lo estipulado en la Orden FOM/3200/2007, de 26 de octubre, podrán examinarse en la convocatoria de mayo de 2016 de las materias no aprobadas, siempre que no tengan agotadas las tres convocatorias. En el caso de no aprobarlas en esta convocatoria de mayo, deberán examinarse de nuevo de la totalidad de la prueba teórica de acuerdo con lo especificado en el Real decreto 875/2015.

3. Edad mínima.

Para obtener una titulación náutica de recreo el/la interesado/a deberá haber cumplido los 18 años de edad en el momento en el que se realicen las pruebas para la obtención de estos títulos.

En el caso de los/las menores de edad y que hayan cumplido los 16 años de edad en el momento de realización de las pruebas, podrán obtener el título para patrón/patrona para navegación básica, siempre que acrediten, mediante la presentación por escrito del consentimiento de sus padres o tutores y superen los requisitos teóricos y prácticos exigidos en el Real decreto 875/2014, de 10 de octubre, por el que se regulan las titulaciones náuticas para el gobierno de las embarcaciones de recreo.

4. Solicitudes y documentación necesaria para presentarse a los exámenes teórico-prácticos.

Los/las candidatos/as solicitarán su admisión al examen teórico o práctico mediante una solicitud dirigida al centro oficial de enseñanza pesquera donde se realizará el examen y que figura como anexo I de la Orden de 8 de enero de 2009 (procedimiento PE616C). El modelo de solicitud se facilitará en las oficinas de la Dirección General de Desarrollo Pesquero, en las jefaturas territoriales, en las jefaturas comarcales de la Consellería del Mar y también en la Guía de procedimientos y servicios
en https://sede.xunta.es/guia-de-procedementos-e-servizos

Con la solicitud es necesario aportar la siguiente documentación para poder presentarse a los exámenes teórico-prácticos:

a) Copia del DNI o NIE del/de la solicitante sólo en el caso de no autorizar su consulta en el Sistema de verificación de datos de identidad del Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas en el anexo I.

b) Reconocimiento psicotécnico, en caso de que sea necesario, de acuerdo con lo dispuesto en el anexo VIII del Real decreto 875/2014, de 10 de octubre.

No será necesario aportar el reconocimiento psicotécnico si ha transcurrido un período menor de dos años desde la fecha de obtención o renovación de cualquier título, o desde la realización de cualquier otro examen de titulaciones náuticas de recreo.

c) Acreditar el pago de las tasas.

Según lo establecido en la Ley 6/2003, de 9 de diciembre, de tasas, precios y exacciones reguladoras de la Comunidad Autónoma de Galicia (BOE núm. 12, de 14 de enero de 2004), y en la Ley 12/2015, de 24 de diciembre, de presupuestos generales de la Comunidad Autónoma de Galicia (BOE núm. 249, de 31 de diciembre), las tasas por los derechos de examen de las distintas titulaciones de recreo son las siguientes:

c.1. Exámenes teóricos:

– Patrón/patrona para navegación básica: 29,45 €.

– Patrón/patrona de embarcaciones de recreo: 37,91 €.

– Patrón/patrona de yate: 53,11 €.

– Capitán/capitana de yate: 64,45 €.

– Patrón/patrona de motonáutica A o B: 28,60 €.

c.2. Exámenes prácticos:

– Patrón/patrona para navegación básica: 73,59 €.

– Patrón/patrona de embarcaciones de recreo: 73,59 €.

– Patrón/patrona de yate: 110,40 €.

– Capitán/capitana de yate: 110,40 €.

– Patrón/patrona de motonáutica A o B: 82,87 €.

d) Los/las candidatos/as que se presenten al examen teórico o práctico de seguridad y navegación de patrón/patrona de yate o de capitán/capitana de yate deberán aportar copia de estar en posesión del título anterior, si ha sido expedido fuera de la Comunidad Autónoma de Galicia.

e) Los/las candidatos/as que se presenten al examen teórico complementario de
patrón/patrona de embarcaciones de recreo deben aportar también con la solicitud una copia de estar en posesión del título o del certificado de examen de patrón/patrona para navegación básica, obtenido de acuerdo con lo especificado en el Real decreto 875/2014.

