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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 71 Jueves, 14 de abril de 2016 Pág. 13661

VI. Anuncios

b) Administración local

Diputación Provincial de Lugo

ANUNCIO de la delegación de competencias del Ayuntamiento de Cospeito.

En el Boletín Oficial de la provincia de Lugo número 41, de 19 de febrero de 2008, se publicaron las bases que rigen la aceptación y asunción, por delegación expresa, de competencias en materia de gestión, inspección y recaudación en relación con tributos, precios públicos y otros ingresos de derecho público, así como el alcance y contenido de la delegación efectuada, entre otros por el Ayuntamiento de Cospeito, siendo también publicado en el Diario Oficial de Galicia número 46, de 5 de marzo de 2008.

En el Boletín Oficial de la provincia de Lugo número 286, de 13 de diciembre de 2008, se publicó la reforma de las citadas bases.

El Ayuntamiento de Cospeito, en el Pleno de la Corporación Municipal, en sesión ordinaria que tuvo lugar el día 29 de septiembre de 2011, adoptó el acuerdo de delegación. El día 9 de noviembre de 2011 se firmó el convenio entre el Ayuntamiento de Cospeito y la Diputación Provincial.

El Ayuntamiento de Cospeito amplía la delegación de competencias, la cual fue aprobada por el Acuerdo adoptado por el Pleno de la Corporación Municipal en sesión plenaria ordinaria que tuvo lugar el día 12 de enero de 2016, que es aceptada por la Diputación Provincial (Decreto número 167, de 3 de febrero de 2016), según el tenor literal siguiente:

«Primero. Aceptar la delegación del Ayuntamiento de Cospeito, a partir de la publicación en el BOP y en el DOG, que literalmente dice:

“Primero. Acogerse a la cláusula tercera-Contenido opcional 3 de las bases aprobadas por la Diputación Provincial de Lugo el 27 de noviembre de 2007 y, por consiguiente, delegar las competencias de gestión recaudatoria en período ejecutivo de todas aquellas deudas derivadas de liquidaciones periódicas, o no periódicas, realizadas por el Ayuntamiento de Cospeito en período voluntario, incluidas las sanciones y aquellas otras derivadas de un acto administrativo en virtud del cual hubiese de satisfacer cantidad líquida.

Segundo. La delegación quedará sometida a las condiciones previstas en las citadas bases en todo aquello relativo a las condiciones de delegación: régimen jurídico; alcance y ejercicio de las competencias delegadas; mejora en la gestión tributaria del Ayuntamiento; formas de gestión; cuantías mínimas; cargos en período ejecutivo; colaboración con el Ayuntamiento, compensación económica; entregas a cuenta; liquidaciones provisionales y definitivas; régimen de vigencia, y procedimiento de delegación y aceptación.

Tercero. Solicitar que se incorpore el presente acuerdo al convenio vigente firmado en fecha 9 de noviembre de 2011 (BOP núm. 272, de 28 de noviembre)”.

Segundo. Acordar la publicación de la presente delegación en el Boletín Oficial de la provincia y en el Diario Oficial de Galicia».

El día 29 de febrero de 2016, en el Boletín Oficial de la provincia de Lugo número 48, se publicó el contenido del acuerdo del citado ayuntamiento.

Lugo, 23 de marzo de 2016

P.D. (Decreto 2616/2015, de 26 de octubre)
Mª del Pilar García Porto
Diputada delegada de Economía, Recaudación, Hacienda y Especial de Cuentas de la Diputación Provincial de Lugo

Manuel Castiñeira Castiñeira
Secretario general de la Diputación
Provincial de Lugo