De presentar el certificado de examen, tiene que estar expedido por la Comunidad Autónoma de Galicia y solamente tendrán derecho a examinarse en las dos siguientes convocatorias consecutivas ordinarias. En el caso de presentarse a una convocatoria extraordinaria, ésta será computada.

f) Los/las candidatos/as que se presenten al examen de patrón/patrona de yate o capitán/capitana de yate y hayan superado uno de los módulos que conforman el examen teórico, de acuerdo con lo regulado en el Real decreto 875/2014, deberán aportar copia del certificado de examen expedido por la Comunidad Autónoma de Galicia y solamente tendrán derecho a examinarse en las dos siguientes convocatorias consecutivas ordinarias. En el caso de presentarse a una convocatoria extraordinaria, ésta será computada.

5. Aportación de solicitudes.

Las solicitudes deberán presentarse preferiblemente por vía electrónica a través del formulario normalizado disponible en la sede electrónica de la Xunta de Galicia,
https://sede.xunta.es, de acuerdo con lo establecido en los artículos 27 de la Ley 11/2007, de 22 de junio, de acceso electrónico de los ciudadanos a los servicios públicos, y 24 del Decreto 198/2010, de 2 de diciembre, por el que se regula el desarrollo de la Administración electrónica en la Xunta de Galicia y en las entidades de ella dependientes. Para la presentación de las solicitudes podrá emplearse cualquiera de los mecanismos de identificación y firma admitidos por la sede electrónica de la Xunta de Galicia, incluido el sistema de usuario y clave Chave365 (https://sede.xunta.es/chave365).

Opcionalmente, también se podrán presentar las solicitudes en soporte papel en cualquiera de los lugares y registros establecidos en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, utilizando el formulario normalizado disponible en la sede electrónica de la Xunta de Galicia.

La sede electrónica de la Xunta de Galicia tiene a disposición de las personas interesadas una serie de modelos normalizados de los trámites más comunes utilizados en la tramitación administrativa, que podrán ser presentados en cualquiera de los lugares y registros establecidos en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común.

Una vez finalizado el plazo de matrícula de cada convocatoria que aparece indicado en el anexo II, se hará público el listado provisional de los/las aspirantes admitidos/as y excluidos/as en el portal web de formación de la Consellería del Mar
http://mar.xunta.gal/gl/o-mar/investigacion-e-formacion/formacion/informacion-do-alumnado y en los tablones de anuncios de cada centro oficial de enseñanza pesquera, dando un plazo de 10 días hábiles para que los/las aspirantes excluidos/as puedan enmendar las deficiencias, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 71.1 de la Ley 30/1992, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común.

6. Protección de datos.

De conformidad con la Ley orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de protección de datos de carácter personal, los datos personales recogidos en la tramitación de esta disposición, cuyo tratamiento y publicación autorizan las personas interesadas mediante la presentación de las solicitudes, serán incluidos en un fichero denominado «Titulaciones», cuyo objeto es gestionar el presente procedimiento, así como informar a las personas interesadas sobre su desarrollo. El órgano responsable de este fichero es la Secretaría General Técnica de la Consellería del Mar. Los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición se podrán ejercer ante la Secretaría General Técnica mediante el envío de una comunicación a la siguiente dirección: San Caetano, s/n, 15781 Santiago de Compostela, o a través de un correo electrónico a sxt.mar@xunta.es

7. Consentimientos y autorizaciones.

7.1. La tramitación del procedimiento requiere la incorporación de datos en poder de las administraciones públicas. Por lo tanto, los modelos de solicitud incluirán autorizaciones expresas al órgano gestor para realizar las comprobaciones oportunas que acrediten la veracidad de los datos. En caso de que no se autorice al órgano gestor para realizar esta operación, deberán aportarse los documentos comprobantes de los datos, en los términos exigidos por las normas reguladoras del procedimiento.

Las solicitudes de las personas interesadas deberán aportar los documentos o informaciones previstos en esta norma, salvo que éstos ya estuvieran en poder de la Administración general y del sector público autonómico de Galicia; en este caso, las personas interesadas podrán acogerse a lo establecido en el artículo 35.f) de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, siempre que se haga constar la fecha y el órgano o la dependencia en los que fueron presentados o, en su caso, emitidos, y cuando no hubiesen transcurrido más de cinco años desde la finalización del procedimiento a que correspondan.

En los supuestos de imposibilidad material de obtener el documento, el órgano competente podrá requerir a la persona solicitante o representante su presentación, o, en su defecto, la acreditación por otros medios de los requisitos a los que se refiere el documento, con anterioridad al planteamiento de la propuesta de resolución.

8. Fechas y lugares de examen.

Las fechas de los exámenes teóricos y prácticos, así como los lugares donde se realizarán, aparecen indicados en el anexo II. Las horas de los exámenes serán anunciadas en el tablón de anuncios de cada centro de enseñanza y en el portal web de formación de la Consellería del Mar.

9. Tribunales.

La Dirección General de Desarrollo Pesquero, una vez conocido el número de candidatos/as presentados/as a los exámenes en las distintas titulaciones, nombrará los tribunales para la realización de las pruebas.

10. Desarrollo de las pruebas.

10.1. Finalizados los exámenes teóricos, el/la secretario/a del tribunal publicará en el tablón de anuncios del centro de enseñanza y en el portal web de formación de la Consellería del Mar una copia del examen y la hoja con las respuestas correctas con el fin de que los/las interesados/as puedan comprobar el resultado de su ejercicio.

10.2. Realizadas las pruebas de seguridad y navegación del examen práctico el/la presidente/a del tribunal comunicará a los/las interesados/as el resultado de éstas, con la calificación de apto/a o no apto/a.

Una vez corregidos los exámenes teóricos, el tribunal hará públicas en el tablón de anuncios del centro de enseñanza las listas provisionales de las calificaciones, así como en el portal web de formación de la Consellería del Mar. También publicarán en los mismos sitios los resultados de las pruebas prácticas de seguridad y navegación.

10.3. Los/las interesados/as dispondrán de un plazo de 10 días hábiles para formular reclamaciones ante el tribunal contra las calificaciones provisionales.

10.4. Una vez resueltas las reclamaciones presentadas, el/la presidente/a del tribunal dictará una resolución con la lista de los/las aspirantes que superaron las pruebas teóricas y otra con los/las aspirantes que superaron las pruebas prácticas de seguridad y navegación. Estas resoluciones serán publicadas en el tablón de anuncios del centro y en el portal web de formación de la Consellería del Mar.

10.5. Contra las resoluciones del/de la presidente/a del tribunal los/las interesados/as podrán interponer recurso de alzada ante la directora general de Desarrollo Pesquero, en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente al de la publicación del listado definitivo en el portal web de formación de la Consellería del Mar, con las calificaciones obtenidas por los/las aspirantes.

11. Recursos.

Contra la presente resolución los/las interesados/as podrán interponer recurso de alzada ante la conselleira del Mar, en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de Galicia.

12. Requisitos para la obtención de los títulos.

Para obtener el título de recreo correspondiente, además de superar estas pruebas
los/las interesados/as deberán reunir los requisitos establecidos en el Real decreto 875/2014, de 10 de octubre, por el que se regulan las titulaciones náuticas para el gobierno de las embarcaciones de recreo.

13. Temarios de examen.

Los temarios oficiales de examen para las titulaciones de capitán/capitana de yate, patrón/patrona de yate, patrón/patrona de embarcaciones de recreo, patrón/patrona para navegación básica, son los recogidos en el anexo II del Real decreto 875/2014.

Los temarios correspondientes para obtener la titulación de patrón/patrona de motonáutica A y B están recogidos en los anexos I y II del Real decreto 259/2002.

14. Criterios de corrección.

Los criterios de corrección de los exámenes de cada titulación aparecen indicados en el Real decreto 875/2014, de 10 de octubre, y en el anexo III de la Resolución de 20 de enero de 2016, de la Dirección General de la Marina Mercante, por la que se convocan exámenes teóricos comunes para la obtención de titulaciones para el gobierno de las embarcaciones de recreo y motos náuticas.

Santiago de Compostela, 23 de febrero de 2016

Susana Rodríguez Carballo
Directora general de Desarrollo Pesquero

missing image file
missing image file

ANEXO II

– Convocatoria de mayo de 2016.

Matrícula: de 30 de marzo a 15 de abril de 2016, ambos inclusive.

Titulación

Examen teórico

Examen práctico

Centros de enseñanza donde se realizarán los exámenes teóricos y prácticos

Patrón/patrona para navegación básica

23 de mayo

30 de mayo

Instituto Politécnico Marítimo-Pesquero del Atlántico de Vigo (avenida Beiramar, 55, 36202 Vigo. Teléfono 986 23 56 09)

Escuela Oficial Náutico-Pesquera de Ferrol (c/ 19 de febrero, 30-34, 15405 Serantes, Ferrol. Teléfono 981 37 01 79)

Escuela Oficial Náutico-Pesquera de Ribeira (c/ Playa de Coroso, s/n, 15960 Ribeira. Teléfono 981 87 44 76)

Patrón/patrona de embarcaciones de recreo

24 de mayo

30 de mayo

Instituto Politécnico Marítimo-Pesquero del Atlántico de Vigo

Escuela Oficial Náutico-Pesquera de Ferrol

Escuela Oficial Náutico-Pesquera de Ribeira

Patrón/patrona de yate

25 de mayo

30 de mayo

Instituto Politécnico Marítimo-Pesquero del Atlántico de Vigo

Escuela Oficial Náutico-Pesquera de Ferrol

Escuela Oficial Náutico-Pesquera de Ribeira

Capitán/capitana de yate

26 de mayo

30 de mayo

Instituto Politécnico Marítimo-Pesquero del Atlántico de Vigo

Patrón/patrona de motonáutica A o B

27 de mayo

30 de mayo

Instituto Politécnico Marítimo-Pesquero del Atlántico de Vigo

– Convocatoria de septiembre de 2016.

Matrícula: de 1 de agosto a 19 de agosto de 2016, ambos inclusive.

Titulación

Examen teórico

Examen práctico

Centros de enseñanza donde se realizarán los exámenes teóricos y prácticos

Patrón/patrona para navegación básica

12 de septiembre

16 de septiembre

Instituto Politécnico Marítimo-Pesquero del Atlántico de Vigo (avenida Beiramar Costa, 55, 36202 Vigo. Teléfono 986 23 56 09)

Escuela Oficial Náutico-Pesquera de Ferrol (c/ 19 de febrero, 30-34, 15405 Serantes, Ferrol. Teléfono 981 37 01 79)

Escuela Oficial Náutico-Pesquera de Ribeira (c/ Playa de Coroso, s/n, 15960 Ribeira. Teléfono 981 87 44 76)

Patrón/patrona de embarcaciones de recreo

13 de septiembre

16 de septiembre

Instituto Politécnico Marítimo-Pesquero del Atlántico de Vigo

Escuela Oficial Náutico-Pesquera de Ferrol

Escuela Oficial Náutico-Pesquera de Ribeira

Patrón/patrona de yate

14 de septiembre

16 de septiembre

Instituto Politécnico Marítimo-Pesquero del Atlántico de Vigo

Escuela Oficial Náutico-Pesquera de Ferrol

Escuela Oficial Náutico-Pesquera de Ribeira

Capitán/capitana de yate

15 de septiembre

16 de septiembre

Instituto Politécnico Marítimo-Pesquero del Atlántico de Vigo